Declaración de renta en ceros

La declaración del impuesto de renta debe ser presentada por todo contribuyente obligado a declarar, incluso si la declaración queda en ceros.

¿Cuándo una declaración de renta queda en ceros?

En realidad, una declaración de renta nunca queda en ceros, puesto que por lo menos se debe diligenciar el renglón del patrimonio, y toda empresa o persona tiene un patrimonio por poco que sea.

Cuanto nuestros lectores nos consultan sobre la obligación de presentar la declaración de renta en ceros, entendemos que el consultante se refiere a una declaración en la que no hay ingresos, ni gastos ni costos, o en la que el impuesto a pagar es cero.

En cualquier caso, la declaración de renta se debe presentar, incluso si hipotéticamente todos los renglones quedan con un valor cero, pues la ley no considera una excepción como si lo hace con la declaración de retención en la fuente o la declaración de Iva.

Declaración de renta en ceros y obligación de declarar.

En el caso de las personas naturales, no deben presentar la declaración cuando cumplen con todos los requisitos para no ser declarantes, como por ejemplo el monto de sus ingresos, de su patrimonio o de sus consignaciones.

Obligados a declarar renta.Personas naturales que deben declarar renta. Topes, requisitos y otros aspectos relevantes.

Aquí nada tiene que ver la declaración en ceros, sino que la persona no supere los topes para estar obligada a declarar.

Si una vez la persona queda obligada a declarar, y su declaración la de un impuesto de cero, se debe presentar de todos modos.

Por último, recordemos que la obligación que tiene una persona de presentar su declaración de renta, se determina individualmente por cada año o periodo, de manera que en un año puede estar obligada a declarar, y en el siguiente no si para ese año en particular no supera los topes.

La obligación de presentar la declaración de renta no está condicionada a que en los años anteriores la persona natural hubiera estado obligada a declarar.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

Depende de cada caso particular. Los ingresos no son la única variable que se valora para determinar si estamos o no obligados a declarar renta, pues existen variables como patrimonio, consignaciones, compras, etc., de manera que, si no hay ingresos, pero el patrimonio o las consignaciones superan el tope, aun así se debe declarar.

Si el contribuyente, sea persona natural o jurídica, está obligado a declarar virtualmente, debe hacerlo independientemente de si el valor a pagar es cero o no, puesta no es una variable para determinar si la declaración se debe presentar en bancos o no.

Depende de a qué se refiere con ceros. La declaración de renta en el caso de las personas naturales se presenta si algún tope se supera, por lo tanto, no se puede hablar de una declaración en ceros, incluso si el impuesto a declarar es cero. No se presentará si todos los valores están en cero, pues significa que no cumple ningún tope.

En el caso de las personas jurídicas la declaración de renta se debe presentar siempre mientras no se haya liquidado, incluso si hipotéticamente todos los renglones estuvieran con ceros.

Si no ha habido movimientos y aun así se debe declarar renta, se diligencia los renglones correspondientes en ceros, como ingresos, costos, deducciones, retenciones, etc. Los únicos valores que se colocan son los que corresponden a los acticos y pasivos si los hay.

En el caso de una persona jurídica deberá declarar renta incluso si no tiene ingresos.

En el caso de las personas naturales dependerá de otras variables como monto del patrimonio, consignaciones, compras y consumo con tarjetas de crédito, de modo que si su patrimonio supera 4.500 Uvt, deberá declarar renta incluso si no tiene ingresos.

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