Indemnización en la terminación del contrato de trabajo

Cuando se termina un contrato individual de trabajo puede haber lugar al pago de indemnizaciones al trabajador en caso en que no exista una justa causa para la terminación del contrato.

Indemnización laboral.

La indemnización laboral surge cuando el contrato de trabajo es terminado sin que exista culpa imputable al trabajador, es decir, que la terminación obedece exclusivamente a la mera liberalidad del empleador que, sin mediar una justa causa o una causa legal, decide despedir al trabajador.

La indemnización depende de la duración del contrato, que puede ser indefinida, a término fijo o por obra o labor. Cada una se liquida de forma distinta.

El trabajador también puede ser indemnizado por causas distintas, como cuando existe un accidente laboral en el que ha mediado culpa del empleador, pero es un tema distinto del que no nos ocupamos en esta nota.

En el contrato de trabajo indefinido.

La indemnización en el contrato de trabajo indefinido tiene su tratamiento en el cuarto inciso del artículo 64 del código sustantivo del trabajo, tema que se desarrolla en el siguiente artículo.

Indemnización por despido en el contrato a término indefinido.Indemnización por despido sin justa causa para los trabajadores vinculados con contratos de trabajo a término indefinido.

En el contrato de trabajo a término fijo.

La indemnización en los contratos a término fijo la encontramos en el 3 del artículo 64 del código sustantivo del trabajo, y corresponde básicamente a los salarios pendientes de causar hasta la expiración del plazo pactado, tema que se trata en el siguiente artículo.

Indemnización por despido en contratos de trabajo a término fijo.Liquidación de la indemnización por despido injusto en trabajadores vinculados con contratos de trabajo a término fijo.

En el contrato de obra o labor.

Cuando se trata de un contrato por duración de la obra o labor, la indemnización es equivalente a los salarios que se hubieran causado por el tiempo que faltó para terminar la obra.

Indemnización por despido injusto en el contrato de obra o labor.La indemnización por despido injusto en los contratos por duración de la obra o labor corresponde lo que faltare terminar de la obra.

Indemnización en caso de una terminación ilegal del contrato de trabajo.

Si la terminación del contrato de trabajo resulta ilegal, la norma contempla el pago de indemnizaciones especiales en favor del trabajador afectado.

Despido ilegal y despido injusto – Distinción.El despido ilegal es distinto al despido injusto, y es importante conocer las diferencias debido a que las consecuencias son diferentes.

Es el caso por ejemplo de las empleadas que gozan de fuero de maternidad, que no se pueden despedir sin la previa autorización del ministerio del trabajo, durante el embarazo o durante los 3 meses siguientes a la fecha del parto.

Despido de empleada embarazada.Casos en que se puede despedir a una empleada embarazada y el procedimiento que se debe cumplir para hacerlo.

En tal caso, adicional a la indemnización por despido injusto, el artículo 239 que en su numeral 3 señala:

«Las trabajadoras que trata el numeral uno (1) de este artículo, que sean despedidas sin autorización de las autoridades competentes, tendrán derecho al pago adicional de una indemnización igual a sesenta (60) días de trabajo, fuera de las indemnizaciones y prestaciones a que hubiere lugar de acuerdo con su contrato de trabajo.»

Esa indemnización se paga incluso si el despido fue por justa causa.

Si el despido fue por una justa causa no se paga la indemnización por despido injusto, pero sí la indemnización por el despido ilegal, es decir, por no contar con la autorización del ministerio del trabajo o inspector de trabajo.

Otro caso especial es el despido de trabajadores en razón a su discapacidad.

Despido de trabajador discapacitado.Un trabajador discapacitado puede ser despedido pero siguiendo el procedimiento correcto que explicamos aquí.

En este caso el despido justo en razón a su discapacidad es posible, pero se requiere autorización del inspector de trabajo, y si se despide el trabajador sin esa autorización, se paga una indemnización equivalente a 180 días de salario conforme el artículo 26 de la ley 361 de 1997.

Si el despido es injusto naturalmente se debe pagar la indemnización que corresponda al tipo de contrato.

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