Manejo de parqueaderos en la propiedad horizontal

En la propiedad horizontal donde se combinan bienes privados, comunes,  y comunes de uso exclusivo, el manejo de los parqueaderos es un tema que se debe abordar adecuadamente para evitar conflictos.

Parqueaderos de uso privado.

Los parqueaderos de uso privado son aquellos son propiedad del copropietario dueño del apartamento, casa o local comercial, y el uso, por ser un bien privado, es exclusivo de su propietario y la administración no puede restringirlo de ningún modo.

Propiedad horizontal en Colombia.Normas y reglas que rigen la propiedad horizontal, y las obligaciones y deberes de los copropietarios.

Estos espacios hacen parte de la esfera privada de cada copropietario, y este, así no tenga carro, tiene el derecho a  disponer de él, y por supuesto no puede ser utilizado ni por otro propietario, ni visitantes,  ni la administración puede disponer de él sin la autorización del dueño.

Parqueaderos comunes de uso exclusivo.

Existen parqueaderos de comunes de uso exclusivo, que son asignados por la administración de acuerdo al reglamento de propiedad horizontal.

En algunos conjuntos no existen parqueaderos privados, sino comunes que son asignados a los propietarios según los criterios que previamente se hayan fijado en el reglamento, o según los criterios que se fijen en la asamblea de copropietarios.

Parqueadero de visitantes.

Los parqueaderos de visitantes son aquellos de uso exclusivo para las personas visitantes del los copropietarios del conjunto, y son distintos a los privados o a los comunes destinados para el uso de los copropietarios.

Cobro de parqueadero a visitantes de la propiedad horizontal.

La propiedad horizontal puede, válidamente, fijar un cobro por el uso de los parqueaderos de visitantes.

El cobro de parqueaderos a visitantes se puede hacer por razones de control, o por razones económicas.

Asamblea de copropietarios en la propiedad horizontal.Aspectos a considerar sobre las asambleas de copropietarios ordinarias y extraordinarias en la propiedad horizontal.

El cobro de del parqueaderos a visitantes debe ser aprobado por la asamblea general de copropietarios.

Asignación de parqueaderos de visitantes para uso exclusivo.

Los parqueaderos de visitantes no pueden ser entregados para uso exclusivo de copropietarios ni de las personas que hacen parte de la administración.

Al respecto señala el inciso segundo del artículo 22 de la ley 675 de 2001:

«Los parqueaderos de visitantes, accesos y circulaciones y todas las zonas comunes que por su naturaleza o destino son de uso y goce general, como salones comunales y áreas de recreación y deporte, entre otros, no podrán ser objeto de uso exclusivo.»

Como su nombre lo indica, el parqueado de visitantes es para los visitantes, y al respecto señala el ministerio de vivienda en su cartilla sobre propiedad horizontal:

«En cuanto a la prohibición de uso de los parqueaderos de visitantes, por parte de los propietarios o residentes de un edificio o conjunto, es administrativamente correcta en cuanto dichos parqueaderos no pueden ser usados por estos ni en forma permanente ni transitoria, pues los parqueaderos de visitantes son única y exclusivamente para el uso de los visitantes de la copropiedad.»

En algunos conjuntos se tolera que los copropietarios que tienen dos vehículos utilicen el parqueadero de visitantes, pero ello no significa que sea correcto, y esa práctica suele convertirse en fuente de conflicto, puesto que crea inequidad y en algún momento impedirá que la visita de algún copropietario pueda parquear su vehículo, lo que inevitablemente causará molestias entre los copropietarios.

Restringir uso de parqueaderos a copropietarios morosos.

Cuando se trata de parqueaderos de uso común, la propiedad horizontal puede impedir que sea utilizado por los copropietarios morosos.

Así lo señala el ministerio de vivienda en su cartilla:

«La prohibición de uso de los parqueaderos comunes de un edificio o conjunto como medida correctiva a los deudores morosos es correcta cuando el parqueadero corresponde a la categoría de bien común.»

Esto aplica para parqueadero de visitantes y comunes de uso exclusivo, más no para parqueaderos de uso privado.

Sanciones y multas en la propiedad horizontal.Sanciones y multas que se pueden imponer en una propiedad horizontal, y el procedimiento sancionatorio que se debe seguir.

Consultar la cartilla de propiedad horizontal del Ministerio de vivienda.

Arrendamiento de parqueaderos.

Los copropietarios que tienen parqueaderos de uso privado pueden arrendarlos en virtud de los señalado en el parágrafo 4 del artículo 5 de la ley 675 del 2001:

«El reglamento de administración de la propiedad horizontal no podrá contener normas que prohíban la enajenación o gravamen de los bienes de dominio privado, ni limitar o prohibir la cesión de los mismos a cualquier título.»

En cuanto a los parqueaderos de visitantes, se puede cobrar su uso pero no arrendarlo, puesto que ello implicaría una asignación de uso exclusivo para quien lo toma en arriendo, y ello está prohibido por la ley.

En el caso de parqueaderos comunes de uso exclusivo, se puede cobrar por esa asignación y goce, pero no necesariamente sería un arrendamiento.

Impuestos en el alquiler o arrendamiento de parqueaderos.

Cuando la propiedad horizontal cobra el uso de parqueadero está prestando un servicio gravado con el Iva, pues así lo señala expresamente el artículo 462-2 del estatuto tributario.

Obligaciones tributarias de la propiedad horizontal.La propiedad horizontal, dependiendo la destinación sus bienes privados y comunes, debe asumir algunas obligaciones tributarias.

Por este sólo hecho la propiedad horizontal se puede convertir en responsable del Iva debiendo presentar la respectiva declaración, lo que obliga a considerar si se justifica o no cobrar por el uso de parqueaderos, pues en algunos casos puede que los ingresos obtenidos por ese concepto no justifique el costo de ser responsable del Iva.

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108 Opiniones
  1. Luis Fernando Gaviria Dice:

    Excelente artículo, como siempre. Felicitaciones.
    Tengo la siguiente consulta: puede la Co-propiedad prohibir en los edificios de apartamentos y/o en los condominios urbanos y/o campestres el alquiler por días o semanas de sus apartamentos y/o casas?
    Mi pregunta obedece a que se me ha impedido hacerlo aprovechando las oportunidades que se derivan del turismo (sobre todo de extranjeros), y particularmente de plataformas como airb&b.
    Gracias.
    Luis Fernando Gaviria

    Responder
    • Jeckson Navarro Dice:

      Para arrendarlo por ese periodo de tiempo, el decreto que regula el la prestación de servicios de vivienda turística ordena que se debe establecer en el reglamento de propiedad horizontal de la copropiedad, la posibilidad de destinarlos para ese uso. Si no está establecido, puede la copropiedad oponerse.

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    • Ius- Statera Abogados Dice:

      Buenas tardes, debe establecer ante la administración el uso de dicha actividad económica por cuanto puede verse afectado la seguridad y otros aspectos de la P.H, por ende se establecen acuerdos y permisos otorgados por el Administrador pero debe ser aprobado por asamblea como toda decisión. Buenas tardes, dichos arreglos deben ir por cuenta del arrendador usted como arrendatario no debe cubrir tales gastos, lo establece el contrato y la ley 820 del 2003. En [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210

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    • Rodrigo Dice:

      Si el Edificio o Conjunto es Residencial, por supuesto que se pueden oponer. Se estaría cambiando el uso del bien lo cual no solo es sancionable al interior de la copropiedad, sino por autoridades de turismo.
      Existen edificios construidos específicamente para esa inversión. En ese caso, ocurre lo contrario, una persona que compre allí, no puede oponerse al alquiler por días o semanas.

      Responder
      • johana rojas Dice:

        Buena snoches, aunque leo y leo no tengo claro.. si un conjunto residencial tiene como contribución zona común vehicular lo cual se invierte en el arreglo de esa zona,… es decir lo ue pagan los visitantes por el uso del parqueadero ( no residentes).. esto tambien genera IVA?? gracias

        Responder
  2. secavila Dice:

    buenas tardes, agradezco toda clase de información al respecto de reglamento de propiedad horizontal.por favor me comentan si esto requiere algún cobro al igual que por hacer preguntas y consultas. Gracias.
    en un conjunto residencial de 25 apartamentos en el apto 501 ultimo piso que existe una gotera o humedad a quien corresponde la reparación al dueño o a la administración Gracias

    Responder
    • elsa gamez Dice:

      Buen día, la humedad o gotera en la cubierta del edificio, le corresponde a la administración, por ser área común, que generalmente está cubierta en la póliza del edificio.

      Responder
      • Conjunto nueva Dice:

        Buenas tardes una pregunta si un residente está limpiando su carro en el parque y lleva Valdés y sillas para sentarse éso se puede prohibir o no porque en el conjunto dicen que eso es limpiar el carro y no hay castigo los paraderos son comunales

        Responder
  3. mamoreno Dice:

    Buenas tardes, tengo una situación y es en mi conjunto son 330 apartamentos de los cuales solo 30 son privados, y parqueaderos comunales 117, desde hace aproximadamente 6 años que compre el apartamento en planos yo fui una de las que compro parqueadero privado, yo tengo dos carros y todo el tiempo he utilizado mi parqueadero privado y un parqueadero comunal por medio del sistema de rotación, aclaro que cuando tengo que salir por rotación yo lo hago no veo ningún problema normalmente uno sale un mes y ingresa por 4 meses, pero ahora me dice la administradora que yo no tengo derecho a participar en el sorteo de un parqueadero comunal por tener un parqueadero privado, pero que si vendo mi parqueadero privado y me lo arrienda el señor que lo compre tengo derecho a participar en uno comunal el cual me parece absurdo, es como un castigo por tener un parqueadero privado, revisando el reglamento de parqueaderos dice en uno de los artículos ¨Todo propietario y arrendatario residente tiene derecho a un cupo, siempre y cuando haya disponibilidad y cumpla con los requisitos exigidos solicitado por escrito a la administración. ¨, y por ningún lado dice que el que es propietario de un parqueadero privado no tiene derecho, realice un derecho de petición explicándole a la administradora y aun me dice que no que lo va a poner en consideración en la asamblea del 28 de marzo y que me tengo que esperar hasta esa fecha, pero me parece que no hay igualdad como si puedo tener uno en arriendo de los privados y uno comunal y yo por tener el propio no tengo derechos.

    Agradezco quien me pueda colaborar.

    Gracias

    Responder
  4. Marype Dice:

    Buenas tardes. Tengo asignado (con cobro mensual) un parqueadero comunal. En 2 ocasiones me he ido a trabajar y ha venido un familiar a cuidar a mi hijo y se ha ubicado en mi parqueadero. La administradora me envió un llamado de atención por ello, aludiendo faltas al manual de convivencia y cobrándome una multa de 10smld. Esto es legal, cuando es la primera vez que me envían una notificación. Gracias por la colaboración.

    Responder
  5. Angélica Dice:

    Buen día. Realice la compra de un apartamento por planos en un proyecto que en su momento era definido y vendido como VIS, al hacer la negociación nos dijeron claramente que como era un proyecto VIS se harían parqueaderos comunales y que la constructora iba a realizar parqueaderos privados y bodegas (cuarto útil) para quienes quisieran comprar. El proyecto tuvo varios cambios en su proceso entre ellos pasar de ser VIS a ser MIXTO.
    Ahora que ha sido entregada la primera torre del proyecto, resulta que no hay parqueaderos comunales, solo para visitantes, lo cual restringe el uso de esos parqueaderos a los propietarios de vivienda que no tuvieron la posibilidad de adquirir parqueadero privado pensando en que se tendría una disponibilidad para hacer uso de los comunales.
    ¿Como propietarios qué podemos hacer para exigirle a la administración y al concejo de administración la habilitación de parqueaderos comunales para los habitantes del conjunto?
    ¿Es legal que prohíban el uso de los parqueaderos de visitantes a los habitantes del conjunto sin tener reglamento de propiedad horizontal aprobado por los coopropietarios?
    Agradezco su ayuda.

    Responder
  6. simon Dice:

    tengo dos carros y vivo en unidad cerrada, tengo parqueadero privado y parqueo uno de los carros el otro si me toca dejarlo en parqueo de visitantes, la admon me dice que no puedo parquiar en el parqueo de visitantes y que si lo sigo haciendo tengo que pagar 10 mil pesos diarios lo que me parece algo absurdo, ya pago administración y ahora me van a cobrar parquiadero.

    que puedo hacer al respecto.

    gracias

    Responder
    • Rodrigo Dice:

      Lo invito a la siguiente reflexión. A lo que Ud. tiene derecho, los demás también. Eso implicaría que el Edificio o conjunto debería asignarle un parqueadero de visitantes a cada uno de los propietarios (así no tengan carro). Seguramente no va a alcanzar cierto? Entonces NO es posible que un propietario, así sea cumplido en sus pagos, haga uso de un bien común de forma exclusiva. Por otra parte, el conjunto esta obligado a conservar un número de parqueaderos de visitantes para (como su nombre lo indica) visitantes. Si los presta o alquila todos a residentes, puede ser sancionado. Si le dan la oportunidad de pagar por su uso, Ud. es afortunado, porque en una gran cantidad de copropiedades simplemente ni pagando pueden hacer uso permanente de un parqueadero de visitantes.

      Responder
    • TOLO Dice:

      El conjunto residencial no tiene que acoplarse a lo que el propietario o residente quiere. si le entregaron un parqueadero cuando compro; es ese el parqueadero que debe usar, es su parquedero privado.
      Si tiene 2 carros puede arrendar un parqueadero algún residente que no tenga vehículo
      Pero no puede hacer uso del parqueadero de visitantes para parquear su segundo carro.
      El parqueadero de visitantes es exclusivo para visitantes y la asamblea, administracion y el consejo deberán legislar sobre el cobro por uso de parquedero de visitantes.
      El hecho de que pague administración no le da derecho para ocupar parqueadero de visitantes para su uso exclusivo

      Responder
    • dimopa Dice:

      el parqueadero de visitantes es de uso exclusivo de vsitantes, segun la ley 675 2001, no es para copropieterios no habitantes del conjunto

      Responder
    • CLAUDIA Dice:

      El parqueadero es una zona común, por tanto, no la puedes tomar como propia.

      Responder
      • Luis Dice:

        Es posible que un propietario de un apartamento en una Propiedad Horizontal rente o preste un parqueadero a otro propietario o residente del mismo o de otro Conjunto Residencial?

        Responder
  7. catalina Dice:

    tengo un parqueadero descubierto y pedi a la administración si podia techarlo y me dicen que hay que solicitarlo a la asamblea porque daña la fachada, esto es cierto? el parqueadero esta en un primer piso y esta en la parte trasera del edificio

    Responder
    • Rodrigo Dice:

      Si, es cierto. Los parqueaderos, así sean privados, se deben conservar como las zonas comunes. Es decir que no puedes modificarlo, construir sobre el, cambiarle el uso, etc. Esto porque la esencia de una propiedad horizontal es conservar la armonía. Tu compras un inmueble porque aceptas el -como se ve- el día que lo compras (incluso la parte de atrás) y esperas que eso no cambie con el tiempo, excepto, por los acuerdos a que lleguen los propietarios en asamblea. Si todos deciden techar con un mismo modelo de cubierta, es posible hacerlo.

      Responder
      • Leidy Dice:

        Tengo una pregunta tengo un parqueadero privado que solo uso en vacaciones dos meses al año. Del resto está desocupado y lo usa. Sin informarme otras personas del conjunto, pedi a la administración que ya q ellos no hacen nada por garantizar que mi parqueadero sea respetado y nadie se parquee en mi ausencia, solicite si podía poner un cepo dentro de mi parqueadero y me han dicho q lo llevarán a la asamblea del próximo
        O Año. Es esto correcto? Hay algo q pueda hacer considerando que la administración no respeta los parqueaderos privados?

        Responder
  8. Stiven L26 Dice:

    hola espero que esten bien, disculpen tengo un parqueadero privado es mio de mi propiedad lo compre con el apartamento y ahi guardo mi moto y mi carro hace cuatro años y nunca tuve problema aclaro que con los dos veiculos no me salgo de mi espacio no salgo de las lienas amarillas en ningun momento, por temas de la pandemia no tengo trabajo y la admin me quiere hacer quitar la moto que por que solo puedo tener el carro, que puedo hacer ? no tengo dinero ni lugar donde dejar la motocicleta, que es de mi hijo es su medio de transporte y es pequeña.

    Responder
    • miguestev Dice:

      cordial saludo, viendo su comentario se me hizo necesario escribir, yo estoy en la misma situación, la administración me dice que no puedo tener mi moto y mi carro en el mismo parqueadero, me parece un abuso pero debe haber algo que hacer,ud ha intentado algo? gracias por su respuesta.

      Responder
    • xbel Dice:

      Me encuentro en la misma situación. Existe alguna solición a ese tema?

      Responder
    • Claparoca Dice:

      Slds.
      Lean el manual de convivencia del conjunto en donde les especifica, qué está permitido y que no.

      Responder
      • Liz Dice:

        Y si el manual de convivencia no dice nada, bajo la ley estaria permitido usar el parqueadero propio para parquear mas de un vehiculo? teniendo en cuenta que es propiedad privada y que no nos salimos de los limites del parqueadero?.

        Responder
  9. wilber lara Dice:

    buenas tardes tengo una inquietud y situacion, siendo arrendatario de un apartamento al momento de el arrendamiento el propietario lo ofrece con el parqueadero. pero la adminitracion dice ahora que solo pueden tener ese beneficio los propietarios arrendatarios no.. y me dice que debo pagar por el uso del parqueadero un valor de 5000 pesos diarios en la zona de visitantes. que actualmente encuentro LEY 675 DE 2001 dice que es ilegal el arrendamiento de la zona parqueo visitantes. a aun asi mi pregunta es la administracion puede restringir el uso del parqueadero al cual el propietario tenia destinado.

    Responder
  10. Mario Florez Dice:

    Son legales jurídicamente la realización de reuniones virtuales del consejo de administración?

    Responder
    • Rodrigo Jimenez Dice:

      En mi opinión, cuando la ley habla de la “presencia” de la mayoría de sus miembros, y nos remitimos al significado de la palabra, se refiere a la asistencia, lo cual No descarta la reunión virtual, pero si descartaría la posibilidad de decisiones por comunicación escrita como si está autorizado para la asamblea.

      Responder
  11. yapelec Dice:

    Saludos, desde hace ya 5 meses me han venido cobrando el servicio de Bicicletero en el conjunto donde vivo, sin embargo yo no tengo bicicleta y por lo tanto no estoy utilizando este servicio, he realizado reiteradas veces la solicitud a la administración que se revise el cobro, la señora administradora le escribe a cartera para que se retire el cobro, sin embargo se continua realizando, no se como mas proceder si ya lo he solicitado directo a la administradora.

    gracias a quien me pueda aconsejar como proceder..

    Responder
    • Rodrigo Jimenez Dice:

      Solicite que le expidan un paz y salvo. Si se lo expiden, no tiene de que preocuparse por lo que aparezca de saldo en otros reportes y volver a inisistir en el tema via derecho de petición. El o La Administrador(a) son los responsables del cobro, me parece incoherente el tema que la Sra. “le escribe” a cartera, si ella es la responsable.

      Responder
  12. juan carlos Dice:

    Buenas tardes, quisiera hacerles una consulta, compre un apartamento con parqueadero privado en el cual tengo un carro, pero cuando el carro no esta por cualquier motivo, el parqueadero lo ocupa el carri de un hijo o una hermana que me visita. La administrador me cito y me informo que no puedo hacer uso del parqueadero con otro carro que unicamente se pude parquear el carro registrado, yo he leido que si es un parqueadero privado ni la administracion ni el consejo de administracion pueden hacer restricciones a la utilizacion del parqueadero privado y este esta sujeto al parqueo del vehiculo que autorice el propietario, por eso acudo a ustedes para poder redartar una carta a fin de aclarar esta situacion con la adminitradora, ella me dice que el consejo de administracion le ha dicho que no puedo parquear otro vehiculo diferente pero esto me parece que se sale de las atribuciones de la administracion. agradezco su amable colaboracion y la atencion prestada a la presente

    Responder
    • Manuel Garcia ChavesDice: Dice:

      El 14 de marzo de 2020 se llevo a cabo la asamblea ordinaria en el conjunto para su aprobación del presupuesto,la administración y el consejo presentaron el proyecto del presupuesto para su aprobación.En una larga discucion de items por items, solo dos renglones fueron modificados y aprobado por la asamblea.
      solicite una copia del presupuesto ejecutado a la fecha, obteniendo el mes de agosto, encontrando que los dos renglones corregidos por la asamblea no lo habían modificado en el presupuesto. Hago el respectivo reclamo aprobandome solo el gastos que pasa de 250.000 pesos a 200.000 pesos.
      El otro renglón que era un descuento por pronto pago y que paso del 6% al 8% no lo corrigieron con el cuento que era un proyecto, pero este proyecto pasaba de $1.400.000 a $1.970.000 pesos. Pregunto:se debe o no hacer el cambio en el presupuesto que fue aprobado por la asamblea,si no lo hacen, la contabilidad cambia vertical y horizontalmente en resultados finales?. Agradezco su atención y muchas gracias. pueden encontrarme en el tel. 3118355986/ 6196466.

      Responder
    • Rodrigo Jimenez Dice:

      Si el parqueadero es privado (tiene su propia matrícula inmobiliaria) o es zona común de uso exclusivo, podrá usarlo para cualquier vehículo de su propiedad o autorizado por Ud. Pero tenga en cuenta que toda copropiedad debe tener controles de acceso para los vehículos que ingresan y permanecen en la copropiedad, por lo que es recomendable que, si bien Ud. puede tener razón en sus derechos, es importante que llegue a un cordial acuerdo con la Administración que a su vez debe velar por la seguridad de todos los residentes. Ud. debe comprender que si a su parqueadero se permite el ingreso de muchos vehículos, se pierde seguridad.

      Responder
  13. hugo carvajal Dice:

    saludos deseo hacerles una pregunta tengo un apt de propiedad orizontal con parqueaderos comunitarios y tambien tiene parqueaderos para visitantes afuera del conjunto pero soy una persona incapacitada y la unidad no cuenta con parqueaderos demarcados con el azul solo afuera algunos que son usados por las motos , la construtura dice que no se pueden asignar parqueaderos dentro de la inidad para incapacitados ya que estan afuera en la zona de visitantes es esto cierto ? gracias

    Responder
  14. Hector Javier Dice:

    Saludo, Un administrador de un conjunto residencial que tiene parqueadero de visitantes en la parte externa (calle) puede prohibir a los propietarios que tienen dos vehículos que parqueen uno de ellos en ese espacio, mas teniendo en cuenta que no es responsabilidad de la administración sobre lo que a ellos le pueda suceder? pues como lo manifesté están en la calle. Gracias.

    Responder
  15. Geraldin Jimenez Dice:

    Buenas tardes, muy interesante el articulo, tengo una consulta un poco mas tributaria, en el conjunto donde resido se van a empezar a cobrar parqueaderos ya que son comunales, hay un chat de propietarios en el cual indican que debe facturarse con IVA, sin embargo nos indica la administración que no, porque perdíamos la figurar de sin animo de lucro, sin embargo nos enviaron un pdf con un caso expuesto a la DIAN donde indican que no se debería facturar con IVA, sin embargo me queda la duda y no me gustaría que se generaran sanciones por este tema, el fallo es OFICIO 016044 DE 2018.

    Responder
  16. Guillermo León Galeano R Dice:

    Buenas tardes. Colabórenme con Esta consulta, por favor:
    En una unidad residencial, el propietario de un parqueadero privado no tiene carro pero en su apartamento hay dos motos y las parquea en su garaje. Hasta ahí no hay nada anormal. Lo que no me parece es que el dueño de dicho parqueadero arrienda el resto del espacio, del parqueadero, a dos motos de personas ajenas a la unidad. O sea que parquean cuatro motos en dicho espacio. Mi pregunta es: Se puede hacer esto? Está permitida esta práctica?

    Responder
  17. Ignacio Uribe Dice:

    Buenas tardes!!

    Quisiera hacerles una pregunta:

    En la propiedad horizontal, el área entre los tope llantas de los parqueaderos y el muro, es considerado como zona común??

    Muchas gracias!!

    Responder
  18. Arturo Caicedo Dice:

    Si un conjunto residencial garantiza que cada unidad de vivienda cuenta con al menos un parqueadero privado para su uso, puede el conjunto residencial omitir la existencia de parqueaderos comunales? o sea, independientemente de los parqueaderos para visitantes que el conjunto ya tiene, puede el conjunto designar como privados todos los parqueaderos para uso de los residentes?

    Responder
    • M.L.C.D. Dice:

      La administración no puede realizar tales cambios por si sola. La Ley 675 de 2001 establece los requisitos para desafectar bienes comunes e implica reforma al reglamento de propiedad horizontal que debe registrarse ante las entidades correspondientes.

      Responder
  19. PREGUNTA LLANTAS Dice:

    Me gustaría que me ayudaran con una inquietud, tengo un parqueadero arrendado y en ese parqueadero tengo 4 goodyear en buen estado, la administradora llamó a los coopropietarios a preguntar si podían botar las llantas, el coopropietario de mi parqueadero autorizó botar las 4 llantas; sin embargo la administradora y el coopropietario sabían que eran de mi propiedad y que yo no autorizaba botarlas. Quién me debe responder por las 4 llantas? La administradora que mal asesoró al coopropietario y pasó por encima de mí, a pesar de que yo le dijera que no autorizaba botar dichas llantas? o el coopropietario que autorizó mal asesorado por la administradora.

    Responder
  20. Doris Ramos Dice:

    Rodrigo buenas tarde mi pregunta es
    En q lugar puedo denunciar q la administración no está cumpliendo con las normas de la secretaria de salud en botiquines y extintores gracias

    Responder
  21. Franco Dice:

    Buenas tardes
    Soy propietario de un apartamento y parqueadero en un complejo cerrado.
    Mi pregunta es
    Que posibilidades tengo de impedir quer sea usado como paso publico.
    Tal vez no seria problema si solo fuera gente que pasa. Tambien pasan con losd carritos con mercado, muebles cajas y hasta trasteos.Ya me han rayyado el carro.
    Cual es mi espacio? que derecho a oponerme tengo?
    Gracias por su ayuda.

    Responder
    • davidlopez Dice:

      BUEN DIA.AUNQUE SEA TU BIEN PRIVADO ESE PARQUEADERO TIENES QUE TENER EN CUENTA QUE HACE PARTE DE LA UNIDAD Y SERIA ESTE COMO DE ZONA COMUN,POR LO TANTO TODAS LAS PERSONAS PUEDEN CAMINAR POR ESE ESPACIO A NO SER QUE TU PARQUEADERO SEA MAS PRIVADO ENREJADO O COMO ESTILO GARAJE PERO SI ESTA AL AIRE LIBRE SOLO DEMARCADO NO SE PUEDE HACER MUCHO YA DEPRONTO SERIA DE TU PARTE DIALOGAR CON LA ADMON Y MIRAR QUE POSIBILIDAD AY DE PONER UNA CINTA O ENCERRAMIENTO CON CADENAS EN TU PARQUEADERO QUE CREO NO SEA POSIBLE POR LA ESTETICA,Y SEGUNDO LO DE LOS RAYONES PUEDES SOLICITAR ANTE LA ADMINISTRACION DE MODO VERBAL O ESCRITA SE REVISEN LAS CAMARAS DE CCTV DE LA UNIDAD CON EL FIN DE VERIFICAR QUIEN PUDO SER ES RESPONSABLE DE LOS RAYONES SI FUE AY O EN OTRA PARTE.

      Responder
  22. Consuelo Parra Dice:

    Buenas tardes… tengo una inquietud. En el conjunto donde vivo, desde el año pasado se está cobrando el uso del parqueadero de visitantes y lo cobran con el nombre “Contribución especial de carros”. El cobro es de 1.000 pesos hora después de 4 horas gratis. Desde septiembre se me está haciendo dicho cobro. Yo pasé una carta a la administración para que se me aclarara tema y no hubo respuesta, volví a pasar una carta en el mes de enero porque me llegó el cobro con intereses y a la fecha no he obtenido respuesta.
    Ya pasé dos cartas sobre el mismo tema, la segunda con copia al consejo de administración. La pregunta es, a quién debo dirigir la próxima carta para que me sea resuelta mi duda.
    Mil gracias.

    Responder
  23. Luisa Chinchilla Dice:

    Buenas noches, Quisiera que me colaboraran con sus respuestas con respecto a lo siguiente: Tengo un apartamento hace 5 años el cual es de mi propiedad y tambien en la escritura esta estipulado el uso exclusivo y a perpetuidad del parqueadero al cual le asignaron el numero 43. Aunque no vivo en el edificio donde esta mi apartamento y mi parqueadero, siempre he guardado mi vehiculo alli pues donde vivo no tengo donde guardarlo. El día de ayer 19 de enero de 2021 me comunica el administrador del edificio que no me volveran a dejar guardare mi vehiculo en mi parqueadero pues no resido en el edificio según él la decision la toma porque los parqueaderos son propiedad del edificio por que las paredes que rodean los parqueaderos son un bien comun y por lo tanto mi parqueadero. Le he mostrado mis escrituras pero se niega a aceptar, por lo que sin tener ocupado mi apartamento pues esta vacio no puedo ni utilizar mi parqueadero y hoy me he quedado por fuera. Segun el señor solo pueden guardar los vehiculos los que residen el edificio.
    Agradezco sus opiniones

    Responder
    • davidlopez Dice:

      BUEN DIA.SI CLARO ESTA EN LO CORRECTO LA PERSONA QUE RESIDA O QUE SEA ARRENDATARIO DE TU APARTAMENTO ES LA QUE GOZA DE LOS BIENES DE LA UNIDAD Y DE MAS EN ESTE CASO TAMBIEN DEL PARQUEADERO YA QUE TU LO ARRENDASTE,OTRA COSA ES CUANDO TU NO TIENES A NADIE VIVIENDO AY EN EL APARTAMENTO AY SI PUEDES ENTRAR Y DEJAR SU VEHICULO Y DE IGUAL FORMA INFORMAR A LA ADMON CON EL FIN DE DEJAR UN SOPORTE EN LA PORTERIA O AL PERSONAL DE SEGURIDAD.

      Responder
    • M.L.C.D. Dice:

      EL PARQUEADERO ES PROPIEDAD PRIVADA Y PUEDES DISPONER DE EL SIEMPRE Y CUANDO LE DES EL USO ADECUADO.. LA PROPIEDAD PRIVADA ESTÁ PROTEGIDA POR LA CONSTITUCIÓN. PUEDES ACUDIR A LA ACCIÓN DE “TUTELA”

      Responder
  24. Maireth Cantillo Dice:

    Buenas tardes, quiero saber como puedo hacer para que se cambie mi parqueadero por otro paruqedero de visitantes, cosa de que mi parqueadero quede como el de visitantes, y el de visitantes como el privado. Debido a que el parqueadero que se me asigno por la constructora, es muy incomodo, debido a que yo tengo una camioneta y el parqueadero privado tiene un generador de agua que me impide el paso…

    Responder
  25. RIGOERTO LOBO GUALDRON Dice:

    Dr la siguiente pregunta es legal que en un conjunto residencial se cobre por aparte ADMINISTRACION de parqueadero y ADMINISTRACION de apartamento en donde el parqueadero es parte de la compra del apartamento y se enceuntra en la escritura.

    Aradzco su valiosa y acertada respuesnta

    att

    RIGOBERTOLOBO GUALDRON
    [email protected]

    Responder
  26. JOHN NARANJO Dice:

    En el conjunto en que yo vivo se hace sorteo para la asignación de parqueaderos pero hace ya casi dos años que no lo hacen, cuando pregunto a la administración me dicen que no saben, que estan mirando cuando lo hacen el sorteo , que puedo hacer para que hagan el sorteo y se habra la posibilidad de tener un cupo.

    Responder
  27. Fernando Peña Dice:

    vivo en propiedad horizontal, tengo parqueadero privado y no tengo vehiculo por lo tanto arriendo el espacio para 4 motos las cuales no se salen del perimetro establecido de parqueo, la administracion me obliga que debe ser solo una moto.
    que debo responder a la administracion y que norma me soporta?
    Gracias

    Responder
    • davidlopez Dice:

      BUEN DIA.DEPENDE MUCHO DE LO QUE ESTE ESTABLECIDO EN EL MANUAL DE CONVIVENCIA EL MAXIMO DE VEHICULOS POR ASI LA MOTO SEA PEQUEÑA ES UN VEHICULO EL CUAL OCUPA ESPACIO,YA SERIA VERIFICAR LA CANTIDAD DE VEHICULOS QUE SE PUEDEN INGRESAR AL APARTAMENTO.SI ES UNO ES UNO.

      Responder
      • marcela1895 Dice:

        pero si no se esta saliendo de la demarcación asignada que problema habría? o acaso el dueño no tendría la autonomía de manejar su propio parqueadero?…

        Responder
      • marcela1895 Dice:

        no seria justo entonces que de privado tiene el parqueadero? si se estan pagando los impuestos por esos parquaderos y son exclusivos….acaso el dueño no es autonomo para manejarlos…?

        Responder
  28. jose luna Dice:

    jose luna pagaba 90.000 de arrendamiento a la administración del conjunto y en asamblea general se decidió subir le pago a 140.00 pesos, se puede hacer subir toda esa cantidad

    Responder
  29. Nubia nem Dice:

    Quiero me ayuden si una conjunto residencial de 880 aptos requiere revisor fiscal y si este debe tener una poliza

    Responder
  30. oscar Dice:

    yo le envié la alcaldía al administrador por colocar basuras y vehículos junto a una estación eléctrica ,la alcaldía se pronuncio y le pidió al administrador retirar las basuras y los vehículos , yo tengo un parqueadero arrendado que es propiedad del edificio, yo he pagado arriendo por este parqueadero durante mas de 8 años el administrador propuso que me quitaran a la asamblea de copropietarios el parqueadero arrendado queriendo colocar basuras, según yo entiendo un parqueadero no se le debe cambiar el uso por lo que fue creado, es de anotar que la asamblea voto para que me quitaran el parqueadero, y es de anotar que yo tengo otros parqueaderos de uso exclusivo que tengo arrendados ya que tengo otras oficinas de propiedad exclusiva son míos no son del edificio ,y me veo obligado a pagar arriendo en parqueaderos externos no se me aviso ni se me dio preaviso, que debo hacer

    Responder
  31. Eduardo Dice:

    Hola me pasa lo mismo. Dónde se puede acudir puesto que es privado m nos están violando los derechos.

    Responder
  32. Pedro Nel Dice:

    Buenos días, tengo un apartamento en un edificio y en las escrituras esta estipulado dentro de las dependencias tres alcobas, dos baños, hall, escalera y le corresponde el parqueadero 6.
    por problemas de inundaciones hice una rampa de 20 cms para que el nivel del agua no afecte mi vehículo. en la asamblea de propietarios de este año el administrador propuso y logro aprobación de la demolición de dicha rampa, informe mi desacuerdo e insiste en demolerla, ya solicite las actas para impugnar la decisión de la asamblea pues por ser de uso privado no tiene la potestad sobre propiedad privada.
    Cual es el paso a seguir en caso de que tome acciones de hecho y la destruya sin darme el derecho al debido proceso de impugnación del acta?, se constituye un acto de vandalismo?
    Gracias

    Responder
  33. Claudia Dice:

    Los parqueaderos de visitantes son alquilados para los residentes, ya que hayan varios que cuentan con 2 y 3 vehículos. Se han presentado problemas de convivencia por el uso de parqueaderos de visitantes, que quedan al lado de parqueaderos privados incluso ha aparecido rayado pero las cámaras no permitieron evidenciar el culpable.
    Que alternativa de solución puedo dar a esta situación? Rotar parqueaderos? restringir el uso de este? debo tener aprobación de la asamblea.

    El comité de Convivencia que puede hacer ante la situación de conflicto entre las partes, cuando ninguna de las partes quiere asistir a una Reunión para limar asperezas gracias por sus importantes comentarios.

    Responder
  34. Omarmarro Dice:

    Los parqueaderos de la propiedad horizontal estan siendo utilizados por camiones de carga, el argumento es que sin carga pesan menos de una tonelada, a que norma puedo acudir para retirar esto porque no corresponden con el bien que es uso familiar y residencial :

    Responder
  35. ANNITA Dice:

    Buenas noches deseo preguntar vivo en conjunto residencial , con parqueadero comunal , sin embargo la administradora en un acto negligente y a pesar de entregar toda la documentación solicitada y sabiendo que hay varios parqueaderos por asignar se niega a otórgamelo , que acción legal puedo tramitar para que me solucione el tema ????

    Responder
  36. ruby pregunta Dice:

    Vivo en un edificio de cuatro pisos, se han presentado algunos desórdenes en las zonas comunes pero nadie responde a esos desórdenes, votar basura, ensuciar paredes. Los dueños de los apartamentos han decidido poner cámaras en todos los pisos (aclaro en las zonas comunes)para que se sepa quien hace los desórdenes y responda por sus actos. es posible que se puedan colocar estas cámaras que son un poco molestas para los dueños de los apartamentos; estar vigilados las 24 horas del día.

    Responder
  37. Yenny Dice:

    Quiero saber si puedo parquear moto y carro dentro de mi parqueadero que es propiedad privada, ya que el reglamento dice que solo 1 vehículo, pero entiendo que en mi espacio privado mientras no salga de las delimitaciones puedo darle el uso que quiera

    Responder
  38. Clara Castaño Dice:

    Cordial saludo.
    Agradezco a quien me pueda orientar.

    Compramos un apto y por escritura pagamos impuesto de dos parqueaderos, los cuales están dentro del conjunto residencial y son descubiertos.
    Deseamos ponerle una marquesina o techo para protegerlos del cima, pero la administradora señala que el permiso para poner esto debe darlo la asamblea.

    Hasta qué punto uno puede cubrir con techo el parqueaderos descubierto sabiendo que al poner una marquesina no toca la estructura de la copropiedad?
    Hay alguna ley que me respalde de poder ponerle esto a los parqueaderos sin esperar que toda una asamblea lo apruebe?
    Mil gracias por sus orientaciones.

    Responder
  39. Alberto Gomez Dice:

    en una asamblea de copropietarios cuantas personas tienen derecho a intervenir con voz por parte de una vivienda o unidad residencial?
    tengo el caso de una vivienda por la cual participan los propietarios padre y madre cabeza de familia y uno de los hijos.
    Es correcto que por una sola unidad familiar participen con voz 3 personas o mas?
    Cual es el lìmite porque esto se ha convertido en unproblema dado que cada uno tiene intereses particulares usando fuera de las reuniones el constante acoso a la administracion mediante derechos de peticion y tutelas.

    Responder
  40. Liliana Dice:

    Buenas noches, tengo la siguiente inquietud, compré un apartamento al cual me asignaron un parqueadero para moto, pero observó que la mayoría de los otros apartamentos del mismo metraje que el mio, si tienen parqueadero para carro. Hay alguna norma donde pueda exigir a la constructora la asignación de un parqueadero con las mismas características de todos los apartamentos?

    Responder
  41. helobe Dice:

    buenas noches. agradezco si me pueden ayudar.
    soy dueña de un apartamento con parqueadero privado del cual pago impuestos; La dificultad que se presenta es la siguiente, parqueamos el carro pero también guardamos otros objetos dentro del parqueadero sin salirnos de los limites, pero un vecino está inconforme con el uso que le doy a mi parqueadero privado y esta solicitando que debo quitar los objetos que guardo en mi espacio. también pago la administración más costosa por tener mayor área y esto nos arece justo.

    Responder
  42. Nena Dice:

    El vecino del quinto piso modifico las ventanas dejándolas de vaivén y las originales son de correr, aunque trato de mantener la norma se observa la diferencia. este vecino no tuvo en cuenta la normatividad ya que no aviso de las obras que realizo en la fachada. yo sugerí que debe restituir la fachada estando en la asamblea general del 2021. el presidente del consejo que también fue el presidente en la asamblea y es el padrastro del dueño del apartamento del quinto piso pidio a la Asamblea que votaran para la aprobación de las ventanas. me opuse a la votación pero se llevo a cabo y ganaron por un voto. mi pregunta es la siguiente. el señor del quinto piso esta obligado o no a restaurar la fachada; VENTANAS. y si es correcto que el la Asamblea se hiciera esta votación teniendo en cuenta que son familiares y que violaron la normatividad al no avisar estas modificaciones que además las realizo siendo presidente del Consejo de administración.

    Responder
  43. Fefo1234 Dice:

    Tengo un parqueadero subterraneo el cual está presentando goteras. Desde hace varios meses le he pedido a la administración una solución, pues la gotas manchan mi carro, ante esto no se ha hecho absolutamente nada; por lo que me toca dejar mi vehículo en otros espacios y cuando uso mi parqueadero y llueve, volver a lavar el carro para evitar daños. En este caso, que recursos legales tengo y puedo dejar de pagar la administración, ya que esta oficina no está cumpliendo con sus obligaciones?

    Responder
  44. Lunema Dice:

    Buenas tardes

    Vivo en un conjunto con parqueaderos comunales . Cada 6 meses se hace el sorteo. mi pregunta es
    Si una persona no habita el apto y lo tiene en obra. Tiene derecho a participar en dicho sorteo o hasta que habite el apto?

    Gracias

    Responder
  45. Juan Dice:

    Buen día.

    Vivo en un conjunto con parqueaderos comunales y de hace un tiempo para acá se determinó en asamblea que propietarios y arrendatarios tenían por ley el mismo derecho de asignación. Antes se hacía primero un sorteo con propietarios y los parqueaderos que sobraban eran sorteados entre los arrendatarios. En el modelo actual tanto propietarios como arrendatarios entrar en la misma bolsa de sorteo. Es cierto esto de que ambos tienen el mismo derecho o los propietarios tenemos un derecho superior a tener asignación con prioridad?.

    Gracias.

    Responder
    • oscar Dice:

      En mi conjunto pasa exactamente lo mismo, y dicen que es por que una ley ampara a que tanto propietarios como arrendatarios participen en igualdad de condiciones. Pero nunca he encontrado cual ley reglamenta esto.

      Responder
  46. Pinto de la calle Dice:

    Que ley hay para no dejar arrendar un parqueadero en propiedad horizontal

    Responder
  47. martha Dice:

    soy arendataria en un conjunto de casa que tienen parqueaderos comunales, y resulta que la junta no permite que los arrendatarios particioen en el sorteo para parqueaderos comunales dicen que solo son los dueños de las casa que pueden participar
    no tengo para pagar parqueadero aparte que hago es Legal?

    Responder
  48. Saul Dice:

    Quisiera si me pueden aclarar sobre un tema acerca de un parqueadero privado en un condominio: si la placa de piso de los parqueaderos esta agrietada, la reparación le corresponde a la administración o cada apto tiene que arreglar la parte correspondiente al área privada de su parqueadero, gracias

    Responder
  49. JUAN Dice:

    Buenas noches. Tengo una pregunta, soy discapacitado en el conjunto donde vivo hay con migo 4 discapacitados y en la administración nos dice que nos toca rotar como todo propietario que posea vehiculó . tiene la razón o hay algún articulo en el reglamento de propiedad horizontal o en alguna otra parte que nos proteja? Muchas gracias.

    Responder
    • LUZADRIBER Dice:

      El decreto 1538 de 2005 dice que se debe dejar el 2 % de los parqueaderos de una propiedad horizontal para minusválidos.

      Responder
  50. ingrid Dice:

    Buenos dias

    podría aclararme la siguientes dudas

    1. vivo en un conjunto cerrado donde existe vigilancia y tiene administración cuando existe un robo en un apartamento quien debe responder por la perdida de lo hurtado, además es verdad que cada vez que salga del apartamento debo tomar fotos para demostrar que me robaron ???

    2. cuando compre mi apartamento venia con garaje incluido de la cual pago impuesto pero no tengo vehículo pero es utilizado sin mi permiso le he exigido a la administración que tome correctivos de que forma podría presionar ya que no quiero tener problemas con los residentes y si la administración multa cuando los carros que tienen carage porque no multan a los que toman garaje ajeno

    Responder
    • LUZADRIBER Dice:

      Invasión a la propiedad privada

      Responder
      • LUZADRIBER Dice:

        Artículo 367. Invasión de tierras o edificaciones, concurrirá en prisión de 2 a 5 años y multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
        Fecha de publicación de la norma 09/08/1996
        Fecha de expedición de la norma 05/08/1996

        Responder
  51. ingrid Dice:

    Vivo en un conjunto cerrado donde existe vigilancia y administración en mi apartamento me hurtaron cuando estuve ausente por problemas de salud el cual tuve que viajar de urgencia covid, segun la adminitradora yo tenia que demostrar con fotos como estaba mi apartamento antes del robo esto es cierto ya que cunatas veces debo tomar fotos cuando mi apartamento este vacio

    Responder
  52. Xavi Dice:

    Tengo arrendado el parqueadero de mi apartamento a un inquilino de otro apartamento, quién tiene una moto en mi parqueadero.
    De vez en cuando yo traigo un carro y con la autorización de mi arrendatario lo parqueo en el parqueadero. Los dos vehículos caben en el espacio y de pronto sobresale un poco el automovil, sin que afecte la movilidad ni parqueo de los demás vehículos.
    La administración ha amenazado a mi arrendatario con multas basados en que en el manual de convivencia está estipulado que no se pueden tener dos vehículos en cada parqueadero.
    Mi consulta es, que tan legal es que exista esa limitante en el Manual de Convivencia y que la administración impida que se parqueen los dos vehículos en un parqueadero privado y si no es legal y la administarción coloca las multas, cuál es el procedimiento para impugnarlas y lograr poder usar el parqueadero.
    Gracias

    Responder
  53. Elizabeth Dice:

    Buena tarde.
    Vivo en arriendo y voy a cambiarme de domicilio. Hoy cuando fuí a pagar los días de parqueadero que son 12 la administradora me dice que tengo que cancelar el mes completo. Quisiera que me orientaran si esto es legal. Muchas gracias

    Responder
  54. María Cabrera Dice:

    Bueno días ¿Qué sucede si en mi canon de arrendamiento está incluida la cuota de administración, pero en el edificio no hay administrador y, por consiguiente, no hay a quién acudir cuando se presentan inconvenientes con las zonas comunes?
    Gracias por su atención

    Responder
  55. Hernan Dice:

    Consulta: quiero saber si existe alguna norma o regulacion sobre el peso maximo del vehiculo en un parqueadero de un conjunto residencial?
    Gracias por sus comentarios

    Responder
    • M.L.C.D. Dice:

      MIRA TU REGLAMENTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL

      Responder
  56. Jhon Castiblanco B Dice:

    En mi conjunto tengo parqueadero privado porque es con escritura publica aparte del apto y allí estaciono mi moto al respaldo del vehículo, no excede el limite permitido me pasaron el dia de hoy un llamado de atención que porque no puedo tener dos vehículos en mi propio parqueadero privado pero acaso eso es viable si da a lugar a sabiendas que es un paqueadero privado y la administracion no puede tener derecho sobre el .

    Responder
  57. Monica Puentes Dice:

    De acuerdo a lo anterior, tengo inquietud la administración de la propiedad horizontal puede hacer cobro de cuotas adicionales a la administración para los propietarios de los parqueaderos privados?

    mi pregunta se realiza dado a que en mi conjunto residencial la administración esta tomando decisión de realizar cobros adicionales por el uso del parqueadero privado , este parqueadero se encuentra en escritura publica por lo que deseo saber si es posible entablar proceso legal por esta razón, gracias a quien me pueda responder

    Responder
  58. Patricia Rojas Dice:

    Buenas tardes, en mi conjunto los parquaderos son comunales si, yo no saco mi carro todo el tiempo o solo lo uso para viajar o hacer vueltas que ameriten ir en carro, ahora me dicen que debo sacar el carro todo el tiempo si yo soy propietario tengo derecho a parquear verdad? hay una ley que ampara..gracias

    Responder
  59. John Dice:

    En mi edificio hay parqueaderos pùblicos y privados. Con frecuencia noto que en mi ausencia mi parquedero es ocupado. La vigilancia es muy regular y l aadministraciòn ni se da cuenta.
    Què debo hacer?

    Responder
  60. JOHA Dice:

    EN LA UNIDAD DONDE VIVO SON PARQUEADEROS COMUNES Y PARA SU USO SE DEBE PRESENTAR SOAT VIGENTE?…… SI NO EL VEHICULO DEBE QUEDAR AFUERA O SEA SIN INGRESO.

    ES ADMITIBLE.

    Responder
  61. Maria f Gomez Dice:

    Buenos días, escribo para consultar sobre, tengo al interior del conjuntó residencial donde vivo un local comercial, tipo supermercado, el consejo de administración tomo la decisión de prohibirme el ingreso de los vehículos que me surten, argumentando que se dañan los adoquines, pero si veo que dejan ingresar carros con material de construcción y trasteo, a los que no les realizan ninguna prohibición.

    es legal esta prohibición y que debo hacer?

    Responder
  62. Maria f Gomez Dice:

    Buenos días,

    en el conjunto donde vivo, como propietaria, tengo un espacio arrendado para un pequeño supermercado, el consejo de administración decidió prohibirme el ingreso de los vehículos que me surten, con el argumento que se daña el adoquín, pero si veo que dejan ingresar carros con material de construcción o trasteos, que debo hacer, es legal que prohíban el ingreso de estos vehículos, si no hay manual de convivencia aprobado?

    Responder
  63. Antonio Gómez Peruchi Dice:

    Buenos días, la administradora ha permitido un estacionamiento sin cobro a un miembro del consejo, incurre en una falta?

    Responder
  64. diego novoa Dice:

    Buenas tardes una consulta .. existe alguna normatividad que diga que para asignación de parqueaderos comunales. CADA TRES MESES tengo que sacar certificado de tradición y libertad para tener derecho al parqueadero —-____

    Responder
  65. Sonia Dice:

    Buenas tardes, tengo una consulta;

    En el edificio hay un total de 96 parqueaderos todos privados y todos numerados y algunos son de discapacidad pero también privados (tienen escritura para cada propietario); sin embargo se supone que estos parqueaderos son para estacionar un vehículo (lo dice la escritura y el RPH); pero hay un propietario que parquea dos vehículos aduciendo que es su parqueadero y que los vehículos caben en el espacio. Que se puede hacer al respecto, porque entonces todos los parqueaderos de discapacidad podrían parquear dos vehículos, lo cual puede generar sobrecargas en la estructura. Gracias.

    Responder
  66. Lina Gonzalez Dice:

    quien tiene prioridad al ingresar a un parqueadero el vehiculo que entra o el vehiculo que sale?

    Responder
  67. Martha Morales Dice:

    tengo un apartamento con parqueadero privado con escrituras independientes, puedo vender el apartamento sin el parqueadero?

    Responder
  68. EDNA LUCIA GUERRERO CORTÉS Dice:

    Cordial saludo. Deseo hacerles una pregunta. Mi padre es propietario de un apto en el norte de Bogotá, pero no convive allí. Sin embargo, hace uso esporádico del parqueadero de visitantes ya que requiere un tratamiento médico por una cardiopatía que tiene. Cada vez que vamos a este procedimiento, dura el carro parqueado entre 2 a 3 días y por este servicio nos facturan $108.000 por día de parqueo (es decir $ 324.000 mensual), suma que ni siquiera pagan las personas que parquean allí todos los días (la mensualidad del parqueadero es de $60.000). Quisiera saber si tengo alguna manera de no pagar este valor, ya que mi padre es una persona de la tercera edad, con una enfermedad crónica y el edificio no cuenta con parqueadero para todos los apartamentos.

    Responder
  69. MARIA Dice:

    Buenas tardes. Si alguien puede aclararme esta duda: En la escritura dice que el conjunto tiene un area de 11.593 M2. La administración para generar el coeficiente ha sumado a esta área, los parqueaderos privados que están dentro del conjunto dando como resultado 13.950 M2 y es el area que utiliza para generar los coeficientes de cada apto. Esto es correcto? Muchas gracias por su apoyo.

    Responder
  70. Gabriel Dice:

    Soy arredatario en un conjunto, mi hermano presto el parqueadero a un vecino por tres meses, lleva ocho años, ahora requerimos el espacio de parqueo y no hemos podido sacarlo que debo hacer??

    Mil gracias por su ayuda

    [email protected]

    Responder
  71. Nestor Dice:

    Vivo en un primer piso, los carros que se parquean quedan a menos de un metro de mi ventana, la encender estos vehículos se llena el apto de olor a gasolina y smog, la administración no hace nada al respecto, así somos varios los aptos que les pasa esto, como hago o que se debe hacer para que estos vehículos parqueen de frente, cualquier ayuda lo agradeceré

    Gracias
    [email protected]

    Responder
  72. Milonga Dice:

    Felicitaciones por la claridad cuando se expresan los conceptos legales. Tengo la siguiente pregunta , Asistí en representación de mi esposa a la asamblea ordinaria de copropietarios, ¿ podría yo impugnar las decisiones que se tomaron, aunque sea ella quien aparece como dueña en la escritura? Podría ella concederme poder para que yo impugne en su nombre? Mil gracias. [email protected]

    Responder
  73. FRANCISCO DIAZ P Dice:

    Buenos dias vivo en un conjunto residencial en un primer piso frente a mi apartamento quedan los parqueros de otras torres los propietarios de vehiculos los estacionan en reversa ocasionando que la emision de gases penetre por las ventanas ya que la cola del vehiculo queda a solo 60 cmts de de dichas ventanas a pesar de que en el manual de convivencia se pide estacionar de frente pero no se cumple y la administracion no hace nada ya he pasado quejas he inclusive un derecho de peticion pero ni siquiera me contestan que puedo hacer o-a quien recurrir y que norma me proteje ya que estan afectando la salud de un niño y dos adultos mayores asi como el derecho a la vida y el bienestar segun la constitucion AGRADESCO SU RESPUESTA

    Responder
  74. faro Dice:

    en en conjunto residencial pueden cobrar el uso del parqueadero para visitantes a los visitantes y cual el valor maximo autolizado

    Responder
  75. fernando Dice:

    Hola, tengo una duda, puede la asamblea de propietarios modificar la posicion de los parqueaderos privados? podria exigir que los parqueaderos privados sean traladados a otro sitio de la propiedad para hacer modificaciones en la zona comun ?

    Responder
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