Contabilidad simplificada y quiénes pueden llevarla

La contabilidad simplificada puede ser llevada por personas naturales y pequeñas empresas que cumplan con los requisitos respecto al número de trabajadores, monto de activos y de ingresos, según el anexo 3 del marco técnico normativo para los preparadores de la información financiera que conforman el Grupo 3.

Qué es la contabilidad simplificada.

La contabilidad simplificada o NIF es una contabilidad básica basada en el costo en la que no se aplican algunos elementos de las NIIF, como las valoraciones o estimaciones; es decir, es una contabilidad basada en el costo.

La contabilidad simplificada es una contabilidad en la que se registran activos y pasivos por su valor al costo, sin hacer estimaciones sobre su valor, que es lo que hace complejas las NIIF como tal.

La contabilidad simplificada sigue siendo NIIF, pero bajo los términos regulatorios del anexo 3, que es más sencillo que las NIIF para Pymes.

Estados financieros en la contabilidad simplificada.

Otra de las características de la contabilidad simplificada es la cantidad de estados financieros que se le exigen elaborar, que son únicamente dos, y las notas a esos dos estados financieros que son:

  1. Estado de situación financiera (balance general)
  2. Estado de resultados.

Por consiguiente, no se deben elaborar los siguientes estados financieros:

  1. Estado de cambios en el patrimonio.
  2. Estado de flujo de efectivo.

Se insiste en que es obligatorio elaborar las notas a los estados financieros, que no son un estado financiero en sí, sino un complemento a estos.

Quiénes pueden llevar la contabilidad simplificada.

La contabilidad simplificada se diseñó para las microempresas y personas naturales, que deben cumplir las siguientes condiciones:

  1. Contar con una planta de personal no superior a diez (10) trabajadores.
  2. Poseer activos totales, excluida la vivienda, por valor inferior a quinientos (500) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV).
  3. Tener ingresos brutos anuales inferiores a 6.000 SMMLV.

La persona natural o empresa que no cumpla con estos requisitos debe llevar las NIIF, ya sea plenas o para Pymes, pues sus estados financieros no se reconocerán ajustados a la norma.

NIIF Simplificadas.

Las NIIF simplificadas, o NIF, son la misma contabilidad simplificada regulada por el marco técnico presente en el anexo 3 del decreto 2420 de 2015.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2023, octubre 5). Contabilidad simplificada y quiénes pueden llevarla [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/contabilidad-simplificada.html

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  1. David Izquierdo agosto 16 de 2022

    Buenos días, agradeciendo la excelente labor de esta página, consideraría que se debe actualizar a la última normatividad vigente en el tema: Decreto 1670 del 9 de diciembre de 2021.

    Responder a David Izquierdo:

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