En este artículo 13 secciones
- Qué es la carta de porte.
- Qué es el conocimiento de embarque.
- Para qué sirven estos títulos.
- Requisitos de la carta de porte y del conocimiento de embarque.
- Endoso de la carta de porte y del conocimiento de embarque.
- Reglas de la letra de cambio aplicables a estos títulos.
- Preguntas frecuentes.
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La carta de porte y el conocimiento de embarque son los títulos valores que expide el transportador al recibir mercancías para llevarlas de un lugar a otro: la primera en el transporte terrestre y el segundo en el transporte marítimo o aéreo. Representan la mercancía en tránsito, de modo que quien tiene el título puede reclamarla en el destino o venderla mientras viaja, y están regulados en los artículos 767 a 771 del Código de Comercio. ¿Qué deben contener, cómo se negocian y qué responsabilidad asume quien los endosa?
Qué es la carta de porte.
La carta de porte es el documento que el transportador terrestre entrega al remitente al recibir la carga, en el que constan las mercancías transportadas, quién las envía, quién debe recibirlas, el flete y el vehículo.
Es un título valor representativo de mercancías: incorpora el derecho a que el transportador entregue la carga en el destino a quien presente el título. Así lo dispone el artículo 767 del Código de Comercio:
«La carta de porte y el conocimiento de embarque tendrán el carácter de títulos representativos de las mercancías objeto del transporte.»
En Colombia el nombre suele confundirse con el manifiesto de carga, que es el documento de control que exige el Ministerio de Transporte para el transporte terrestre por carretera; son documentos distintos, y solo la carta de porte es título valor.
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Qué es el conocimiento de embarque.
El conocimiento de embarque cumple la misma función en el transporte marítimo y aéreo: es la constancia de que la mercancía fue embarcada y el título que da derecho a reclamarla en el puerto o aeropuerto de destino.
En el comercio internacional se le conoce como bill of lading, y es el documento que los bancos exigen en las cartas de crédito para pagar al exportador, precisamente porque quien lo tiene controla la mercancía.
Para qué sirven estos títulos.
- Prueban el contrato de transporte y el recibo de la mercancía por el transportador.
- Legitiman al tenedor para reclamar la entrega en el destino.
- Permiten vender la mercancía en tránsito mediante el endoso del título, sin esperar a que llegue.
- Sirven de garantía para obtener crédito mientras la mercancía viaja.
Esa última función se apoya en el artículo 644 del Código de Comercio, según el cual el tenedor legítimo de un título representativo de mercancías tiene el derecho exclusivo de disponer de ellas, y en las reglas de los principios de los títulos valores.
Requisitos de la carta de porte y del conocimiento de embarque.
Además de los requisitos generales de todo título valor, el artículo 768 del Código de Comercio exige que contengan:
- La mención de ser carta de porte o conocimiento de embarque.
- El nombre y el domicilio del transportador.
- El nombre y el domicilio del remitente.
- El nombre y el domicilio de la persona a quien o a cuya orden se expide, o la mención de ser al portador.
- El número de orden que corresponda al título.
- La descripción pormenorizada de las mercancías objeto del transporte y la estimación de su valor.
- La indicación de los fletes y demás gastos del transporte, de las tarifas aplicables y de haber sido o no pagados los fletes.
- La mención de los lugares de salida y de destino.
- La indicación del medio de transporte.
- Si el transporte fuere por vehículo determinado, los datos necesarios para su identificación.
El artículo 769 agrega que, si no se indica el plazo de entrega, se entenderá el usual en la ruta, y que las cláusulas del título obligan al transportador y al tenedor. Esos datos son los que permiten identificar la mercancía, su valor y sus condiciones de transporte, y su omisión priva al documento de efectos como título valor, según explicamos en el artículo sobre los requisitos del título valor.
Endoso de la carta de porte y del conocimiento de embarque.
Por ser títulos valores, se negocian mediante endoso. El endoso transfiere el derecho a reclamar la mercancía, y con él, en la práctica, la propiedad de la carga.
Quien endosa asume una responsabilidad especial, prevista en el artículo 770 del Código de Comercio:
«El endosante responderá de la existencia de las mercancías en el momento del endoso.»
Es decir, el endosante no garantiza que la mercancía llegue en buen estado, pero sí que existía cuando endosó el título. Si la mercancía nunca fue embarcada o ya había sido retirada, el endosatario tiene acción contra él.
Reglas de la letra de cambio aplicables a estos títulos.
El artículo 771 del Código de Comercio ordena aplicar a la carta de porte y al conocimiento de embarque, en lo pertinente, las normas de la letra de cambio y del pagaré.
En consecuencia, rigen para ellos las reglas del endoso, del aval y de la prescripción de la acción cambiaria, que es de tres años para la acción directa según el artículo 789, tema que tratamos en el artículo sobre la prescripción de los títulos valores.
Preguntas frecuentes.
A continuación respondemos las preguntas frecuentes de nuestros lectores.
¿Qué es la carta de porte?
Es el título valor que expide el transportador terrestre al recibir la mercancía, en el que constan la carga, el remitente, el destinatario y el flete, y que da derecho a reclamar la mercancía en el destino.
¿Qué es el conocimiento de embarque?
Es el título valor equivalente en el transporte marítimo y aéreo: la constancia de que la mercancía fue embarcada y el documento con el que se reclama en el destino. Internacionalmente se llama bill of lading.
¿Cuál es la diferencia entre carta de porte y conocimiento de embarque?
Solo el medio de transporte: la carta de porte se usa en el transporte terrestre y el conocimiento de embarque en el marítimo y el aéreo. Los requisitos y las reglas de circulación son los mismos.
¿La carta de porte es lo mismo que el manifiesto de carga?
No. El manifiesto de carga es un documento de control exigido por el Ministerio de Transporte para el transporte por carretera; la carta de porte es un título valor que representa la mercancía y puede endosarse.
¿Se puede vender la mercancía mientras está en tránsito?
Sí. Basta endosar la carta de porte o el conocimiento de embarque al comprador, quien podrá reclamar la mercancía en el destino con el título.