En el imaginario popular existe la creencia que cuando el arrendador le pide la casa al arrendatario, este no debe pagar los últimos meses de arriendo. ¿Qué de cierto hay en esto?
No hay arriendo gratis.
La ley no impone al arrendador la obligación de darle 1, 2 o 3 meses de arriendo gratis al inquilino. Esta es una creencia equivocada que se ha convertido en leyenda popular.
El arrendatario tiene la obligación de pagar todos los cánones de arrendamiento que se causen hasta el último día del contrato, hasta que entregue el inmueble al arrendador.
Es así, incluso cuando se le pide al inquilino desocupar la casa sin que haya incumplido con el contrato de arrendamiento.
Indemnización al arrendatario en lugar de arriendo gratis.
Existe en el imaginario popular la creencia de que el inquilino tiene tres meses para desocupar la casa, y que no debe pagar el arriendo por eses tres meses, pero la cosa no es así.
Sí es cierto que el arrendatario tiene un plazo de 3 meses para entregar el inmueble, en la medida en que el arrendador debe notificar al arrendatario con 3 meses de anticipación a la expiración del término de duración del contrato, de que no lo renovará, pero una vez terminado el contrato, el inmueble debe ser entregado sin plazo adicional.
Y la notificación con tres meses de anticipación aplica solamente cuando el arrendador termina el contrato de arrendamiento de forma unilateral y sin que medie incumplimiento por parte del arrendador, situación contemplada por el artículo 22 de la ley 820 de 2003 en su numeral 7:
«El arrendador podrá dar por terminado unilateralmente el contrato de arrendamiento durante las prórrogas, previo aviso escrito dirigido al arrendatario a través del servicio postal autorizado, con una antelación no menor de tres (3) meses y el pago de una indemnización equivalente al precio de tres (3) meses de arrendamiento.»
Y ahí el origen de los tres meses gratis de arriendo cuando se le pide el inmueble al arrendatario:
- Se requiere una notificación con 3 meses de antelación.
- Se debe pagar una indemnización equivalente a 3 meses de arrendamiento.
Como se observa, los 3 meses de indemnización coinciden con los tres meses de anticipación en la notificación de la terminación del contrato de arrendamiento.
Lo que sucede aquí es lo siguiente:
- El arrendatario debe pagar todos los meses de arriendo.
- El arrendador debe pagar al inquilino una indemnización igual a 3 meses de arriendo.
Entonces, las partes cruzan cuentas, y lo que resulta de ese acuerdo es que el arrendatario no paga los últimos 3 meses de arriendo, pero entonces el arrendador no paga la indemnización de los 3 meses de arriendo y todos felices.
Lo que no puede pretenderse es que el inquilino deje de pagar los últimos tres meses de arriendo, y luego pretender que el arrendador le pague los tres meses de indemnización. Eso no lo considera la ley.
Además, esa indemnización de 3 meses de disminuye a 1.5 meses de arriendo en el siguiente caso:
«La plena voluntad de dar por terminado el contrato, siempre y cuando, el contrato de arrendamiento cumpliere como mínimo cuatro (4) años de ejecución. El arrendador deberá indemnizar al arrendatario con una suma equivalente al precio de uno punto cinco (1.5) meses de arrendamiento.»
Así en el mismo orden de ideas, en este caso los tres meses de arriendo gratis se convierten en mes y medio.
Y, se repite una vez más, que esto se presenta única y exclusivamente cuando el arrendador termina el contrato de arrendamiento sin que exista una justa causa, simplemente por su plena voluntad.
Si hay incumplimiento del contrato por parte del arrendatario, no hay notificación previa de 3 meses para terminar el contrato, ni hay 3 meses de indemnización.
Ahora, si la razón por la que el arrendador termina unilateralmente el contrato de arrendamiento es una de las siguientes, el asunto se trata de forma diferente:
- Cuando el propietario o poseedor del inmueble necesitare ocuparlo para su propia habitación, por un término no menor de un (1) año.
- Cuando el inmueble haya de demolerse para efectuar una nueva construcción, o cuando se requiere desocuparlo con el fin de ejecutar obras independientes para su reparación.
- Cuando haya de entregarse en cumplimiento de las obligaciones originadas en un contrato de compraventa.
En tal caso la notificación de la terminación del contrato se debe hacer mínimo con 3 meses de anticipación, y, además, se debe constituir una garantía en favor del arrendatario según el inciso segundo del literal d) del numeral 8 del artículo 22 de la ley 820 de 2003:
«Cuando se trate de las causales previstas en los literales a), b) y c), el arrendador acompañará al aviso escrito la constancia de haber constituido una caución en dinero, bancaria u otorgada por compañía de seguros legalmente reconocida, constituida a favor del arrendatario por un valor equivalente a seis (6) meses del precio del arrendamiento vigente, para garantizar el cumplimiento de la causal invocada dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de la restitución.»
No es una indemnización que se pague al inquilino, sino una garantía que se hará efectiva si el arrendatario no da cumplimiento a las causales que alegó para terminar el contrato de arrendamiento.
Pero, se repite, si el arrendador no alega ninguna causal para terminar el contrato, sino que lo hace porque sí, entonces procede el pago de los 3 meses de indemnización al que ya hicimos referencia.
Esto es válido para el contrato de arrendamiento de vivienda urbana, no siendo extensible al arrendamiento de locales comerciales y demás inmuebles.
Preguntas frecuentes.
A continuación, las preguntas frecuentas que nuestros lectores suelen hacer respecto al tema tratado en esta nota.
Derechos del arrendatario por antigüedad.
La ley no contempla derechos especiales al inquilino o arrendatario por antigüedad, excepto en el caso del arrendamiento de locales comerciales, que luego de 2 años de arrendamiento adquiere el derecho a que le sea renovado en los términos del artículo 518 del código de comercio.
¿El arrendamiento se paga por adelantado?
La ley nada obliga al respecto y depende de lo que las partes acuerden en el contrato, así que se puede acordar que el pago del arrendamiento sea anticipado, o sea mes vencido.
Cuántos días tengo para pagar el arriendo.
Una vez más, depende de lo que se haya acordado en el contrato de arrendamiento, y el pago se debe hacer como máximo en el tiempo indicado.
Por ejemplo, se suele acordar que el pago se haga en los primeros 5 días del mes, así que si se hace en el día 6 el arrendatario está incumpliendo, y si bien el arrendador puede tolerar esos pequeños incumplimientos, no dejan de ser un incumplimiento.
Cómo pedir un inmueble arrendado.
Cuando el arrendador decide pedirle el inmueble arrendado al inquilino, lo ideal es que lo haga por escrito, que servirá como aviso de no renovación o terminación del contrato.
En dicho a viso se indica la causa por la que se termina el contrato, y el plazo en que el inquilino debe hacer entrega del inmueble.
Cómo se paga el arriendo de una casa.
El pago del arrendamiento se puede hacer de cualquier forma, como en efectivo o mediante transferencia bancaria.
El pago se puede hacer por otros medios como cheques, pero con la anuencia del arrendador.
Siempre se debe conservar la constancia del pago, que si es en efectivo se hace firmar un recibo de pago.
mayo 31st, 2019 a las 1:04 pm
Buenas tardes
Tengo una inquietud. Tenía un contrato de arrendamiento a través de inmobiliaria, que se terminaba el 31 de enero de 2019. No avisé la terminación con la debida anticipación, por lo cual pagué los 3 cánones de destrate y avisé mediante correo electrónico que entregaría la vivienda el 28 de febrero. La inmobiliaria no me recibió la casa el 28 porque a pesar de haberla revisado 3 días antes no me aceptó algunas de las reparaciones que hice y solo me recibió el 5 de marzo. Luego me expidió una factura por los 5 días adicionales y me reportó a la aseguradora. Yo de todas maneras pagué a la aseguradora, sin embargo quiero saber si habiendo pagado los 3 cánones de destrate es legal que me hagan este cobro.
Por otra parte las reparaciones que la inmobiliaria me exigió y por las cuales no me recibió la casa en la fecha prevista, correspondían a daños que la vivienda tenia cuando me la entregaron y que yo reporté con la debida oportunidad y reiteré la solicitud varias veces sin que la inmobiliaria me resolviera nada.
Gracias
julio 5th, 2019 a las 11:49 am
Buenas tardes
firme un contrato de arrendamiento en febrero de este año termino a 6 meses
pero hay una humedad terrible que me ha tocado botar 1 mueble ropa y zapatos, no le pague el mes de junio por que estaba buscando y por que no me quería responder por mis cosas ni se vio el interés por arreglar, por whatsapp hablamos y me dio a conocer la terminación del contrato cosa que estuve de acuerdo, me trastie y le debo el mes de arriendo estoy obligada a cancelarle?, pues mi pensar es que no por que el apartamento esta inhabitable y me quede mientras encontraba vivienda
gracias
septiembre 2nd, 2019 a las 8:58 pm
Hola tengo una dudita vívo en una casa hace 3 años y medio y el dueño murío ala cual la casa fue heredada a sus hijos y ellos nos exigen 100 mil pesos mas por el arrendamiento; pero la verdad no nos parece justo y en caso de que llegarán a pedir la casa que deberíamos hacer ? Muchas gracias si me ayudaran con esto
septiembre 3rd, 2019 a las 8:25 pm
Hola me pueden ayudar lo que pasa es que llevo dos meses viviendo en arriendo y me pidieron el apartamento ayer ¿cuanto tiempo me deben que dar de plazo para desocupar? ¿y que puedo hacer si la dueña me presiona y me trata mal si yo ya le pague el arriendo?
septiembre 5th, 2019 a las 10:19 am
Muy buenos días, desde hace 16 años, tengo en arriendo un apartamento donde pago 580.000, pero el propietario me informa que no me va a renovar el contrato ya que lo necesita por que lo piensa alquilar en 800.000, yo quiero saber si por haber vivido en esa vivienda en alquiler por 16 años tengo derecho a unos meses sin pagar arriendo?
octubre 20th, 2019 a las 10:17 pm
No, el tiempo que lleve viviendo en el apartamento, no le da ningún privilegio legal
septiembre 5th, 2019 a las 5:56 pm
buenas tardes, tengo una inquietud
yo vivo en una casa donde me alquilaron un apartamento, vivo ahi 5 años en donde nunca he quedado mal en el arriendo, es mas, cada año pago 2 o 3 meses de arriendo por adelantado.
en dias pasados la chapa de la puerta se dañó y se dejó la llave de la puerta por fuera porque se tenia confianza en el lugar, resulta que un dinero que teniamos en el apartamento se perdió y decidí hacer el reclamo para averiguar que habia pasado y el dueño de la casa inmediatamente decidió pedir el apartamento, mi pregunta es: ¿a cuantos dias tengo derecho para desocupar el apartamento ya que el señor no me quiere dar una constancia de que yo vivi ahi ese tiempo y no quiero regalar ni un dia
quedo atento
agosto 16th, 2020 a las 7:31 pm
Yo de usted me quedo hasta que revupere el dinero perdido y creo que esto da una leccin de no confoar ne nadie.
noviembre 11th, 2022 a las 1:35 pm
Buenas tardes.
Si el arrendador le pide el inmueble al arrendatario alegando que hay una promesa de compraventa por el mismo, que pasa si el inquilino consigue vivienda 2 meses antes del plazo de 3 meses establecido para la entrega y se muda desocupando el inmueble. ¿Queda exonerado del pago de arrendamiento de esos meses que ya no habitó el inmueble, o debe pagar los cánones de arrendamiento de todos los meses hasta la fecha cuando se cumpla el plazo máximo de tres meses?
julio 9th, 2021 a las 7:55 am
LA LEY NO CONTEMPLA NI OTORGA, NI REGALA, NI CONCEDE PLAZOS DE VIVIENDA GRATIS. LA VIVIENDA ES DE PROPIEDAD DEL ARRENDADOR Y EL ES QUIEN DEBE GOZAR DE LOS BENEFICIOS DE SU TRABAJO CON LA TENENCIA DE SU PROPIEDAD.
mayo 23rd, 2022 a las 4:23 pm
La ley es clara, si usted ha sido cumplidor de su canon y no ha tenido llamados de atención ni nada, el arrendador debe pasar la solicitud del inmueble con 3 meses de antelación y adicional indemnizarle por 3 meses, lo invito a que lea la ley 820 del 2003 que la mayoría de personas desconocen, solo hay tres casos para que te pida el inmueble sin indemnizar: Cuando el propietario o poseedor del inmueble necesitare ocuparlo para su propia habitación, por un término no menor de un (1) año.
Cuando el inmueble haya de demolerse para efectuar una nueva construcción, o cuando se requiere desocuparlo con el fin de ejecutar obras independientes para su reparación.
Cuando haya de entregarse en cumplimiento de las obligaciones originadas en un contrato de compraventa.
septiembre 20th, 2019 a las 12:11 pm
Buenas tardes tengo una pregunta nosotros alquilamos un local hace 2años y medios y ahora el dueño nos manda una carta que debemos entregarle en 2 meses y debemos pagarle esos meses es legal o el nos tiene que dar un tiempo del mes adelantado que le pagamos
septiembre 27th, 2019 a las 8:38 am
Buen dia, tengo una inquietud, tome un apartamento hace dos años y medio siempre he pagado todo lo correspondiente nunca he quedado mal ni con el arriendo ni los servicios. Al llegar hicimos un contarto por un año y luego le preguntamos si lo renovavamos y nos dijo q no habia problema se renueva automaticamebte los tres años se me cumplen en mayo del 20202. Los servicios son totalmente independientes hace unos meses la señora dueña de casa nos puso el gas natural pagabamos nuestro consumo pero ella queria q se le pagara la instacion y un dia llegue del trabajo y me di cuenta q ella nos cerro la llave del gas, prácticamente me dejo sin el servicio sin yo deberle nada; durante dos años nunca pedimos ver los recibos nuestro consumo realmente nos entro la duda y solicitamos los recibos y nos damos cuenta q nos cobraban de mas. La señora se indigno sin decirle nada y pagabamos nuestros recibos segun las facturas q las solicite por via electronica. Hace un mes la señora nos pidio el apartamento esta q nos acosa y nos busca arriendo para q le desocupemos. Ademas tenemos un deposito y por los visto la señora no no los va a entregar pero durante el tiempo no no le ha hecho ninguna mejora de pintura las cosas q se han dañado como llaves ducha siempre las he costeado nunca le he pedido nada y el apartamento esta tal cual ella me lo entrego. Los tres meses para desocupar o la indemnizacion me ampara a mi o a la señora? Gracias
noviembre 11th, 2022 a las 1:36 pm
Buenas tardes.
Si el arrendador le pide el inmueble al arrendatario alegando que hay una promesa de compraventa por el mismo, que pasa si el inquilino consigue vivienda 2 meses antes del plazo de 3 meses establecido para la entrega y se muda desocupando el inmueble. ¿Queda exonerado del pago de arrendamiento de esos meses que ya no habitó el inmueble, o debe pagar los cánones de arrendamiento de todos los meses hasta la fecha cuando se cumpla el plazo máximo de tres meses?
septiembre 30th, 2019 a las 10:22 am
Disculpen tengo 20 años viviendo en NY la dueña de la casa me pidio el departamento porque dice que lo tiene que renovar que puedo hacer en este caso no tengo recibos de renta
octubre 7th, 2019 a las 4:38 pm
Buenas tardes le pedí la casa a mi arrendataria lleva aproximadamente viviendo allí un poco más de un año ellos me dicen que tienen un mes gratis para vivir allí ya que paso un año. Es cierto eso que por cada año tienen un mes gratis
octubre 9th, 2019 a las 3:51 pm
Agradezco su orientación , un arrendatario se fue del apartamento sin entregar el inmueble y dejo un vehiculo inservible, pinchado y sin motor, en el parqueadero de nuestra propiedad, que podemos hacer para retirar ese vehiculo, no sabemos donde ubicar al arrendatario.
noviembre 5th, 2019 a las 4:08 pm
Quisiera preguntar , es legal cobrar en dolares los alquileres a pesar de la situacion actual del pais ,Venezuela, se termino el contrato el arrendador quiere un aumento de alquiler pero en dolares , y el arredatario no tiene como cancelar ese aumento y arrendedor le pide desocupacion el mismo debe darle tiempo para desocupar la viviendaya si no fue noticifado con anteriodidad con medio de aviso es legal sacarlo a la fuerza
noviembre 14th, 2019 a las 2:05 pm
Buenas tardes tengo una casa alquilada hace un año el señor no me paga el arrendo completo siempre me queda debiendo algo se les cumplió el contrato y no se les renueva más mandé carta hace dos meses avisando que necesito la casa y ello no se quieren ir dicen que les pertenece un mes gratis es verdad
abril 5th, 2020 a las 1:11 am
Estoy en un casa hace 3 meses hice un contrato de 6 meses pero al entrar la dueña me dijo que habia agua suficiente luz hay medidor propio hara me sale que su bonba suena y que hagare en valdes apartir de las 9de la noche yque lo que labo ropa agare en tachos para hacear los ambientes y que todo el tiempo suena su bomva siendo que su hijo usa y otro inquilino que hago yo quiero irme me puede dar mas tiempo aparte de los 6 de contrato para buscarme otro lugar. ya que yo quiero irme o ella deside y que del adelanto de un mes me tiene que devolver en cuanto tiempo y yo darle por algun desperfecto o ella de su cuenta descontarse y ella me puede restringir wl agua .
mayo 16th, 2022 a las 4:28 pm
Existe en el imaginario popular la creencia de que el inquilino tiene tres meses para desocupar la casa, y que no debe pagar el arriendo por eses tres meses, pero la cosa no es así.
Sí es cierto que el arrendatario tiene un plazo de 3 meses para entregar el inmueble, en la medida en que el arrendador debe notificar al arrendatario con 3 meses de anticipación a la expiración del término de duración del contrato, de que no lo renovará, pero una vez terminado el contrato, el inmueble debe ser entregado sin plazo adicional.
noviembre 23rd, 2019 a las 9:41 pm
Buenas tardes,arrende mi casa a una familia con niños cancelaron tres meses de arrendamiento.resulta que despues no volvieron a cancelar el canon de arrendamiento.ya va para el año .les.puse abogado.El abogadome dice que no les pueden hacer un embargo porque tienen niños,que puedo hacer ante este problema gracias,
diciembre 7th, 2019 a las 10:44 pm
hola muy buenas noche tengo una duda lo que pasa es que yo llevo mas de 1 año viviendo en un apartamento y me voy a mudar a otro apartamento ahora el 20 de diciembre y pague el arriendo el 20 de noviembre
yo quiero saber si debía pagar el arriendo completo o solo debía pagar los servicios que e consumido muchas gracias espero respuestas muy pronto
diciembre 11th, 2019 a las 9:50 pm
Buenas noches tengo una pregunta vivo en la ciudad de Tunja tengo 10 meses viviendo en estoy en un apartamento de 2 habitaciones cuando recibí el inmueble estaba sin la alberca estaba esta en muy malas condiciones, el apartamento no tenía patio .. la cocina está en pésimas condiciones.. resulta que como están tan difícil los arriendos tuvimos que tomarlo por qué no teníamos de otra al momento no teníamos un lápiz y una hoja para escribir los daños que habían pero lo dejamos guardados en una nota de audio . El dueño nos dejó claro que un nos solucionaba todo ya han pasado todo este tiempo y nada y resulta que me a tocado sacar del para comprar los insoluces para el patio. Y la ducha y la pintura para el apartamento y pasa eso lo hemos ido haciendo una cosa por mes para no descontar tanto del arriendo y resulta que el dueño de la casa en 2 oportunidades nos ha echo escándalo terrible por qué nosotros no podemos hacer eso… Para no tener inconveniente le dijimos que le cancelabamos a pintura pero que nos pagará la mano de obra y peor.. dice que eso no es problema de el que nos toca darle los 500 completos por qué nadie nos mandó a comprar nada y si tanto es pues que le desocupemoas mañana mismo…. Que se puede hacer allí el no nos ha echo un contrato por qué el fiador que teníamos tuvo que viajar al departamento de Villavicencio por trabajo Pero tengo los recibos de como hemos cancelado los meses puntualmente . Si por favor me pueden acesorar se los agradecería de antemano..
febrero 12th, 2020 a las 10:54 pm
hola, quisiera me pudieran asesorar, tengo una situacion con unos inquilinos ya que hace 8 meses no me pagan arrendo y ya les habia pedido por que se les termino el contrato y me pidieron plazo pero eso ya hace mas de 3 mese de placo que completo 8 meses de renta sin pago. en este caso que debo hacer para ello ya que les brinde el tiempo correspondiente y un acuerdo pero tampoco. es posible en este caso solicitar una orden de desalojo?. gracias.
febrero 20th, 2020 a las 2:00 pm
Hola arriendo una casa hace 6 años y la pusieron en venta ,hoy me llama la dueña para decirme que ya tenia la venta echa .cuanto tiempo tengo para irme ? Desde cuando empieza a regir el tiempo porque ella dice que el tiempo corrio desde que puso en venta la casa es sierto eso o deve enviarme por escrito la notificacion de desalojo .yo llevo todos los pagos al dia
marzo 3rd, 2020 a las 6:55 pm
Buenas tardes necesito ayuda para aclarar una inquietud, sucede que llevo viviendo en arriendo de 8 a 9 meses en una casa el dueño de la cada piensa pedir el apartamento por motivo de viaje pero primero me recibio el pago del mes encurso y en ese momento me dice q debo desocupar, pero mi inquietud es cuanto tiempo tengo para desocupar la vivienda legalmente ya que mi esposa esta en embarazo y el bebe nace en el transcurso del plazo dado por el arendador.
Gracias
octubre 16th, 2020 a las 6:35 pm
Buenas tardes:
tengo una pregunta
tengo un inquilino que me pago el arriendo del mes, pero se va el dia 17 me esta pidiendo que le devuelva los 13 días de arrendo que no va estar. debo devolver ese dinero, gracias
febrero 9th, 2021 a las 2:21 pm
buenas tarde si uno a pagado durante 14 años un apartamento cuanto tiempo tiene que dar el arrendador sin pago para desocupar?
febrero 25th, 2021 a las 2:18 pm
Ninguno.
mayo 16th, 2022 a las 4:30 pm
Existe en el imaginario popular la creencia de que el inquilino tiene tres meses para desocupar la casa, y que no debe pagar el arriendo por eses tres meses, pero la cosa no es así.
Sí es cierto que el arrendatario tiene un plazo de 3 meses para entregar el inmueble, en la medida en que el arrendador debe notificar al arrendatario con 3 meses de anticipación a la expiración del término de duración del contrato, de que no lo renovará, pero una vez terminado el contrato, el inmueble debe ser entregado sin plazo adicional.
mayo 11th, 2021 a las 8:29 pm
Buen día, llevo viviendo en un apartamento 3 años, en los cuales cada año la arrendadora le ha hecho un incremento al valor del arriendo, el cual siempre se ha pagado sin contrato de arrendamiento de por medio, hoy en día me está pidiendo el apartamento ya que no quiero aceptar unos cambios en los acuerdos iniciales, ya que estos me incrementan mucho los gastos. He venido pagando el arriendo mensualmente hasta la fecha. Tengo algún derecho legal a una indemnización a pesar de no haber contrato de arrendamiento de por medio? O un algún tiempo sin pagarle arriendo mientras busco otro inmueble?
Gracias, quedo atento a respuesta.
mayo 21st, 2021 a las 8:03 am
Buenos Dias, Luego de leer todos los comentarios tengo una pregunta, tenia un apartamento en arriendo en el cual antes de pasarme se pacto un canon de 500 mil y un deposito de 150 mil ahora a mi se me cumplía el arriendo el 10 de mayo pero yo le informe al sr de la casa del cambio de domicilio y aunque no me dijo nada en el momento me pasa aun cuenta de cobro de 9 dias que necesite para trasladarme me hace cuentas de servicios a un mes mas, en esta parte creo que es justo y para es el deposito pero este señor busca cualquier cosa para estar cobrando, es legal y segun el codigo civil cuantos dias por mes tengo para desocupar ya que yo estaba por 5 meses y aun que el arriendo se cumplia el 10 el señor sabia que me pagaban el salario el 5 y desde el 4 llamaba y textiaba para cobrar
junio 24th, 2021 a las 2:07 pm
buenas tardes vivo en un departamento hace 3 años y pago mis arriendo puntual tengo un contrato físico y la dueña me pide que desaloje solo por haber traído una mascota aclarando que no peligroso ya que es mestizo adoptado a vivir en el departamento mi mascota no pasa afuera solo adentro en el departamento….. tengo libre los 3 meses sin pagar el arriendo hasta buscar otro lado donde vivir o como es….. ya que me pide desalojo sin a ver violado ninguna ley del contrato ayuda por favor
agosto 20th, 2021 a las 4:46 pm
buenas tardes, resulta que adquirí a través de remate un bien que salió a proceso divisorio pero dentro del bien aun estas los bienes muebles de los anteriores propietarios y ellos no se pronuncian para retirarlos. que puedo hacer según la ley para retirar esos muebles de la casa?
agosto 22nd, 2021 a las 2:41 pm
buenas tardes , me encuentro viviendo en un apartamento hace 1 año y medio , el contrato se acabo cuando cumplí el año y pues nunca se renovó; el dueño de la vivienda hizo venta de este inmueble y ahora la nueva dueña me dice que le entregue de inmediato el apartamento, se me notifico la situación hace 3 días y pues por el cambio de dueño no se había cancelado el arriendo este mes PERO LA PROPIETARIA ME DICE QUE DEBO CANCELAR EL ARRIENDO Y ENTREGAR DE INMEDIATO , ME PUEDEN ASESORAR Y DECIRME CUAL ES EL DEBER SER SOBRE ESTA SITUACION Y SI TENGO UN LAPSO DE TIEMPO PARA DESOCUPAR.
septiembre 21st, 2021 a las 2:08 pm
hola, buenas tardes miren llevo casi 11 años vivienda en l misma casa, ultimamente me he visto un poco alcanzada economicamnte y no he podido pagar el arriendo cumplido pero lo he pagado, el dueño esat muy molesto y quiere que le desocupe inmedatamente. que puedo hacer
noviembre 28th, 2021 a las 10:07 pm
Buenas noches,quisiera hacer una pregunta vivo en una casa hace más de 30 años mi padre paga el arriendo el fallecio hace 6 años y quedó a cargo mi esposo el contrato se nos cumplió el 20 noviembre , pero nosotros vamos a desocupar la casa el 15 de diciembre tenemos derecho por alguna indemnización ( no hemos cancelado este mes ya que vamos a desocupar la casa )
Gracias por su ayuda
marzo 7th, 2022 a las 3:20 pm
buenas tardes, tengo un apartamento y arrende una habitacion a una chica, por temas de convivencia, decidi terminal de manera unilateral el contrato que firmamos el dia 29 de agosto, el cual lo habiamos firmado por un plazo de 3 meses, este se ha venido renovando. a la fecha no ha pagado el canon de arrendamiento correspondiente al mes de marzo, para este tipo de arriendo tambien se debe hacr con previo aviso (3 meses)…. quien me puede asesorar
marzo 17th, 2022 a las 11:59 am
Buen día.
Resulta que el 15 de marzo pague el mes (que seria del mes entrante, es decir, por adelantado hasta el 15 de abril), me encuentro buscando casa y el 16 encuentro una, por lo que estaría desocupando la casa el 20 de marzo, es decir, del mes completo que pague solo viviría 5. El arrendatario esta en la obligación de devolverme ese dinero (de los 25 días que no viviría) o ya no hay nada que hacer?
junio 6th, 2022 a las 6:23 pm
Se notifico la entrega de un apartamento como es requerido, que pasa si el arrendatario no entrega el inmueble en la fecha y solicita plazo de un mes para hacer la restitución y el propietario accede mediante un acta, donde se clarifica que no es prorroga ni un contrato nuevo, pero debe cancelar el mes correspndiente al tiempo del nuevo plazo de la entrega?
junio 30th, 2022 a las 10:44 pm
Buenas ..
Llevo 2 años en un apartamento el cual luego de pagar el arriendo me pidieron la casa dándome dos meses para desocupar … Tengo un mes pago. Al siguiente mes tengo que pagar de nuevo el arriendo. O no. Gracias
agosto 14th, 2022 a las 6:02 pm
Tengo esta inquietud nosotros entregamos un apartamento que teniamos en arriendo el 5 de mayo de 2022, días siguientes llega el recibo del servicio de agua de del bimestre ABRIL MAYO, el dueño del apartamento me dice que tengo que cancelar completo el periodo del bimestre ABRIL MAYO. Hbiendo quedado totalmente desocupado el día 5 de MAYO de 2022, quisiera recibir elconcepto si efectivamente me corresponde pagar la totalidad la totalidad del del bimestre ABRIL Y/o pagar hasta cuando se habitó el inmueble
Atentamente,
GILBERTO GARCÍA RUIZ
CORREO ELECTRÓNICO: [email protected]
septiembre 9th, 2022 a las 9:18 pm
Tengo una casa en alquiler por una inmobiliaria ya tengo 3 años pero este año me pidieron la casa con los 3 meses de anticipación pero mi pregunta es no e podido conseguir otra casa en arriendo puedo seguir pagando mientras consigo otra casa para poder mudarme
diciembre 2nd, 2022 a las 9:28 pm
Tengo un departamento, arrendado, el arrendador no me paga por 5 meses y no da señales de vida la última vez me respondió por WhatsApp y me dijo que ya bienes que está lejos, que por favor espere. Tengo la facultad de desalojar el departamento
enero 5th, 2023 a las 4:15 pm
Se me venció el mes de arriendo el 31/12, avisé con anticipación que no iba a permanecer más tiempo en la vivienda arrendada. Me demoré 4 días para sacar el trasteo de la casa. Esos 4 días debo pagarlos, o hay unos días de gracias para desocupar??
enero 7th, 2023 a las 1:25 pm
Buenas tardes, tengo una inquitud. Le tengo un cuarto alquilado a un roommate, pero sin contrato escrito, solo verbalmente acordamos una cifra y listo. El empezó a vivir en la habitación amoblada con cama y ventilador y baño privado a partir de julio del 2022. Pregunta: aplicaría las mismas normas de un contrato escrito en el sentido de tener que enviarle por escrito 3 meses antes del vencimiento del contrato (julio 2023) para que desocupe la habitación?
febrero 7th, 2023 a las 5:09 pm
Tengo una pregunta si al inquilino no se le aviso con previo de los 3 meses finalizado el contrato y finaliza el contrato, pero el inquilino no quiere renovar contrato y dice que no quiere desalojar pero este quiere pagar mes por mes sin firma contrato, este tiene el derecho de pagar tres meses? porque yo quiero desalojarlo ya porque otro inquilino quiere alquilar el local, y no puedo porque esta otra persona ?, la pregunta en si , es si no se le notifico con 3 meses de anterioridad a este inquilino de que no se le iba a renovar contrar este tiene derecho a tres meses mas sin contrato pagando mensual?
marzo 7th, 2023 a las 10:43 am
Buenos dias, agradezco me puedan colaborar. yo estaba arrendada hace 3 meses e una casa , mi arriendo se cumplia los 7 de cada mes y decidi entregar la casa el dia 11, causando solo 4 dias del mes siguiente. pero yo habia cancelado el arrendo por adelantado de ese, teniendo en cuenta esto es dueño de la casa me debe de regresar el saldo unas vez cobrado esos dias. y adicional a ello no habia un contrato fisico , era verbal. agradezco me puedan apoyar ya que el señor ahora no me quiere devolver el dinero ni tampoco el dinero del anticipo