Indemnización por despido injusto en el contrato de obra o labor

Si un contrato por duración de la obra o labor es terminado por el empleador sin que exista una justa causa, se debe indemnizar al trabajador.

El despido en el contrato de obra o labor.

El contrato de obra o labor se caracteriza porque su duración está atada a la duración de la obra para la cual fue contratado el trabajador.

Contrato de trabajo de obra o labor.El contrato de obra o labor es aquel cuya duración es determinada por la duración de la obra o labor contratada.

En consecuencia, si el empleador termina el contrato de trabajo antes de que se termina la obra o labor para la que fue contratado el trabajador, estamos ante un despido que será injusto si el trabajador no ha incurrido en una justa causa.

La indemnización equivale a los salarios que el trabajador haya dejado de percibir hasta la terminación de la obra o labor, en razón al despido.

Liquidación de la indemnización en el contrato de obra o labor.

El contrato de obra o labor es una forma de contrato a término fijo, en la medida en que desde que se inicia el contrato se sabe que terminará cuando termine la obra, aunque no se tenga certeza de la fecha exacta en que ello ocurrirá.

En consecuencia, la indemnización en el contrato por duración de la obra o labor es similar a la indemnización del contrato a término fijo, y está contenida en el mismo inciso del artículo 64 del código sustantivo del trabajo:

«En los contratos a término fijo, el valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato; o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días.»

En ese sentido, la indemnización será igual al valor de los salarios del tiempo que faltare para terminar la obra o labor.

Por ejemplo, si el trabajador fue contratado para que pintara 100 casas de una urbanización y fue despedido sin justa causa cuando apenas había pintado 60 casas, la indemnización será igual a lo que el trabajador hubiera ganado si hubiera pintado las 100 casas, es decir a 40 casas, para lo cual se tendrá que computar el tiempo necesario para ello.

Aunque la norma habla de lapso de tiempo faltante para terminar la obra o labor contratada, ese lapso de tiempo se tendrá que determinar en función del avance de la obra hasta al momento del despido del trabajador, por cuanto un contrato de labor no se mide por días sino por la duración de la obra, obra que puede durar más o menos tiempo dependiendo de muchas circunstancias, y ese tiempo  no se puede determinar hasta tanto no se culmine la obra, y si esta no se termina, se determinará tomando como base lo realizado hasta el momento del despido.

Por último, se debe resaltar que la indemnización en el contrato de obra o labor, no podrá ser inferior a 15 días.

Guía Laboral 2023

Conozca sus derechos y obligaciones laborales como trabajador o como empleador, y evítese problemas. Ver más.

Recomendados.

Compártalo en Facebook Compártalo en Twitter

Déjenos su opinión

27 Opiniones
  1. María jance Dice:

    Hola buenas noches.Mi esposo tenía contrato terminó fijo y fue despedido por tomar fotos a un equipo de fútbol y no sólo era el eran muchos trabajadores que habían con y sólo despidieron a cuatro a que tiene derecho mi esposo.es despido sin justa causa Ojalá puedan responderme gracias

    Responder
    • Ernesto Piedrahita Dice:

      María, en el caso de su esposo, como se puede observar el despido fue sin justa causa y por tal motivo deberá ser indemnizado. Atentamente: Ernesto Piedrahita. Teléfono: 313-8830983. Nota: Doy respuesta gratuita a máximo dos preguntas, aclaraciones o inquietudes sobre Derecho laboral, que me hagan llamando a mi celular o escribiendo a mi correo electrónico [email protected]. Abogado especialista en derecho laboral. Calle 116 No. 18 B- 67 Oficina 501. Bogotá D.C. Asesorías en liquidación de prestaciones sociales e indemnizaciones laborales.

      Responder
  2. Jack Dice:

    Fui despedido ayer 02 de Junio 2020 y tenía contrato obra labor por año y empecé a laborar el 23 de enero 2020, sin causa justificada. Que debo hacer si esta prohibido los despidos por la Pandemia mundial covid 19?

    Responder
  3. Bertha ines mina Dice:

    Tengo un contrato de trabajo por obra y labor desde hace por 22 años me despiden sin justa causa la empresa contratante cambia de razon social y argumentan que wl nuevo jerente no quiere trabajadores que presenten restrinciones laborales las cuales a pesar de tenerlas se realizan las labores con la misma responsabilidad como si no las tuviera por la respuesta y colaboracion muchas gracias

    Responder
    • leon dominguez Dice:

      lo hacen muchas entidades. aunque al demostrar pagos continuos y continuidad en la planta .. que demuestran que estas laborando ahi desde x tiempo. el contrato despues del primer año ya entra en fraude.. como saben que no puede durar mas de un año.. ellos siempre lo terminan 1 mes anticipado. tratando de evadir la vinculacion de trabajador con la empresa.. es un tema peleado .. y que podrias ganar en caso de un proceso de denuncio..

      Responder
  4. cesar david Dice:

    yo firme contrato obra o labor terminada el 19 de marzo del 2020 y me estan despidiendo despues de que me suséndieron el contrato dos meses,¿puede argumentar periodo de prueba si el contrato se firmo el 19 de marzo?

    Responder
  5. Diana R. Dice:

    Buena noche.

    Un familiar ha trabajado 13 años con un hotel como constructor y oficios varios su pago era semanal $240.000 no le reconocían domingos, no afiliado a seguridad social, nunca le pagaron prestaciones, ni liquidación alguna, desde hace un año después de dislocarse un brazo solo le dejaron dos días a la semana es decir recibe $80.000 semanales y ahora en la cuarentena le reconocen $100.000 quincenales porque el hotel está cerrado el señor tiene 73 años y quiere saber a que tiene derecho quiere que se le liquide. pues sería lo único que recibiría para ver que inventa para su sustento, ya que es de escasos recursos y no tiene vivienda propia y vive solo.
    Les agradezco si me colaboran.

    Responder
    • Alejandro Vallejo Dice:

      Buenas noches, hay que establecer si la persona estaba vinculada por medio de un contrato de trabajo o si era por prestacion de servicios. Para dar una respuesta mas certera a su caso se debe indagar mas a fondo de como era vinculacion con sus caracteristicas para determinar si nos encontramos frente a un contrato realidad y con el las consecuencias de ello. Si desea con gusto se puede comunicar al 3157580773.

      Responder
  6. Andres Dice:

    me despidieron por que un compañero conflictivo es discapacitado y siempre fue montador y es intocable genera calumnias , con todos ha tenido diferencias ,envío un informe diciendo cosas no ciertas y cuestionando mi labor , estuve en descargos pero como si no hubieran escuchado mi versión

    Responder
  7. felipe Dice:

    me despidieron por que un compañero conflictivo es discapacitado y siempre fue montador y es intocable genera calumnias , con todos ha tenido diferencias ,envío un informe diciendo cosas no ciertas y cuestionando mi labor , estuve en descargos pero como si no hubieran escuchado mi versión

    Responder
    • Maria Dice:

      Soy supervisor de una empresa de trasnporte y tengo un contrato por obra y labor desde hacer cuatro años y me van a despedir sin justa causa a que tengo derecho

      Responder
  8. Manuel Dice:

    Como puedo determinar el tiempo de mi contrato por obra o labor, si me contrataron como vendedor en un almacen y bajo esa modalidad de “obra o labor”. ahora despues de casi 4 años simplemente me retiran… ?? puedo reclamar indemnizacion, si nunca conoci el tiempo de obra o labor?

    Responder
    • kevin Dice:

      claro compañero puedes reclamar la indemnización pero la empresa estaba disfrazando ese contrato por obra o labor por un contrato a termino indefinido.

      Responder
  9. ELI Dice:

    buenos días, una pequeña pregunta. tenía un contrato obra labor y en el ejercicio de mis actividades sufrí un accidente y estuve incapacitado por casi dos años, a la final la calificación fue del 16%, se apeló, pero no se logró modificar, por tal motivo fui despedido de mí empleo. la obra ya culminó. se puede entrar a demandar en este caso y qué clase de demanda sería??. muchas gracias

    Responder
    • ANGEL JULIAN QUIROZ MERCADO Dice:

      DEMANDA POR DESPIDO ILEGAL, YA QUE TIENE LA ESTABILIDAD LABORAL REORZADA, SERIA UNA DEMANDA ORDINARIA, LABORAL, CLARO AUY QUE COMFIRMAR LA CUANTIA, mi correo es [email protected]

      Responder
  10. Maria Rincón Garcia Dice:

    Buenas Tardes, tengo un contrato por obra o labora que empezó el 3 de octubre de 2021 por dos años, el 30 de junio dieron por terminada la labor sin justa causa, deberian indemnizarme?

    Responder
    • kevin Dice:

      claro compañera la indemnización se debe realizar por el tiempo que había faltado por la terminación de la obra o labor.

      Responder
  11. Ernesto Piedrahita Dice:

    Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Nota: Respondo de manera gratuita a máximo dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi whatsapp o llamando vía celular. Whatsapp: 313-8830983. Hago asesorías en todo lo que tiene que ver con los contratos laborales, liquidación de prestaciones sociales, despidos con justa o sin justa causa, suspensión del contrato o licencias no remuneradas, teletrabajo y sobre indemnizaciones laborales.

    Responder
  12. ANGEL JULIAN QUIROZ MERCADO Dice:

    CLARO QQUE PUEDE DEMANDAR, CON ESA CALIFICACION A EMPRESA NO PUEDE DESPEDIRLO.
    CON ESE 16% ESTA PROTEGIDO POR LA ESTAILIDAD LABORAL REFORZADA..

    Responder
  13. RANDY XAVIER FUENTES RIVERO Dice:

    Soy un joven de 21 años vivo en Santander Bucaramanga Colombia. Trabajaba en Atento CallCenter de Soporte Técnico España. He tenido otros trabajos pero primera vez que me despiden de un trabajo, contrato obra o labor claramente en el contrato que firme me indicaron un plazo de 3 meses de prueba, tenia excelentes datos en la empresa en el transcurso de la prueba, claramente me llamaron al día 19/11/2021 a las 2:43 PM me informaron sin mas el envió de correo de despido y debía acercarme a la bolsa de empleo al otro día para la entrega de mis herramientas de trabajo sin mas, para mi sorpresa fue no encontrar ningún motivo alguno de la causa injustificada de despido, justamente revisando en los documentos no encontre algo que abalara el despido, sin embargo tambien la señorita no me dio alguna razón de despido alguno. Tenemos derecho a recibir el motivo y mas cuando estamos haciendo las cosas bien no?

    Responder
  14. Daniel Dice:

    Estaba laborando cómo Enfermero jefe Coordinador de enfermería de urgencias del hospital Tomas Uribe Uribe ESE de tuluá valle, contratado a través de una asociación sindical que se llama ASOSINDISALUD Nit 900519579 con domicilio en cali valle calle 3 No. 25-28 B/San Fernando teléfono 5570523 celular 3187346156, mí contrato empezó el 1 de julio de 2021, y el día 8 de octubre de 2021 a las 19 horas a través de una llamada telefónica me informaron que mí contrato había terminado, que sí podía comparecer el día sábado 9 de octubre a las 10 am a las oficinas de ASOSINDISALUD en el Hospital Departamental Tomas Uribe para firmar y recoger la carta de terminación de contrato; mi consulta no es tanto por la terminación de mí contrato, sino porqué en septiembre 17 de 2021 hice parte de un estudio de la gobernación del valle llamado Detectar y Tratar en pacientes hombres de 15 a 49 años para hacer prueba de sífilis y vih, participé del estudio y oh sorpresa salí positivo para vih, lo cuál ha sido bastante duro para mí pues no esperaba tal noticia, de mí diagnóstico le hice saber a dos Dras que trabajaban conmigo las cuáles me brindaron su apoyo moral, no sólo le hice saber a las Dras sino también a mí jefe inmediata del dpto de enfermería quién en su momento me apoyó moralmente y en todo lo relacionado con las citas previas a mí eps para el manejo de la patología de novo, todo iba bien, no tenía problemas con nadie, es más recibí varias felicitaciones de parte de pacientes y familia por mí forma de ser, y la forma de atender a los pacientes y a la gente en general, menos problemas o llamados de atención por no hacer mí trabajo como suele suceder en el área pública, ni robos ni mucho menos, cómo para que de la noche a la mañana me echaran de esa forma, al tener un diagnóstico de novo de vih, mí vida ha cambiado un 300%, en éste momento estoy sin empleo sin cómo pagar mí seguridad social, sin cómo ayudar a mí familia, leyendo sentencias de la corte constitucional tengo derecho a la salud, al trabajo digno, pero el hospital y la asociación no les importó nada, esta clase de asociaciones están haciendo lo que les da la gana, supuestamente mi contrato fue por obra labor, y el servicio de urgencias del hospital no ha cerrado, y la profesión no se ha acabado, menos el puesto para el que fui contratado, por lo tanto creo que mis derechos laborales fueron violados, y siento discriminación por parte del hospital y de la asociación sindical por haber salido positivo para vih, agradezco su atención y ayuda ante mí caso

    Daniel Zuñiga Lopez
    Enfermero
    Correo [email protected]

    Responder
  15. MARCELA GORDILLO Dice:

    YO tenia contrato y labor y me despidieron sin justa causa llegue normal a tranajar y me dijeron hasta hoy trabaja hast mi reemplazo ya estaba nin ninguna explicacion

    Responder
  16. SINNDY Dice:

    Yo tenía un contrato de obra labor cada vez que se cumplía un año me lo terminaban y me daban contrato nuevo en eso dure casi cuatro periodos siendo el último el último el más corto con 7 meses que puedo hacer y aque tengo derecho

    Responder
  17. Bibana Dice:

    Tenía un contrato obra labor, que dice que después de los dos meses de prueba me pasaban fijo a la empresa, cuando pasaron la empresa me dijo verbalmente que no eran 2 sino 4 meses, pasados 4 meses me dice que ellos pueden entenderlo hasta que consideren que soy apta para el cargo, eso es legal…por otra parte estaba haciendo lo de dos cargos y por el volumen de trabajo renuncie, puedo solicitar indemnización?

    Responder
  18. william Dice:

    el dia 18 de julio formamos una especie de preaviso o notificacion del avance de obra, el dia 01 de agosto nos reunieron y nos dieron finalizacion de contrato (contrato por obra o labor), estubo bie por parte de la empres?

    Responder
  19. dhilous Dice:

    Hola Muy buenas quien me podrá asesorar,Yo tenia un contrato por obra o labor como operaría de producción lastimosamente me dio túnel carpiano los 4 meses en la empresa al enterarse de ni condición llamaron a la bolsa de empleo para que me cancelaran el contato que puedo hacer?

    Responder
  20. Jay Dice:

    Caso específico: El empleado tiene contrato por obra o labor: devenga 2 millones de salario básico + 1 millon bono extra legal, después de un año de labor lo despiden aparentemente sin justa causa. A un mes después del despido presenta un derecho de petición solicitando que en el cálculo de la liquidación sea tenido en cuenta el bono extralegal más la correspondiente indemnización. ¿puede esto ser reconocido, y en qué casos?

    Responder
En Gerencie.com está permitido opinar, criticar, discutir, controvertir, disentir, etc., pero debe hacerlo con respeto, sin insultar y sin ofender a otros.

Información legal aplicable para Colombia.

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para ofrecer un mejor servicio. Al seguir navegando acepta su uso.