En este artículo 10 secciones
- Porcentaje del salario que se puede pagar en especie.
- El trabajador debe recibir al menos el 70 % del salario mínimo en dinero.
- Pago en especie en salarios ligeramente superiores al mínimo.
- Porcentaje máximo del salario en especie.
- Límite cuando el pago en especie no constituye salario.
- Preguntas frecuentes.
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El salario puede pagarse una parte en dinero y otra en especie, pero la ley limita cuánto puede representar la especie. El artículo 129 del Código Sustantivo del Trabajo fija los topes según el monto del salario. ¿Cuánto es lo máximo que se puede pagar en especie sin vulnerar el mínimo que el trabajador debe recibir en dinero?
Porcentaje del salario que se puede pagar en especie.
De acuerdo con el artículo 129 del Código Sustantivo del Trabajo, la parte del salario que se puede pagar en especie depende del monto devengado:
| Monto del salario | Porcentaje máximo en especie | Mínimo en dinero |
|---|---|---|
| Salario mínimo | 30 % | 70 % del mínimo |
| Superior al mínimo | 50 % | 70 % del mínimo |
En consecuencia, el salario en especie no puede superar el 50 %, y cuando el trabajador devenga el salario mínimo, no puede exceder el 30 %. Pero ese límite no siempre es tan preciso, como se explica a continuación.
El trabajador debe recibir al menos el 70 % del salario mínimo en dinero.
La ley parte de una premisa: quien devenga el salario mínimo no puede recibir en dinero menos del 70% de ese mínimo, porque el tope de especie es del 3 %.
Para 2026, con un salario mínimo de $1.750.905, ese piso en dinero equivale a $1.225.634 (el 70%), y lo máximo en especie sería $525.272 (el 30 %).
Pago en especie en salarios ligeramente superiores al mínimo.
La norma dice que, en salarios superiores al mínimo, se puede pagar en especie hasta el 50 %. Sin embargo, de acuerdo con nuestro criterio, cuando el salario es solo un poco mayor que el mínimo, ese 50 % no siempre es posible, porque el trabajador terminaría recibiendo en dinero menos del 70 % de un salario mínimo.
Supongamos un salario de en 2026, superior al mínimo de $2.101.086. Por ser superior al mínimo, la ley permitiría pagar en especie hasta el 50%, es decir, $1.050.543, quedando otros $1.050.543 en dinero.
Pero esos $1.050.543 en dinero son inferiores al piso de $1.225.634 (el 70% del mínimo). Por lo tanto, lo máximo que se puede pagar en especie en este caso es $875.453 (la diferencia), que equivale al 41,7% del salario, y no al 50%.
Porcentaje máximo del salario en especie.
En resumen, el porcentaje máximo del salario en especie es del 30 % en trabajadores con salario mínimo y del 50 % en trabajadores con salario superior, siempre que lo pagado en dinero no resulte inferior al 70 % de un salario mínimo. Para hacer el cálculo exacto según cada salario puede usar la calculadora de límites al salario en especie.
Límite cuando el pago en especie no constituye salario.
Es posible que pagos en especie como la alimentación y la vivienda se pacten como no constitutivos de salario (Sentencia SL4081-2021 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia). En tal caso, la parte del salario que se paga en dinero no puede ser inferior al salario mínimo.
Esto en razón a que las cotizaciones a la seguridad social no pueden ser inferiores al salario mínimo, y las prestaciones sociales deben corresponder, por lo menos, a ese mínimo. Por eso, cuando los pagos en especie no se tratan como salario, lo que sí se trata como salario debe ser de por lo menos un salario mínimo. El detalle del concepto está en el artículo salario en especie.
Preguntas frecuentes.
A continuación, respondemos las preguntas frecuentes de nuestros lectores.
¿Cuánto se puede pagar en especie si el trabajador gana el salario mínimo?
Como máximo el 30 % del salario mínimo. Para 2026 son $525.272, y en dinero debe recibir al menos $1.225.634.
¿Y si el trabajador gana más del mínimo?
Hasta el 50 % en especie, pero lo que reciba en dinero no puede bajar del 70 % de un salario mínimo, lo que en salarios cercanos al mínimo reduce el porcentaje posible.
¿El trabajador puede recibir todo su salario en especie?
No. La ley siempre exige una parte en dinero: al menos el 70 % de un salario mínimo.
Un independiente que pague seguridad social a través de una cooperativa, ¿la puede descontar de su renta?
Si se hace a través de una cooperativa autorizada para ello, en nuestro criterio sí podrá declararlos, ya que sigue siendo un independiente y no un falso cooperado o trabajador asociado.