Tenencia de mascotas en la propiedad horizontal

Los copropietarios tienen derecho a tener mascotas en sus bienes privados en una propiedad horizontal sometiéndose a las reglas de la sana convivencia.

No se puede prohibir la tenencia de mascotas.

Una propiedad horizontal no puede prohibir a sus residentes o moradores la tenencia de mascotas.

Si bien la ley 675 de 2001 no se refiere expresamente a este tema, si lo toca tangencialmente en el artículo 74:

«Los reglamentos de las Unidades Inmobiliarias Cerradas establecerán los requisitos para la permanencia de mascotas (animales domésticos).»

De lo anterior que concluye que la ley no prohíbe la tenencia de mascotas, y se limita señalar que la propiedad horizontal tiene facultad para regular la tenencia de mascotas, y la regulación no implica su prohibición.

Propiedad horizontal en Colombia.Normas y reglas que rigen la propiedad horizontal, y las obligaciones y deberes de los copropietarios.

Sin embargo, el tema de la tenencia de mascotas actualmente no está regulado por la ley de propiedad horizontal, sino por el código de policía o Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, considerando que no existe una ley de mascotas como tal.

Prohibición de la tenencia de mascotas peligrosas.

Respecto a la prohibición de la tenencia de mascotas en la propiedad horizontal, el artículo 117 de la ley 1801 modificad por el artículo 10 de la ley 2054 de 2020, señala en su primer inciso:

«Solo podrán tenerse como mascotas los animales así autorizados por la normatividad vigente. Para estos animales el ingreso o permanencia en cualquier lugar, se sujetará a la reglamentación de los lugares públicos, abiertos al público o edificaciones públicas.»

Este inciso es de aplicación general, incluyendo conjuntos cerrados.

Respecto a la propiedad horizontal, señala el inciso segundo del mismo artículo:

«No podrán prohibirse el tránsito y permanencia de animales domésticos o mascotas en las zonas comunes de propiedades horizontales o conjuntos residenciales. Los ejemplares caninos deberán ir sujetos por medio de traílla y, en el caso de los caninos de manejo especial, además irán provistos de bozal y el correspondiente permiso, de conformidad con la ley.»

Y para el caso en que por vía de reglamento se ha prohibido el tránsito de mascotas en las zomas comunes, señala el inciso tercero del mismo artículo:

«Los administradores de los conjuntos residenciales y de propiedades horizontal, quedan autorizados para no aplicar las normas de los Manuales de Convivencia que contraríen las disposiciones aquí descritas; por tanto, deberán solicitar de manera inmediata a las Asambleas de Copropietarios, la actualización de los Manuales de Convivencia de propiedades horizontal o conjuntos residenciales, a la normatividad que contempla el capítulo II del presente código.»

Es decir que el administrador de un conjunto puede inaplicar la las normas de convivencia que prohíban lo que la ley de forma expresa permite.

Llama a la atención que la ley 2054 de 2020 olvidó modificar o derogar el artículo 129 de la ley 1801 de 2016, que dispone:

«En los conjuntos cerrados, urbanizaciones y edificios con régimen de propiedad horizontal, podrá prohibirse la permanencia de ejemplares caninos potencialmente peligrosos, a solicitud de cualquiera de los copropietarios o residentes y por decisión calificada de tres cuartas partes de las asambleas o de las juntas directivas de la copropiedad.»

Claramente legislador dispone que no se puede prohibir el tránsito de mascotas, aunque sean peligrosas o de manejo especial, a sí que resulta contradictorio que se contemple prohibir su tenencia.

Reglas de convivencia en la tenencia de mascotas.

La propiedad horizontal no puede prohibir la tenencia de mascotas, pero la ley exige implementar medidas que garanticen la sana convivencia, aspectos que los manuales de convivencia suelen adoptar.

Es el caso de exigir que las mascotas lleven lazo, bozal, prohibir que transiten libremente y sin acompañamiento de sus dueños o cuidadores, etc.

Igualmente, la obligación de los dueños o tenedores de la mascota de recoger los excrementos dejados por esta.

En fin, el manejo de mascotas en una propiedad horizontal es básicamente el mismo que se ha de dar en la vía pública de acuerdo al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.

Multas o sanciones económicas relacionadas con la tenencia de mascotas.

Algunos autores consideran que es ilegal que la propiedad imponga multas relacionadas con la tenencia de mascotas, sin embargo, no es estrictamente necesario que la propiedad horizontal sea quien imponga las multas, pues el código de policía o de convivencia ciudadana ya las considera.

Las conductas y las multas relacionadas con la tenencia de mascotas consideradas por el código de policía, son las siguientes:

Conducta. Multa.
Dejar deambular semoviente, animales feroces o dañinos, en espacio público, lugar abierto al público, o medio de transporte público, sin las debidas medidas de seguridad. Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Impedir el ingreso o permanencia de perros lazarillos que, como guías, acompañen a su propietario o tenedor, en lugares públicos, abiertos al público, sistemas de transporte masivo, colectivo o individual o en edificaciones públicas o privadas. Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Omitir la recogida de los excrementos de los animales, por parte de sus tenedores o propietarios, o dejarlos abandonados después de recogidos, cuando ello ocurra en el espacio público o en áreas comunes. Cuatro (4) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Trasladar un canino de raza potencialmente peligrosa en el espacio público, zonas comunes o en los lugares abiertos al público o en el transporte público en que sea permitida su estancia, sin bozal, trailla o demás implementos establecidos por las normas vigentes. Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Incumplir las disposiciones para el albergue de animales. Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Tolerar, permitir o inducir por acción u omisión el que un animal ataque a una persona, a un animal o a bienes de terceros. Treinta y dos (32) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Permitir que animales o mascotas esparzan, parcial o totalmente, en el espacio público o zonas comunes, el contenido de las bolsas y recipientes para la basura, una vez puestas para su recolección. Cuatro (4) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Permitir a niños, niñas o adolescentes la posesión, tenencia o transporte de ejemplares caninos potencialmente peligrosos. Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Tener o transportar caninos potencialmente peligrosos estando en estado de embriaguez o bajo el influjo de sustancias psicoactivas. Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
No contar con póliza de responsabilidad civil extracontractual por la propiedad o tenencia de ejemplares caninos de manejo especial, una vez el Gobierno nacional expida la reglamentación sobre la materia. Treinta y dos (32) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).

Frente a estos casos, la administración de la propiedad horizontal puede recurrir a una acción policiva adjuntando las pruebas que demuestren la ocurrencia del comportamiento, como los videos de las cámaras de seguridad ubicadas en las zonas comunes.

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No hay que olvidar que la propiedad horizontal puede tener un comité de convivencia que puede actuar como primera instancia para intentar corregir el comportamiento del infractor, y en caso que este haga caso omiso, se debe recurrir a la acción policiva colocando la respectiva denuncia, o poniendo en conocimiento el comportamiento a las autoridades competentes.

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102 Opiniones
  1. DIANA M. SANABRIA Dice:

    Tengo 4 gaticos en mi casa y coloque una pequeña reja frente a mi puerta y dentro del espacio que le corrrsponde a la casa.. segunla administeadora.. estoy afectando visualmente a todas las otras 13 casas… coloque la reja superpuesta sin mofificar ni alterar construccion por seguridad de mis animalitos… no los dejo salir para nada en las zonas verdes. Y por tener mis padres de tercera edad tranquilos… es de aclarar que ella dice que es area común…

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    • Ines Dice:

      Lo que hace su administradora se llama acoso,denúnciela , en la Alcaldía de su localidad le informan donde y a quien debe dirigir su queja que debe ir por escrito,no se deje intimidar,haga valer sus derechos,no viven en un inquilinato sino en Propiedad Horizontal,mientras no sean animales peligrosos nadie puede impedir que tenga sus mascotas.Denuncie!!!

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      • César Dice:

        Muy bien. Primero su mascota; segundo su mascota; tercero su mascota; cuarto busté y de último cualquier otro animal que viva en su condominio/edificio/cuadra/barrio porque los humanos TIENENQUERESPETARLASMASCOTAS en todo lo que les de la gana hacer.
        Humano que no se adapte a las mascotas: QUE SE ABRA DEL PARCHE.

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        • Gonzalo Dice:

          No se dice buste si no usted, a parte de grosero es menos educado que una mascota por no decir animal

        • Vitorino Dice:

          hummm… Y Ud conoce a su amo? A lo mejor es mas humano que busté!

        • Para "busté", César Dice:

          Cualquiera que lea su respuesta debe pensar que así debe actuar. No, primero es el respeto y la convivencia. Vivimos en un mundo donde quienes razonan son los seres humanos, primero es la salud física y mental de quienes se vean afectados por los animales y sus olores, no creo que sea el caso planteado, pero en una residencia cuentan muchos aspectos que hay que considerar: normas de convivencia, respeto por las áreas libres (sean propiedad privada o espacios comunes), la salud de los vecinos que se puedan ver afectados por los olores o por ser alérgicos, la fachada, en fin, lo más seguro es que hay lugares más apropiados que convertir un apartamento en una perrera o gatera. Uno solo animalito, máximo dos y pequeños, sería lo más razonable.

        • eli Dice:

          excelente asi es….

        • JC Dice:

          Excelente

    • Rodrigo Dice:

      Es necesario revisar el reglamento, pero es muy probable que si la reja es visible desde el exterior, la administradora tenga razón. Las fachadas de las viviendad No pueden modificarse de ninguna manera sin la autorización de la Asamblea y las autoridades respectivas (Curaduría y alcaldía generalmente).

      Responder
      • Amj Dice:

        Este es un tema de nunca acabar. Pero hay que iniciar por las razones que causan este descontento.
        1. Si bien los animales domésticos son muy bonitos y nos acompañan. La tenencia de los mismos significa tener un alto grado de “RESPONSABILIDAD”. Desafortunadamente aquí empiezan los problemas. Pues nuestra idiosincrasia nos hace pensar que tenemos derechos pero no OBLIGACIONES.
        2. Quién tiene un animal domestico no puede asumir que los espacios PUBLICOS, JARDINES Y ZONAS COMUNES están destinadas para que su ejemplar haga sus micciones y deposiciones. Pues así limpien eso no exonera que los niños no se contaminen de las bacterias y parásitos que sus heces tienen y mucho menos que los malos olores no se filtren a las zonas habitadas de los conjuntos residenciales. De igual forma no hay razón para pensar que porque al tenedor le gustan los animales los demás sean los que se tengan que aguantar sus malos olores.
        3. Los animales NO SON HUMANOS como buscan muchos al intentar humanizar sus derechos. Los animales son como un hijo que nunca crece. Pues por mas que algunos ejemplares demuestren algún grado de entendimiento son animales que dependen exclusivamente de su tenedor. Por tanto una MALA tenencia solo responde a la responsabilidad de su dueño.
        4. Soy partidario que cuando uno toma la decisión de vivir en un conjunto residencial debe acatar las normas y entender que mis derechos llegan hasta donde empiezan los de mi vecino. Caso contrario porque estos tenedores irresponsables porque no dejan que sus mascotas defequen en sus salas si al limpiar como dicen queda limpiecito? O no les parece una conducta dolosa cuando dejan un animalito solo en un balcón al sol y al agua?. Lo ideal es que se legislara que por lo menos en las unidades residenciales se prohibiera la tenencia de mascotas o por lo menos que los proyectos se vendieran con tenencia o no de las mismas … así antes de comprar un apartamento uno tendría claro si puede o no tenerlas y si se tiene que aguantar la irresponsabilidad de los que las tienen.

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  2. johanna rofriguez Dice:

    Buenas noches quisiera saber cuantos días son legales para que se haga llegar una notificación de sacion después de poner una queja a la administración de la propiedad horizontal por convivencia.

    gracias
    esperando pronta respuesta es urgente.

    Responder
  3. Susana Farfán Dice:

    Felicitaciones por los temas tratados. Son muy útiles y prácticos.

    Gracias por poder acceder a los mismos.

    Exitos.

    Responder
    • Constanza Dice:

      Qué hay respecto a tenedores de mascotas que en un conjunto residencial donde el apartamento tiene un jardín patio de aproximadamente 1.50 x 2.50 y allí dejan a un perrito durante tardes enteras bajo la lluvia o el sol, este animalito aulla para que lo entren y esta situación se repite con mucha frecuencia; lo han tenido hasta altas horas de la noche y a pesar de hablar con la administradora de ese conjunto ella no hace nada porque el tenedor del animal es de carácter violento.

      Responder
  4. Ines Dice:

    Usted vive en una habitación en arriendo por tanto está obligado a acatar las reglas del dueño de casa mientras estas no lesionen sus bienes,reputación,integridad moral, debe conciliar con su arrendatario de la manera más amigable posible para obtener esos permisos que quiere y traer a su amigo a almorzar,de lo contrario si se siente lesionado en sus intereses múdese a otro sitio donde sean más permisivos.

    Responder
  5. Andrea Dice:

    Buen día, espero me puedan ayudar: tengo un gato de 4 meses y vivo en u novenos piso. pusimos una malla de seguridad transparente para seguridad del gato y de un bebe de mi sobrina que lo lleva constantemente en el apartamento. y dicen que no se puede poner malla de seguridad transparente que porque el balcón es zona publica. entonces?

    Responder
    • helen Dice:

      si la puedes poner, lo que no puedes poner es mallas de otro color, porque daña la fachada del edificio, pero transparente no pasa nada, solo te quieren molestar y prima la seguridad.

      Responder
      • Tatiana Dice:

        En qué te basas? Necesito encontrar leyes concretas o tutelas. Gracias.

        Responder
  6. Felix Martín Valencia Valencia Dice:

    VIVO EN UNA CASA DE 3 PISOS, los habitantes del tercero dejan los gatos por fuera a toda hora,perjudicando las zonas comunes y mi casa, por obvias razones no hay administrador, ni asamblea, donde puedo acudir

    Responder
    • Rodrigo Dice:

      A una casa de justicia, o un centro de conciliación. Recuerde que la mejor manera de solucionar los problemas de convivencia generalmente se logran con compromisos de ambas partes, uno que corrige algunos comportamientos y otro que se flexibiliza un poco. Suerte

      Responder
  7. Jairo Dice:

    Tengo una perrita shitzu la cual por una vez hizo sus necesidades dentro del interior del conjunto , a lo cual la señora del aseo nos informó y limpiamos lo que la perrita había hecho , más sin embargo y a pesar que recogimos y limpiamos la administración nos impuso multa , como no he pagado la multa , solo he pagado el canon de administración y de parqueadero , ahora me dicen que me van a quitar el parqueadero por no pagar la multa , mi pregunta es si esto es legal ?

    Responder
    • mygol Dice:

      Primero la ley (constitución) en respuesta a tutela ha indicado que los conjuntos no pueden prohibir o limitar la tenencia de mascota, segundo el codigo de policia determina que hay sanciones por manejo inadecuado de razas peligrosas las cuales no pueden deambular sin sus receptivos controles y acompañamiento y también regula las sanciones por no disponer de las eses del animal que entiendo en su caso fueron dispuestas por ud ante el aviso, tercero los conjuntos pueden determinar algunas normas y entre ellas podría estar el que el animal no deambule sin su presencia o con correa y solo por esta situación le podrían sancionar si esta contemplado en el manual de convivencia en forma escrita y registrado con anterioridad al evento. Finalmente cualquier deuda con la propiedad horizontal permite restricciones sobre areas comunes como parqueaderos de ser area común, si es propiedad privada no se puede quitar el acceso al mismo.

      Responder
  8. jOSELO Dice:

    Buenas tardes.

    Tengo un par de vecinos con dos perros que sueltan michísimo pelo,( no tengo animales, porque no me gustan los pelos, pulgas, recoger excrementos, entre otras particularidades ) este se está introduciendo bajo mi puerta y los encuentro hasta en los platos… literalmente, ya recurrí a la administración quien les envió comunicado para que hagan las correcciones, ayer de manera personal le solicité a sus dueños que hicieran las correcciones, se comprometieron a instalar una escobilla bajo puerta, pero hasta el día de hoy no lo han realizado. Puedo dirigirme a la inspección de policía para que ellos tomen acciones, qué violación al código de policía frente tenencia de mascotas se configura. Muchas gracias

    Responder
  9. Johana Alvarez Andrade Dice:

    Buenos Días,

    Cordial Saludo

    Por medio del presente me dirijo a usted con la finalidad de solicitarles por favor se me brinde una asesoría personalizada, tome una casa en arriendo hace tres meses, desde que llegamos hemos recibido todo tipo de hostigamientos por parte del administrador del conjunto a causa de nuestras perritas, a llegar al punto de la imposición de multas continuas , por razones que ellos se inventan, graban a su conveniencia y pasan esos videos como soporte a la inmobiliaria , para la imposición de la multa, adicional a esto, nunca nos comunican absolutamente nada, de cuales son las infracciones en las que hemos incurrido, solamente , le comunican a la inmobiliaria, quien se comunica con nosotros. Por lo que veo, siento que ya es un tema de acoso, para aburrirnos y nos vayamos del lugar.

    GRACIAS

    Responder
    • Asesoría jurídica para el bienestar animal Dice:

      Para hacer efectiva una multa deben cumplirse unos pasos previos. Si estos no se cumplen, la multa no puede hacerse efectiva. Uno de los pasos es comunicarle al supuesto infractor, sobre su infracción, y darle un plazo para responder antes del cobro. Somos un equipo jurídico especializado en temas de animales. Brindamos asesoría y consultoría y acompañamos procesos de conciliación, querella, procesos civiles y penales relacionados con animales. Pueden contactarnos al teléfono 3243798110 vía WhatsApp somos S.O.S Animales. Asesoría para el Bienestar Animal S.A.S.

      Responder
  10. Monica Perez Dice:

    Buen dia,
    Solicito asesoría para el siguiente caso:
    Mi gata de 3 años ha sido acostumbrada a salir un rato en la mañana y en la tarde a dar una vuelta. Ella no se aparta mucho de la unidad y mantiene acostadita o sentadita por ahí, pues el resto de el tiempo dureme o come en el apto. Ella tiene su arenal en el apto y todos los dias se recoge lo que excreta.
    Lamentablemente tengo una vecina de piso que odia los gatos y le ha hecho la vida imposible al mío.
    Esta semana logró que en la Unidad se tomara la decisión de que colocaran multa si se veía algún animal deambular por las zonas comunes de la unidad.
    La administradora es nueva y desde hace 2 semanas me llama la atención que por que “una vecina del 3er piso” se quejó por que la gata escarbaba la tierra de su matera, lo que me pareció raro pues mi gata normalmente no sube a ese piso pues en el 4to hay otro gato y ellos son territoriales. Igual fuí y hablé con las personas de los cuatro aptos del 3er piso y ninguna da razón de la queja de la que me habla la administradora.
    Eso me hace pensar que es mi vecina de piso (La que no quiere los gatos), la que está de tras del asunto.
    En fin, quiero preguntar qué puedo hacer? pues me da mucho pesar tener que encerrar a mi gatica que no ha hecho nada y me da pesar que se deprima.
    Puedo pedir firmas de mis vecinos para derogar esa prohibición? y si es así, que porcentaje de firmas tendría que pedir’
    O hay alguna forma legal de hacer contrapeso a lo que la administradora está haciendo?
    Quedo pendiente de sus comentarios.

    Responder
    • Ius- Statera Abogados Dice:

      Buenas tardes, en dado caso la protección y área del animal no es de las áreas comunes y dichas áreas son de uso y goce de toda la copropiedad y usted como dueña del animal debe mantenerlo en su propiedad privada que en este caso es su apartamento, si un vecino se ve afectado o incomodo por tales motivos esta en todo el derecho de interponer la queja ante la Adminitracion provisional de la P.H En [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210

      Responder
    • Yayita Dice:

      Señora hay que concientizar que todos merecen tener tranquilidad y no molestar como así no nos gusta que tampoco nos molesten la lógica es que todos no somos dueños de sus mascotas independiente si nos gustan o no hay que ponerse los zapatos del otro no solo ver su propia conveniencia con todo respeto

      Responder
  11. viviana grimaldo Dice:

    Buena noche, vivo en un conjunto residencial y tengo conocimiento de un abandono de un gato, lo sacaron del apartamento sus propios dueños y esta deambulando por el conjunto, sin ningún tipo de protección.

    Estoy preocupada por que este animalito, es de hogar y no sabe cazar y esta acostumbrado al hogar. agradezco para saber que puedo hacer, por que no es justo que lo tiren a la calle como si fuera una basura.

    ojala les pudiera llamar la policía a los dueños y lo obliguen a que respondan por el o haya un castigo fuerte par ellos.

    Responder
    • Ius- Statera Abogados Dice:

      Buenas tardes, usted puede llamar a protección animal y en dado caso a la policía que también debe ser los primeros en conocer de dicha acción, actualmente existe la ley de la protección de los animales y dichos dueños están infringiendo tal norma. En [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210

      Responder
  12. Marlon Dice:

    Hola cordial saludo.

    la administración del conjunto donde vivo colocó letreros de: (propietario responsable de su mascota recoge su excremento de lo contrario acarrea multa). pero no estoy contento con esta medida.
    opino que las mascotas gatos o perros deben salir del conjunto para hacer sus necesidades , ya que en las zonas verdes se ve el deterioro de las mismas a causa de la orina constante de perros y excavaciones medio tapadas de gato que causan un olor desagradable a cualquier hora sin contar las orillas de los postes y lámparas de áreas comunes, pedazos de gramilla quemada al rededor de los arboles y plantas lacerados también por patas de perros que rasgan el césped después de su ritual.

    es posible según la ley pedir a la administración que obligue a sacar del conjunto a las mascotas para hacer sus necesidades? o simplemente hay que resignarse a perder estas estas áreas a causa de los derechos de las mascotas?

    Responder
    • Laura Dice:

      esto es como pedir que no hagan zona de recreo para los niños en los conjuntos por que los niños gritan, ensucian las zonas comunes con las manos untadas de tierra o de dulces, pisan la grama cuando corren en ella y la deterioran, juegan en los arboles y dejan ramas en el piso.
      creo que debes resignarte a vivir en un mundo donde algunos que no consideras que deban tener estos derechos los tienen

      Responder
  13. alfonso Dice:

    Respetada señora, el hecho de tener un perro no le da a usted facultades distintas de tal forma que tener un perro irresponsablemente es un problema juridico que usted no quiere, si su perro afecta la tranquilidad de otros, procede un enfretamiento en el que usted se vera incursa por irresponsabilidad, si vive en propiedad horizontal puede el comite de convivencia establecer una sancion, o le pueden quitar la propiedad de su mascota mediante fallo por contaminacion de vivienda ajena, debe de resolver el problema pues usted tiene responsabilidad de dicho animal.

    Responder
  14. peki Dice:

    hola, tengo una perrita de 13 años, en la propiedad horizontal donde vivo no permiten que la traslade desde mi departamento a afuera del condominio caminando, quieren que la abrace para poder trasladarla, en realidad ella esta bien educada no orina ni hace ningun disturbio en el traslado aparte de que siempre la llevo con correa, tengo fractura antigua de mis brazos por accidente y me estan doliendo continuamente por cargarla, que puedo hacer? existe una ley que prohiba este tipo de traslado por areas comunes ?

    Responder
  15. ISABEL CASTRILLON Dice:

    VIVO EN UN CONJUNTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL.EN ASAMBLEA GENERAL REALIZADA EN MARZO DEL 2019 SE APROBO QUE NO SE CONSTRUIA BAÑO DE PERROS Y LAS MASCOTAS DEBIAN DE SACARLAS A HACER SUS NECESIDADES AL POTRERO.LA SEÑORA ADMINISTRADORA HA HECHO CASO OMISO A LO ORDENADO POR LA ASAMBLEA Y AHORA COLOCO DOS CANECAS AL PIE DE LA TORRE PARA QUE LLEVEN LOS PERROS A HACER SUS YA NECESIDADES DENTRO DEL CONJUNTO CONTAMINANDO Y CAUSANDO MALOS OLORES DAÑANDO LAS ZONAS COMUNES DEJANDOLOS ORINAR DEJANDO LAS HECES EN EL PASTO YA LO TIENEN TODO QUEMADO ARGUMENTANDO QUE ES POR LA PANDEMIA.PERO ES QUE NI ANTES DE LA PANDEMIA ESTABA CUMPLIENDO .ACA NO HAY COMITE DE COVIVENCIA .QUE DEBEMOS HACER.EXISTE INFORME TECNICO DE LA SECRETARIA DE SALUD DONDE LA INGENIERA DICE QUE ACA HAY MUCHA ZONA VERDE Y POR TAL MOTIVO NO SE DEBE CONSTRUIR BAÑO DE PERROS.MUCHAS GRACIAS.

    Responder
  16. Jessica Dice:

    Hola,
    Tengo dos perros en mi apartamento. Un vecino que vice dos pisos arriba se ha quejado desde el día 1 de los ladridos de los perros. Los perros los recoge un caminador de lunes a sábado a las 4:30 am y los regresa al medio dia. Siempre les cierro puertas y ventanas para las 8:30 pm. Siempre se ha quejado al primer ladrido de mis perros. Ahora en cuarentena mande a mis perros a una guardería durante 61 días, al primer dia que llegaron, primer ladrido por el balcón llamo a quejarse, mis perro estuvieron aquí 8 dias y ahora me quieren multar medio salario. Esto es permitido?

    Responder
  17. Claudia Dice:

    Hola,
    Vivo en un conjunto cerrado de casas con balcón, hemos perdido la tranquilidad debido a que dos vecinas permiten que sus perros ladren durante todo el día y con frecuencia, esto tiene alguna multa o sanción?, que puedo hacer?, muchas gracias,

    Responder
    • Marisol Dice:

      Nosotros tenemos el mismo problema con los ladridos de dos perros del Apartamento de encima, y ha sido difícil que la Señora que no permanece todo el día ahí decida pagar a una entidad que eduquen los perritos, y le orienten para que ellos no se estresen por no salir y estar encerrados. Supe que puedo pasar mi queja a la sección de la policía encargada de la protección de los animales para informar este maltrato que le hacen a estos perritos. Estoy grabando la secuencia de los ladridos de los perros que han sido de cuatro horas consecutivas, espero que haya justicia para estos perritos de personas que no saben como deben tener una mascota y que no quieren tener conciencia que necesitan educación para que aprendan a vivir en una soledad.

      Responder
  18. esney Dice:

    Buenas tardes quiero hacer una pregunta vivo en un apartamento en propiedad horizontal resulta que tengo un perrito, la administradora y la asamblea dicen que todos los propietarios que tengan perros tienen que sacar a sus mascotas hacer su necesidades fuera del conjunto, yo no estoy de acuerdo por que se supone que la administradora tendria que darle un lugar donde los animales realicen sus necesidades dentro del conjunto de igual forma todas las personas que tenemos mascotas recogemos las heces de nuestros perritos y las depositamos en las canecas correspondientes.

    según ella no no sacamos los perros fuera del conjunto hacer las necesidades nos va a multar con 108.000 que puedo hacer.

    Responder
  19. Camila Dice:

    Buenas tardes, no sé si responderan a esto… Asumiré que en algún mometno lo harán

    Vivo en un conjunto, al frente de mi casa, siemore hay alguna persona que quiere colocar su perro ahí, a nosotros nos molesta eso (El olor es molesto, y no es saludale que haya particulas de excremento al frente de la casa) y expresamos que lo lleven al frente de su casa para que su perro haga las necesidades, la mayoría siempre responde cosas ripo “Si yo quiero colocar mi perro aquí, lo coloco”.

    Hemos mandado más de 20 correos exigiendo una solución, nunca responden.
    Echamos agua para espantar a los perros, luego los del consejo llegan con un montón de gente que ni conocemos a atacarnos, les leemos el manual de convivencia y solo se rien de lo que leemos (Se rien los del consejo de Administración) y pues, ya estamos cansados de eso, necesitamos una solución

    Responder
  20. Camila Dice:

    Buenas noches

    El contador del administrador del conjunto (Han sido muchos administradores) nunca tiene las cuentas caras, siempre dice el administrador que debemos cuotas de administración, (TODO EL TIEMPO)

    No entiendo ni para que se paga si no hacen su trabajo bien.

    Y, es muy extraño que cuando llamamos a la policia por alguna cosa, nunca vienen, llama el consejo de administración y llegan super rápido

    Responder
  21. Ros Dice:

    En mi conjunto hay dos perros (uno pertenece al apto que queda encima del mío, y el otro encima de este último). Son pocos aptos en mi conjunto, por lo que la administración es rotada entre los pocos copropietarios. La ex administradora es dueña del perro que queda justo encima de mi apto. La cuestión es que los perritos arrojan muchísimo pelo y este baja hasta la entrada de mi apto. Mi hija tiene alergia por esta causa: Hiertrofia de cornetes que está afectando su calidad de sueño, dermatitis tópica, y otitis alérgica. Para evitar que el pelo ingresara y salvaguardar la salud de mi pequeña de 5 años, instalé mallas de angeo en todas las ventanas. Sin embargo, el pelo es muy volatil y algunos logran ingresar al apto, otro se acumula bajo las escaleras y a la entrada de mi apto. En reiteradas ocasiones he hablado con las vecinas, de forma privada y también por intermediación de la administración, para que lo recojan, pero ellas se disgustan y lo hacen una o dos veces al mes, lo que para mi es insuficiente, ya que a los dos días de haber limpiado está nuevamente lleno. La administración manifiesta q están cansados de decirles pero que no “pueden recogerlo con frecuencia” y que por eso “ellos (admón) decidieron que del costo de la administración que pagamos los copropietarios, se le pague a los conserges para su limpieza” . Sin embargo, al ser pocos aptos el dinero no es suficiente y la limpieza que antes realizaban las dueñas de las mascotas, la realizan ellos, con la misma frecuencia. ¿Qué puedo hacer en este caso? No estoy en condiciones de mudarme a otro lugar y si con este tratamiento que se le está haciendo a mi hija no mejora,le tendrán que practicar una cirugía de adenoides. Agradezco sus respetuosas y amables sugerencias

    Responder
  22. Alejandra Dice:

    Con la expedición de la ley 2450 del 3 de septiembre de 2020, se prohibe cualquier limitación de circulación o permanencia de las mascotas en las zonas comunes, autorizando a los administradores a no aplicar las normas de los reglamentos de la ph que asi lo dispongan y obligando a la reforma de estos para excluir tales limitaciones

    Responder
  23. Mary Dice:

    Buenas noches, vivo en un conjunto de propiedad horizontal en bogotá, pero no es cerrado, la administración cobra mensualmente un valor por tener perritos hay sitio especial para sacar a los perritos, y una zona verde muy amplia y los propietarios recogemos los heces,son muchos perritos que hay en el conjunto y dice que este valor que por que hay que pagar a los de servicios generales que hacen aseo recogiendo las hojas de los arboles y barriendo es muy amplia la zona verde. Mi pregunta es: esto es valido, es legal? si me cobran por tener perrito y nosotros recogemos los heces.es obligatorio pagar esa cuota mensual? aveces nos vamos de vacaciones uno o dos meses con nuestra mascota. Entonces si me cobran recojo o recojo los heces. gracias por su colaboración.

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  24. vecina confundida Dice:

    tenemos una casa en un conjunto cerrado campestre. por Asamblea se acordó que cuando se alquilen las casas, no se permite el acceso de la mascota de los inquilinos, por los posibles riesgos que esto conlleva. uno de los propietarios considera que esto no es legal.

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  25. Jenny Dice:

    Desde hace 2 años tengo una malla de seguridad en el balcón para mis gatos, recientemente otros vecinos empezaron a instalar mallas de seguridad, y el administrador nos envio una carta diciendo que debemos quitarlas ya que afectan la estetica del conjunto según el manual de convivencia, hay alguna manera de legalmente poder dejar las mallas, he leido que se puede alegar seguridad de los niños como derecho fundamental, pero ninguno de los que tenemos mallas tiene niños, solo gatos o perros, será que podemos hacer algo???

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  26. Boris D Dice:

    Buenos días, tengo un perrito de 4 meses de edad, está con nosotros desde los 2 meses y todavía se está adaptando, sin embargo en las últimas semanas ha estado ladrando en el balcón y he recibido llamada de la portería que un vecino se queja de los ladridos. Le solicité al administrador una cita con el comité de convivencia para tratar con el vecino y la administración el tema y explicarles que el perro está en proceso de adaptación que es algo natural y que lo estamos educando para que no ladre tanto. A alguien le ha pasado algo similar ? alguien me puede apoyar para saber que hacer ? no puedo castigar a mi perro para que no ladre, va contra la naturaleza, además tampoco le puedo cerrar la puerta del balcón porque allí hace sus necesidades porque hasta esta semana lo puedo empezar a sacar a pasear por fuera porque estaba terminando su ciclo de vacunas.

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  27. Diana Dice:

    Quisiera saber si al primer llamado de atención la administración puede hacer cobro de multa.
    Mi perrita se escapó de la casa e hizo popó en una zona común sin darme cuenta.
    Es primera vez que mi perrita hace eso

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  28. ANDRU Dice:

    BUEN DIA, VIVO EN UN CONJUNTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL, Y EN CUARENTENA COMO MUCHOS ADQUIRIMOS UN PERRITO, COMO ENTENDERAN DURANTE TODO EL AÑO ESTUVIMOS EN CASA Y SE ACOSTUMBRO A ESTAR ACOMPAÑADO, AHORA QUE MI HIJO TENDRA CLASES PRERSENCIALES VA A ESTAR SOLO Y SABEMOS QUE VA A LADRAR Y LLORAR, SABEMOS QUE ESTO ES UN PROCESO MIENTRAS SE ACOSTUMBRA A ESTE CAMBIO, PERO COMO SABEMOS EXISTEN PERSONAS QUE NO TOLERAN ESTO, MI PREGUNTA ES, A QUE TENGO DERECHO EN ESTE TEMA, EXISTEN PLAZOS PARA ESTE ACOPLAMINETO DE MI MASCOTA,

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  29. Daniela Dice:

    El administrador de mi conjunto dice que los perros deben de estar con correa todo el tiempo y en caso de que quieran jugar debemos salir del conjunto, cabe resaltar que el conjunto goza de varias zonas de césped, ¿el puede prohibir que los soltemos dentro del conjunto para que puedan jugar?

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    • S.O.S. Animales S.A.S Asesoría para el bienestar animal Dice:

      La ley dispone que los animales deben estar con correa en las zonas comunes. Sin embargo hay alternativas. Lo que no puede pasar es que el administrador por si solo determine prohibiciones o multas. Somos un equipo jurídico especializado en temas de animales. Brindamos asesoría y consultoría y acompañamos procesos de conciliación, reformas de reglamento, querella, procesos civiles y penales relacionados con animales. Pueden contactarnos al teléfono 3243798110 vía WhatsApp somos S.O.S Animales. Asesoría para el Bienestar Animal S.A.S.

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  30. Liss Dice:

    Buenos Dias, vivo en un conjunto cerrado en el piso sexto, y en el manual de convivencia establecen sobre la tenencia de mascotas lo siguiente:

    17. Queda totalmente prohibido el desplazamiento de mascotas por el ascensor, siempre debe realizarse por las gradas.

    Mi perrito es pequeño, pero ya tiene 14 años por lo cual vive muy enfermo de las patas, en este momento le damos un medicamento para fortalecer los huesos. que puedo hacer para derogar esa prohibición tan absurda.

    Gracias

    Liss Diaz

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    • Snow Gonzalez Dice:

      Hola Liss, según la modificación a la Ley 1801 de 2016 a través de la ley 2054 del 3 de septiembre de 2020:

      5. No podrán prohibirse el tránsito o permanencia de animales domésticos
      o mascotas en las zonas comunes de propiedades horizontales o
      conjuntos residenciales. En cuanto a los ejemplares caninos, deberán ir
      sujetos por medio de traílla y, para aquellos de manejo especial, irán
      provistos de bozal y el correspondiente permiso. Así, los administradores
      quedan autorizados para no aplicar normas de los Manuales de
      Convivencia que contraríen las disposiciones descritas en esta ley.

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  31. Mariam Dice:

    Buenas tardes Resulta que el gato de mi vecina se ha metido a mi casa se orino en mi cama y se hizo popo en los materiales de arquitectura de mi hija, según la dueña que tengo que andar con agua para echarle. Pienso que no es mi responsabilidad si no de la dueña …no podemos abrir ventanas para que entre aire porque el gato se mete,,,también me dijo que echara un montón de cosas para ahuyentarlo …
    Que puedo hacer para darle solución a este tema ya que no tengo tiempo para estar pendiente del gato que no se entre en mi casa.. .La dueña no lo cuida lo deja suelto y ella misma me contó que un día se entro a otra casa hizo un daño entonces lo dopo un montón de tiempo…eso si me parece terrible, dopar a un animalito..yo le dije que si no lo podía cuidar que lo regalara pero que eso no era mi responsabilidad.

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  32. Luis Fernando Corredor Páez Dice:

    Reciba un cordial saludo. En nuestro edificio, tenemos un copropietario que inició con 2 perritos hermosos pero ya van 9 ejemplares que han mordido a copropietarios y hacen ruidos altos al ladrar cada vez que los sacan del apartamento a las zonas comunes. Ante las quejas, el administrador y el consejo, han defendido a los propietarios uno de los cuales es miembro del consejo de administración y el otro abogado. Agradeceríamos su opinión y consejo.

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  33. Alvaro Lengua Arteaga Dice:

    Quisiera saber asta donde la ley va por encima de los derechos de los niños y los perros valen mas que la salud de los niño

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  34. Cesar Dice:

    Tengo una vecina que tiene cuatro a cinco perros en el apto. En el piso viven personas mayores las cuales no pueden descansar por los ladridos y tras del hecho la dueña limpia los perros afuera del apto y ensucia los corredores.

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  35. Jenny Dice:

    Mi perro hizo chichi en la zona comunal del conjunto, motivo por el cual fui multada por el admnistrador me anexaron el video. en este se ve que nuestro perro de raza criolla va en compañia de mi hijo de 15 años y hace chichi en el parque. no se evidencia que son excrementos solo chichi. que puedo hacer

    Responder
  36. Mavise Dice:

    buenas tardes quiero hacer una pregunta puede un propietario tener en su apartamento 6 perros o hay un limite para el numero de mascotas a tener en un apto en un edificio de apartamentos promedio de 70 metros cuadrados

    Responder
  37. Audioman Dice:

    Quisiera saber cuando reglamentará el Gobierno Nacional, la póliza de responsabilidad civil respecto a la tenencia de mascotas, pues en 2018 se suponía que el Gobierno tenía 6 meses para reglamentar este tema y estamos en 2021 y no se ha hecho.

    Existimos dueños de mascotas de razas fuertes que estamos interesados en conocer dicha reglamentación puesto que mucha gente ignorante del tema, está abandonando a sus mascotas y hasta sacrificándolas por desconocer que hasta que se reglamente por parte del Poder Ejecutivo, no existe dicha póliza y Fasecolda así lo aclara repetidamente a través de comunicados y notas en su portal web y tampoco conocen que el Ministerio del Interior instruyó a Gobernadores y Alcaldes para que las autoridades policiales y de control apliquen esta directriz respetando los derechos de los dueños de estas mascotas porque no es posible multar a estos ciudadanos hasta que se regule el tema y se cree la dichosa póliza de responsabilidad civil.

    Agradecería información ACTUALIZADA de la fecha en que el Gobierno se dignará a reglamentar este tema.

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  38. Valentina Dice:

    Buen día, quiero saber si el carnet de vacunas de mi mascota es público o tiene algún tipo de protección de datos, en la Propiedad Horizontal donde vivo me lo piden y no se si esa información tiene protección, gracias.

    Responder
  39. NELSON Dice:

    BUENAS TRABAJO EN UN CENTRO COMERCIAL PEQUEÑO DE DOS PISOS Y EN UN LOCAL TIENEN UNA MASCOTA UN PERRO CREO QUE ES HUSKY Y LO DEJAS SUELTO EN LAS AREAS COMUNES, EL SALE A LA CALLE Y HACE SUS NECESIDADES SOLO Y NO LE TIENEN CORREA, LA VEZ PASADA SE DEFECO DENTRO DE LAS ARREAS COMUNES, QUE DEBO HACER PARA CORREGIR ESTA CITUACION SIN CREAR INCOMODIDADES GRACIAS

    Responder
  40. Vecina Aburrida e Inconforme Dice:

    Buenas tardes
    Vivo en un conjunto cerrado de casas y mis vecinos tienen 2 perros y un gato. Empezare por decir que los perros son muy tranquilos al igual que el gato siempre que ellos están, sin embargo, cada vez que ellos salen y los perros se quedan solos ladran sin parar hasta altas horas y de noche o por varias horas seguidas. En un principio escribí directamente a mi vecino (con quien solíamos tener una buena relación) indicando que esto, afectaba el sueño de mis hijos y mi descanso, al principio lo tomo bien pero luego reacciono molesto diciendo “Que hago si la naturaleza de los perros es ladrar”, razón por la cual acudí a la administración, quienes le enviaron un par de llamados de atención, asi mismo empece a solicitar que anotaran en la minuta de vigilancia, los dias y las horas en las que esto pasaba, sin embargo no ha sido posible que se genere una correccion. Adicional a ello múltiples ocaciones he encontrado popo en mi patio (Privado), cuando Yo no tengo ninguna mascota. El pasado domingo me queje dado que habia popo ahora en mi parqueadero y tuve que soportar que mi vecino, empezara a gritarme e insultarme. Que hago? Segun su esposa, asi como mis hijos lloran (esporadicamnente), sus perros ladran… Me perece absurbda la comparacion…

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    • Anti intolerantes Dice:

      La Corte sentenció que los ladridos de los perros no son un atenuante de sanción ya que es un acto natural que debe respetarse.
      Así como los seres humanos hablamos, la Corte dictaminó que los ladridos no son un atenuante de sanción, ya si es algo que se induce al animal es decir un maltrato animal se puede proceder a una visita de verificación por parte de la Policía.

      En ese caso le recomendaría acudir a una autoridad policiva para que revisen el caso a ver si se trata de maltrato. De lo contrario y como bien lo dice la Corte, el ladrido es un acto natural que debe ser respetado y tolerado siempre y cuando estos no sean excesivos o se presenten constantemente a altas horas de la noche.

      Responder
  41. Oldur Dice:

    Una vecina del primer piso, mantiene dos perros en el balcon, mantienen al sol y al agua, muchas veces sin comida ni agua, y se ven muy sucios, los mantienen ahi afuera dia y noche. No es calidad de vida para estos perritos, que se puede hacer ? vivimos en un conjunto de edificios.

    Agradezco su amable orientacion.

    Responder
  42. Marianella Colombo Dice:

    Buenos días. Vivo en la Guaira Venezuela. Me pueden orientar que hacer en casos en los que repetidas veces una mascota agrede y lastima a otro mascota de soporte emocional y a personas en las áreas comunes del edifico. Vamos a juicio, yo como denunciante, muy pronto. Alguna recomendación a tomar en cuanta que me pueda ser de utilidad en el proceso dentro del marco legal ???
    Gracias de antemano

    Responder
  43. JUQUIN Dice:

    En la casa vecina tienen un criadero de perros, el olor y ruido permanente es insoportable. Le hable a la dueña de la casa porque los inquilinos no hacen absolutamente nada para resolver el tema pero, ella tampoco ha tomado medidas. Desafortunadamente y muy a pesar que este es un conjunto residencial la administracion no toma ninguna accion para mejorar esta situacion.
    Mi pregunta es: ES LEGAL ARRENDAR UNA CASA DENTRO DE UN CONJUNTO RESIDENCIAL Y DEDICARSE A ESTA ACTIVIDAD? LA AFECTACION POR MALOS OLORES Y RUIDO PERMANENTE DE 15 O MAS PERROS DEBE TOLERARSE?

    Muchisimas gracias!

    Responder
  44. luz Dice:

    Señores Gerencie, por favor orientarme con la suguiente situación, llevo mas de un año escuchando los ladridos fuertes derl perro del vecino que es solo cuando lo deja solo, no habria problema si ladrara y se callara, pero el inconveniente es que ladra por horas sin callarse y ya medi los decibeles y se pasa de 70, en este caso que mas puedo hacer es una situación? he recurrido a varias partes y no se solucionda nada.

    Responder
    • Marisol Dice:

      Señores Gerencie.com, quisiera saber por qué no hay respuestas a estas preguntas con referencia a los ladridos constantes de los perros que dejan solos los propietarios que se creen que por tener perros, los demás vecinos que no molestamos a los demas, no dejan descansar y sobrepasan la línea del respeto de no perturbar la tranquilidad de su vecino?. Deberían sacar multas por esto, ya que se tiene que educar es a los dueños de mascotas y no que tengan que lastimar a los animalitos. Apoyen a la gente adulta que desea descansar y que por su edad no pueden ni deben tener mascotas, ya que estas según las estadísticas de muerte, son causadas por sus propias mascotas por caídas.

      Responder
  45. Emi Dice:

    Buenas tardes:

    Llevo casi 3 años en una unidad Residencial y algunos dueños de mascotas los traen a mi antejardín para hacer sus necesidades. Me he quejado de manera verbal y por escrito ante la administración adjuntando las fotos de los excrementos pero la administradora no ha hecho nada al respecto. Dice que la cámara no llega hasta ese sector y que no puede hacer nada sin identificar a los responsables.
    le he propuesto que reúna a quienes tienen mascotas y les hable seriamente de manera que encuentre a los responsables y los sancione pero a la fecha no ha pasado nada.

    ¿Puedo demandar a la copropiedad por este hecho que está vulnerando mis derechos y me està afectando incluso en mi salud mental por todos los disgustos que esto me genera?

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  46. ANA MARIA PINZON LARA Dice:

    Buen dia ,mi perro es labrador en elconjunto que resido me exigieron cumplir con la normatividad 2054 del3 septiembre del 2020 yo la cumplo , pero la administradora del conjunto hace excepciones a esta normatividad con otros perros , puede hacerlo sin notificacion alguna o puede modificar la ley a su conveniencia ,gracias

    Responder
  47. Keyner Cervantes Dice:

    Quiero preguntar si es posible que las propiedades horizontales estipulen en sus manuales de convivencia la imposibilidad de que una mascota haga sus necesidades en zonas comunes como parques y demàs. Cabe aclarar que la propiedad horizontal no cuenta con un espacio adecuado para que las mascotas hagan sus necesidades, lo que imposibilitaria en situaciones como lluvia, altas horas de la noche entre otras, la posibilidad de que la mascota pueda realizarlas. De alguna manera nos obligan a salir de la misma para que lo realicen, el problema es que esta ubicada en una zona no tan segura.

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    • Sjch Dice:

      Buenas tardes solicito de su ayuda vivo en un conjunto residencial mi perro se orino e hizo sus necesidades si levanto y se limpio con agua y jabón en el lugar donde se orino,el administrador nos coloco una multa ,no sé si está multa es válida ya que realizamos el respectivo aseo

      Responder
  48. PAOLA Dice:

    Buen dia,

    Mi caso e s de 3 o 4 gatos en la copropiedad que están viviendo en el garaje de los carros y unos residentes dicen que son adoptados, les pusieron comida y cama pero en realidad son de calle en este caso que los gatos dañan pinturas de carro y hacen sus necesidades donde quieren que ley dice que si se pueden tener estos gatos en esa copropiedad?

    Responder
  49. Tatiana Dice:

    Buena tarde,
    Tengo un gatico de 6 meses de edad, vivo en un conjunto residencial y el gato está enseñado a salir para correr, cazar y juguetear, después de utilizar el arenero que tenemos en casa, no deja sus excrementos en zonas comunes, el día de hoy del celular de la portería me envían una foto que tomó un vecino de mi gato en el prado, solicitando que lo controlara y que no lo podía dejar salir porque los gaticos no deben de estar por fuera así sean 10 o 15 minutos según el administrador quien insiste en que no puede salir. Como puedo abordar este tema teniendo en cuenta que el gato sale una o dos veces al dia y no se demora afuera mas de 1 hora si acaso se demora.
    Gracias

    Responder
  50. LILIANA OVIEDO Dice:

    VIVO EN CONJUNTO CERRADO , HE RECIBIDO LLAMADOS DE LA ADMINISTRACION POR PRIMERA VEZ PORQUE MIS MASCOTAS SEGUN DICEN ELLOS LADRAN INCESANTEMENTE , COSA QUE NO ES VERDAD Y QUE APARENTEMENTE LOS PERROS ESTAN SOLOS O QUE TAMPOCO ES VERDAD.
    TENEMOS EL DUEÑO DE LOS PERROS ESTA TODA LA NOCHE VIVIENDO EN CASA Y SALE A LAS 9 AM
    ALAS 8 Y 30 A 9 AM LLEGA LA EMPLEADA DEL SERVICIO QUE SALE A LAS 5 Y 30 PM
    A LAS 6 PM LLEGA LA OTRA EMPLEADA EMFERMERA PARA CUIDAR DE DOS PERSONAS INCAPACITADAS Y SE VA ALAS 9 Y 30 PM
    A LAS 10 PM REGRESA EL DUEÑO DE LOS PERROS
    TENEMOS UN FRENTE CON BALCON
    UNA TERRAZA EN LA PARTE POSTERIOR
    VENTANALES GRANDES
    UN PATIO QUE DA A LA ZONA DE SENDERO DE LA UNIDAD
    LOS PERROS DEAMBULAN POR TODA LA CASA LIBREMENTE
    2 SON RAZA CHAUCHAU
    OTRO EN RECOGIDO
    EL FIN DE SEMANA LLEGA OTOR RECOGIDO SIN RAZA
    CON LA BUYA DE CARROS MOTOS PERROS Y GENTE QUE PASA POR EL ANDEN ELLOS LADRAN COMO TODO PERRO
    TENEMOS TODA LA SEGURIDAD DE VENTANA CERRADAS Y MAYA EN EL BALCON

    NOS ESTAN DICIENDO QUE LOS VECINOS PONEN COSNTANTES QUEJAS Y QUE DEBEMOS OCUPARNOS DE LOS PERROS PARA QUE NO CAUSEN MOLESTIAS A VECINOS .
    ESTO HACE DOS MESES PARA ACA DESPUES DE VIVIER CON LOS PERROS DESDE HACE AÑO Y MEDIO AHORA RSULTA QUE LADRAN

    QUIERO SABER EN QUE ME PUEDEN PERJUDICAR PUES NO HAY MALTRATO ANIMAL Y SON NUESTROS CONSENTIDOS.

    UNA LUZ POR FAVOR

    Responder
  51. ALEXANDER Dice:

    Buen día.

    Tengo un pitbull y me sancionaron , el perro llevaba bozal mas no correa. La sanción que me impusieron fue no poder participar del sorteo de parqueadero , ahora me toca sacar el carro del conjunto.
    MI pregunta es , no deberían aplicarme la multa como indica el código de policía ( 8 salarios mínimos diarios ).
    Impuesta la multa en caso de no pago ahí si proceder a inhabilitarme para el sorteo y uso del parqueadero?

    Gracias por su colaboración

    Responder
  52. Liliana Dice:

    Buenas tardes dentro de una propiedad horizontal es permitido que se prohíba el transito de animales dentro del conjunto para hacer sus necesidades?

    Responder
  53. nidia Dice:

    vivo en en un con junto cerrado el tema es que hay perritos que quedan solos casi todo el dia y en la noche encerrados ellos lloran todo el tiempo y se ha convertido en un problema de convivencia, que debo hacer si la propiedad horizontal no esta jurídicamente autorizada para tomar decisiones frente a esto, la pregunta es quien debo acudir en estos casos? a estación de policía, al cai, a protección animal, alcaldía local

    Responder
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