Retención en la fuente en compra de paquetes turísticos en agencias de viaje

Cuando se adquiere un paquete turístico con una agencia de viajes, si el adquiriente es agente de retención, deberá aplicar retención en la fuente por servicios sobre el valor de la comisión que gana la agencia de viajes a una tarifa del 4%.

Base se retención en los paquetes turísticos.

Las agencias de viajes son intermediarias de las aerolíneas y los hoteles, puesto que una agencia de viajes no presta esos servicios directamente, sino que los contrata con la aerolínea y el hotel respectivo, de modo que los ingresos de la agencia de viajes corresponden a la remuneración o ganancia que obtiene de esa intermediación.

En ese sentido, la retención en la fuente no se puede aplicar sobre la totalidad del valor del paquete turístico, puesto que gran parte de este no es un ingreso para la agencia de viajes sin para las aerolíneas y hoteles involucrados en el paquete turístico.

El ingreso que obtiene la agencia de viajes es el que corresponde a la comisión por la intermediación que realiza, esto según el artículo 26 del estatuto tributario, y es sobre ese monto que se debe efectuar a retención en la fuente.

En tal caso, la agencia de viajes debe especificar en la factura el valor de su remuneración que permita al comprador identificar la base de retención.

Concepto de retención en la compra de paquetes turísticos.

En cuanto al concepto de retención que se debe aplicar en la compra de paquetes turísticos, en nuestro criterio corresponde al de servicios, debido a que la doctrina de la Dian, ampliamente reiterada, señala que el concepto de honorarios aplica sobre servicios o actividades en los que se requiere el despliegue de conocimientos especializados donde prima el factor intelectual, y este no es el caso de los paquetes turísticos, donde cualquier persona puede venderlos sin necesidad de requerir conocimientos especializados, lo que es propio del concepto de servicios.

Tarifa de retención en la compra de paquetes turísticos.

En cuanto a la tarifa de retención, o el porcentaje a retener en la compra de paquetes turísticos, en general es del 4%, en razón a que este tipo de servicios es prestado por personas jurídicas, a las que se les aplica retención del 4% por concepto de servicios.

Retención en la fuente por servicios.Retención en la fuente por servicios, sus tarifas, bases y contabilización.

La tarifa del 6% aplica para personas naturales que cumplen determinados requisitos que se asocian con las personas no declarantes de renta, y en el improbable caso de que el paquete turístico sea vendido por una persona natural, se aplicará la tarifa del 6% si se dan las condiciones para ello, que es básicamente no ser declarante de renta.

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