Diferencias entre la letra de cambio y el pagaré

La letra de cambio y el pagaré son documentos que constituyen título valor y prestan mérito ejecutivo, pero con algunas diferencias que pueden indicarnos cuándo utilizar uno u otro. Comenzaremos por sus semejanzas.

¿Pagaré o letra de cambio?

Tanto el pagaré como la letra de cambio son títulos valores de contenido crediticio, es decir, que incorporan un crédito en favor del beneficiario del título.

Los dos títulos sirven para lo mismo, toda vez que comparten tres características que cumplen el mismo objetivo: título valor, mérito ejecutivo y contenido crediticio, pero en algunos aspectos hay diferencias que llevarán a que en un momento dado el pagaré resulte más conveniente que la letra de cambio o viceversa.

De otra parte, tanto la letra de cambio como el pagaré son utilizados como instrumentos de garantía del cumplimiento de contratos o de obligaciones, y cuál utilizar depende del tipo de obligación o del negocio que se pretende garantizar.

Obligación de pagar el contenido crediticio en la letra de cambio y en el pagaré.

En la letra de cambio se da una orden de pago, en tanto que en el pagaré quien lo firma hace una promesa de hacer el pago.

Esto lleva a que la letra de cambio pueda ser aceptada o no, pues al tratarse de una orden, el destinatario de esa orden de pago puede aceptarla o no.

En tanto, el pagaré, al ser una promesa de pago de quien suscribe el pagaré, no requiere aceptación, o puede decirse que nace aceptada.

Lo que diferencia a una letra de cambio de un pagaré.

Si bien son dos títulos valores diferentes pero que cumplen un mismo fin, hay una gran diferencia entre la letra de cambio y el pagaré, que hace que en algunos casos se pueda hacer uso de la letra de cambio, pero no del pagaré.

Pagaré.Qué es un pagaré, contenido, requisitos generales y particulares, y cómo diligenciarlo correctamente.

Sucede que en la letra de cambio pueden participar tres partes, en tanto que en el pagaré solo dos partes.

En la letra de cambio pueden estar presentes tres partes:

  1. Girador.
  2. Girado o aceptante.
  3. Beneficiario.

En el pagaré hay solo dos partes:

  1. Otorgante.
  2. Beneficiario.

¿Qué hace una tercera persona en una letra de cambio?

Esa tercera persona aparece cuando el beneficiario del pago es diferente al girador.

Por ejemplo, Pedro le presta $100.000 a su hermano Juan, pero Juan no debe pagarle a Pedro, sino al hijo de Pedro, que se llama Carlos.

Lo normal es que el dinero se pague a quien lo prestó, pero en este caso se paga a una persona distinta que indica el prestamista, de modo que:

  • Prestamista: Pedro (Girador).
  • Deudor: Juan (Girado).
  • A quien se debe pagar: Carlos (Beneficiario).

Cuando el beneficiario del pago es el mismo girador, la letra solo tiene dos partes y, en tal caso, el pagaré es un perfecto sustituto de la letra de cambio.

En consecuencia, la letra de cambio tiene sentido cuando el beneficiario del pago es distinto al girador.

Otra diferencia conceptual entre la letra de cambio y el pagaré es que en la primera se da una orden de pago, en tanto que en el segundo se da un compromiso de pago.

En la letra de cambio, el obligado a pagar es el aceptante, y en el pagaré, el obligado a pagar es el otorgante.

Existen letras de cambio sin aceptación, pero no pagarés, pues el otorgante, en el momento de otorgar, crear y firmar el pagaré, se está comprometiendo a pagar.

Cuándo utilizar una letra de cambio y cuándo un pagaré.

Conociendo las similitudes y diferencias entre el pagaré y la letra de cambio, nos queda definir cuándo se utiliza una u otra.

Como ya se mencionó, es obligatorio utilizar la letra de cambio cuando el beneficiario del pago es distinto al girador o acreedor. En los demás casos, se debería utilizar el pagaré, aunque no pasa nada si se utiliza una letra de cambio.

Obsérvese que, en el sector bancario y en general donde el oficio crediticio está profesionalizado, siempre se utiliza el pagaré, mientras que la letra de cambio es de amplia utilización entre particulares.

Cómo llenar una letra de cambio.Aprenda cómo debe llenar o diligenciar correctamente una letra de cambio y evítese problemas.

Un detalle a favor de utilizar el pagaré como regla general es que resulta más sencillo diligenciar un pagaré que una letra de cambio, por lo tanto, existe menos riesgo de equivocarse, y una equivocación importante significa que la letra no tendrá valor alguno.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

En general, es mejor un pagaré debido a que no hace falta ser aceptado, puesto que el que firma el pagaré lo está aceptando con su firma, pero en la práctica es indiferente, puesto que la letra de cambio, al ser firmada, está siendo aceptada.

La letra de cambio es mejor cuando hay más de 2 partes involucradas en el negocio. En los demás casos, es lo mismo elegir uno u otro.

No. Son títulos valores similares o con objetivos similares, pero no son exactamente iguales.

Sí. Ambos son títulos valores, y como tales son negociables y transferibles mediante el endoso.

Sí. Si ambos títulos valores están correctamente diligenciados, prestan mérito ejecutivo, por lo que resulta indiferente cuál título se tiene a la hora de ejecutar a un deudor.

El código de comercio tiene secciones diferentes para cada título valor, pero de acuerdo al artículo 711 del código de comercio, las reglas de la letra de cambio son aplicadas al pagaré.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2023, noviembre 14). Diferencias entre la letra de cambio y el pagaré [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/diferencias-entre-la-letra-de-cambio-y-el-pagare.html

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  1. RICARDO CORNEJO (agosto 17 de 2024)

    Para un proceso legal, en caso de que no se cumpla con el pago, ¿qué es más apropiado: el pagaré o la letra de cambio?

    Responder
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a RICARDO CORNEJO (agosto 17 de 2024)

      Los dos tiene la misma validez como título ejecutivo, es indiferente pero el de más uso al menos para los bancos es el pagaré.

      Responder
  2. DAVID GNECCO G (marzo 14 de 2023)

    De manera clara y detallada, gerencie.com da a entender los temas.

    Responder

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