Una vez termina el contrato de trabajo, y sin importar la causa de la terminación, el empleador debe pagar la liquidación respectiva al trabajador.
¿Cuánto tiempo tiene una empresa para pagar la liquidación?

En Colombia, la ley no consideró ningún tiempo o plazo para que el empleador pague la liquidación al trabajador una vez termine el contrato de trabajo.
Que la ley de forma expresa no hay establecido un plazo, no significa que el empleador esté autorizado para tomarse el tiempo que quiera para pagar la liquidación al trabajador.
Esa falta de fijación legal de un plazo para pagar la liquidación, se debe interpretar como una inexistencia de plazo, quedando el empleador obligado a pagar a liquidación el mismo día en que se termine el contrato de trabajo.
¿Cuántos días tiene una empresa para pagar una liquidación?
La ley no otorga ningún plazo a la empresa para pagar la liquidación, pero no significa que necesariamente se deba pagar el mismo día en que el trabajador se retira o al día siguiente.
La empresa puede tomarse una semana o hasta un mes en pagar la liquidación sin sufrir ninguna consecuencia, porque en caso que el et trabajador demande, el juez encontrará que la mora fue razonable por los trámites administrativos normales necesarios para hacer una liquidación y pagarla, concluyendo la ausencia de mala fe que hará inviable la condena por mora en el pago de la liquidación.
Pago de la liquidación laboral.
El pago de la liquidación laboral se debe hacer el mismo día en que el contrato de trabajo termina.
De hecho, el artículo 65 del código sustantivo del trabajo señala que, si la liquidación no se paga al terminar el contrato de trabajo, el empleador debe pagar una sanción o indemnización moratoria.
Señala el artículo 65 del código sustantivo del trabajo en el primer numeral:
«Si a la terminación del contrato, el patrono no paga al trabajador los salarios y prestaciones debidos, salvo los casos de retención autorizados por la ley o convenidos por las partes, debe pagar al asalariado, como indemnización, una suma igual al último salario diario por cada día de retardo.»
La ley señala que si a la terminación del contrato de trabajo, el empleador no paga lo que adeuda al trabajador, se causa la indemnización respectiva, y nótese que la ley no dice que x días luego de la terminación del contrato, lo que permite concluir que no hay plazo alguno para pagar la liquidación.
Liquidación que se debe pagar al trabajador.
Lo que popularmente se conoce como liquidación, no es más que la suma de los valores adeudados al trabajador a la terminación del contrato, como pueden ser:
- Salarios
- Prestaciones sociales.
- Indemnizaciones.
Respecto a las indemnizaciones, estas proceden sólo cuando se trata de una terminación unilateral sin justa causa.
Del total de la llamada liquidación, el empleador las sumas que el trabajador le adeuda, y los valores que por ley debe retenerle, como aportes a salud, pensión y retención en la fuente cuando sea procedente.
Cuanto se demora una liquidación.
Que el empleador no tenga plazo para pagar la liquidación no implica que la liquidación se pague el mismo día en que termina el contrato de trabajo, ni al día siguiente.
La razón es que el proceso para liquidar un contrato requiere un tiempo prudencial, y por lo general las empresas se toman una o dos semanas.
Por lo anterior, cuando un trabajador demanda al empleador para que la pague la indemnización moratoria por no haberle pagado oportunamente la liquidación, el empleador nunca es condenado por haber pagado una o dos semanas después.
La razón que la indemnización o sanción moratoria la impone el juez sólo cuando el empleador ha actuado de mala fe al retardar el pago de la liquidación, y demorarse un par de semanas en hacer el pago no es mala fe, pues ese término se ajusta a la normalidad administrativa de cualquier organización.
Plazo para pagar liquidación por renuncia.
Cuando el trabajador renuncia el plazo para pagar la liquidación es el mismo, esto es, ninguno, pues la ley no distingue si la terminación fue unilateral por alguna de la partes, por mutuo acuerdo o por expiración del plazo pactado.
Cualquiera se la causa o forma en que terminó el contrato, la liquidación se debe pagar el mismo día.
Guía Laboral 2023
Conozca sus derechos y obligaciones laborales como trabajador o como empleador, y evítese problemas. Ver más.
junio 20th, 2019 a las 12:53 pm
en mi opinión, una organización al momento de liquidación de nomina, debería periódicamente apartar el pago prestacional correspondiente a cada colaborador y así mantendría al día los deberes financieros para su personal. así, se curaría en salud con respecto a estas situaciones legales.para el colaborador quizás ese ingreso económico es lo único que tenga para sus obligaciones en general. ¿tener en cuenta eso no?
noviembre 19th, 2020 a las 10:45 pm
Señor Garcia a eso es lo que se le llama el deber ser, pero definitivamente solo lo llevan a la praxis quienes saben de administración igual debe ser con las maquinas, herramientas, bienes muebles e inmuebles para que debido a su depreciación sean reparados o reemplazados sea el caso, pero algunas personas optan por pedir prestado para hacer estas inversiones llegando hasta grandes complejidades económicas que los puede llevar a la terminación de su empresa. MALA ADMINISTRACIÓN, SOLO MALA ADMINISTRACIÓN.
octubre 7th, 2022 a las 7:04 pm
Buenas noches tengo una inquietud en el momento estoy laborando en una empresa de ingeniería mi contrato es obra a labor entre a trabajar en enero 2022 en agosto me pasan cuatro contratos para firmarlos pues dicen que está labor ya había terminado los contratos era como de 2 meses cada uno algo así , mi inquietud es me debieron haber liquidado cada vez que se terminará un contrato .solo hasta que solicite un préstamo en la empresa y me lo negaron , me dijeron que solicitará la liquidación de dichos contratos eso es legal geacias
julio 18th, 2019 a las 7:30 am
Buenos días, inicie a laborar en una empresa- restaurante desde el 10 de septiembre 2018 hasta el 11 de julio 2019 tiempo de servicio 10 meses, por cuestiones de salud, estuve incapacitado 2 días, pero por mi estado de salud le informe al jefe de cocina que programará a alguien ya que no iría a trabajar porque no me sentía apto para ejercer mis labores,
Y termine renunciando atravesar de una carta e informando mi motivo, el empleador me comunique con el vía whasap para negociar la liquidación y así ahorrando tiempo, este empleador me dice que me va a liquidar sobre el salario mínimo donde Mi salario es de 1.200.000 yo le digo que desde que empecé a laborar en la empresa el manifestó eso, además ni hay nada escrito y este señor manifiesta que es mi palabra contra la de el, pensó darme una cantidad de dinero y que le firmara el anticipó de nómina en liquidación sobre el salario mínimo. No firme y me marche. Que debo hacer para que el empleador me cancele la liquidación sobre lo que devengaba y no como el dice…
Agradezco su atención y pronta respuesta.
septiembre 6th, 2020 a las 8:23 pm
Buenos días, con todo el gusto te puedo asesorar de forma gratuita 3227741280
diciembre 27th, 2022 a las 7:38 pm
Me despiden y le sedo a mi empleador varios días para el pago de la liquidación y aún así dice que , no la paga si no dentro de 15 Avilés que debo hacer en ese casó
noviembre 20th, 2021 a las 12:25 pm
Vez al ministerio de trabajo, expón el caso
diciembre 27th, 2022 a las 7:40 pm
Ya le hice llegar una liquidación por parte del ministerio de trabajo pero aún asíe pone trabas para pagar que debo esperar los 15 días Avilés ??
diciembre 27th, 2022 a las 7:43 pm
Ya le llegó un liquidación por parte del ministerio de trabajo y aún así se demora en pagar por qué según el debo esperar los 15 días Avilés que debo hacer
enero 27th, 2020 a las 4:41 pm
Tengo una inquietud. labore 11 meses en un lugar pero la liquidación me la pagaron al finalizar el mes 12, osea se demorarón un mes para pagarme la liquidación, Mi inquietud es la siguiente: en ese mes que se demoraron en pagarme la liquidación incremente el valor de las censantias?
mayo 18th, 2021 a las 4:32 pm
No incrementa el valor de las cesantias.
junio 12th, 2020 a las 10:45 am
Buenas días mi pregunta es empece a laborar el 5 de marzo renuncie el 10 de Mayo y aun me pagan el sueldo,el concepto pago de nomina. Pero Hasta el día de hoy 12 de mayo no me llega liquidación si no mas bien me pagan el sueldo normal como si estuviera laborando. El día que renuncie firme paz y salvo para que me liquidRany
septiembre 6th, 2020 a las 8:26 pm
Buenos dias, con todo el gusto te puedo asesorar de forma gratuita 3227741280
septiembre 22nd, 2020 a las 8:08 am
Cuánto tiempo tiene una entidad pública para pagar la liquidación por terminación de vínculo laboral?
julio 18th, 2022 a las 11:19 am
El pago de la liquidación laboral se debe hacer el mismo día en que el contrato de trabajo termina.
De hecho, el artículo 65 del código sustantivo del trabajo señala que, si la liquidación no se paga al terminar el contrato de trabajo, el empleador debe pagar una sanción o indemnización moratoria.
diciembre 15th, 2022 a las 11:40 am
Tengo una duda, si renuncie el primero de octubre, en que ley se acoge la empresa de el tiempo de pago de mi liquidacion (me dicen que son 15 dias habiles).
septiembre 22nd, 2020 a las 10:50 pm
BUENAS NOCHES DURANTE EL AÑO 2016 TRABAJE CON UNA EMPRESA CONTRATISTA DE SURTIGAS DURANTE 9 MESES POR MOTIVOS DE NO PAGO DE NOMINA RENUNCIE Y VIAJE HACIA AQUI LA CAPITAL A TRABAJAR NUNCA RECIBI MI LIQUIDACION HOY ME ENTERE QUE MIS VIEJOS COMPAÑEROS DEMANDARON PERO A MI NUNCA ME HAN NOTIFICADO DE NADA NI DE MI PAGO NI DE NADA …. ASI MISMO TRABAJE CON OTRA CONTRATISTA DE SURTIGAS EN BOLIVAR EN EL AÑO 2018 DURANTE TRES MESES Y TAMPOCO ME HAN LIQUIDADO … QUE PUEDO HACER ….. GRACIAS
noviembre 20th, 2020 a las 2:24 pm
Buenas tardes renuncie el día 6/10/20 en la empresa por la cual trabajaba y hasta el día de hoy no me han pagado mi respectiva liquidación quedó atento a cualquier colaboración q me puedan darme gracias
enero 30th, 2021 a las 9:34 pm
Buen día Lic. Cuáles son las obligaciones de la empresa donde trabajo y quiero renunciar voluntariamente. A le está obligada la empresa con migo y a que no…
Le agreceria su accesoria…
mayo 26th, 2021 a las 12:34 pm
Hola, la semana pasada me echaron de mi trabajo amparados en el articulo 64 del CST, me informaron que la terminación del contrato se debe a una reestructuración de la empresa, la realidad es que me negué a firmar un otrosí nada conveniente para mi y debido a esto decidieron echarme, y a todos los que no firmaron esa modificación del contrato. Al día de hoy no me han pagado ningún concepto correspondiente a la terminación del contrato sin justa causa, el día 21 de mayo le envié un correo al departamento de nomina para saber que había pasado y me respondieron que me iban a pagar en la próxima quincena que seria el 05 de junio, esto debido a que la ley no especificaba ningún plazo para el pago y ellos lo iban a hacer así obrando de buena fe, a esto les respondí que en ese caso debían pagar la indemnización especificada en el articulo 65 CST ya que al no haber ningún plazo se entendía que no existía y el pago se debió generar el 19 de mayo al finalizar el contrato, desde entonces no recibo ninguna comunicación por parte de la empresa. Me gustaría saber que puedo hacer en este caso.
julio 14th, 2021 a las 2:23 pm
Buenas tardes para el 9 de junio firme mi liquidación pero la empresa no me a querido pagar llamo y me dicen mentiras quiero saber qué procedimiento debo tomar?
agosto 12th, 2021 a las 1:17 pm
Todo reclamo posterior a la terminación del contrato debe ir a la jurisdicción laboral si desea ir a procedimientos laborales, si de lo contrario desea conciliar el ente al que le corresponde esto es el ministerio de trabajo (Mintrabajo)
agosto 12th, 2021 a las 1:17 pm
Todo reclamo posterior a la terminación del contrato debe ir a la jurisdicción laboral si desea ir a procedimientos laborales, si de lo contrario desea conciliar el ente al que le corresponde esto es el ministerio de trabajo (Mintrabajo)
septiembre 8th, 2021 a las 4:09 pm
Buenas tardes,
Trabaje en una empresa de telecomunicaciones desde el 11 de febrero de 2021 hasta el 20 de agosto y aún no me han firmado el paz y salvo debido, día tras días llamo y me salen con evasivas para justificar la no firma de este. En este orden al no tener la firma del paz y salvo me están retrasando el pago de mi liquidación. Qué acción o proceso debo hacer?
octubre 19th, 2021 a las 12:43 pm
Buenas tardes, respetuosamente me dirijo a quien me pueda asesorar.
Debo pagar una liquidación final, de 10 meses de trabajo y la parte de cesantías consignarlas en el fondo de Cesantías.
La señora trabajadora me manifiesta que le consigne en su cuenta ya que los necesita para pagar la matricula de la universidad de una hija. Esto lo puedo hacer? y que normar lo respaldaría. muchas gracias por la colaboración
enero 26th, 2022 a las 5:00 pm
Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983 Nota: Respondo de manera gratuita a máximo dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi whatsapp o llamando vía celular. Hago asesorías en todo lo que tiene que ver con los contratos laborales, liquidación de prestaciones sociales y despidos con justa o sin justa causa.
marzo 6th, 2022 a las 10:18 pm
HOLA BUENA NOCHE
MIRA PARA UNA PREGUNTA
AMI ME CONTRATARON CON UN CONTRATO FIJO, LA TERMINACIÓN DE DICHO CONTRATO SE REALIZO EL DÍA 01 OCTUBRE 2021 Y HASTA LA FECHA SOLO ME HAN APAGADO UN PEQUEÑO ABONO DE MI LIQUIDACIÓN, POR LO CONSIGUIENTE ME RENOVARON EL CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO, Y AHORA ME DEBEN PARTE DE LA LIQUIACION DE PASADA MAS UNA PARTE DE LA QUINCENA DE NOVIEMBRE. QUE MEDIDAS DEBO REALIZAR EN ESTE INCONVENIENTE.
marzo 12th, 2022 a las 9:27 am
Hola, si tengo un empleado a termino indefinido y le paso la carta de retiro finalizando la jornada, ese mismo día debo cancelarle la liquidación mas la indemnización o tengo plazo de unos días para cancelarle?
abril 22nd, 2022 a las 3:42 pm
Tengo una duda. Avisé 15 días antes mi renuncia, a estas alturas llevo 2 meses con 15 días y aún no me pagan la liquidación. De hecho cuando cumplí un mes de haber renunciado les recordé que no me había pagado y me dijeron que hablarían con el contador y voy para un mes de ese mensaje.
En este caso, aplica los intereses por mora?
abril 26th, 2022 a las 9:31 am
buenos dias que tan cierto es que se retenga una liquidación 45 dias calendario
diciembre 27th, 2022 a las 7:45 pm
Ya le llegó un liquidación por parte del ministerio de trabajo y aún así se demora en pagar por qué según el debo esperar los 15 días Avilés que debo hacer
mayo 8th, 2022 a las 9:05 pm
Buena noche laboraba en unaempresa y renuncie por inconvenientes familiares en el mes de marzo de el año en curso, y hasta la fecha solo me han hecho un par de abonos de la liquidacion, que deberia hacer para que me paguen el total de la liquidacion? muchas gracias
junio 24th, 2022 a las 2:32 pm
Hola Daria, en ese caso se podría interponer una acción de tutela o iniciar un proceso ordinario laboral según el caso,soy abogada y puede comunicarse conmigo al wpp 3124326112.
mayo 12th, 2022 a las 12:08 pm
Trabaje en una empresas de seguridad el día 28 de Junio 2021 y renuncie el día 07 de Abril 2022 y al día de hoy 12 de mayo no e recibido mi liquidación mi pregunta cual tiempo estipulado en demorar esta liquidación y si hacen algún tipo de pago de mora por demora de este mismo.
Quedo atento su respuesta.
junio 24th, 2022 a las 2:31 pm
Buen día
La empresa esta obligada a realizar el pago maximo hasta el siguiente pago de nomina que realice a sus empleados, si hay un tipo de mora, soy abogada y puede comunicarse conmigo al wpp 3124326112.
junio 13th, 2022 a las 2:44 pm
Buenas tardes
Tengo una duda
Empece a laborar el 7 de marzo de 2022 y renuncie el 7 de junio de 2022 y mi contrato era por temporal (obra labor)me gustaria saber cuanto y que cosas me liquidara la empresa,ya que la jefe con la que trabajaba me quiere realizar deducciones no especificadas
junio 14th, 2022 a las 8:32 pm
Buenas noches, dese0 saber cual es el pago real que debe hacerse por trabajar dominical y festivo
Gracias
junio 16th, 2022 a las 9:19 pm
Yo tenía un contrato a término indefinido y renuncié la primera semana de abril/2022, a la fecha jun/2022 no se me ha pagado la liquidación, no responden correos, no hay una línea donde reclamar ni pedir información. Cómo se puede proceder en este caso?
julio 25th, 2022 a las 11:15 am
Puedes buscar un abogado para que inicien el proceso laboral respectivo y que tu empleador cancele lo adeudado
junio 20th, 2022 a las 10:41 pm
buenas noches me dirijoa ustedes si me pueden asesora yo trabaje 8 meses y me despiedieron injustificada mente ha pasado un mes no me han pagado las prestacion mi pregunta es cuanto tiempo tiene la empresa para pagar y 2- y si pagara en parte cuanto es lo maximo de tiempo q puede pagar la empresa
junio 24th, 2022 a las 2:27 pm
La empresa está obligada a pagar dentro de la próxima nómina, es decir, actualmente estaría en el derecho de cobrar intereses y solicitar el pago inmediato. Puedo ayudarle, puede comunicarse conmigo al whats app 3124326112.
junio 21st, 2022 a las 2:13 pm
buen día trabaje durante 6 meses con una empresa renuncie voluntariamente no me han pagado la liquidación y ya llevo tres meses les he enviado correos y no me responden que puedo hacer en este caso
julio 18th, 2022 a las 5:32 pm
La ley es clara al indicar que una vez se termine el contrato de trabajo debe pagar al trabajador los salarios y las prestaciones sociales. El tema de la mala o buena fe es otro elemento que debe analizar el juez.
Será que una empresa puede tomarse el tiempo de conformidad a sus tramites administrativos internos y no pagar el día que la obligación tributaria fije la fecha para el efecto?
Siempre los derechos de los trabajadores deben esperar. La ley es clara, no admite interpretación.
No comparto la apreciación anterior de la espera una o dos semanas por tramites administrativos.
julio 22nd, 2022 a las 3:11 pm
Buenas tardes. Trabajé para un laboratorio farmacéutico con un contrato a término indefinido durante 4 años y medio. Me sacaron sin justa causa y en la carta de retiro me informaron que me iban a indemnizar. Cuánto tiempo tienen ellos legalmente para poder darme mi liquidación? la verdad la estoy necesitando con urgencia porque tengo 3 niñas y muchas obligaciones financieras. Agradezco mucho su colaboración
agosto 10th, 2022 a las 1:47 pm
Hola buenas tardes Lo qué pasa es que renuncie a la empresa el día 15 de julio, el supervisor dice que la radico el día 19 del mismo mes y llamo a la empresa para saber cuándo me van a pagar la liquidación y me dicen que la renuncia quedo el día 21 de julio y debo esperar aproximadamente 20 días hábiles para ellos poderme pagar y pues la verdad yo creería que sería muchísimo tiempo. En este caso leyendo dice que la empresa tiene 15 días o dos semanas para pagarla y aún nada que debería hacer o que me aconsejarían?
agosto 11th, 2022 a las 6:51 am
Me retire de manera voluntaria de la empresa anterior (FYR) el 02 de julio de 2022 y un mes después me enviaron la liquidación para firmarla, llevamos 40 días desde que me retiré y nada que me pagan la liquidación.
agosto 22nd, 2022 a las 1:27 pm
Buenas trabaje hasta el 6 de agosto en una empres, hoy 22 aun no me pagan la liquidación, ya firme un docuemnto donde me dicen cuanto me van a pagar pero no me consignan. quien me puede acesorar
agosto 23rd, 2022 a las 7:30 am
Buenos días tenia 6 años y tres meses en una universidad trabajando renuncie a mi trabajo el 29/07/2022 y aun no me han cancelado ayer 22 de agosto me llamaron y me dijeron que debía firmar la liquidación para poder pagarme me están dando 4.562.22 bs según ellos en están pagando por la literal c que es la que me benefician por que si no me iban a dar menos de esa cantidad de verdad que no entiendo que debo hacer en este caso gracias
agosto 29th, 2022 a las 11:42 am
buenos dias! trabaje en una empresa, llamada dream rest colombia! colchines paraiso, me despidieron el dia 29 de junio del año 2022. donde tranaje por dos años! hoy 29 de agosto, 2 meses despues, no han pagado mi liquidaion y no aparecen mis cesantias!
octubre 12th, 2022 a las 7:10 am
Buenos días de verdad quisiera ayuda o consejo estuve laborando en un restaurante desde el 15 de marzo asta el día 28 de septiembre y esta es fecha que no me a dado mi liquidación que debo aser
noviembre 29th, 2022 a las 5:53 am
Buenos dias
Mi consulta es labore 3 meses con un contrato indefinido horario de trabajo 12 horas de domingo a viernes.
Tengo derecho a horas extras.
diciembre 4th, 2022 a las 7:46 am
Buenos días
Mi consulta referente que trabaje seguridad andina de valle por 2 meses, pero me hicieron que yo firmara una carta voluntaria por lo que en esos días me operaban a mi hija de hernia y como pedía mucho permiso para citas de mi hija me dijeron usted no puede continuar en la empresa entonces el día 4 de octubre de 2022 ya no laboro con ellos me dijeron que a penas termino contrato me consignaba mi liquidación entre 15 a 20 días y la hora y fecha que estamos sigo esperando mi liquidación.
Necesito por favor, me digan que puedo hacer para que ellos me cancelen mi liquidación, por lo que tengo más o menos entendido que si ellos se pasan más tiempo en pagarme me tiene que pagar como si estuviera elaborando con ellos y una indemnización por la demora.
diciembre 6th, 2022 a las 9:02 am
Buenos días estuve trabajando en un colegio y mi contrato era de 1 febrero a 30 de noviembre, contrato verbal y hasta el momento no me han consignado la liquidación.
Ustedes me podrían decir si esto esta bien. Gracias
febrero 10th, 2023 a las 9:43 pm
Presente renuncia voluntaria el día 28 de Diciembre de 2022, el día 10 de enero de 2023 en horas de la mañana me acerque para realizar la entrega de carnet y tarjeta de ingreso, computador laboral, diadema y silla, se verifico su estado y funcionamiento sin ninguna novedad, se me entrego paz y salvo electrónico a mi correo. El día 12 de enero de 2023 me llego un correo donde se me informaba la liquidación, en la que evidencie el descuento 3012 Deduc. reposición equipo, el 15 de enero de 2023 solicite se verificara adjunte paz y salvo y me informaron se iba a verificar, el 26 de enero volví a escribir, me respondieron el 30 de enero que el 09 de febrero me consignaban la liquidación y a la fecha 10 de Febrero no ha sucedido eso, como debo manejar el tema, teniendo en cuenta que soy madre cabeza de familia, con dos menores a mi cargo y una persona de la tercera edad, y me he visto muy perjudicada con esta demora. aplicaría el articulo 65. Agradezco me respondan
febrero 16th, 2023 a las 7:55 am
Yo lo que haria seria meter derecho de peticion para que expliquen al detalle que fue lo sucedio, que alguien te ayude a hacer la liquidacion por aparte, comparar los valores y determinar si existen diferncias.
Evidentemente no puede haber descuento por que tienes el paz y salvo que certifia que entregaste todo; una vez te respondan y paguen (o si no lo hacen), si existe diferencia real, aplicaria el art 65 (debido a que este aplica asi sea un dia de mora), sin embargo se debe analizar si vale la pena contratar abogado, poner querella ante el ministerio de trabajo y hacer todos estos tramites por el monto que se te tendria que pagar.
febrero 22nd, 2023 a las 4:34 pm
Buena tarde,
trabaje desde el 2019 hasta enero del 2023, durante un año, trabaje de forma informal (sin prestaciones sociales ni parafiscales), me pasaron la liquidación y no me reconocen las cesantías de ese año. Me gustaría saber si puedo reclamar las cesantías de ese año.
De antemano muchas gracias…
febrero 27th, 2023 a las 1:41 pm
el problema es que aqui en colombia no existe una ley por la demora de la liquidacion. por lo tanto las empresas o temporales hacen lo que se les da la gana con el trabajador. por que como no existe una ley que los obligue a pagar las prestaciones sociales ,minimo 8 dias hábiles entonces hacen lo que quieran.demoran lo que quieran pagan lo que se le les de la gana. y como el decir es uno va a poner una demanda y un juez o abogado o el mismo ministerio salen a decir no pero es que como no existe una ley para regular el tiempo pues no se puede interponer demandas..