Hemos recibido algunas consultas relacionadas con la diferencia que puede existir entre un despido injustificado y la renuncia forzada, y el efecto de la segunda situación.
Renuncia vs despido.
La renuncia implica que el trabajador toma la iniciativa de terminar el contrato de trabajo; es decir, se requiere una acción voluntaria y unilateral del trabajador.
El despido implica que es el empleador quien despliega la acción unilateral de dar por terminado el contrato de trabajo, sin el consentimiento del trabajador.
También puede haber una combinación de las dos, que no es otra cosa que el acuerdo entre las partes para poner fin a la relación laboral, donde el trabajador acepta renunciar ante la iniciativa del empleador de dar por terminado el contrato.
Diferencia entre renunciar y ser despedido.
La diferencia entre el despido y la renuncia radica en la parte que toma la decisión o la iniciativa de terminar la relación laboral; si es el trabajador, hablamos de renuncia, y si es el empleador, hablamos de despido.
La renuncia forzada como despido.
Si bien la renuncia forzada, en principio, puede parecer como que el trabajador renuncia voluntariamente, no es distinta al despido, solo que en este caso se conoce como despido indirecto, tema que se aborda con detalle en el siguiente artículo:
Es bien conocida la estrategia de algunos empleadores de recurrir a una especie de acoso hacia el trabajador, con el fin de cansarlo y obligarlo a renunciar, evitándose así el pago de las indemnizaciones del caso.
Siempre que el empleado pueda comprobar que su renuncia se debe a hostigamientos, presiones y tratos discriminatorios por parte del empleador, o por el incumplimiento de las obligaciones del empleador, se configura el despido indirecto sin justa causa, situación que tiene los mismos efectos que ser despedido sin justa causa.
Aquí es muy importante tener claro lo que establece el artículo 66 del Código Sustantivo del Trabajo cuando dice:
«Manifestación del motivo de la terminación. La parte que termina unilateralmente el contrato de trabajo debe manifestar a la otra, en el momento de la extinción, la causal o motivo de esa determinación. Posteriormente no pueden alegarse válidamente causales o motivos distintos.»
Así las cosas, al momento de renunciar, el trabajador en su carta de renuncia debe exponer los motivos que lo llevaron a tomar la decisión de renunciar, pues de no hacerlo tendrá dificultades si posteriormente pretende alegar un despido indirecto sin justa causa.
Valga anotar que el trabajador que pretenda alegar un despido indirecto sin justa causa deberá tener las pruebas suficientes que respalden sus pretensiones, pues en este caso la carga de la prueba le corresponde a él; de ahí la importancia de exponer en su carta de renuncia los motivos que lo llevaron a tomar su decisión, carta que naturalmente deberá tener la firma de recibido del empleador o de su representante.
Si el empleador se niega a firmar la carta, algo que no pocos hacen, puede recurrir a testigos que puedan afirmar la negativa del empleador a recibir y firmar la carta.
Consecuencia de la renuncia y del despido.
La renuncia, por lo general, no supone ninguna consecuencia para el trabajador, pero el despido sí puede suponer una consecuencia para el empleador, en caso de que el despido se realice sin una justa causa, debiendo pagar la respectiva indemnización por despido injusto.
¿Es mejor renunciar o que lo despidan?
Muchos lectores nos preguntan si es mejor presentar la renuncia o esperar a que lo despidan, y eso depende de las circunstancias del trabajador.
En algunos casos, si el trabajador ha incurrido en una justa causa, seguramente le resulte mejor renunciar o llegar a un acuerdo con el empleador para terminar el contrato en buenos términos, a pesar de la justa causa.
En otros casos, así el trabajador haya incurrido en una justa causa, puede que decida que es mejor esperar a que lo despida, especialmente si evalúa que el empleador no podrá demostrar con suficiencia la justa causa, lo que lo obligaría a despedirlo con indemnización, así sea por reconocimiento judicial.
Cuando el trabajador no ha incurrido en ninguna justa causa y el empleador aun así quiere que renuncie, para el trabajador es mejor esperar a que lo despidan, para que le paguen la indemnización por despido injusto.
Carta de renuncia obligada.
Cuando el trabajador es forzado a renunciar, en la carta de renuncia debe colocar las razones por las que presenta la renuncia, porque esas causas serán las que luego sirvan para demandar un despido indirecto.
Si en la carta de renuncia presentada por el trabajador no figura la razón de esa renuncia, aunque sea una renuncia forzada, no se puede alegar nada distinto a lo incluido en la carta de renuncia.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2022, noviembre 20). Diferencia entre despido y renuncia forzada [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/diferencia-entre-despido-y-renuncia-forzada.html
¿De qué vale ser disciplinado y cumplir para una empresa, si lo das todo y ahora me dieron dos opciones: o me despiden, sin oportunidad de volver a la empresa ni a ninguna de sus sedes, o firmo una renuncia voluntaria por 4 meses, solo porque seré padre y tienen miedo de que pida una baja, que ya había adelantado que no me cogería? Tres bocas, alquiler y gastos que no se pagarán solos…
Hola, tienes derecho a la liquidación de acuerdo con el tipo de contrato que tenías y, además, a una indemnización por el tiempo de demora que no te han pagado, un día de salario por cada día de retraso. Respecto a la carta de renuncia, el hecho de que hayas firmado y redactado tú misma la carta se puede interpretar como una renuncia voluntaria, y ya es difícil probar lo contrario, aunque podrías consultar con un abogado competente.
Cordial saludo.
Actualmente, en la empresa donde soy empleado, hay pacto colectivo y convención colectiva. Según la Corte Suprema de Justicia, los privilegios de quienes están en el pacto colectivo no pueden ser iguales o mayores a los de los sindicalizados. Sin embargo, actualmente los derechos son iguales y el próximo año se llevarán a cabo las negociaciones con el sindicato, que presentará su pliego de peticiones. ¿Hay riesgo de que, al hacer cumplir la norma, los del pacto colectivo pierdan garantías? ¿O, aun así, tienen derecho a seguir recibiendo lo mismo si la empresa lo desea?
El contenido de la pregunta sugiere que el pacto colectivo es más beneficioso para los trabajadores no sindicalizados, lo cual podría ser considerado discriminatorio. En este sentido, se indica que si la empresa decide mantener esos beneficios, puede hacerlo sin problemas.
Sin embargo, existe un riesgo potencial en esta situación. Si los del pacto colectivo reciben mejores condiciones laborales y económicas que los sindicalizados tras las negociaciones del próximo año, podrían alegar una violación a a las normas por parte de la empresa en razón a que podría considerarse como una acción antisindical en el sentido que sería más beneficioso no ser sindicalizado que serlo.