Cuando se despide sin justa causa a un trabajador vinculado con un contrato de trabajo a término indefinido, se debe pagar la indemnización por despido injusto señalada en el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo.
Monto de la indemnización por despido sin justa causa en el contrato de trabajo a término indefinido.
Un trabajador con un contrato de trabajo a término indefinido es despedido sin que exista justa causa, tiene derecho a que se le pague la respectiva indemnización por despido injusto.
El monto de la sanción en los contratos de trabajo a término indefinido depende del monto del salario del trabajador, siendo diferente para quienes devengan más de 10 salarios mínimos.
Además, depende del tiempo que el trabajador lleve laborando, de modo que entre más antiguo sea el trabajador, más elevada será la indemnización.
A continuación, abordamos el monto de la indemnización por despido injusto, según el monto del salario del trabajador.
Indemnización cuando el trabajador devenga menos de 10 salarios mínimos.
Cuando el trabajador despedido sin justa causa tiene un sueldo inferior a 10 salarios mínimos mensuales, el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo contempla la siguiente indemnización:
- Treinta (30) días de salario cuando el trabajador tuviera un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
- Si el trabajador tuviera más de un (1) año de servicio continuo, se le pagarán veinte (20) días adicionales de salario sobre los treinta (30) básicos del numeral 1, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.
Si el trabajador estuvo vinculado por un año o menos, como 6 meses, por ejemplo, la indemnización siempre será de 30 días de salario.
Cuando el trabajador despedido injustamente lleva más de un año trabajando, a partir del segundo año, la indemnización será de 20 días de salario por cada año de vinculación.
Indemnización en salarios iguales o superiores a 10 mínimos.
Si el trabajador despedido tiene un sueldo igual o superior a 10 salarios mínimos mensuales, la indemnización es menor:
- Veinte (20) días de salario cuando el trabajador tuviera un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
- Si el trabajador tuviera más de un (1) año de servicio continuo, se le pagarán quince (15) días adicionales de salario sobre los veinte (20) días básicos del numeral 1 anterior, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.
La indemnización por el primer año ya no es de 30 días, sino de 20, y para los años siguientes al primer año de vinculación, la indemnización es de 15 días de salario.
Cálculo de la indemnización por despido injusto en el contrato indefinido.
La indemnización por despido injusto en el contrato de trabajo a término indefinido se cuenta en días de salario, de modo que tomamos como referencia el salario diario del trabajador.
Para efectos prácticos, supongamos un salario mensual de $3.000.000. En tal caso, el salario diario es de $100.000, resultado de dividir 3.000.000 entre 30 días del mes.
Ahora, supongamos un trabajador despedido que estuvo vinculado 6 años y 8 meses.
Descomponemos el tiempo de vinculación por años para determinar, por cada año, cuántos días de salario corresponden.
Año 1 | 30 días. |
Año 2 | 20 días. |
Año 3 | 20 días. |
Año 4 | 20 días. |
Año 5 | 20 días. |
Año 6 | 20 días. |
Año 7 | 13,3 días. |
Total | 143,3 días. |
Como cada día de salario vale $100.000, la indemnización tiene un costo de $14.330.000.
Como el séptimo año no fue completo, sino que apenas fueron 8 meses de trabajo, se debe determinar la proporción correspondiente a los 20 días por año, lo que se hace con una regla de tres.
Herramienta en línea para liquidar la indemnización por despido injusto.
Hemos desarrollado una herramienta en línea para liquidar la indemnización por despido injusto en el siguiente enlace.
Para liquidar la indemnización se debe ingresar el salario mínimo del año en que se despide al trabajador, la fecha en que ingresó el trabajador y la fecha en que se despide.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2023, junio 30). Indemnización por despido en el contrato a término indefinido [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/indemnizacion-en-el-contrato-a-termino-indefinido.html
Buenas tardes. Quería saber qué pasa si le hacen la terminación del contrato (contrato a término indefinido) sin justa causa. Y cuando uno pregunta el porqué, solo le dicen que a usted no se le tiene que dar explicaciones de nada.
Quiero saber si tiene derecho a indemnización, puesto que el período de prueba obligatoriamente debe ser por escrito.
Buen día. ¿Alguien podría orientarme? Trabajé en la empresa durante 10 años y fui despedido sin justa causa por informar sobre acoso laboral y discriminación por parte de mi jefe, teniendo un historial psicológico abierto debido a esta misma situación antes de mi despido. Además de eso, solo me liquidaron por tres años y no me dan explicación de los otros 7 años. ¿Alguien me puede asesorar u orientar? Gracias.
Buenas noches. Llevaba tres años trabajando en una empresa con contrato indefinido. De un momento a otro, solicitaron personal en otra planta, por lo cual nos obligaban a trasladarnos hasta allá. Al nosotros rechazar el traslado, nos obligan a firmar una carta de renuncia que ellos mismos redactaron. Me parece muy injusto, pero no tenemos cómo demandar. ¿Hay alguna forma de protestar?
Buenos días. Tengo 14 años trabajando en la empresa con contrato a término indefinido. Han cambiado la razón social dos veces. Mi sueldo es el mínimo. ¿Cuánto me tendrán que indemnizar por terminar mi contrato sin justa causa? Mi correo es flc955@yahoo.com.
Aún estás a tiempo de ir al Ministerio del Trabajo para poner en conocimiento tu caso.
El empleador puede despedirlo dentro del periodo de prueba (2 meses) y no tiene derecho a indemnización alguna.
Jeisson, buenas tardes:
Habría que tener en cuenta el tipo de contrato que tenía el trabajador. Todavía hay plazo para demandar, si es el caso. Soy abogado; puede contactarme al correo electrónico consultorprocesosjudiciales@gmail.com.
Gracias por la participación.
Jeisson, buenas tardes: Habría que tener en cuenta el tipo de contrato que tenía el trabajador. Todavía hay plazo para demandar, si es del caso. Soy abogado; puede contactarme al correo electrónico consultorprocesosjudiciales@gmail.com.
Disculpa, ¿una pregunta? ¿No se cuenta con solo 3 años para evitar que le prescriba el derecho?
Buenas tardes.
Por favor, orientenme sobre cómo se liquida a una persona con contrato a término indefinido que se le termina el contrato por justa causa.
Cuando a un trabajador se le termina el contrato de trabajo por una justa causa, no hay lugar al pago de ninguna indemnización. El artículo 64 del código sustantivo del trabajo señala que en caso de terminación unilateral sin justa causa por parte del empleador, este debe pagar la respectiva indemnización al trabajador, pero como en este caso estamos ante una terminación con justa causa no procede la indemnización. En consecuencia, sólo se deben liquidar los conceptos que corresponden a la fecha en que el contrato fue terminado o expiró:
No existe ningún otro concepto por liquidar cuando el contrato es terminado con justa causa.
Javier fue contratado verbalmente por el término de un año por la empresa OPTSA para realizar las labores de HSQE dentro de los proyectos inmobiliarios que desarrolla. Su empleador, al cabo de la séptima semana, decide despedirlo sin justa causa y no indemnizarlo, ya que se encuentra en periodo de prueba.
Usted, como Director de Recursos Humanos de dicha empresa, ¿qué le sugeriría al Gerente? Sustente su respuesta y, si hay lugar a indemnización, indique cuál sería su valor.
El contrato verbal tiene un tratamiento similar al de un contrato a término indefinido. Por tal razón, el tiempo de prueba es de dos meses, y si el trabajador no es competente, el empleador está en capacidad de despedirlo, sin que esta decisión lo obligue al pago de indemnización alguna. Cabe aclarar que se deben pagar los salarios, las prestaciones sociales y la seguridad social hasta el día de su retiro.
Buenas tardes, quisiera saber por qué cuando empecé a trabajar no me pagaban los domingos con el porcentaje real, sino con un monto menor, sabiendo que mi contrato era indefinido y que trabajaba de domingo a domingo. Después de 4 años, comenzaron a pagarlos correctamente de un momento a otro. ¿Puedo reclamar por esos domingos que me deben?
Sí. Puede reclamar por los domingos que le pagaron incorrectamente, pero sólo hasta donde la ley lo permite. La reclamación se puede hacer mediante una demanda laboral ante un juez del trabajo y debe hacerse dentro de los tres años siguientes a la fecha en que debió recibir el pago correcto, es decir, desde la fecha en que trabajó cada domingo mal remunerado.