¿Cómo declaro los ingresos recibidos del exterior?

Las personas naturales que declaran renta y obtienen ingresos del exterior deben declararlos, excepto si la persona natural no es residente fiscal en Colombia.

¿Si recibo dinero del extranjero tengo que pagar impuestos en Colombia?

Cuando se reciben ingresos del exterior, se deben declarar, y en ese sentido se puede afirmar que sí se debe pagar impuestos.

El pago de impuestos se materializa solo si la persona es declarante de renta; si no es declarante de renta, no debe pagar ningún impuesto, excepto el 4x1000 cuando lo retira del banco, si es que fue enviado por ese medio.

Si el dinero es recibido por intermedio de una entidad financiera, tales pagos cuentan para efectos del monto de las consignaciones, que en caso de superar el tope implica tener que declarar renta. Por eso, muchas personas evitan el sistema financiero formal y utilizan los medios de pago modernos que han surgido en Internet, que más adelante se abordan.

Tratamiento de ingresos recibidos del exterior en declaración de renta de persona natural.

Con la digitalización de la economía, es común que una persona obtenga ingresos en el exterior por venta de productos o prestación de servicios, por ejemplo, ingresos que deben ser declarados como si hubieran sido obtenidos en Colombia.

Todo ingreso que una persona residente en el país obtenga en el exterior se considera como un ingreso de fuente nacional, que es un ingreso gravado con el impuesto a la renta y, por tanto, debe ser declarado y se debe pagar el respectivo impuesto de renta que resulte.

Recordemos que ser residente fiscal implica que se deba tributar sobre los ingresos de fuente nacional y de fuente extranjera.

Cédula en la que se deben declarar los ingresos obtenidos del exterior.

En primer lugar, que el ingreso sea obtenido desde el exterior no afecta la clasificación del ingreso dentro del sistema cedular, así que un servicio prestado en Colombia se declara igual que un servicio prestado en el exterior.

En consecuencia, la cédula en la que se declara depende del tipo de ingreso según la clasificación que hace el artículo 330 del estatuto tributario.

Por ejemplo, un diseñador gráfico declarará sus ingresos con la cédula general como una renta no laboral; no importa si le pagaron en pesos o en dólares.

¿Se deben declarar las remesas que se reciben de familiares y amigos?

Una de las principales fuentes de divisas de Colombia son las remesas que los colombianos residentes en el exterior envían a sus familiares en Colombia, y surge la duda de si la persona que las recibe debe declararlas o pagar algún impuesto por ellas.

Recibir remesas de un familiar supone dos inconvenientes para quien las recibe: porque incrementa el monto de las consignaciones, lo que lo puede obligar a declarar renta, y porque la Dian asumirá que es un ingreso y la persona tendrá que demostrar lo contrario.

En cuanto al primer punto, los giros internacionales se consignan en la cuenta bancaria del beneficiario del giro, por lo que el monto de sus consignaciones probablemente lo obligará a declarar.

Una vez haya que declarar, la Dian asume que ese giro es un ingreso y esperará que se declare como tal y se pague el impuesto correspondiente.

Si el giro del exterior (remesa) es un regalo del hijo para su mamá, en efecto se trata de un ingreso por donación, en razón de que tiene la virtualidad de incrementar el patrimonio de quien lo recibe.

Si el giro se hizo para que quien lo reciba compre una propiedad a nombre de quien hizo el giro, no es un ingreso propio sino un ingreso para terceros, y se debe acreditar esa situación.

Si ese giro es un préstamo que el familiar le hace, se tiene un pasivo, que también se debe acreditar.

Si el pago corresponde a manutención, entonces no es un ingreso y no se declara como tal, aunque para el tope de consignaciones se debe tener en cuenta.

Impuesto que se debe pagar por las remesas que se reciben de familiares.

Cuando el dinero que se recibe del exterior es una remesa, es decir, dinero que envían familiares como apoyo económico, estamos ante una donación y se declara como una ganancia ocasional, y se paga una tarifa del 15% a partir del año gravable 2023. Para el 2022 la tarifa es del 10%.

Aquí se deben distinguir las remesas, que son dineros que las personas residentes en el exterior regalan a sus familiares, y los pagos que una persona recibe del exterior por servicios que prestan, por venta de productos o por rendimientos de inversiones en el exterior.

Cuando se trata de remesas, se declaran como una ganancia ocasional y cuando son pagos por alguna contraprestación, son ingresos ordinarios sobre los que se paga el impuesto de renta en caso de estar obligados a declarar.

Lo que la gente suele hacer con las remesas que recibe.

Cuando el monto de los giros es pequeño, las personas no suelen tener problemas porque la Dian no presta atención a ello, ya que, por lo general, la persona no declararía renta. Pero si se trata de sumas importantes, el asunto cambia y el beneficiario del giro puede verse obligado a declarar renta o, cuanto menos, a dar explicaciones.

Lo que hacen muchas personas es evitar el sistema bancario formal a fin de no dejar evidencia de las transacciones, y para ello utilizan servicios de giros postales como Western Union, Mony Moneygram, y medios digitales de pago como PayPal, Neteller, Skrill, Payoneer, Binance, Airtm, Uphold, Oxxo, etc., que además cobran mucho menos que los bancos por procesar una transferencia bancaria internacional, y de momento la Dian no tiene control sobre esos giros, pero hacia allá va el asunto con el impuesto mínimo global y demás propuestas de la OCDE y otras entidades.

Estos mecanismos son útiles para giros pequeños y no para grandes sumas, que necesariamente deben canalizarse por el sistema bancario.

En todo caso, la persona debe tener claro que omitir ingresos puede derivar en responsabilidades no solo ante la Dian, sino ante la fiscalía, que puede presentar acusaciones de enriquecimiento ilícito o lavado de activos.

La abuelita que reclama mensualmente 100, 200 o 500 dólares que su nieto le gira de USA no tendrá ningún problema; tampoco quien obtiene ingresos pequeños por servicios prestados en el exterior, pero cuando se trata de miles de dólares mensuales, el asunto es otro, y lo recomendable es formalizar esos dineros, a fin de evitar un incremento patrimonial injustificado que derive, como mínimo, en una renta por comparación patrimonial, cuando no en un proceso penal.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

En general las remesas son donaciones, y por tanto se declaran como una ganancia ocasional, es decir, no se declaran en la cédula de capital ni en ninguna otra cédula.

Si recibe mucho dinero del extranjero sin declarar ni formalizar, puede ser objeto de una investigación penal por presunto lavado de activos y, por supuesto, la Dian puede iniciarle un proceso de fiscalización por evasión.

Recibir mucho dinero del exterior no es delito ni supone ningún problema siempre que pueda justificar el origen legal de ese dinero, y por ello debe llevar un registro de las actividades que desarrolla para recibir tales pagos.

No existe una cifra exacta sobre la cantidad de dinero que se puede recibir sin declarar, pero en todo caso, se debe declarar renta cuando el monto total de los ingresos anuales supere 1.400 Uvt.

Otro aspecto es que las entidades financieras que gestionan los envíos de dinero del exterior tienen límites arbitrarios distintos. Cada banco tiene sus propios límites mensuales y anuales, lo que en nada afecta la obligación de declarar esos pagos.

Sí. Debe pagar el 4x1000 que le descontará la entidad que le paga el giro , y si es declarante de renta, tendrá que pagar el impuesto de renta que resulte según el monto de los ingresos, o la ganancia ocasional en caso de que se trate de remesas.

Debe pagar el 4x1000 que le descuenta el operador de Western Unión que le hace el pago, y, además, si usted es declarante de renta, tendrá que declarar esos giros como se ha explicado, ya sea como un ingreso ordinario o como una ganancia ocasional para el caso de las remesas, según el origen o naturaleza del giro.

Si no es declarante de renta, no debe pagar ningún impuesto distinto al 4x1000.

Depende del origen de los ingresos. Si son ingreso por servicios prestados o venta de bienes se declaran en la cédula general. Si son producto de inversiones en el exterior se declaran en la cédula de rentas de capital o dividendos según corresponda.

Si son donaciones se declaran como ganancia ocasional, que es lo que generalmente ocurre cuando un colombiano en el exterior envía dinero a sus familiares.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2024, septiembre 3). ¿Cómo declaro los ingresos recibidos del exterior? [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/como-declaro-los-ingresos-recibidos-del-exterior.html

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28 comentarios
  1. Vladimir octubre 26 de 2024

    Buen día, ¿qué trato se le da a los dineros recibidos en el exterior por indemnización de daño emergente para ser transferidos a Colombia, teniendo en cuenta que es nacional colombiano? Gracias.

    Responder a Vladimir:
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a Vladimir octubre 26 de 2024

      En nuestro criterio, es ingreso no constitutivo de renta debido a que el artículo 45 del estatuto tributario, aplicable en este caso, no estableció ninguna distinción al respecto. Por lo que entendemos que el tratamiento allí señalado es aplicable tanto si el bien siniestrado está ubicado en el exterior o en Colombia, como lo explicamos aquí. Retomamos su inquietud, que nos pareció relevante.

      Responder a Gerencie.com:
  2. LUZ agosto 31 de 2024

    Si una persona vive en el exterior y tiene doble nacionalidad, en el exterior declara los ingresos obtenidos en ese país y en Colombia los obtenidos en Colombia. Cuando la DIAN formula la pregunta sobre si el 50 % de los ingresos o más son de fuente nacional o extranjera, también hace referencia a los declarados en el otro país o solo a los que recibe en Colombia.

    Me explico: si los ingresos obtenidos en el otro país no entran a Colombia, no hacen parte de ese porcentaje al que se refiere.

    Responder a LUZ:
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a LUZ agosto 31 de 2024

      Cuando se pregunta si el 50% de los ingresos son de fuente nacional o extranjera, se refiere a la totalidad de los ingresos, tanto de fuente nacional como de fuente extranjera, a fin de determinar la residencia fiscal. Si resulta que es residente fiscal, deberá declarar tanto los ingresos en Colombia como los ingresos en el exterior, y si no es residente fiscal, solo declara los ingresos de fuente nacional.

      Por último, el hecho de tener doble nacionalidad no afecta en nada lo anterior.

      Responder a Gerencie.com:
  3. FERNANDO enero 25 de 2024

    Deseo saber dónde, cuánto y qué impuestos debo pagar o declarar por el envío de más de 1 millón de dólares a Colombia. Soy una persona extranjera con cédula de extranjería. ¿O no debo declarar por ser extranjero? Muchas gracias.

    Responder a FERNANDO:
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a FERNANDO enero 25 de 2024

      Dependerá del origen del dinero. Al ser una suma elevada, lo ideal es buscar asesoría personalizada en un tributarita experto en ese tema, porque si no se da el manejo adecuado, puede terminar pagando más del 30% en impuestos, y en el mejor de los casos, un 15% de ganancia ocasional.

      Saludos

      Responder a Gerencie.com:
  4. leo septiembre 25 de 2023

    Al entrar 2.000 USD de remesa al mes, en un año son 24.000 USD, lo que equivale a 96.000.000 de pesos colombianos. Es decir, al final pagas el 15 % de eso. Con el gobierno del cambio, el dólar subirá y estaremos como Venezuela.

    Responder a leo:
  5. CARLOS SIERRA septiembre 20 de 2023

    ¿Por qué las remesas o divisas para manutención se deben tratar tributariamente como ganancias ocasionales si estas exceden el tope en consignaciones cuando se realizan a través de una entidad financiera? ¿Cuáles son las normas aplicables?

    Responder a CARLOS SIERRA:
  6. David septiembre 6 de 2023

    Soy colombiano, declaro renta y vivo en Estados Unidos hace dos años (entiendo que soy no residente fiscal). Estoy comprando un apartamento en Colombia y ya casi hacen el desembolso del crédito. Quiero hacer abonos al crédito con el dinero que gano aquí.

    Independientemente de la forma en que envíe el dinero (por remesa, e.g. Remitly, o giro interbancario), ¿tengo que pagar impuestos sobre ese dinero? ¿Cómo debería declarar ese dinero?

    Responder a David:
  7. ALBERTO LUIS agosto 17 de 2023

    Si una persona con enfermedad terminal no tiene ingresos en Colombia, pero su esposo, ciudadano americano, le envía remesas mensuales para su manutención (arriendo, alimentación, gastos médicos, etc.) y estas suman al año 61.000.000, es importante considerar cómo se declaran y si está obligada a pagar impuestos.

    En Colombia, las remesas recibidas de un familiar en el extranjero no se consideran ingresos para efectos fiscales, siempre que se cumplan ciertas condiciones. Sin embargo, si la persona beneficiaria reside en Colombia y tiene otros ingresos, podría estar obligada a declarar y, dependiendo de su situación fiscal, a pagar impuestos.

    Es recomendable consultar a un contador o experto en tributación en Colombia para recibir asesoría específica sobre la declaración de este tipo de ingresos y las obligaciones fiscales que puedan derivarse.

    Responder a ALBERTO LUIS:
    • Contador Colombia en respuesta a ALBERTO LUIS agosto 18 de 2023

      Hola, Alberto. Sí, debe declarar renta puesto que superó el tope de consignaciones. La norma no se fija en el propósito o destino que tuvo el dinero. Ahora, el hecho de que le toque declarar no significa que le toque pagar impuestos; hay muchas variables que deben tenerse en cuenta para determinar si debe o no pagar.

      Responder a Contador Colombia:
  8. LUISA ROJAS julio 31 de 2023

    Buenas tardes. Si un familiar me envía dinero del exterior a través de mi cuenta en Davivienda, ¿debo declarar renta? ¿Qué trámite debo realizar? He leído que debo considerar este monto como una ganancia ocasional, pero no encuentro ninguna ley que lo reglamente.

    Responder a LUISA ROJAS:
  9. Arturo marzo 7 de 2023

    ¿Cómo puedo recibir los intereses de una inversión que hice en Inglaterra a México?

    Responder a Arturo:
  10. Arturo marzo 7 de 2023

    ¿Cómo puedo recibir los intereses de una inversión que hice en Inglaterra?

    Responder a Arturo:
  11. gustavo isoza febrero 27 de 2023

    Les agradecería que me informaran si una SAS que recibe comisiones del exterior debe afectar alguna cuenta como ingresos. Mil gracias. gustavoisoza@hotmail.com

    Responder a gustavo isoza:
  12. marta enero 21 de 2023

    Buenos días, una empresa de Estados Unidos me ha contratado para hacer una guía periodística. Me pagan 25 millones de pesos, que me consiguieron por medio del Banco Internacional a Davivienda. ¿Cómo declaro ese ingreso? Soy una SAS.

    Responder a marta:
  13. gustavo isoza enero 18 de 2023

    Favor de indicarme si una sociedad recibe pagos del exterior, por concepto de comisiones, cómo se debe registrar contablemente. Mi correo es gustavoisoza@hotmail.com.

    Responder a gustavo isoza:
  14. Adriana Perez septiembre 7 de 2022

    Recibo un subsidio del exterior de 12,000 euros anuales. ¿Cómo declaro este ingreso en Colombia?
    No, pero ¿dónde ubico su respuesta?

    Responder a Adriana Perez:
  15. Adriana Perez septiembre 7 de 2022

    Recibo un subsidio del exterior de 12.000 euros anuales. ¿Cómo declaro este ingreso en Colombia?

    Responder a Adriana Perez:
  16. Eugenia septiembre 6 de 2022

    Tengo residencia no fiscal en Colombia, trabajé en EE. UU. y tengo pensión en este país; sin embargo, después de la jubilación, estoy viajando con frecuencia a Colombia. Quiero llevar dinero de mi cuenta en EE. UU. a mi cuenta de Davivienda para un proyecto de construcción. ¿Cómo manejo esto con la DIAN? Estos son ahorros de mi salario en EE. UU. y ya he pagado impuestos por ellos. Gracias.

    Responder a Eugenia:
  17. silka lujo cercano sas agosto 31 de 2022

    Hola,

    Buenos días.

    Tengo una duda con respecto a una factura que debo hacer a un cliente nacional que vive en la ciudad de Bogotá. Me pagó en dólares a través de PayU. El cliente es colombiano y vive aquí. Al hacer la factura, ¿debo generar IVA?

    Responder a silka lujo cercano sas:
  18. silka lujo cercano sas agosto 31 de 2022

    Hola, buenos días.

    Responder a silka lujo cercano sas:
  19. Heidy agosto 30 de 2022

    ¿Cómo debo declarar las remesas internacionales recibidas por PayPal y luego transferidas a mi cuenta bancaria? ¿La persona que me las ha enviado debe certificar las transferencias?

    Responder a Heidy:
  20. Jaime Grajales Serna agosto 24 de 2022

    Muchas gracias, su información es muy importante.

    Responder a Jaime Grajales Serna:
  21. ANDRES marzo 9 de 2022

    ¿Qué actividad económica debo colocar en el RUT por recibir dineros en el exterior, ya que superan a mi actividad laboral?

    Responder a ANDRES:
    • Emiro en respuesta a ANDRES agosto 22 de 2022

      Le he mandado a mi madre 200 millones para comprar una casa desde el exterior y ahora me dice que debe declarar. La casa la coloco a su nombre, ya que yo no estoy en Colombia. ¿Qué debe ella hacer para evitar pagar impuestos por un dinero que no son ingresos de ella?

      Responder a Emiro:
      • Harvy en respuesta a Emiro octubre 1 de 2022

        Tu madre debe presentar una declaración indicando que los ingresos fueron por concepto de ayuda familiar para comprar una casa. Así, ella estará exenta de pagar impuesto de renta, pero lo más probable es que deba seguir declarando.

        Responder a Harvy:
        • colombia en respuesta a Harvy junio 21 de 2023

          Debo declarar si hice una inversión en dólares en EE. UU. por un valor de 4,000 dólares. Gracias.

          Responder a colombia:

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