Reubicación del trabajador por enfermedad laboral

Cuando un trabajador sufre una enfermedad laboral, si el porcentaje de discapacidad producto de su enfermedad o accidente no es suficiente para ser pensionado, muy probablemente deba ser reubicado a un nuevo puesto o cargo en el que se puede desempeñar correctamente de acuerdo a su nueva condición.

Reubicación laboral.

La reubicación laboral consiste en cambiar el puesto de trabajo del empleado a otro cargo más acorde con sus aptitudes o condiciones físicas.

La reubicación laboral puede ser una decisión interna y libre del empleador, a fin de reorganizar su planta de personal, o ser una exigencia de salud.

La empresa debe asegurarse de que el estado de salud de sus trabajadores no se vea afectado, y cuando las funciones que cumple un empleado afectan su salud, debe reasignarle funciones compatibles con su condición física y médica.

Reubicación laboral por prescripción médica.

Cuando un trabajador tiene alguna dolencia o enfermedad que le impide laborar correctamente, o que debido a su actividad laboral su situación de salud puede desmejorar, debe ser reubicado.

La reubicación por lo general se hace con base a la prescripción de un médico, ya sea de la ARL o de salud ocupacional de la misma empresa.

Se trata que de garantizar que la salud del trabajador no se vea afectada, y que este pueda laborar sin correr riesgos en razón a su condición de salud.

El artículo 4 de la ley 776 del 2020 señala lo siguiente:

«Al term2022inar el período de incapacidad temporal, los empleadores están obligados, si el trabajador recupera su capacidad de trabajo, a ubicarlo en el cargo que desempeñaba, o a reubicarlo en cualquier otro para el cual esté capacitado, de la misma categoría.»

Cualquier problema de salud que tenga que ver con el desempeño del trabajador debe ser abordado por la ARL, que es la entidad llamada a cubrir los riesgos derivados de enfermedades y accidentes laborales.

Si el empleador no atiende la recomendación o la orden de reubicación emitida por la ARL, esta puede no responder por las complicaciones derivadas de esa negativa.

Recordemos que un trabajador no puede ser despedido por el hecho de sufrir alguna discapacidad, o disminución de capacidad de trabajo como consecuencia de una enfermedad profesional o accidente de trabajo, con algunas excepciones que se tratan en el siguiente artículo.

Despido del trabajador por enfermedad.El trabajador puede ser despedido por enfermedad que lo incapacite para trabajar previo cumplimiento de una serie de requisitos.

El trabajador en condiciones así sólo puede ser retirado de la empresa en el evento de ser pensionado por la respectiva ARL.

No debemos perder de vista que la ley protege de forma muy especial a trabajadores vulnerables como es el caso de quienes sufren algún tipo de discapacidad, y máxime si esa discapacidad surge cuando el trabajador ya estaba laborando para la empresa.

La protección especial es tan importante que se ha desarrollado la llamada estabilidad laboral reforzada para este tipo de trabajadores que impide su desvinculación.

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5 Opiniones
  1. Blanca nubia Vargas valencia Dice:

    hola sufrí accidente laboral causado a propósito por él Compañero de trabajo a causa de eso me dio covid mi estado de salud quedo muy deteriorado la empresa me termino contracto y tengo citas pendientes con medico internista ,y medicina laboral con la arl q hasta él momento no se a pronunciado ,Telesai fue la empresa para la cual labore 19 meses ,,Cl 3126259284 gracias

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    • INNOVA ABOGADOS Dice:

      Podemos ayudarte a Solucionar tu Situación, Llámanos 3228686855

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  2. karina rojas Dice:

    Por temas de salud me cambiaron de cargo en la empresa originalmente era agente de call center y pase a ser del area administrativa, cuando esto ocurrio me diminuyeron los ingresos al no hablar con clientes pero mis funciones asignadas tenian mayor nivel de responsabilidad, el ingreso me disminuyo y la empresa no me certifica las nuevas funciones aunque llevo 6 años haciendo todo tipo de funciones administrativas a la par con compañeros que hacen lo mismo pero ganan mas que yo, el argumento es que por mis temas medicos yo no fui ascendida sino reubicada no se que puedo hacer para que esta experiencia laboral me sea reconocida tanto en funciones como en dinero. alguien me puede orientar muchas gracias

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  3. JOSE Dice:

    QUIERO REUBICACION LABORAL QUE HACER

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  4. EAVO Dice:

    Buenos días, tengo un caso en el que un trabajador estuvo incapacitado por enfermedad general más de 200 días. La EPS no dio ´mas incapacidad por que conceptúa que no es necesario más incapacidad, sin embargo el trabajador manifiesta al empleador que no se siente en condiciones de trabajar. ¿Que se puede hacer en este caso?
    El trabajador tiene mínimas restricciones laborales durante 5 meses emitidas por su EPS.

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