Manejo de parqueaderos en la propiedad horizontal

En la propiedad horizontal donde se combinan bienes privados, comunes y comunes de uso exclusivo, el manejo de los parqueaderos es un tema que se debe abordar adecuadamente para evitar conflictos.

Parqueaderos de uso privado.

Los parqueaderos de uso privado son aquellos que son propiedad del copropietario dueño del apartamento, casa o local comercial, y el uso, por ser un bien privado, es exclusivo de su propietario; la administración no puede restringirlo de ningún modo.

Propiedad horizontal en Colombia.Normas y reglas que rigen la propiedad horizontal, y las obligaciones y deberes de los copropietarios.

Estos espacios hacen parte de la esfera privada de cada copropietario, y este, así no tenga carro, tiene el derecho a disponer de él, y, por supuesto, no puede ser utilizado ni por otro propietario, ni por visitantes; la administración no puede disponer de él sin la autorización del dueño.

Parqueaderos comunes de uso exclusivo.

Existen parqueaderos comunes de uso exclusivo, que son asignados por la administración de acuerdo al reglamento de propiedad horizontal.

En algunos conjuntos no existen parqueaderos privados, sino comunes que son asignados a los propietarios según los criterios que previamente se hayan fijado en el reglamento o según los criterios que se fijen en la asamblea de copropietarios.

Parqueadero de visitantes.

Los parqueaderos de visitantes son aquellos de uso exclusivo para las personas visitantes de los copropietarios del conjunto, y son distintos a los privados o a los comunes destinados para el uso de los copropietarios.

Cobro de parqueadero a visitantes de la propiedad horizontal.

La propiedad horizontal puede, válidamente, fijar un cobro por el uso de los parqueaderos de visitantes.

El cobro de parqueaderos a visitantes se puede hacer por razones de control o por razones económicas.

Asamblea de copropietarios en la propiedad horizontal.Aspectos a considerar sobre las asambleas de copropietarios ordinarias y extraordinarias en la propiedad horizontal.

El cobro de los parqueaderos a visitantes debe ser aprobado por la asamblea general de copropietarios.

Asignación de parqueaderos de visitantes para uso exclusivo.

Los parqueaderos de visitantes no pueden ser entregados para uso exclusivo de copropietarios ni de las personas que hacen parte de la administración.

Al respecto, señala el inciso segundo del artículo 22 de la Ley 675 de 2001:

«Los parqueaderos de visitantes, accesos y circulaciones y todas las zonas comunes que por su naturaleza o destino son de uso y goce general, como salones comunales y áreas de recreación y deporte, entre otros, no podrán ser objeto de uso exclusivo.»

Como su nombre lo indica, el parqueadero de visitantes es para los visitantes, y al respecto señala el Ministerio de Vivienda en su cartilla sobre propiedad horizontal:

«En cuanto a la prohibición de uso de los parqueaderos de visitantes, por parte de los propietarios o residentes de un edificio o conjunto, es administrativamente correcta en cuanto dichos parqueaderos no pueden ser usados por estos ni en forma permanente ni transitoria, pues los parqueaderos de visitantes son única y exclusivamente para el uso de los visitantes de la copropiedad.»

En algunos conjuntos se tolera que los copropietarios que tienen dos vehículos utilicen el parqueadero de visitantes, pero ello no significa que sea correcto, y esa práctica suele convertirse en fuente de conflicto, puesto que crea inequidad y, en algún momento, impedirá que la visita de algún copropietario pueda parquear su vehículo, lo que inevitablemente causará molestias entre los copropietarios.

Restringir uso de parqueaderos a copropietarios morosos.

Cuando se trata de parqueaderos de uso común, la propiedad horizontal puede impedir que sean utilizados por los copropietarios morosos.

Así lo señala el Ministerio de Vivienda en su cartilla:

«La prohibición de uso de los parqueaderos comunes de un edificio o conjunto como medida correctiva a los deudores morosos es correcta cuando el parqueadero corresponde a la categoría de bien común.»

Esto aplica para parqueaderos de visitantes y comunes de uso exclusivo, más no para parqueaderos de uso privado.

Sanciones y multas en la propiedad horizontal.Sanciones y multas que se pueden imponer en una propiedad horizontal, y el procedimiento sancionatorio que se debe seguir.

Consultar la cartilla de propiedad horizontal del Ministerio de Vivienda.

Arrendamiento de parqueaderos.

Los copropietarios que tienen parqueaderos de uso privado pueden arrendarlos en virtud de lo señalado en el parágrafo 4 del artículo 5 de la Ley 675 de 2001:

«El reglamento de administración de la propiedad horizontal no podrá contener normas que prohíban la enajenación o gravamen de los bienes de dominio privado, ni limitar o prohibir la cesión de los mismos a cualquier título.»

En cuanto a los parqueaderos de visitantes, se puede cobrar su uso, pero no arrendarlo, puesto que ello implicaría una asignación de uso exclusivo para quien lo toma en arriendo, y ello está prohibido por la ley.

En el caso de parqueaderos comunes de uso exclusivo, se puede cobrar por esa asignación y goce, pero no necesariamente sería un arrendamiento.

Impuestos en el alquiler o arrendamiento de parqueaderos.

Cuando la propiedad horizontal cobra el uso de parqueadero, está prestando un servicio gravado con el IVA, pues así lo señala expresamente el artículo 462-2 del estatuto tributario.

Obligaciones tributarias de la propiedad horizontal.La propiedad horizontal, dependiendo la destinación sus bienes privados y comunes, debe asumir algunas obligaciones tributarias.

Por este solo hecho, la propiedad horizontal se puede convertir en responsable del IVA debiendo presentar la respectiva declaración, lo que obliga a considerar si se justifica o no cobrar por el uso de parqueaderos, pues en algunos casos puede que los ingresos obtenidos por ese concepto no justifiquen el costo de ser responsable del IVA.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2019, diciembre 3). Manejo de parqueaderos en la propiedad horizontal [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/manejo-de-parqueaderos-en-la-propiedad-horizontal.html

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  1. JULIANA2 (agosto 28 de 2024)

    Buenos días, soy arrendatario de un apartamento que tiene parqueadero privado y hago uso de él, pero me llegó una carta del administrador indicándome que, debido a obras que van a realizar en la zona de parqueo, debo desocuparlo en 2 días y por un periodo de 1 mes. Si se puede avisar con tan poco tiempo para desocupar el parqueadero, ¿el costo de salir a buscar un sitio donde arrendar para guardar el carro por ese mes corre por cuenta del arrendador o del arrendatario? Gracias.

    Responder
  2. Marta Lucia Gomez Gutierrez (julio 30 de 2024)

    Buenas tardes. Para consultar sobre un edificio que administro, desean convertir un área de circulación en parqueadero de visitantes. ¿Qué se debe hacer?

    Responder
  3. Wilson Enrique (junio 5 de 2024)

    En mi conjunto existen parqueaderos comunales y privados. Sucede que algunos propietarios de parqueaderos (privados) están subarrendando este espacio, pero para motos de particulares. En este espacio caben 8 motos, lo que genera administración, vigilancia, aseo y posibles casos de inseguridad. Mi pregunta es si existe algún artículo de ley que prohíba el usufructo de estos espacios, sabiendo que es un espacio privado y exclusivo para autos o una moto.

    Responder
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a Wilson Enrique (junio 5 de 2024)

      La ley 675 de 2001 no regula ese aspecto, el cual debe ser regulado por la propiedad horizontal, y si no existe tal regulación, en la asamblea de copropietario se puede presentar una propuesta ene se sentido con las justificaciones correspondientes.

      Responder
  4. David (junio 1 de 2024)

    Si yo soy arrendatario y pago al día mi arriendo y mi administración, que incluye el parqueadero de moto en un conjunto cerrado, pero la dueña del apartamento debe un valor correspondiente a arreglos de fachadas, ¿puede la administración quitarme el parqueadero, aun cuando ese cobro no me corresponde?

    Responder
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      Gerencie.com en respuesta a David (junio 1 de 2024)

      En primer lugar, depende de lo que diga el reglamento. Si el reglamento o la asamblea han aprobado suspender el servicio de parqueadero a quienes estén en mora, entonces es posible hacerlo, y se hará respecto al inmueble que adeuda las cuotas independientemente de si quien vive allí es el propietario o el arrendatario. Si no existe tal medida el administrador no puede inventársela y aplicara según su criterio.

      Ahora, si por incumplimiento del propietario usted se ve privado del disfrute el inmueble por el que está pagando arriendo, hay incumplimiento del contrato por parte del arrendador y es un asunto que debe resolverse con el, e incluso podría dar lugar a que usted de por terminado el contrato de arrendamiento.

      Responder
  5. MARIA (mayo 9 de 2024)

    Es legal que la Administradora aplique a las multas y sanciones los dineros cancelados por concepto de pago de administración de algún residente.

    Responder
  6. FRANCISCO DIAZ P (mayo 4 de 2024)

    En mi conjunto, los vehículos se parquean en reversa contra las ventanas de los apartamentos, quedando a escasos sesenta centímetros o menos, lo que ocasiona contaminación por emisión de gases. ¿A dónde puedo recurrir para que se evite este inconveniente o qué norma regula esta conducta? La contaminación está afectando mi salud como persona adulta mayor (73 años) y la de mi nieto de 8 años, ya que no ha sido posible que la administración y el consejo administrativo solucionen esto, violando mis derechos fundamentales, como el derecho a la salud, por consiguiente, el derecho a la vida y otros consagrados en nuestra Constitución Nacional. Agradezco su colaboración con esta consulta.

    Responder
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a FRANCISCO DIAZ P (mayo 5 de 2024)

      En primer lugar, es un asunto que debería ser planteado en la asamblea general de copropietarios, la única que puede modificar el reglamento para incorporar restricciones en la forma en que se utiliza el parqueadero, y en lo posible acompañar la solicitud con algún informe médico o técnico que valide su inquietud por la afectación a su salud.

      Responder
  7. Luz Martin (marzo 19 de 2024)

    Buen día. Quiero saber si en la Asamblea se aprobó cobrar por el uso del bicicletero una cuota mensual. ¿Es legal esto? En el reglamento de propiedad horizontal no se menciona el pago por el uso del bicicletero. Gracias.

    Responder
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a Luz Martin (marzo 20 de 2024)

      Si se esa decisión se ha aprobado con las mayorías requeridas, sí es legal, puesto que esa es una de la funciones de la asamblea de copropietarios.

      Responder
  8. Everardo gonzalez rojas. (marzo 12 de 2024)

    Las paredes de los parqueaderos privados en la copropiedad pueden ser utilizadas por los dueños del espacio o celda de parqueo para clavar soportes y colgar paquetes grandes.

    Responder
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a Everardo gonzalez rojas. (marzo 12 de 2024)

      Dependerá de lo que haya establecido la propiedad horizontal en sus normas internas. En general no se permite, pero se debe consultar cada caso particular.

      Saludos

      Responder
  9. Jose Fernando Rios (diciembre 4 de 2023)

    Buenos días, quiero preguntar qué manejo se le debe dar a un parqueadero en una unidad abierta.

    Responder
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a Jose Fernando Rios (diciembre 5 de 2023)

      Buenos día, José Fernando.

      En una unidad abierta el parqueadero no es común ni privado, prácticamente es público, por lo que, si bien los vecinos se pueden organizar de algún modo que encuentren una solución satisfactoria para todos, tal acuerdo no es vinculante.

      Saludos

      Responder
  10. eimy moreno (noviembre 27 de 2023)

    Buenas noches.

    Sucede que tengo un apartamento en un edificio de cuatro pisos, en el cual no está constituida la propiedad horizontal ni nada. Desde hace tres años tengo inconvenientes con los arrendatarios y dueños del apartamento, ya que ningún inquilino les sirve. Cada vez que arriendo mi apartamento, molestan tanto a los inquilinos que en dos meses se me van. No hacen más que llamarme, escribirme y molestarme, que los niños de los señores que viven allí son un problema, que tienen un perro que molesta, y, en fin, un sinnúmero de cosas que me tienen aburrida.

    También pasaron una cotización para pintar el edificio, pero en esa cotización no está incluida la fachada del edificio. Mi apartamento es uno de los que tiene vista a la calle y, según ellos, debo pintar solo yo las barandas y la fachada de mi apartamento.

    Ahora resulta que se les ha dado por molestar porque no cuento con parqueadero para el apartamento. Ellos hablaron con el señor que construyó y él dijo que no, que nunca me vendió el derecho a parqueadero. En la escritura no aparece, pero en el contrato de compraventa sí consta que tengo derecho a parqueadero para moto. ¿Por qué es imposible que, de todos los apartamentos del edificio, mi apartamento sea el único que no cuenta con parqueadero?

    ¿Qué debo hacer? Gracias.

    Responder
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a eimy moreno (noviembre 28 de 2023)

      Buenos días, Eimy

      Es una situación difícil de resolver porque no existe un reglamente que regule el comportamiento de los vecinos.

      La única posibilidad es llamar al vecino a un centro de conciliación o de convivencia, que tampoco tiene muchas herramienta para corregir la situación.

      En estos casos, lo más saludable es vender el apartamento y huir de un problema que puede no tener solución.

      Saludos

      Responder
  11. cesar (noviembre 25 de 2023)

    hola, tengo una pues duda o mas bien, inquietud porque en mi conjunto, claro que hay numeraciones ara los carros
    por ejemplo 26 25 24 23 22 21 20, ok
    esta semana vi que habia el numero 5 4 3 2 y el 1 hay? donde esta el 1? no deberia estar, debe ser todo desde la a hasta la z, bueno al lado del 2, debiara venir un 1, pero esta es un espacios para discapasitado ,osea son designados para personas con discapicidad, solo mi inquietud es ese lote o esspacio es enumerado osea es el 1?, ammm pense que lo era pero me dije porque no l ponen el numero 1 para que no empiece el orden desde el 2, seria como bcdefghijklñmnopqrst, ya, osea ese espacio ya vi por internet que no usan numeros en las imagenes que vi, pues eso solo es una pequeña inquietud jejej, soy muy cuirioso, bueno si me dije si si esta de primero es el numero 1, eso fue ayer que no vi las imagenes y pense porque no le ponen los numeros hay dos espacios de esos uno frente a otro y hoy vi las imagenes y ninguna de parqueo especial posee numero, porque me dije el parqueadero el espaicio tambien tiene otro espacio para discapasitados y dije si tampoco tiene numero y al lado de el esta el numero 117, el debe ser el 118, eso fue ayer, entonces no se si el primer espacio de discapasitado es el primero, pero puede ser asi por orden, pero tampoco puede ser asi porque empesaria la numeracion desde el 1 2 3 4 5 sin enumerar el sitio, entonces, pense entonces si no se enumeran no es el 1? un vigilante me dijo ayer, aya , es que ese es especial y viene el 2 el 3 el 4 parqueo y este de aca osea al ado derecho izquierdo hay un espacio parqueadero grandesito de motos el me dijo este es el 1, e primero y yo dije ahhhhhhhh, claro es un espacio mas grande dodne caben como 20 motos y tiene unas pequeñas numeraciones, que ni se usan porque las motos las ponen desordenadas. jejejej, bueno ahroa asi si pues e me dijo que el uno es el parqueadero lde motos pero, bueno le crei, y tiene ,as sentido, hasya le pregunte a la IA es aveces son formas de los diseñadores o cuestiones de espacios o logica. gracias de antemado por este pensamiento, es algo simple solo, que yo estube en la facultad de arquitectura, y pues veo mucho los detalles y en mi edificios hay detalles horribles, espeluznantes, ya no hay pasion, trabajar por trabajar, asi lo es, en si tenia 2) formas que mi mente conciente uso, 1) el numero 1 es evidente el parqueadero 1, el azul del dibujo de discapasitados, pero me dije aja porque abajo no le pusieron un 1, para enumerarlo, puedo ser asi de logica no ponerlo porque es el primero y despues viene el 2 y 34567891011121314, y pense eso a yaaaa, es el primer, y es especial, no hay necesidad de enumerar, y hoy vi en fotos de bing, que no encontre ninguno enumerado, a yaa ,dije hoy entonces es el primero y es el uno(1) pues no hay necesidad de enumerar, PORQUE ES EL PRIMERO DE LA LSITA, pero no se si sea el primero o el anterior de las motos, en si como que me estreso ese problemita, despues ayer me di cuenta , que si ese es el 1 entonces el 118 que esta al frente de el azul para discapacitados seria el 118, entonces no se si se enumeran, los espacios especiales o si, pero lo queme dijo el vigilante que el 1 es el espacio grnade de las motos, puede ser verdad. en si dejemos esos espacios azules quietos sin numeros y pues en mi conjunto se empieza por el ..espacio de motos como el estacionamiento numero (1), no se si suenma bobo, porque ayer le iba a preguntar a la arquitecta y como que penso que la iba a cotetear o algo que mal sentido de algunas profesionales, solo era ua pregutna de diseño y logistica, la inteligencia artificial chat gtp. si me dijo que aveces se designarn numeros distintos al 1 en este caso 2 para reservar el 1 a otros espacios o intereses o logica de diseño, pues le creo al vigilante que es mi amigo y a la ia, me puedes dar tu punto de vista, a este detalle, jejejjeejej,pensaras que tipo detallista.

    Responder
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a cesar (noviembre 25 de 2023)

      Buenas tardes, César.

      La decisión empezar la numeración desde el segundo parqueadero, es una forma de reservar una plaza para otros fines, decisión que por lo general toma el constructor.

      En el reglamento de propiedad debería figurar el uso del parqueadero sin numerar, uso que la asamblea puede cambiar si así lo desea.

      En generar no hay ningún problema con dejar de numerar un parqueadero, siempre y cuando un copropietario no haga uso de él, pues se debe respetar el uso asignado por la propiedad horizontal.
      Saludos.

      Responder
  12. Fernando Rodríguez (octubre 25 de 2023)

    Tengo un parqueadero privado y en él tengo un vehículo con un eje partido, el cual se le está cambiando. A pesar de no molestar, ni hacer ruido, ni hacer uso de los recursos del conjunto o de espacios adicionales, se me va a cobrar una multa por no llevarlo a un taller. Sin embargo, el auto en esas condiciones no puedo sacarlo. ¿Qué puedo alegar? Gracias.

    Responder
  13. Martha (octubre 2 de 2023)

    Tengo un apartamento en un conjunto cerrado al cual le pertenece un parqueadero de un área muy limitada que apenas le cabe un auto pequeño. El parqueadero está delimitado por una línea amarilla de los vecinos. Resulta que uno de ellos, además de tener una camioneta grande que estaciona al lado, también posee una motocicleta, la cual estaciona sobre la línea amarilla que delimita, de un lado, mi parqueadero. Esto me incomoda y me estorba para salir y entrar a mi auto. Además, en varias ocasiones se ha topado o tocado con mi carro. Ni ha sido posible, por las buenas, hacer que mueva la moto, que está sobre esta línea amarilla, lo que me incomoda y estorba, además de ser una permanente amenaza para un rayón en la pintura de mi carro.

    ¿Existe alguna norma que prohíba este tipo de estacionamiento como medida preventiva para evitar un conflicto entre vecinos?

    Responder
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a Martha (octubre 21 de 2023)

      Buenas tardes, Martha

      No conocemos una norma específica para esos casos por lo que es preciso remitirse al reglamento de convivencia, y en todo caso, presentar su caso ante el comité de convivencia.

      Saludos

      Responder
  14. fernando (septiembre 25 de 2023)

    Hola, tengo una duda: ¿puede la asamblea de propietarios modificar la posición de los parqueaderos privados? ¿Podría exigir que los parqueaderos privados sean trasladados a otro sitio de la propiedad para hacer modificaciones en la zona común?

    Responder
  15. faro (julio 26 de 2023)

    En un conjunto residencial, ¿se puede cobrar el uso del parqueadero para los visitantes? ¿Cuál es el valor máximo autorizado?

    Responder
  16. FRANCISCO DIAZ P (abril 26 de 2023)

    Buenos días. Vivo en un conjunto residencial en un primer piso. Frente a mi apartamento están los parqueros de otras torres; los propietarios de vehículos los estacionan en reversa, lo que ocasiona que la emisión de gases penetre por las ventanas, ya que la parte trasera del vehículo queda a solo 60 cm de dichas ventanas. A pesar de que en el manual de convivencia se solicita estacionar de frente, esto no se cumple y la administración no hace nada. He presentado quejas e incluso un derecho de petición, pero ni siquiera me contestan. ¿Qué puedo hacer o a quién recurrir y qué norma me protege? Me están afectando la salud de un niño y dos adultos mayores, así como el derecho a la vida y al bienestar según la Constitución. Agradezco su respuesta.

    Responder
    • legal en respuesta a FRANCISCO DIAZ P (octubre 25 de 2023)

      Impetro una acción de tutela contra la Administración del conjunto por violación al derecho de petición, debido a que se encuentran en peligro inminente personas de alta vulnerabilidad y de especial protección constitucional.

      Responder
  17. Milonga (abril 14 de 2023)

    Felicitaciones por la claridad al expresar los conceptos legales. Tengo la siguiente pregunta: asistí, en representación de mi esposa, a la asamblea ordinaria de copropietarios. ¿Podría yo impugnar las decisiones que se tomaron, aunque ella sea la que aparece como dueña en la escritura? ¿Podría ella concederme poder para que yo impugne en su nombre? Mil gracias. [email protected]

    Responder
  18. Nestor (marzo 15 de 2023)

    Vivo en un primer piso. Los carros que se parquean quedan a menos de un metro de mi ventana. Al encender estos vehículos, se llena el apartamento de olor a gasolina y smog. La administración no hace nada al respecto. Somos varios los apartamentos que experimentamos esto. ¿Qué puedo hacer o qué se debe hacer para que estos vehículos estacionen de frente? Cualquier ayuda la agradeceré.

    Gracias.
    [email protected]

    Responder
  19. Gabriel (marzo 13 de 2023)

    Soy arrendatario en un conjunto. Mi hermano prestó el parqueadero a un vecino por tres meses, pero ya lleva ocho años. Ahora requerimos el espacio de parqueo y no hemos podido recuperarlo. ¿Qué debo hacer?

    Mil gracias por su ayuda.

    [email protected]

    Responder
  20. MARIA (marzo 4 de 2023)

    Buenas tardes. Si alguien puede aclararme esta duda: en la escritura se indica que el conjunto tiene un área de 11.593 m². La administración, para generar el coeficiente, ha sumado a esta área los parqueaderos privados que están dentro del conjunto, dando como resultado 13.950 m². Este es el área que utilizan para generar los coeficientes de cada apartamento. ¿Esto es correcto? Muchas gracias por su apoyo.

    Responder
  21. EDNA LUCIA GUERRERO CORTÉS (febrero 5 de 2023)

    Cordial saludo. Deseo hacerles una pregunta. Mi padre es propietario de un apartamento en el norte de Bogotá, pero no convive allí. Sin embargo, hace uso esporádico del parqueadero de visitantes, ya que requiere un tratamiento médico por una cardiopatía que padece. Cada vez que vamos a este procedimiento, el automóvil permanece parqueado entre 2 y 3 días, y por este servicio nos facturan $108,000 por día de parqueo (es decir, $324,000 mensual), suma que ni siquiera pagan las personas que estacionan allí todos los días (la mensualidad del parqueadero es de $60,000). Quisiera saber si tengo alguna manera de no pagar este valor, ya que mi padre es una persona de la tercera edad, con una enfermedad crónica, y el edificio no cuenta con parqueadero para todos los apartamentos.

    Responder
  22. Martha Morales (enero 28 de 2023)

    Tengo un apartamento con parqueadero privado y escrituras independientes. ¿Puedo vender el apartamento sin el parqueadero?

    Responder
  23. Lina Gonzalez (enero 11 de 2023)

    ¿Quién tiene prioridad al ingresar a un parqueadero: el vehículo que entra o el vehículo que sale?

    Responder
  24. Sonia (noviembre 1 de 2022)

    Buenas tardes, tengo una consulta:

    En el edificio hay un total de 96 parqueaderos, todos privados y numerados, y algunos son de discapacidad, pero también privados (tienen escritura para cada propietario). Sin embargo, se supone que estos parqueaderos son para estacionar un vehículo (lo indica la escritura y el RPH). No obstante, hay un propietario que parquea dos vehículos, aduciendo que es su parqueadero y que los vehículos caben en el espacio.

    ¿Qué se puede hacer al respecto? Porque, entonces, todos los parqueaderos de discapacidad podrían estacionar dos vehículos, lo cual podría generar sobrecargas en la estructura. Gracias.

    Responder
  25. diego novoa (octubre 11 de 2022)

    Buenas tardes, tengo una consulta. ¿Existe alguna normatividad que indique que, para la asignación de parqueaderos comunales, cada tres meses debo solicitar un certificado de tradición y libertad para tener derecho al parqueadero?

    Responder
  26. Antonio Gómez Peruchi (septiembre 20 de 2022)

    Buenos días, la administradora ha permitido un estacionamiento sin cobro a un miembro del consejo. ¿Incurre en una falta?

    Responder
  27. Maria f Gomez (agosto 18 de 2022)

    Buenos días,

    En el conjunto donde vivo, como propietaria, tengo un espacio arrendado para un pequeño supermercado. El consejo de administración decidió prohibirme el ingreso de los vehículos que me surten, con el argumento de que se daña el adoquín. Sin embargo, he observado que permiten la entrada de carros con material de construcción o trasteos. ¿Qué debo hacer? ¿Es legal que prohíban el ingreso de estos vehículos si no hay un manual de convivencia aprobado?

    Responder
  28. Maria f Gomez (agosto 18 de 2022)

    Buenos días, escribo para consultar sobre un tema. Tengo un local comercial tipo supermercado dentro del conjunto residencial donde vivo. El consejo de administración tomó la decisión de prohibirme el ingreso de los vehículos que me surten, argumentando que se dañan los adoquines. Sin embargo, he observado que permiten el ingreso de carros con material de construcción y trasteo, a los que no les realizan ninguna prohibición.

    ¿Es legal esta prohibición y qué debo hacer?

    Responder
  29. JOHA (julio 13 de 2022)

    En la unidad donde vivo hay parqueaderos comunes y para su uso se debe presentar el SOAT vigente. Si no, el vehículo debe quedar afuera, es decir, sin ingreso.

    ¿Es admisible?

    Responder
  30. John (mayo 23 de 2022)

    En mi edificio hay parqueaderos públicos y privados. Con frecuencia, noto que, en mi ausencia, mi parqueadero es ocupado. La vigilancia es muy regular y la administración ni se da cuenta.
    ¿Qué debo hacer?

    Responder
  31. Patricia Rojas (abril 4 de 2022)

    Buenas tardes. En mi conjunto, los parquaderos son comunales. Yo no saco mi carro todo el tiempo; solo lo uso para viajar o hacer diligencias que ameriten ir en carro. Ahora me dicen que debo sacar el carro todo el tiempo. Si yo soy propietario, ¿tengo derecho a parquear, verdad? Hay una ley que ampara esto. Gracias.

    Responder
  32. Monica Puentes (marzo 9 de 2022)

    De acuerdo con lo anterior, tengo la inquietud de si la administración de la propiedad horizontal puede hacer cobro de cuotas adicionales a la administración para los propietarios de los parqueaderos privados.

    Mi pregunta se plantea porque en mi conjunto residencial la administración está tomando la decisión de realizar cobros adicionales por el uso del parqueadero privado. Este parqueadero se encuentra en escritura pública, por lo que deseo saber si es posible entablar un proceso legal por esta razón. Agradezco a quien me pueda responder.

    Responder
  33. Jhon Castiblanco B (febrero 4 de 2022)

    En mi conjunto tengo parqueadero privado porque es una escritura pública aparte del apartamento, y allí estaciono mi moto detrás del vehículo. No excede el límite permitido. El día de hoy recibí un llamado de atención porque dicen que no puedo tener dos vehículos en mi propio parqueadero privado. Pero, ¿acaso eso es viable? Teniendo en cuenta que es un parqueadero privado, la administración no puede tener derecho sobre él.

    Responder
  34. Hernan (enero 30 de 2022)

    Consulta: Quiero saber si existe alguna norma o regulación sobre el peso máximo de los vehículos en un parqueadero de un conjunto residencial.
    Gracias por sus comentarios.

    Responder
    • M.L.C.D. en respuesta a Hernan (febrero 3 de 2022)

      Mira tu reglamento de propiedad horizontal.

      Responder

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