Trabajo dominical y festivo
Como el título bien lo menciona, el trabajo dominical o festivo se refiere al trabajo desarrollado en un día domingo festivo.
El domingo inicia las 12 de la noche del día sábado y termina a las 12 de la noche del día domingo. El día festivo inicia igualmente a las 12 de la noche del día anterior y termina a las 12 de la noche del mismo día.
El artículo 179 del código sustantivo del trabajo señala que el recargo por el trabajo dominical y festivo es del 75% sobre el salario ordinario.
A continuación relacionamos algunos documentos que tratan sobre este tema:
- ¿Qué dice la corte suprema de justicia sobre la remuneración del trabajo dominical?
- Remuneración del trabajo dominical cuando se otorga un descanso compensatorio
- Inquietudes sobre el descanso compensatorio remunerado
- Recargo nocturno, dominical y festivo en trabajadores de dirección manejo y confianza
El tema de los descansos compensatorios por trabajado dominical es bastante polémico, por lo que sugerimos consultar los comentarios y opiniones que nuestros lectores han dejado en cada uno de los documentos enlazados.
Por último, recordar que el recargo dominical es independiente y adicional a cualquier otro recargo que se genere por casos regulados específicamente, como es el recargo por trabajo nocturno, o el recargo por trabajo extra diurno o extra nocturno.
Por ejemplo, si ese trabaja un domingo por la noche después de las 10 pm, se paga el recargo dominical que es del 75% más el recargo por trabajar de noche, que es del 35%, o del 75% si se trata de trabajo extra nocturno.


Buenas tardes, mi pregunta es, que implicaciones trae para el empleador no pagar dias festivos laborados, y como el empleado puede hacer reclamo de este derecho, ya que el empleador no dá los dias festivos y amenaza con despedir a quien lo reclame.
Tengo una duda al momento de sacar los recargos.
se dice que la formula es
Valor hora * factor * # DE HORAS.
SALARIO DE 1.250.000 VALOR HORA= 5208
SI ES UN RECARGO NOCTURNO ORDINARIO ES
(5208*{0.35 Ó 1.35}*2HORAS)
SI ES UN RECARGO DOMINICAL
(5208*{0.75 Ó 1.75}*2HORAS)
SI ES UN RECARGO NOCTURNO DOMINICAL
(5208*{1.10 Ó 2.1}*2HORAS)
BUENOS DIAS MI PREGUNTA ES SI UN DOMINGO Y UN DIA FESTIVO ES LO MISMO SE PAGA IGUAL O LOS DOS SE PUEDEN COMPENSAR
Buenas tardes queria saber si alguien me puede responder esta inquietud: trabajo cuatro horas por dia en una agencia, de lunes a sabados. y cobro por semana. Tengo derecho a cobrar los feriados? porque mi empleador no me los paga porque dice que a los que cobran por hora no les corresponde. Gracias!
Buenas tardes yo me encuentro laborando de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm sabados de 2:00 pm a 9:00 pm y los domingos de 8:00 am a 9:00 pm he tenido un descanso y fue en semana empece el 8 de marzo 2013 y el pago es el 31 de marzo de 2013 deseo saber cuanto seria el pago por esos dias laborados muchas gracias por su atención.
EN EL SISTEMA DE COMPENSACIONES DE UNA CTA, SE PUEDE DESCONOCER ALGÚN RECARGO DE LEY EN QUE INCURRAN LOS ASOCIADOS EN SUS HORARIOS DE TRABAJO, CON LA SALVEDAD DE QUE NO ESTÁN REGIDOS POR EL CST ( PÁGUESE CON OTRO NOMBRE PERO EQUIVALENTE Y CONSTITUTIVO DE COMPENSACIÓN Y BASE PARA PARA-FISCALES Y APORTES A SALUD Y PENSIONES), PERO QUE EL MODUS OPERANDI DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PRESTADO CONTEMPLA LOS MISMOS RECARGOS, HACIENDO QUE EL ASOCIADO COOPERATIVO GANES MENOS POR EL MISMO TRABAJO QUE UN OBRERO ORDINARIO EN UNA EMPRESA CORRIENTE REGIDA POR EL CST?
SI DEL MES TRABAJO 26 TURNOS DE 12 HORAS, Y DESCANSO 4 DÍAS ORDINARIOS Y EN EL MES HAY 2 FESTIVOS MAS LOS 4 DOMINGOS, Y MI SUELDO ES SMMLV, SOLO POR MOTIVOS DE LOS DOMINICALES Y FESTIVOS TENDRÍA DERECHO A:
6 DÍAS DE DESCANSO REMUNERADOS EN VEZ DE LOS CUATRO QUE SE PAGAN EN EL SMMLV, Y DISFRUTAR DE LOS 4 DESCANSOS OTORGADOS
DISFRUTAR DE LOS CUATRO REMUNERADOS Y DESCANSARLOS Y RECIBIR SOLO EL PAGO DE ELLOS COMPENSADOS = SMMLV
LOS DESCANSOS SON 2 POR QUINCENA CONSECUTIVOS.
tengo una inquietud, si todo empleador esta en la obligación de darle un día de descanso al trabajador y ese día es el domingo, pero por alguna circunstancia al empleado le toco trabajar ese día domingo. cuanto seria el recargo a pagar? es del 0.75 0 1.75?
Tengo un contrato a termino fijo por 5 meses, el primer mes que fue en septiembre labore 3 domingos con descanso compensatorio los sabados,pero el empleador no nos pago el recargo dominical ya que afirma que al pagar los 566700 que es el minimo ya estan incluidos los dominicales trabajados.
En donde puedo encontrar claridad con respecto altema de los domingos ocasionales. Ya que hay confusión cuando en un mes se trabajan dos domingos y dos festivos diferentes a domingos. (ej. en Agosto se trabajan domingo 5, martes 7, lunes 20 y domingo 26. Quiero saber si el tratamiento aca es de domingo ocasional o habitual?
Gracias por sus aportes y depejar las dudas al respecto
buenas tardes
la empresa en la que estoy laborando normalmente es de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 y los sabados de 9:00 am 1:00 pm, ahora nos dicen que debemos trabajar algunos domingos en los que trabajaresmos6 horas, quisiera saber si deben pagarnos un dominical completo o solo por las 6 horas que trabajamos.
en cuanto esta un dominical diurno completo.
Buena tarde, quisiera saber si en el caso de los convenios docencia-servicio establecidos entre hospitales y universidades aplica el dia compensatorio por tener turno domingos o festivos?
buena tarde quisiera saber si cuando trabajo los dias festivos como los lunes o otro dia de la semana que este en el calendario, se me debe pagar el dia completo haci ya este pagado dentro de las horas de trabajo ordinario como me esta sucediendo ahora en la empresa en que estoy donde solo me reconocen el recargo del dia trabajado y yo creo que no es haci
mi sueldo es de 600.000 mil mensuales
el dia me sale a 20.000 pesos
y la hora 2.500 pesos
cuanto me saldria el lunes festivo si lo tabajo y cuanto seria mi sueldo devengado
Buena tarde quisiera saber si cuando al inicio del contrato se pacto un horario de lunes a viernes de 7:00 am a 5:30 pm de lunes a jueves y el viernes de 7:00 am a 6:00 pm para completar las 48 horas.
llevo un año y hasta el momento no teníamos problemas con eso pero dentro un nuevo jefe y el nos esta diciendo que no importa el convenio y que si cae un lunes festivo el festivo solo cubre 8 horas y queda debiendo 2 horas sin importar que se trabaje de lunes a viernes, que tan cierto es esto gracias por su atención prestada
bueno días lo que sucede es que en mi empresa pasa un problema cuando hay un festivo (lunes u otro día del calendario) y viene un domingo me ponen a trabajar el domingo gratis por que dicen que ya descanse el dia festivo y no se como decirle al jefe que esta erróneo asi que me gustaria que me ayudaran con el decreto o articulo donde esta estipulado eso. ademas me dijeron que si a uno lo ponían a trabajar un domingo por ejemplo de 6:00 de la mañana a 14:00 de la tarde eso horario debía quedar así en el resto de la semana (lunes, martes, miércoles, jueves,viernes) por fa ayúdenme y
Buenas tardes, quiero me guien, mi empresa me liquido las vacaciones de dos periodos y se me hizo poca la liquidacion.
los recargos Festivos diurnos o nocturnos son considerados Horas Extras?.
porque para la liquidacion solo me tubieron encuenta los Recargos nocturnos de los dos periodos.
les agradezco.
buenas noches.les ruego me informen sobre lo siguiente,trabaje en un municipio, del 2004 al 208 todos los empleados laboramos de lunes a domingo,teniamos descanso el dia martes, al gun dia un abogado le informo a los emplados, que tenian derecho al pago de los dominicales y la mayoria le dieron poder,para demandar al municipio,eta demanda prospero y el municipio es obligado a pagar, los dominicales. mi pregunta es la siguiente, hubimos cuatro personas que no dimos poder por considerar que no properaria la demanda, en concreto tenemos derecho o no a reclamar este pago. no presentamos reclamos en ningun tiepo, solo haora supimos de esto. nosotro dejamos de trabajar,con el municipio,desde el 2008 grasiaspor su respuesta.