Interdicción judicial

La interdicción judicial es un proceso civil mediante la cual se busca que una persona mentalmente incapaz sea declarada interdicta por un juez, proceso que fue derogado por la ley 1996 de 2019, que en su lugar implementó los llamados acuerdos de apoyo para la celebración de actos jurídicos.

Interdicción.

La interdicción es el acto o acción de interdecir, e interdecir significa prohibir o vedar.

En el derecho civil, la interdicción significa la privación de los derechos civiles de la persona.

La interdicción judicial no es más que una orden judicial proferida mediante sentencia, en la que se declara la interdicción de una persona, privándole de sus derechos civiles.

Qué es un interdicto.

Un interdicto es una persona a la que le han privado de ciertos derechos civiles, de manera que no puede decidir ni actuar por sí mismo, dependiendo de terceros que decidirán por él y/o lo representarán.

Declaración de interdicción.

Haciendo un poco de historia, el proceso de interdicción era un proceso de jurisdicción voluntaria, pues con este no se buscaba resolver un litigio, ni controvertir un derecho, sino que se declarara judicialmente que una persona no estaba en capacidades mentales para ejercer su capacidad de ejercicio.

Proteja su patrimonio y dignidad por si pierde lucidez mental.Evite que sus hijos o nietos decidan por usted y malversen sus propiedades y recursos, con los acuerdos de apoyo que reemplazaron la interdicción.

Esta clase de proceso se encuentra consagrado en el artículo 586 del código general del proceso, y ese proceso se inicia con una demanda que debe reunir todos los requisitos legales en especial:

  • Certificado de un médico psiquiatra o neurólogo sobre el estado del presunto interdicto, expedido bajo juramento que se entenderá prestado por la sola firma.
  • Este proceso podrá promoverlo el Juez de Oficio.
  • Se ordenará citar a quienes se crean con derecho al ejercicio de la guarda y se ordenará el dictamen médico neurológico o psiquiátrico sobre el estado del paciente.

En el dictamen médico neurológico o psiquiátrico se deberá consignar:

  1. Las manifestaciones características del estado actual del paciente.
  2. La etiología, el diagnóstico y el pronóstico de la enfermedad, con indicación de sus consecuencias en la capacidad del paciente para administrar sus bienes y disponer de ellos, y
  3. El tratamiento conveniente para procurar la mejoría del paciente.

En la sentencia que declara la interdicción de una persona con discapacidad ya sea provisoria o definitiva, también el juez podrá decretar las medidas de protección personal que considere necesarias y las terapéuticas, pues con este proceso no solo se busca la declaración de interdicción, sino también si es posible la rehabilitación de la persona.

Por último, la declaratoria de interdicción debía ser insertada en el registro civil de la persona para hacer constar su condición.

Eliminación de la interdicción judicial.

La ley 1996 de 2019 eliminó la interdicción judicial como una medida de garantizar el acceso a los derechos civiles a toda persona, incluso a las que sufren de incapacidad mental absoluta.

La interdicción judicial quitaba a las personas su capacidad jurídica para ejercer algunos derechos, como asumir obligaciones o firmar contratos, por lo que dependían de otras personas que decidían por ellos.

Hoy eso no es posible, por lo que toda persona mayor de edad, así carezca de lucidez mental, sigue siendo autónoma para hacer negocios, aunque deba contar con algunos apoyos.

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18 Opiniones
  1. sandra liliana Dice:

    Buenas soy una mujer de 42 años con capacidades mentales de lucidez, salvo que mi madre no biológica me instauro un proceso de interdicción en mi contra solo porque mi madre presentaba problemas de esquizofrenia pero yo me hice un examen pericial hace en 2014 y me arrojo perfectas condiciones

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    • Juan José Dice:

      Hola Sandra, debes iniciar un proceso de revisión judicial, donde el Juez revisará tu caso y acorde al examen pericial que realizaste, dejará sin efectos la sentencia que te declara interdicta, te recomiendo que contrates un abogado que haya realizado cursos o diplomados en la Ley 1996 de 2019 para que te asesore de forma adecuada.

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  2. sandra liliana Dice:

    que debo hacer estoy un poco nerviosa en ese tema

    Responder
  3. diana cardenas Dice:

    Buenas tardes.
    Tengo dos hermanos que viven con mi madre hace muchos años, quienes la manipulan y le piden el dinero que renta la casa. Además ahora quieren que ella reparta la propiedad bajo escritura.
    mi pregunta es puedo hacer algo para impedir que ella haga esa repartición? , ya que ellos la pueden dejar sin nada.
    Gracias

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  4. Yessenia Dice:

    Buenas tardes.

    Reciban un respetuoso saludo.

    Con la Ley 1996, Ago. 26/19 el tema de la interdicción cambio.

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    • maria jose Dice:

      buenas tardes. sii con esa ley cambio pero como es posible que alguien que ya fue declarado interdicto, incapaz absoluto pueda con esta ley hacer uno de sus bienes. según esta ley se les otorgará una persona de apoyo, pero quien garantiza que las personas de su alrededor no quieran solo malgastar su patrimonio. las personas de apoyo solo serán una guía no pueden oblicar al incapaz a tomar una decisión que el no desea y si toma la decisión incorrecta porque en realidad puede hacerlo ya que no tiene la cierta claridad de lo que es bueno y malo.

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  5. Claudia Dice:

    Buenas Tardes. Mi abuelits tiene 86 años. Ella me crió desde los 9 meses de edad, yo le digo madre. Ella tuvo 2 hijas pero juntas Murieron. Cuando mi madre biológica murió dejó cuatro hermanos los cuales se terminaron de criar con mi abuela. En este momento hay 2 hermanos viviendo en 2 predios de la abuelita que queda en el Líbano – Tolima. Yo me traje la abuelita para Bogota porque la tenían abandonada (tengo certificados médicos) pero ellos siguieron en la casa de ella arrendando apto. Que debo hacer? Si puedo iniciar proceso de interdiccion? Antes de trermela puso en conocimiento de la Comisaría pero nada se ha resuelto.

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  6. maria jose Dice:

    Buenas tardes. soy estudiante de derecho y tengo una duda sobre este proceso. en la ley 1306 de 2009 declaran a una persona interdicto, incapaz absoluto. y con la nueva ley 1996 de 26 de agosto de 2019 estas personas pasan hacer incapaces mentales con capacidad de ejercicio y dependiendo su situación el juez debe declarar si es necesario una persona de apoyo. los casos que vienen en curso se suspenden y los nuevos entran en ejecución después de dos años. la pregunta es ¿Qué puede hacer una persona que haya sido declarada interdicto y que el día de hoy se presente para que le otorguen a una persona de apoyo, quien garantiza que las personas de su familia que se acerquen a el no quieran aprovecharse de su enfermedad y malgastar todo su dinero, o como una persona después haber sido iterdicto pueda hacer uso de su patrimonio sin ser malversado?

    Responder
  7. maria jose Dice:

    Buenas tardes. soy estudiante de derecho y tengo una duda sobre este proceso. en la ley 1306 de 2009 declaran a una persona interdicto, incapaz absoluto. y con la nueva ley 1996 de 26 de agosto de 2019 estas personas pasan hacer incapaces mentales con capacidad de ejercicio y dependiendo su situación el juez debe declarar si es necesario una persona de apoyo. los casos que vienen en curso se suspenden y los nuevos entran en ejecución después de dos años. la pregunta es ¿Qué puede hacer una persona que haya sido declarada interdicto y que el día de hoy se presente para que le otorguen a una persona de apoyo, quien garantiza que las personas de su familia que se acerquen a el no quieran aprovecharse de su enfermedad y malgastar todo su dinero, o como una persona después haber sido interdicto pueda hacer uso de su patrimonio sin ser malversado?

    Responder
  8. Victoria Cabrera Dice:

    que proceso se debe seguir para declarar interdicta a una persona?

    Responder
  9. luisa montoya Dice:

    solicito asesoria ya que mi mama tiene 57 años, tiene una pension y realizo un prestamo con un mal llamdo gota agota de 12 millones de pesos a 12 años, el dinero ella lo solicito para reformar la vivienda, no quiso contar con la aprobacion de su grupo familiar, el dinero ya o se requeria puesto que ya mi hermano y yo lo habiamos pedido a bancolombia. al preguntarle a ella no sabia cuento era el interes, no sabia el tiempo, tampoco las cuotas que debia pagar mensuales. nosotros lo descubrimos al ponernos en contacto con estas personas. el miedo de nosotros es que ella pierda la casa y al pension pues ella no es responsable economicamente de ella. nosotros le pagamos sus cuentas, ella tiene pension por mi papa que se murio

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  10. Erika Santos Dice:

    Buen dia tengo una inquietud tengo un hermano con retardo psicomotor severo desde el 2009 fue declarado interdicto por mi otro hermano en el 2011 mi papá lo ingreso a un instituto interno para niños de educacion especial si mi papa y hermano quieren ” manejar la parte de mi hermanito puede el instituto “manejar la parte de mi hermano?

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  11. chris r Dice:

    Buenas tardes, me gustaria saber cuanto es el costo del proceso de interdiccion? ya teniendo los papeles listos. muchas gracias

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  12. Artmaldo Dice:

    Buenas tardes, mi madre tiene 91 años, hace casi 6 años le dio un ACV (Accidente Cerebro Vascular) a ella le quedó la pensión de mi padre pues falleció hace 4 años, en su momento se hizo la interdiccion y justo cuando iba a recibir un retroactivo por parte de Colpensiones salió la ley 1996 de 2019,el proceso tiene abogado y ya hay un curador designado desde esa misma época, la pregunta es si ya se puede reclamar este retroactivo pensional a Colpensiones. Agradezco su respuesta.

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  13. Olga Dice:

    Hola. Mi padre tiene alzaimer. Esto da para un proceso de interdicción del artículo 586 del CGP o este está derogado por la ley 1996?

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