La mesada 13 es la mesada pensional adicional que todos los pensionares reciben en el mes de diciembre; algo así como una prima de servicios y corresponde al 100% de la mesada pensional.
El pensionado recibe una mesada pensional cada mes, por lo que en el año recibe 12 mesadas, pero adicionalmente recibe otra mesada en diciembre, por lo que en total recibe 13 mesadas al año y de allí su nombre.
¿Quiénes tienen derecho a recibir la mesada 13?
La mesada 13 es recibida por todos los pensionados, tanto de Colpensiones como de los fondos privados.
¿Qué ley establece la mesada 13?
La mesada 13 está contemplada en el artículo 50 de la ley 100 de 1993 y el artículo 88 de la ley 2381 de 2024 (reforma pensional), de manera que con la reforma pensional se sigue pagando la mesada 13 en las mismas condiciones y en la misma fecha.
¿Qué requisitos se deben cumplir para tener derecho a la mesada pensional?
El único requisito que la ley establece para tener derecho a la mesada pensional es tener la calidad de pensionado. No es establece ninguna otra condición.
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