Liquidación laboral

La liquidación laboral es el procedimiento que se hace cuando termina el contrato de trabajo, o el trabajador es despedido, a fin de determinar los valores que se le adeudan al trabajador a la fecha en que el contrato finaliza.

¿Qué es la liquidación laboral?

La liquidación laboral es el procedimiento que se hace para determinar los valores que se deben pagar al trabajador cuando el contrato de trabajo se termina, sin importar la razón por la que este termina.

Recordemos que el contrato de trabajo puede terminar por la expiración del plazo pactado, por común acuerdo, por renuncia del trabajador, o porque el empleador decide despedir al trabajador, y asea con justa causa o sin ella.

La liquidación laboral debe hacerse justo a la terminación del contrato de trabajo, pues el empleador no tiene plazos adicionales para pagar la liquidación al trabajador.

¿Qué incluye la liquidación laboral?

La liquidación laboral comprende los siguientes conceptos:

  • Salarios adeudados al trabajador.
    • Horas extras.
    • Recargos nocturnos.
    • Recargos dominicales y festivos.
    • Comisiones.
    • Auxilio de transporte.
  • Prestaciones sociales.
    • Prima de servicios.
    • Auxilio de cesantías.
    • Intereses sobre cesantías.
  • Vacaciones.
  • Aportes a seguridad social.
    • Salud.
    • Pensión.
    • Riesgos laborales.
  • Aportes parafiscales.
    • Cajas de compensación.
    • Sena.
    • Icbf.
  • Indemnización por despido injusto.

No siempre se deben liquidar todos los conceptos señalados, como por ejemplo la indemnización por despido injusto, ni todos los aportes parafiscales ya que algunos trabajadores están exentos de ellos.

Los aportes a seguridad social y parafiscales se liquidan porque es obligación pagarlos, pero no se pagan al trabajador como parte de la liquidación, sino a las entidades correspondientes.

Exoneración de aportes parafiscales y seguridad social.Personas naturales y empresas que están exoneradas del pago de aportes a seguridad social y parafiscales.

Base para calcular la liquidación laboral.

La base para la liquidación laboral está constituida por el salario del trabajador. Sobre él se liquidan todos los conceptos señalados anteriormente, teniendo en cuenta que el auxilio de transporte hace parte de la base para liquidar las prestaciones sociales más no para liquidar seguridad social ni aportes parafiscales.

Fórmulas para la liquidación laboral.

Para hacer la liquidación laboral se utilizan las siguientes fórmulas:

Para liquidar los diferentes conceptos que se pueden derivar de un contrato de trabajo, se utilizan las siguientes formulas:

Concepto de nómina. Fórmula para liquidarlo.
Cesantías  (Salario mensual * Días trabajados)/360
Intereses sobre cesantías  (Cesantías * Días trabajados * 0,12)/360
Prima de servicios  (Salario mensual * Días trabajados en el semestre)/360
Vacaciones  (Salario mensual básico * Días trabajados)/720

Como se puede observar, son las mismas fórmulas que se utilizan para la liquidación de la nómina, ya que son los mismos conceptos.

¿Cómo se hace la liquidación laboral?

La liquidación laboral se hace aplicando las fórmulas correspondientes a cada uno de los conceptos, partiendo del salario del trabajador.

En la siguiente herramienta puede hacer la liquidación laboral en línea:

Liquidador de contrato de trabajo en línea.Liquidador en línea de contrato de trabajo, tanto a término fijo como a término indefinido.

Tenga en cuenta que cada trabajador es un caso particular. Como ya lo señalamos, no siempre se deben liquidar todos los conceptos aquí señalados.

Y recuerde que la liquidación se debe pagar a la terminación del contrato de trabajo, y que el empleador tiene la obligación de notificar al trabajador, dentro de los 6 días siguientes a la terminación del contrato, el estado de las cotizaciones a seguridad social y parafiscales, al tenor del parágrafo primero del artículo 65 del código sustantivo del trabajo, y por ello la necesidad de liquidar esos conceptos.

¿Cuándo me deben pagar la liquidación?

La liquidación se debe pagar el mismo día en que termina el contrato de trabajo, y la ley no establece ningún plazo, y, de hecho, el artículo 65 del código sustantivo del trabajo establece el pago de una sanción moratoria si el pago no se hace al terminar el contrato de trabajo, tema desarrollado en el siguiente artículo.

Sanción moratoria en el contrato de trabajo.Indemnización o sanción moratoria por no pagar la liquidación al trabajador al terminar el contrato de trabajo. Casos en que se debe pagar.

Sin embargo, dicha sanción no es automática y sólo la impone un  juez cuando el trabajador demanda al empleador y este no justifica el por qué no pagó oportunamente la liquidación, y la condena dependerá de si hubo mala fe del empleador al no pagar la liquidación al trabajador, lo que le da un margen al empleador para pagarla, puesto que un retraso inferior a un mes, por ejemplo, se considera razonable y por ende revestido de buena fe, porque los procesos administrativos pueden tomar un tiempo prudente para hacer la liquidación y el pago respectivo.

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  1. juan castro (mayo 9 de 2022)

    llevo 6 años trabajando en una empresa pero la van aliquidar. cuanto es mi liquidacion hasta hoy?

    Responder
  2. Jorge (julio 21 de 2022)

    No me han pagado mi liquidacion y ya van 71 dias despues de la renuncia

    Responder
    • Carolina en respuesta a Jorge (septiembre 14 de 2022)

      Buenos dia! Me retire de la empresa donde estaba trabajando, y me dicen que la liquidación me la pagan en 45 días hábiles… Estan ellos en lo legal? Según por políticas de la empresa

      Responder
      • Estefani González en respuesta a Carolina (marzo 13 de 2023)

        Según por lo que he leído y me he ilustrado la liquidación se debe cancelar en 30 días hábiles, la empresa donde yo laboraba también me debe aún mi liquidación desde enero y lo mejor del caso es que me la están pagando por partes… Que país este que no quieren cumplir con las leyes sino hacer lo que quieren y si denuncias quien pierde es el trabajador como siempre porque te fichan y te dejan en mal con las otras empresas, entonces que haremos amiga

        Responder
  3. Domjoh (noviembre 25 de 2022)

    Hola buen dia, soy venezolano, mi consulta es la siguiente, me despidieron de la empresa en la cual llevaba laborando 1 año y 5 meses, sin causa justificada, ahora la empresa alega, que solamente me liquidara los 5 meses mas la indemnizacion por causa injustificada, ya que segun ellos fui vinculado legalmente a la empresa en el mes de febrero 2022,fecha en la cual presente mi documentacion legal (PPT) y fui vinculado a la empresa: Es legal que no me reconozcan ese año anterior a la vinculacion?

    Responder
  4. María José Herrera (noviembre 30 de 2022)

    Buenos días. Para darlas vacaciones, es legal ver los sábados inhábiles, cuando la semana laboral es de lunes a sábado ?..Mil gracias

    Responder

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