Parentesco

Todos conocemos a nuestros familiares, pero no siempre tenemos clara la relación de parentesco que tenemos con cada uno de ellos, lo que es importante porque, dependiendo de la relación existente, puede haber impedimentos o limitaciones legales en varios aspectos.

¿Qué es el parentesco?

El parentesco es la relación o conexión que existe entre familiares o parientes, lo que permite determinar «la distancia» que hay entre un familiar y otro.

Tenemos familiares cercanos y otros no tanto, y ese parentesco o relación debe medirse para determinar esa distancia, lo que se hace por grados, donde la relación más cercana corresponde al primer grado, la que está un poco más lejana, al segundo grado, y así sucesivamente.

El parentesco surge de un vínculo familiar, ya sea por ser familiar biológico, adoptivo o por matrimonio.

Clases de parentesco.

Existen varias clases de parentesco en razón a las relaciones o conexiones personales que se forman por distintas razones, y estas clases son:

  1. Consanguinidad.
  2. Afinidad.
  3. Civil.

A continuación, profundizamos un poco en cada uno de estos conceptos.

Parentesco por consanguinidad.

El parentesco por consanguinidad es el que se forma por lazos de sangre, familiares o biológicos.

El artículo 35 del Código Civil colombiano define así el parentesco por consanguinidad:

«Parentesco de consanguinidad es la relación o conexión que existe entre las personas que descienden de un mismo tronco o raíz, o que están unidas por los vínculos de la sangre.»

El parentesco por consanguinidad es el que se forma por la descendencia o ascendencia familiar: los hijos con los padres, abuelos, tíos, sobrinos, primos, etc.

Parentesco por afinidad.

El parentesco por afinidad es el que se forma con los parientes o familiares del cónyuge, con la persona con la que se está casada.

El artículo 47 del Código Civil define así al parentesco por afinidad:

«Afinidad legítima es la que existe entre una persona que está o ha estado casada y los consanguíneos legítimos de su marido o mujer. La línea o grado de afinidad legítima de una persona con un consanguíneo de su marido o mujer, se califica por la línea o grado de consanguinidad legítima de dicho marido o mujer con el dicho consanguíneo. Así un varón está en primer grado de afinidad legítima, en la línea recta, con los hijos habidos por su mujer en anterior matrimonio; en segundo grado de afinidad legítima, en la línea transversal, con los hermanos legítimos de su mujer.»

El parentesco por afinidad es la relación que se forma con los padres del cónyuge (suegros) o con sus hermanos (cuñados), tíos, primos, sobrinos, etc.

Parentesco civil.

El parentesco civil es la relación que existe con los hijos adoptados, y es básicamente el mismo parentesco por consanguinidad, pero como el hijo no es biológico o de sangre, se califica como parentesco civil.

El numeral 2 del artículo 64 de la Ley 1098 de 2006 o Código de Infancia y Adolescencia señala que:

«La adopción establece parentesco civil entre el adoptivo y el adoptante, que se extiende en todas las líneas y grados a los consanguíneos, adoptivos o afines de estos.»

En consecuencia, el hijo adoptado tiene parentesco civil con los demás familiares del padre adoptante, en la misma forma que un hijo biológico, así que tendrá abuelos, tíos, primos, sobrinos, en relación civil.

Cómo se determina el grado de parentesco por consanguinidad o afinidad.

Determinar el grado de parentesco representa cierta dificultad, y para ello se siguen algunas reglas sencillas para determinar qué tan lejos está un familiar, si a un grado, dos grados o tres.

El artículo 37 del Código Civil señala respecto a los grados de consanguinidad:

«Los grados de consanguinidad entre dos personas se cuentan por el número de generaciones. Así, el nieto está en segundo grado de consanguinidad con el abuelo, y dos primos hermanos en cuarto grado de consanguinidad entre sí.»

Según el número de generaciones así es el grado de consanguinidad, regla que se aplica para las demás clases de parentesco.

Para determinar el parentesco se consideran dos líneas: directa y colateral.

  • Línea directa. Hace referencia al grado de relación que hay entre padres e hijos [descendiente] y de nietos a abuelos [ascendente], por ejemplo.
  • Línea colateral. Hace referencia al parentesco con personas que no descienden directamente, sino que dependen de algún descendiente directo, como es el caso de los tíos, sobrinos, primos, etc.

En consecuencia, si queremos conocer los grados de parentesco de Juan con sus distintos familiares, seguimos esas líneas según el familiar respecto al cual queremos determinar el grado de parentesco.

De hijo a padre hay una generación, por lo tanto, hay un grado en línea; de hijo al abuelo hay dos generaciones, de modo que hay dos grados en línea directa.

El asunto se hace más complejo cuando hay una línea colateral, ya que primero se asciende por línea vertical y luego se avanza por línea colateral.

Por ejemplo, para determinar el grado de parentesco entre hermanos, primero se asciende al padre en línea directa y luego se avanza hacia el hermano en línea colateral, lo que nos da dos grados.

Gráficamente podemos representarlo de la siguiente forma:

Esquema de parentesco.

Como se puede observar, el asunto se simplifica si contamos los pasos que hay que dar para llegar al familiar que nos interesa, siguiendo las líneas verticales y colaterales que existan.

En la gráfica, Juan quiere saber qué grado de consanguinidad tiene con los hijos de su hermano, y para llegar a ellos debe dar 3 pasos: uno para llegar a su padre, dos para llegar a su hermano y tres para llegar a sus sobrinos. Por lo tanto, entre Juan y sus sobrinos hay un tercer grado de consanguinidad.

Y podemos seguir agregando líneas verticales y colaterales con los descendientes o ascendientes de cada uno, y solo hay que contar los pasos para llegar a todos ellos y así determinar el grado de consanguinidad.

Igual regla se sigue para determinar los grados de parentesco por afinidad y civil.

Lista de los grados de parentesco.

Para facilitar la consulta de los distintos grados de parentesco, presentamos la siguiente lista por clase de parentesco.

Grados de consanguinidad.

Los grados de consanguinidad entre los diferentes familiares son los siguientes:

  • Primer grado de parentesco consanguíneo.
    • Hijos.
    • Padres.
  • Segundo grado de consanguinidad.
    • Abuelos.
    • Nietos.
    • Hermanos.
  • Tercer grado de consanguinidad.
    • Bisabuelos.
    • Bisnietos.
    • Tíos.
    • Sobrinos.
  • Cuarto grado de consanguinidad.
    • Tatarabuelos.
    • Tataranietos.
    • Primos.

Y así podemos seguir hasta llegar a Adán y Eva.

Grados de afinidad.

Los familiares del cónyuge generan los siguientes grados de afinidad:

  • Primer grado de afinidad.
    • Suegros.
    • Yernos.
    • Nueras.
  • Segundo grado de afinidad.
    • Abuelos del cónyuge.
    • Hermanos del cónyuge (cuñados).
  • Tercer grado de afinidad.
    • Sobrino del cónyuge.
    • Tío del cónyuge.
    • Bisabuelo del cónyuge.
  • Cuarto grado de afinidad.
    • Primos del cónyuge.
    • Tatarabuelos del cónyuge.

Los grados de parentesco civil son los mismos que el parentesco consanguíneo, solo se cambia el nombre de consanguíneo por civil.

Herramienta para determinar el grado de parentesco.

Hemos desarrollado la siguiente herramienta en línea para determinar el grado de parentesco que hay entre familiares.

Calculadora de parentesco.Determine en línea el parentesco que hay entre usted y sus familiares de sangre y políticos.

Solo se debe elegir el familiar en la lista desplegable, y la herramienta le mostrará el tipo de parentesco y el grado entre el familiar y la persona que está determinando el parentesco.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2023, mayo 9). Parentesco [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/sobre-el-parentesco.html

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  1. Rodrigo Maza julio 11 de 2023

    Buenas tardes,

    Por favor, además del registro civil de nacimiento, ¿qué otro documento puede validar o acreditar el parentesco entre hermanos?

    Saludos.

    Responder
  2. MARILYN abril 1 de 2022

    La hija de tu primo hermano, que es hijo del hermano de tu mamá, es tu sobrina.

    Responder
  3. ELIO ANDRADE enero 30 de 2022

    Mi madre es ciudadana colombiana, pero yo nací en Venezuela y fui adoptado por padres venezolanos, según mi partida de nacimiento. Perdí el apellido de mi madre por la adopción. ¿Tendría el derecho de adquirir la nacionalidad colombiana? ¿Me podría orientar, por favor?

    Responder

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