Cuando el trabajador no labora el mes completo su salario se le paga proporcionalmente según los días trabajados, lo que no siempre es sencillo determinar si el mes no tiene 30 días.
Proporción del salario mensual.
Cuando el mes tiene 30 días, determinar la proporción del mes según los días trabajadores resulta sencillo porque simplemente dividimos el mes entre 30, y luego multiplicamos por el número de días trabajados.
Por ejemplo, si se tiene un salario mensual de $1.500.000 y el trabajador laboró 20 días tenemos:
1.500.000/30 X 20 = 1.000.000.
El asunto cambia cuando tenemos meses de 28, 29 y 31 días, lo que la doctrina ha intentado corregir asumiendo un mes laboral de 30 días.
El salario mensual es el mismo sin considerar los días que tenga el mes.
Si el trabajador fue contratado con un salario mensual de $1.500.000, todos los meses debe recibir exactamente $1.500.000, no importa si el mes tiene 28, 29, 30 o 31 días.
Pero cuando hacemos una liquidación mes a mes el asunto se enreda, y eso ocurre cuando el trabajador no labora un mes completo, siendo necesario determinar la proporción correspondiente.
Si tomamos febrero según su número de días y liquidamos 20 días como en el ejemplo ya planteado tendríamos:
1.500.000/28 X 20 = $1.071.429.
En el mes de 30 días el trabajador recibe $1.000.000 por trabajar 20 días, menos que en el mes de 28 días, lo que es bueno para el trabajador, pero si se tratara de un mes de 31 días el trabajador recibiría menos:
1.500.000/31 X 20 = $967.742.
Para ilustrar la diferencia presentamos el siguiente cuadro en un trabajador con un salario mensual de 1.500.000 que labora 20 días al mes, liquidando cada mes según su número de días:
Mes de 31 días | 1.500.000/31 x 20 = $967.742 |
Mes de 30 días | 1.500.000/30 X 20 = $1.000.000. |
Mes de 28 días | 1.500.000/28 X 20 = $1.071.429. |
Claramente el salario proporcional cambia según el número de días que tenga el mes liquidado, unas veces en favor del trabajador y otras veces en favor del empleador.
Esto se soluciona si la proporción se determina utilizando un mes de 30 días, pues en todos los meses se obtiene el mismo resultado, y por supuesto, en los meses que tengan 31 días el trabajador sentirá que ha perdido, y en los meses que tengan 29 o 28 días será el empleador quien sentirá haber perdido.
Pero igual sucede cuando se liquida cada mes según su número de días como ya vimos, sin embargo, en el transcurso del año el trabajador resulta perjudicado porque su salario terminará dividido entre 30.42 días mensuales, lo que le arroja un salario diario inferior a cuando se divide entre 30.
Esto se debe a que el trabajador se beneficia cuando el mes es inferior a 30 días, pero se perjudica cuando es superior a 30 días, y son más los meses que tienen 31 días que los meses que tienen 28 días.
Meses de 30 días | 4 |
Meses de 31 días | 7 |
Meses de 28 (29) días | 1 |
Como se puede observar, si liquidamos el mes según el número de días de cada uno, el trabajador termina perjudicado, aunque en un mes puntual, febrero únicamente, puede salir beneficiado.
En vista a que unas veces el trabajador se beneficia y en otras se perjudica, la solución es hallar una media que haga equilibrio, y por eso la doctrina se ha decantado por un mes regular de 30 días, que en todo caso termina beneficiando el trabajador.
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mayo 28th, 2019 a las 9:14 pm
agradezco me ayuden comprendiendo algo la formula para mi parecer no es muy lógica si lo que quiero calcular es cuanto le pago a una persona que trabajo normal su mes, pero este es febrero de 28 días como se calcula la formula, les agradezco.
julio 29th, 2020 a las 7:39 pm
Cuando al trabajador lo contratan por meses el salario cubre el trabajado prestado durante todos los días del mes. Así, si se trata del mes de febrero el empleador debe pagarle el 100% del salario mensual acordado, así el mes tenga 28 o 29 días.
Saludos,
agosto 7th, 2020 a las 1:00 pm
Soy de las opinión de que cuando el trabajador no labora el mes completo el valor a pagar por concepto de salario se debe establecer así:
Se toma el salario mensual y se divide por el número de días que tenga el mes y el resultado se multiplica por el número de días trabajados.
Ejemplos:
-El trabajador empezó a trabajar el 13 de enero. Su salario es $ 1.00.000 mensuales.
$ 1.000.000 / 31 X 19 (días laborados) = $ 612.903
-El trabajador comenzó a trabajar el 6 de febrero.
$ 1.000.000 /28 X 23 (días laborados) = $ 429.429
-El trabajador laboró hasta el 7 de diciembre.
$ 1.000.000 /31 X 7 = $ 225.806
Yo postulo este sistema porque es justo y equitativo para ambas partes, pues al trabajador se le paga lo que realmente laboró respecto de lo que debía haber laborado en circunstancias normales.
Saludos,
febrero 8th, 2021 a las 9:56 pm
Si un trabajador de enero a diciembre prdio x número de días, como cancelaria las cesantias.,por la cantidad de días laborados en todo el año o por los 360 días.
marzo 3rd, 2021 a las 9:54 pm
Pregunta.
Si un trabajador empieza a trabajar el 26 de febrero del 2020, cuantos dias deben pagarle?
Si un trabajador empieza a trabajar el 26 de febrero del 2021, cuantos días deben pagarle?
Si un trabajador empieza a trabajar el 26 de enero del 2021, cuantos días deben pagarle?