Contrato de adhesión

El contrato de adhesión es un modelo de contrato redactado únicamente por una de las partes que lo suscriben, de manera tal que la otra parte sólo puede aceptar o rechazar el contrato en su totalidad.

Qué es un contrato de adhesión en Colombia.

La ley 1480 de 2011, que creó el estatuto del consumidor, en su artículo 5 al establecer las definiciones señala respecto al contrato de adhesión:

«Aquel en el que las cláusulas son dispuestas por el productor o proveedor, de manera que el consumidor no puede modificarlas, ni puede hacer otra cosa que aceptarlas o rechazarlas.»

Este tipo de contrato ha sido regulado por el estatuto del consumidor, puesto que es propio de negocios donde existe una posición dominante, tanto así que el consumidor no tiene otra opción que adherirse a lo que disponga esa parte dominante.

Características del contrato de adhesión.

El contrato de adhesión se caracteriza por el desequilibrio de la relación contractual, pues la parte que se adhiere no tiene ninguna capacidad de negociación, y sólo tiene dos opciones: tomarlo o dejarlo.

La indefensión que genera esta modalidad en una de las partes es manifiesta, porque una de ellas no tiene ninguna posibilidad de negociar o modificar las cláusulas, y la otra parte, por lo general, opera en régimen de monopolio.

Respecto a las características del contrato de adhesión resulta oportuno transcribir lo que señaló la sala de casación civil de la Corte suprema de justicia en sentencia SC665 del 7 de marzo de 2019;

«En SC 4 nov. 2009, rad. 1998 4175 01, la Corte se pronunció acerca de la hermenéutica de los contratos de adhesión caracterizados porque el empresario predisponente somete a consideración del cliente potencial un reglamento convencional inmodificable al cual queda vinculado por la mera aceptación, y en esa medida.

(…) como los contratos de adhesión presuponen un alto grado de confianza del adherente en la estipulación que se le ofrece, la cual ha de estar precedida por el cabal cumplimiento de los deberes de corrección, lealtad y, especialmente, de claridad que pesan sobre el proponente, es atinado colegir que el alcance que corresponde a las cláusulas predispuestas es el que de manera razonada le hubiere atribuido el adherente promedio. Esto es, que siguiendo los mandatos de la buena fe, la estipulación deberá ser entendida desde el punto de vista del destinatario, como lo harían las personas honestas y razonables.»

De manera que la parte dominante del contrato de adhesión está obligada a cumplir cabalmente con sus obligaciones, y ese cumplimiento debe estar revestido de buena fe, situación que evaluará un juez o el funcionario administrativo que conozca del asunto.

En el contrato de adhesión, el consumidor o comprador no tiene más alternativa que adherirse a las condiciones que ofrece el vendedor o prestador del servicio, sin posibilidad de negociar el contrato o sus condiciones.

Requisitos del contrato de adhesión.

Por las características de este contrato, el estatuto del consumidor exige que deba cumplir unos requisitos especiales señalados en el artículo 37 de la ley 1480 de 2011:

  1. Haber informado suficiente, anticipada y expresamente al adherente sobre la existencia efectos y alcance de las condiciones generales. En los contratos se utilizará el idioma castellano.
  2. Las condiciones generales del contrato deben ser concretas, claras y completas.
  3. En los contratos escritos, los caracteres deberán ser legibles a simple vista y no incluir espacios en blanco.
  4. En los contratos de seguros, el asegurador hará entrega anticipada del clausulado al tomador, explicándole el contenido de la cobertura, de las exclusiones y de las garantías.

La norma señala que cualquier condición o cláusula que no cumpla estos requisitos será ineficaz y se tendrán como no escritas, sin afectar la validez del contrato de adhesión, es decir que este sigue vigente excepto las cláusulas que no cumplan los señalados requisitos.

Cláusulas ineficaces en el contrato de adhesión.

El artículo 43 de la ley 1480 de 2011 señala una serie de cláusulas que son ineficaces de pleno derecho en caso de incluirse en un contrato de adhesión:

  1. Limiten la responsabilidad del productor o proveedor de las obligaciones que por ley les corresponden.
  2. Impliquen renuncia de los derechos del consumidor que por ley les corresponden.
  3. Inviertan la carga de la prueba en perjuicio del consumidor.
  4. Trasladen al consumidor o un tercero que no sea parte del contrato la responsabilidad del productor o proveedor.
  5. Establezcan que el productor o proveedor no reintegre lo pagado si no se ejecuta en todo o en parte el objeto contratado.
  6. Vinculen al consumidor al contrato, aun cuando el productor o proveedor no cumpla sus obligaciones.
  7. Concedan al productor o proveedor la facultad de determinar unilateralmente si el objeto y la ejecución del contrato se ajusta a lo estipulado en el mismo.
  8. Impidan al consumidor resolver el contrato en caso que resulte procedente excepcionar el incumplimiento del productor o proveedor, salvo en el caso del arrendamiento financiero.
  9. Presuman cualquier manifestación de voluntad del consumidor, cuando de esta se deriven erogaciones u obligaciones a su cargo.
  10. Incluyan el pago de intereses no autorizados legalmente, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal.
  11. Para la terminación del contrato impongan al consumidor mayores requisitos a los solicitados al momento de la celebración del mismo, o que impongan mayores cargas a las legalmente establecidas cuando estas existan.

El artículo 44 de la ley 1480 de 2011 precisa que la ineficacia de una cláusula no afecta la totalidad del contrato, siempre que este pueda subsistir sin las cláusulas ineficaces o nulas.

El contrato de adhesión es de amplia utilización en la prestación de servicios públicos y en el sector de seguros, donde se suelen presentar las situaciones que la ley busca evitar o corregir.

Ejemplo de un contrato de adhesión.

Un ejemplo de lo que es un contrato de adhesión con los servicios públicos como el agua, energía, gas, e incluso telecomunicaciones, donde el la empresa de servicios públicos impone las condiciones y el consumidor o cliente debe aceptarlas o de lo contrario no puede acceder al servicio respectivo.

Otro ejemplo de contrato de adhesión lo encontramos en los contratos de seguros todo riesgo, de vida, etc., donde la aseguradora impone la condiciones.

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