Quienes están afiliados a Colpensiones y cumplen la edad para pensionarse, pero le faltan semanas cotizadas, se suelen preguntar si pueden pagar las semanas que la faltan. ¿Es posible?
Si le faltan semanas para pensionarse no puede pagarlas.

No es posible pagar las semanas de cotización que hagan falta para pensionarse, como si se tratase de una transacción comercial de compra venta de semanas cotizadas.
Cuando se tiene la edad para pensionarse, pero faltan semanas, no hay otra alternativa que seguir cotizando mes a mes hasta completar las semanas faltantes.
La pensión se construye con las cotizaciones que se hagan mes a mes durante toda la vida laboral del afiliado, y la ley no contempla que se puedan pagar las semanas cotizadas en un solo pago, pues si ese fuera el caso, quien tuviera dinero suficiente podría pensionarse en un año o menos.
Las semanas no se pagan, se cotizan.
La razón por la que no se pueden pagar o compras semanas cotizadas, es que se supone que el dinero de las cotizaciones debe ofrecer algún rendimiento con el paso del tiempo hasta que el afiliado se pensione, con el que luego se financiará la pensión de los afiliados, principio que aplica incluso en el régimen de prima media.
En razón a lo anterior, cuando el empleador no afilia al trabajador a pensión y no paga las cotizaciones, en un futuro puede ser obligado a pagar esas cotizaciones, pero actualizadas o indexadas, procedimiento que se denomina cálculo actuarial.
Por lo anterior, si a una persona la hacen falta semanas de cotización, y se debe a que algún empleador omitió en el pasado el pago de esas semanas, puede demandar al empleador responsable de la omisión para que pague esas cotizaciones, que de ser obligado tiene que hacerlo con intereses moratorios o con el cálculo actuarial según corresponda.
Pero si ese no ha sido el caso, sino que el afiliado no ha cotizado las semanas suficientes, tendrá que seguir cotizando el tiempo necesario hasta terminar de construir su pensión.
En este caso lo que importa es el tiempo cotizado y no el dinero en sí, y por ello mismo quien cotiza dos veces en un mes por tener dos empleos, no significa que se pensione en menos tiempo, sino que tendrá una mesada pensional superior.
Pago de semanas en fondos privados.
En los fondos privados, en teoría sí es posible pagar las semanas que le faltan para pensionarse, porque allí no importan las semanas sino el capital acumulado.
En consecuencia, si aún no tiene el capital para pensionarse, puede aportar más en un mes determinado para incrementar ese capital, pero no es que esté pagando semanas, está es sumando capital.
Esta opción también tiene un límite y un costo: máximo se puede cotizar sobre 25 salarios mínimos, y al incrementar la base también tendrá que pagar más en salud, debido a que pensión y salud comparte la misma base.
La alternativa es recurrir a los aportes voluntarios a pensión, pudiendo de una sola vez hacer un gran aporte para completar el capital.
¿Si tengo la edad, pero no las semanas me puedo pensionar Colpensiones?
No puede pensionarse hasta que cumpla los dos requisitos, el de edad y el de semanas cotizadas. Si le faltan semanas necesariamente tendrá que seguir cotizando hasta completarlas.
febrero 28th, 2021 a las 7:59 am
Gracias
marzo 1st, 2021 a las 2:09 pm
cordial saludo, teniendo en cuenta que en Colombia es muy común que los empleadores hagan las retenciones a cada empleado para aporte a seguridad social, cual es el procedimiento cuando un empleador ha realizado los descuentos para aporte a pensión pero no lo ha realizado los pagos, y, no se puede demandar puesto que ya no existe la empresa.
marzo 4th, 2021 a las 11:18 am
Buenos días doña Lucero:
Si el caso le pasó a Ud. y comprueba que el empleador si la afilió pero no pagó,
y ya tiene la edad para pensionarse, por medio de una demanda laboral el Juez condena a la Entidad a que asuma lo que el empleador no pagó porque este no efectuó los controles que debía de hacer a las empresas para que paguen cumplidamente.
Este es efectivo.
Atte.
Alfredo Coral E.
marzo 25th, 2021 a las 3:52 pm
Buenas tardes,
Mi padre tiene 65 años y 1100 semanas cotizadas, su empleador (ya desaparecido hace 20 años) no le cotizo unos periodos, como podemos hacer para acceder a la pensión de vejez? se pueden cotizar esas 200 semanas? Gracias
marzo 26th, 2021 a las 12:10 pm
No señor no puede pagar esa semanas, puede hacer los siguiente: Si tiene el numero patronal de ese empleador radicar una coreccion de historia laboral es posible que pagaron pero hay un error, si era menor de edad que se busquen los aportes con la tarjeta de identidad, si aparecen ceros en esos periodos, indica que hay moras, puede solicitar que se las validen ante la mora del empleador y no reclamacion del iss de dichos aportes, si todo lo anterior ya lo intento ..es imposible recuperar esos tiempos..busque tarjetas de aportes de esa epoca. una demanda laboral pero..hay que probar que si era trabajador ..contratos…etc etc
abril 10th, 2021 a las 6:53 pm
buen tarde
quisiera saber que pasa, si un empleador no pago nunca la pensión pero nunca tampoco le hizo descuentos tampoco teníamos contrato…y éramos consientes que esa era la forma de pago…
enero 6th, 2022 a las 3:25 pm
Entonces que lloran? si estaban conscientes y se atenían a esas condiciones entonces ya hacer reclamos de que?
abril 19th, 2021 a las 11:43 pm
quisiera saber una persona que se pensiono por la gobernación de Antioquia, y posteriormente cotizo en otra empresa 976 semanas, pero que fue retirado por la edad hace 6 años puede pagar estos seis años de manera indexada para poder recibir un monto superior a su actual pensión.
septiembre 1st, 2021 a las 3:44 pm
Soy hombre de 43 años de edad, estoy cotizando pensión en un fondo privado y hago aportes voluntarios.
Tengo la intención de pasarme para Colpensiones cuando me falten 10 años para cumplir los 62 años de edad. Esto lo estoy haciendo con la intención que mi cuenta individual crezca más que en el fondo común.
Me dicen que de esta manera mi pensión será más alta, que si me pasara desde ahora para Colpensiones, dado el hecho que mi cuenta individual tan alta representaría una ventaja a la hora de que me hagan las cuentas en Colpensiones.
Pregunto ¿Mi pensión varía si me paso desde ahora para Colpensiones con respecto a si espero tener 52 años para pasarme?
Gracias
septiembre 24th, 2021 a las 6:17 pm
Soy una mujer de 70 años, me pensioné hace 10 años en un Fondo Privado donde me afilie en el año 2000 porque me convencieron que me podía pensionar antes de los 55 años, yo ya había cotizado todas mis semanas al ISS, quise devolverme al SS pero no me lo permitieron, me pensioné hasta los 60 años con una pensión mínima, aunque yo siempre coticé con un sueldo mayor al mínimo. Mi pregunta es puedo hacer alguna reclamación por el engaño del que fui víctima por parte del Fondo Privado. Gracias por aclararme esta situación.
diciembre 9th, 2022 a las 3:40 pm
La corte suprema de justicia mediante sentencia indico que casos como estos podian demandarcen los daños y prejuicios, aca se entraria a discutir el tema de la prescripcion para la accion y de las mesadas.. podriamos intentar una demanda.
noviembre 10th, 2021 a las 11:43 am
Tengo 53 años y trabaje hasta el 2012 no continué cotizando, quiero pensionarme con un salario minimo pero no tengo para pagar. Tengo 804,71 semanas cotizadas quiero pagar los 495,29 que me faltan. ¿Puedo acceder algun plan, para pagar una cuota moderada y pensionarme cuando tenga las semanas con un salario minimo?. Gracias por su respuesta.
junio 6th, 2022 a las 3:52 pm
Buen dia, me gustaria me ayudaran a saber si es posible pagar solo pension para una mujer que ya tiene la edad pero no las semanas, que no tiene trabajo y que se encuentra afiliada a EPS como beneficiaria. una persona sin recursos y no tienen los fondos suficientes para cotizar eps y pension por los dos años que le faltan.
noviembre 19th, 2022 a las 9:38 am
muy buenos dias una inquietud
tengo 60 años me fatan 3 años para pencionarme ,mi empleador puede cancelar por adelantado el pago al fondo de pension,paea poder aceder a la pencion
mil gracias
diciembre 9th, 2022 a las 3:41 pm
Deberas pagar salud y pension sin ninguna exepcion
julio 10th, 2022 a las 5:51 pm
No entiendo porque no responden las preguntas que les hacen. Por simple cortesía deberían hacerlo.
septiembre 13th, 2022 a las 7:48 am
Buenas Tardes, Tengo 55 años y 1000 semanas cotizadas, estoy sin empleo hace varios años, pues ya no me dan trabajo, no cuento con muchos recursos, pero quiero saber como hago para cotizar esas semana que me faltan, y si es posible solo cotizar a pensión ya que no tengo ingresos suficientes para pagar eps y arl. Mi fondo de pensiones es porvenir, hay alguna opción que solo pague pensión.
noviembre 29th, 2022 a las 10:34 pm
Sra Maria, a que fondo esta afiliada ?
octubre 19th, 2022 a las 12:11 pm
Buenas tardes me hacen falta 306 semanas, con cuanto capital me puedo pensionar en fondo privado
diciembre 9th, 2022 a las 3:42 pm
No hay una dato exacto para esa finalidad, pero hablamemos de una capital entre 230 y 260 millones de pesos . o 1150 semanas sin importar el capital
diciembre 9th, 2022 a las 9:28 pm
Hola, me faltan solo 150 semanas para pensionarme, quiero saber si puedo pagar solo pensión ya que no trabajo y por estar enferma de artrosis de rodilla. Que puedo hacer?