En el ejercicio de cualquier actividad económica surgen situaciones o negocios en donde una empresa debe pagar gatos a nombre de un tercero, pagos que por supuesto se deben contabilizar.
Naturalmente que al tratarse de un gasto perteneciente a un tercero, la empresa no lo puede contabilizar como un gasto suyo.
Un pago sólo puede ser contabilizado como gasto cuando ese pago genera algún beneficio para la empresa, o está asociado a una actividad propia de la empresa, aunque no le genere beneficio.
Cuando ese pago es en beneficio de un tercero, estamos ante una cuenta por cobrar al tercero al que le hemos pagado ese gasto.
En ese sentido se pronunció el Consejo técnico de la contaduría en concepto 10-00263-2018:
«Sin embargo, para el caso planteado por el consultante, la entidad hace un pago a nombre de un tercero y por tanto, no corresponde a un ingreso ya que no está generándole un beneficio económico. Por lo anterior, ese valor pagado a nombre de otra entidad, será una cuenta por cobrar a un tercero. Ahora bien, si por esa operación la entidad recibe una comisión, se reconocerá como ingreso solamente ese porcentaje o fracción a que tenga derecho.»
Claro y preciso el concepto.
Cuando se paga un gasto o una deuda de un tercero, equivale a un préstamo o crédito y como tal se debe reconocer.
Y como lo manifiesta el CTCP, si el tercero le reconoce una remuneración por ese pago, o le paga intereses por esa financiación, se debe reconocer ese ingreso por cuanto estamos frente a un beneficio para la empresa o ente.
octubre 25th, 2019 a las 11:47 am
Buen Dia
Nosotros somos intermediarios del comercio exterior y como tal contratatamos servicios con otras empresas y los vendemos a otras.
ejemplo compramos flete terrestre a 100 pesos lo vendemos a 200 nuestra duda es al momento de factura e impuestos no podemos colocar como ingresos propios 200 ya que no es cierto 100 son de la empresa que contratatamos y los otros 100 es la comision o la utilidad que me dejo vender el servicio.. en ese caso estamos facturando los servicios como ingresos a tercero por el valor total $200 .
Mi pregunta es puedo facturar de esa manera mi intermediacion y a la rentabilidad que me queda hacerle las respectivas retenciones y presentarlas.?
marzo 5th, 2021 a las 8:49 pm
Cuando es al contrario si yo soy la empresa a la cual le facturan un un ingreso por pagos a Terceros de los cuales me entregan factura a mi nombre y adicionalmente hacen el cobro de su ingreso propio el cual toman como base para realizar los respectivos descuentos de iva y sobre el cual debo retener, contablemente bajo que cuentas se movería y como quedaría el registro de la operación?