Cuando se compra un inmueble se firma una promesa de compraventa, que como su nombre lo dice, es una promesa de compra y no una compraventa, por lo que sólo se registra la promesa de compraventa en la parte que haya supuesto el desembolso de recursos.
Registro contable de la promesa de compraventa.
La promesa de compraventa representa a la vez un derecho y una obligación. Representa el derecho a comprar algo y la obligación de pagar el valor correspondiente, pero debido a que se trata de una promesa de cumplir una obligación futura, incierta, no se contabiliza el valor total del activo prometido en compraventa.
En consecuencia, tanto el promitente comprador como el promitente vendedor sólo registran el anticipo que se pagó al firmar la compraventa.
Supongamos que se firma una promesa de compraventa de un inmueble por $400.000.000 y se paga un anticipo de $100.000.000. El registro contable sería el siguiente:
Cuenta | Débito | Crédito |
1340 | $100.000.000 | |
1110 | $100.000.000 |
Se reconoce el anticipo representado en el anticipo que se pagó.
Registro del pago de la cuota mensual.
Supongamos que el saldo de $300.00.000 se debe pagar en 6 cuotas de $50.000.000 cada una. El registro contable es el siguiente:
Cuenta | Débito | Crédito |
1330 | $50.000.000 | |
1110 | $50.000.000 |
El mismo registro se hace cada vez que se paga una cota.
Registro contable de la escrituración del inmueble.
Una vez se protocoliza la escritura de compraventa del inmueble, es decir, se firma el contrato definitivo que formaliza la compraventa, se reconoce el activo en la cuenta 15 que le corresponda:
Cuenta | Débito | Crédito |
1516 | $400.000.000 | |
1330 | $400.000.000 |
De esta manera se reclasifica el activo y se lleva a la cuenta de edificios y construcciones, si ese es el caso, o lotes y terrenos según corresponda.
El saldo pendiente no se registra. El PUC considera las cuentas de orden para registrar el valor no pagado de la promesa de compraventa, pero en las NIIF no se hace uso de ellas.