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Calculadora de la reducción de semanas por hijos para la pensión

El artículo 36 de la ley 2381 de 2024 permite a las mujeres de Colpensiones reducir en 50 semanas por hijo, hasta tres, las semanas que les falten para pensionarse, como explicamos en el artículo sobre la reducción de semanas por hijos. Con esta calculadora puede saber si el beneficio le sirve y cuántos hijos necesita, tanto si ya tiene 57 años como si los cumplirá más adelante. ¿Qué datos necesita y cómo se leen los resultados?

Calcule si puede usar la reducción.

Indique su fecha de nacimiento, las semanas que tiene cotizadas hoy, si sigue cotizando, el número de hijos y el fondo al que está afiliada:

Reducción de semanas por hijos Artículo 36 de la Ley 2381 de 2024 · mujeres afiliadas a Colpensiones

La sentencia C-264 de 2026 devolvió el artículo 36 a la Cámara: la reducción no rige mientras no se subsane el trámite, y nunca antes del 1 de abril de 2027. La calculadora muestra el texto aprobado y el resultado si se aprueba la proposición pendiente.

Fecha de nacimiento
Con ella se calcula cuándo cumple 57 años, la edad de pensión de las mujeres.
Semanas cotizadas
¿Sigue cotizando?
Si sigue cotizando, se proyectan 30 días por mes.
Hijos
Cómo calcula y normas aplicadas

Cómo calcula. Los requisitos se verifican cuando se solicita la pensión, con la edad cumplida: si ya tiene 57 años, a la fecha de hoy; si no, al cumplirlos, con las semanas que tendrá entonces si sigue cotizando de forma continua (30 días por mes). Las semanas mínimas de las mujeres en Colpensiones son 1.250 en 2026 y bajan 25 por año hasta 1.000 en 2036, según la sentencia C-197 de 2023.

La reducción. El artículo 36 de la Ley 2381 de 2024 reduce 50 semanas por cada hijo nacido vivo o adoptado, hasta tres, solo para completar las semanas mínimas en Colpensiones. No aumenta la tasa de reemplazo.

Vigencia. La sentencia C-264 de 2026 devolvió el artículo 36 a la Cámara, de modo que la reducción no rige mientras no se subsane el trámite, y nunca antes del 1 de abril de 2027. La calculadora muestra el texto aprobado y el resultado si se aprueba la proposición pendiente, que sube el piso a 1.000 semanas y excluye a la transición.

Transición. Las mujeres con 750 semanas o más al 1 de abril de 2027 quedan en el régimen de transición y, en principio, no pueden usar la reducción. El resultado es informativo y no reemplaza el estudio de la historia laboral.

El resultado empieza con una conclusión y sigue con dos tablas: la primera muestra las semanas que tendría al pedir la pensión frente a las exigidas, y la segunda, qué pasaría con la reducción.

Qué datos pide la calculadora.

Cada dato cambia el resultado, así que conviene tomarlos de fuentes confiables:

  • Fecha de nacimiento. Con el año y el mes se calcula cuándo cumple 57 años, que es la edad de pensión de las mujeres.
  • Semanas cotizadas a hoy. Tómelas de la historia laboral de Colpensiones, no de un cálculo propio. Si la historia tiene errores o periodos sin reportar, corríjala primero, porque la diferencia puede decidir si necesita o no la reducción.
  • ¿Sigue cotizando? Si responde que sí, la calculadora suma las semanas de cada mes, de forma continua, hasta la fecha en que evalúa la solicitud. Si cotiza solo algunos meses del año, el resultado será optimista.
  • Cuentan los hijos nacidos vivos y los adoptivos. Puede indicar más de tres, pero la reducción solo llega a tres.
  • Fondo de pensiones. La reducción solo opera en Colpensiones. Si está en un fondo privado, la calculadora se lo indica.

Si ya cumplió 57 años y dejó de cotizar, basta indicar las semanas que tiene. Si quiere saber primero cuándo cumplirá la edad y las semanas sin contar los hijos, use la calculadora de ¿cuándo me pensiono?.

Cómo leer los resultados.

La calculadora aplica varias reglas que no siempre son evidentes. Conviene conocerlas para interpretar bien el resultado.

La fecha en que se evalúa.

Los requisitos se verifican cuando se solicita la pensión, con la edad cumplida. Si ya tiene 57 años, la calculadora evalúa a la fecha de hoy; si no, a la fecha en que los cumplirá, con las semanas que tendrá entonces.

Pero la reducción no puede pedirse antes de que entre a regir el artículo 36, que en ningún caso será antes del 1 de abril de 2027. Si cumple la edad antes, la calculadora evalúa el beneficio a esa fecha y se lo advierte en una nota.

Las semanas mínimas del año.

Las semanas que se exigen a las mujeres bajan cada año: son 1.250 en 2026 y bajan 25 por año hasta 1.000 en 2036, como explicamos en ¿con cuántas semanas se pensiona una mujer?. La calculadora usa el mínimo del año en que pediría la pensión. Por eso, aunque no siga cotizando, puede que más adelante complete las semanas sin la reducción, y el resultado le indica en qué mes ocurriría.

Cuántos hijos necesita.

Cada hijo reduce 50 semanas, de modo que los hijos necesarios resultan de dividir las semanas que faltan entre 50 y redondear hacia arriba. Si le faltan 70 semanas, necesita dos hijos, aunque tenga tres: la reducción solo se usa en la medida necesaria. Si le faltan más de 150, ni con tres hijos completaría, y el resultado le indica cuándo lo lograría si sigue cotizando.

El régimen de transición.

La calculadora estima las semanas que tendrá al 1 de abril de 2027. Si son 750 o más, queda en el régimen de transición, al que en principio no se le aplica la reducción. Aun así, como el artículo 36 no la excluye expresamente, le muestra cómo quedaría si el beneficio se le reconoce por favorabilidad.

La vigencia del artículo 36.

La sentencia C-264 de 2026 devolvió el artículo 36 a la Cámara por un vicio de trámite, y la Cámara lo subsanó el 28 de octubre de 2026 sin cambiar su texto. Falta que la Corte verifique la subsanación. Por eso la calculadora aplica el texto vigente de la ley 2381 de 2024, en el que la reducción máxima es de 150 semanas y el requisito no puede bajar de 850, piso que solo se alcanza en 2036, cuando el mínimo general sea de 1.000. Antes, el requisito reducido es el mínimo del año menos la reducción. Además, la calculadora no evalúa el beneficio antes del 1 de abril de 2027.

Ejemplos.

Los siguientes casos muestran cómo cambian los resultados según las semanas, los hijos y la transición.

Mujer en el régimen de transición. Supongamos que nació en junio de 1975, tiene 1.040 semanas, ya no cotiza y tiene dos hijos. Cumple 57 años en junio de 2032, cuando el mínimo es de 1.100 semanas, de modo que le faltan 60. Como tiene más de 750 semanas al 1 de abril de 2027, queda en la transición.

Escenario Resultado en junio de 2032
Sin la reducción Le faltan 60 semanas; completaría en enero de 2035, cuando el mínimo baje a 1.025
Con la reducción, si se le reconoce en la transición Se pensiona con la reducción por dos hijos: el requisito baja a 1.000

Aunque no vuelva a cotizar, esta mujer se pensionaría en 2035 sin necesidad de la reducción. El beneficio solo le adelantaría la pensión.

Mujer que no queda en la transición. Supongamos que nació en enero de 1985, que tenía menos de 750 semanas al 1 de abril de 2027 y que, siguiendo cotizando, llegará a los 57 años, en enero de 2042, con 930 semanas. Tiene dos hijos y el mínimo será de 1.000 semanas.

Escenario Resultado en enero de 2042
Sin la reducción Le faltan 70 semanas; si sigue cotizando, completaría en junio de 2043
Con la reducción Se pensiona con la reducción por dos hijos: el requisito baja a 900

En este caso la reducción le adelanta la pensión 17 meses.

Qué no calcula.

La calculadora responde una sola pregunta: si la reducción le permite completar las semanas y con cuántos hijos. Por eso tiene límites que conviene tener presentes:

  • No calcula el valor de la pensión. La reducción no aumenta la tasa de reemplazo, que corresponde a las semanas mínimas.
  • No corrige la historia laboral: trabaja con las semanas que usted indique.
  • Supone que sigue cotizando todos los meses, si así lo indica. Las interrupciones retrasan las fechas.
  • No evalúa a las afiliadas a fondos privados, que se pensionan por capital. Si está en uno, revise si todavía puede hacer el traslado a Colpensiones.

El resultado es informativo y no reemplaza el estudio de su caso, en especial si está cerca de las 750 semanas al 1 de abril de 2027 o de cumplir la edad.

Preguntas frecuentes.

A continuación respondemos las preguntas frecuentes de nuestros lectores.

¿La calculadora sirve si ya cumplí 57 años?

Sí. Evalúa a la fecha de hoy con las semanas que tiene, y si la reducción todavía no rige, a la fecha más temprana en que podría pedirla.

¿Por qué evalúa en abril de 2027 y no hoy?

Porque la reducción no puede pedirse antes de que entre a regir el artículo 36, que en ningún caso será antes del 1 de abril de 2027.

¿Qué pasa si tengo más de tres hijos?

La reducción máxima es de 150 semanas, por tres hijos. Los demás no cuentan.

¿Por qué dice que quedo en el régimen de transición?

Porque estima que tendrá 750 semanas o más al 1 de abril de 2027. En ese caso, en principio, la reducción no le aplica, aunque podría extenderse por favorabilidad.

¿Si no sigo cotizando puedo completar las semanas?

Depende. Como el mínimo de las mujeres baja cada año hasta 2036, puede que lo alcance esperando. La calculadora le indica el mes en que ocurriría.

¿El resultado es definitivo?

No. Depende de que la Corte avale la subsanación del artículo 36 y de que su historia laboral esté correcta.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2026, noviembre 1). Calculadora de la reducción de semanas por hijos para la pensión [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/calculadora-reduccion-de-semanas-por-hijos-html.html

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2 comentarios

  1. Julián Hernández

    Si la persona se encuentra en el régimen de transición, mayor de 57 años, y considerando que el principio no le aplica la reducción de hasta tres hijos, ¿esta persona podría renunciar al régimen de transición y acogerse al nuevo régimen?

    1. Se entiende que si renuncia al régimen de transición lo hace con todos sus efectos, tanto positivos como negativos, por lo que en nuestro criterio sí puede acogerse al nuevo régimen en su totalidad, pero aún no existe unidad de criterio, siendo necesario esperar algún pronunciamiento oficial.