Requisitos para ser revisor fiscal

En Colombia para ejercer la revisoría fiscal se requiere tener la calidad de contador público profesional, es decir, se debe tener el título de contador público, y, además, se debe tener la respectiva tarjeta profesional.

¿Quién puede ser revisor fiscal en Colombia?

En Colombia, puede ser revisor fiscal cualquier persona que tenga la calidad de contador público y tenga vigente la respectiva tarjeta profesional.

Las sociedades de contadores públicos, también pueden contratar servicios de revisoría fiscal, y quien la ejerza como tal, debe tener la calidad de contador público.

En el pasado se han presentado varios proyectos de ley para que otros profesionales distintos al contador público puedan ejercer como revisores fiscales, pero no han prosperado.

Para ser revisor fiscal no es requisito ser especialista en revisoría fiscal.

Nos consultan nuestros lectores si es posible que un contador público que no tiene una especialización en revisoría fiscal se pueda desempeñar como revisor fiscal.

Obligados a tener revisor fiscal.Empresas y sociedades obligadas a tener revisor fiscal por disposición legal y por tope de activos e ingresos anuales.

La respuesta corta es sí. La razón es que la ley no exige nada más que la calidad de contador público.

La ley 43 de 1990 en su artículo 13 dice claramente que para desempeñase como revisor fiscal se debe tener la calidad de contador público, y el código de comercio en su artículo 215 dice también que el revisor fiscal deberá ser contador público.

Tanto la ley 43 de 1990 como el código de comercio se limitan a exigir que para ser revisor fiscal se debe tener la calidad de contador público, sin exigir formación adicional, de modo que, desde el punto de vista legal, no hace falta que el contador público tenga una especialización en revisoría fiscal para ser nombrado como revisor fiscal.

No obstante, como se trata de contratar los profesionales más idóneos, algunas empresas como política interna exigen que el revisor fiscal sea un contador público con especialización en revisoría fiscal.

Pero para efectos legales tanto comerciales como tributarios sólo se debe acreditar la calidad de contador público.

Adicionalmente se suele solicitar el certificado de indecentes disciplinarios que expide la Junta Central de contadores, que no es un requisito que figure en la ley, pero en muchas empresas o entidades se exige.

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