Cuando se presenta una demanda ante un juez civil, si esta no reúne todos los requisitos establecidos en el código general del proceso será rechazada por el juez.
Rechazo de la demanda.
Si se omiten cualquiera de los presupuestos señalados para la admisión entonces el juez deberá inadmitirla para que se corrija la deficiencia, para lo cual se concede un término de cinco en días.
El término para solucionar las deficiencias se encuentra establecido en el artículo 90 del general del proceso.
Si la demanda se inadmite y no es corregida en el término mencionado anteriormente el juez la debe rechazar.
Causales de rechazo de la demanda.
Además de las causales anteriormente señaladas, la demanda podrá ser rechazada de plano en los siguientes casos o causales:
- Cuando el juez carece de jurisdicción o competencia, en este caso la posición que debe asumir el juez es la remisión del proceso a quien sea competente para conocer de este, en aras de garantizar el acceso a la justicia del demandante.
- También podrá ser rechazada de plano la demanda cuando exista término de caducidad para interponerla y se deduzca de ella misma que dicho término expiro.
- De conformidad con lo señalado en el artículo 36 de la ley 640 de 2001 cuando la conciliación sea requisito de procedibilidad y esta se omita habrá lugar a rechazo pleno de la demanda.
Respecto a esta última causal de rechazo el código general del proceso en su artículo 90 numeral 7, señala que cuando no se acredite en la demanda el agotamiento de la conciliación prejudicial como requisito de procedibilidad hay lugar a inadmisión de la demanda, es decir, que si no se aporta la prueba de la celebración de la conciliación se conceden los cinco días para que se aporte.
Si la acreditación de la celebración de la audiencia de conciliación como requisito de procedibilidad no se aporta por descuido del interesado dentro del término o por no haberse celebrado la audiencia entonces habrá lugar a rechazo de la demanda.
¿Puedo volver a presentar una demanda rechazada?
Cuando una demanda es rechazada, la ley no impide que se pueda presentar de nuevo, por lo tanto, es posible presentar nuevamente la demanda rechazada, siempre que no haya operado la caducidad.
Si el rechazo de la demanda se debe a que el juez ante el que se presentó no es competente, naturalmente que debe ser presentada ante el juez competente.
Y en los demás casos, la demanda nueva debe corregir los hechos por los que inicialmente fue rechazada, para evitar que nuevamente sea rechazada.
Efectos del rechazo de la demanda.
La principal consecuencia del rechazo de una demanda es que el juez no la estudiará, y es como si no se hubiera presentado la demanda.
Tan es así que el último inciso del artículo 90 del código general del proceso señala:
«Las demandas que sean rechazadas no se tendrán en cuenta como ingresos al juzgado, ni como egresos para efectos de la calificación de desempeño del juez. Semanalmente el juez remitirá a la oficina de reparto una relación de las demandas rechazadas, para su respectiva compensación en el reparto siguiente.»
Se puede decir que la consecuencia del rechazo de la demanda es que la demanda no tenga ninguna consecuencia para ninguna de las partes, pues nunca nació en la vida jurídica en razón a que el proceso no fue iniciado.
Recurso contra auto que rechaza demanda.
De acuerdo al artículo 90 del código general del proceso, el recurso contra el auto que rechaza la demanda es el recurso de apelación, que será concedida con efecto suspensivo.
Aquí no procede el recurso de reposición sino directamente el recurso de apelación.
agosto 24th, 2022 a las 10:39 am
Muchas GRACIAS por este valiosìsimo soporte que ofrecen a la comunidad.