¿El tiempo de viaje se incluye en la jornada de trabajo?

El tiempo de viaje o desplazamiento del trabajador que requiere para movilizarse desde su casa hasta el lugar de trabajo o viceversa, no hace parta de la jornada laboral.

Cómputo del tiempo de viaje como jornada laboral o de trabajo extra.

Cuando se firma el contrato de trabajo las partes acuerdan la jornada laboral diaria, y la hora en que esa inicia. En consecuencia, si el trabajador se comprometió a iniciar su jornada laboral a las 8 de la mañana, es su responsabilidad estar en la empresa a esa hora, independientemente del lugar donde resida, y de la hora a la que tenga que salir de su casa.

Jornada laboral o de trabajo.La jornada laboral en Colombia, límites máximos y los trabajadores que están excluidos de la jornada máxima legal.

Es decir, que el tiempo que el trabajador gaste desde su casa hasta llegar al trabajo, no hace parte de la jornada laboral, y por consiguiente no se remunera ni causa horas extras.

Si por alguna circunstancia el trabajador llega tarde a la empresa, porque se presentó un atasco de tráfico que duró 3 horas, son 3 horas que pierde el trabajador y no el empleador, y aunque no es una práctica muy amable, algunos empleadores exigen al trabajador laborar la jornada completa, en cualquier caso.

Cuando el trabajador debe viajar a un lugar distinto al acordado.

Cuando el trabajador ha sido contratado para trabajar en un sitio determinado, pero luego el empleador lo envía a trabajar a otra ciudad que el implica más tiempo de viaje, en nuestro criterio ese tiempo extra de viaje que debe sufrir el trabajador sí debería ser remunerado por no corresponder a lo inicialmente pactado.

Por ejemplo, si el trabajador se contrató para que laborara en la ciudad de Bogotá y cuando firmó el contrato de trabajo vivía en Bogotá, pero luego el empleador lo envía a trabajar a Girardot, viéndose obligado el trabajador a desplazarse todos los días por 3 horas más, es justo incluir esas 3 horas dentro de la jornada laboral, o compensar de algún modo el esfuerzo extra en que debe incurrir el trabajador.

Viáticos al trabajador y su tratamiento laboral.Los viáticos pueden ser ocasionales o permanentes, y pueden ser para manutención, alojamiento y transporte, y no todos reciben el mismo tratamiento.

Por regla general cuando el trabajador debe viajar por cuestiones relacionadas al desempeño de sus labores, recibe una serie de pagos conocidos como viáticos o gastos de representación, y ese tiempo de desplazamiento no se reconoce dentro de la jornada laboral, en razón a que no es rutinario, es decir, no es todos los días, sino una vez a la semana o al mes.

Una cosa es tener que viajar una vez al mes de Bogotá a Barranquilla y recibir viáticos, y otra es desplazarse todos los días mañana y tarde de un municipio a otro. En el segundo caso ese tiempo extra de desplazamiento impuesto por el empleador debería incluirse dentro de la jornada laboral.

La alternativa es que el trabajador cambie de lugar de residencia, es decir, se traslade, caso en el cual el empleador debe pagar los gastos de viaje tanto del trabajador como de su familia.

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