¿Puedo pensionarme con 1.150 semanas cotizadas?

La pensión con 1.150 semas de cotización sólo es posible en los fondos privados de pensiones en aplicación de la garantía de la pensión mínima, y no es posible en Colpensiones.

Pensión con 1.150 semanas.

La pensión con 1.150 semanas está considerada para el régimen de ahorro individual en el artículo 65 de la ley 100 de 1993, que señala:

«Los afiliados que a los sesenta y dos (62) años de edad si son hombres y cincuenta y siete (57) si son mujeres, no hayan alcanzado a generar la pensión mínima de que trata el artículo 35 de la presente Ley, y hubiesen cotizado por lo menos mil ciento cincuenta semanas (1.150), tendrán derecho a que el Gobierno Nacional, en desarrollo del principio de solidaridad, les complete la parte que haga falta para obtener dicha pensión.»

Recordemos que en los fondos privados de pensión el afiliado se pensiona cuando reúna el capital suficiente para financiarse su propia pensión, que debe ser como mínimo de un salario mínimo mensual según el artículo 35 de la ley 100.

Garantía de pensión mínima con un salario mínimo.

Si el afiliado al fondo privado de pensiones cumple la edad necesaria (57 años si es mujer y 62 años si es hombre), y no acumuló el capital suficiente para pensionarse con un salario mínimo, entonces el estado le completa el capital que le haga falta para alcanzar la pensión mínima, siempre que haya cotizado 1.150 semanas.

Garantía de pensión mínima.El estado garantiza una pensión mínima en cualquiera de los dos regímenes pensionales, en la medida en que se cumplan los requisitos de ley.

Si no ha cotizado esas 1.150 semanas luego de haber cumplido la edad señalada, el afiliado puede seguir cotizando en el fondo privado hasta alcanzar las 1.150 semanas y así cumplir el requisito para pensionarse con la pensión mínima subsidiada por el estado, o si es su decisión, solicitar la devolución del saldo acumulado.

Indemnización sustitutiva de pensión.Cuando el afiliado no cumple requisitos para pensionarse puede solicitar la indemnización sustitutiva, equivalente a una devolución de aportes.

Pensionarse en Colpensiones con 1.150 semanas.

La pensión con 1.150 semanas no aplica para el régimen de prima media, es decir, para los afiliados a Colpensiones.

Las 1.150 semanas están contemplada en el artículo 65 de la ley 100 que aplica exclusivamente para los fondos privados.

El único caso en que un afiliado a Colpensiones pudo pensionarse con 1.150 semanas, fue en el 2009 en razón al incremento de semanas de cotización producto de la modificación que el artículo 8 de la ley 797 de 2003 hizo a la ley 100, así:

«A partir del 1o. de enero del año 2005 el número de semanas se incrementará en 50 y a partir del 1o.de enero de 2006 se incrementará en 25 cada año hasta llegar a 1.300 semanas en el año 2015.»

Recordemos que la ley 100 originalmente exigía 1.000 semanas de cotización como requisito para pensionarse en el régimen de prima media, pero a partir del 2005 se incrementaron gradualmente hasta llegar a las 1.300 semanas actuales, y en razón a ese incremento gradual, para el 2009 fue posible pensionarse con 1.150 semanas si para ese año se cumplía con el requisito de la edad.

¿Cuántas semanas se necesitan para pensionarse?.Actualmente en Colombia se requieren 1.300 semanas cotizadas para acceder a la pensión de vejez.

En los demás casos no existe posibilidad de pensionar por vejez con 1.150 semanas cotizadas en Colpensiones.

1.150 semanas cotizadas para mujeres y hombres.

Nuestros lectores suelen consultarnos si para las mujeres existe un número de semanas distinta a las 1.150, y la respuesta es no.

La diferenciación entre hombres y mujeres es únicamente en la edad, 62 para los hombres y 57 para las mujeres, y ambos grupos deben acreditar la cotización de 1.150 semanas para acceder a la garantía de pensión mínima en los fondos privados de pensiones.

Afiliado a Colpensiones que cumple la edad sin reunir las semanas cotizadas.

Los afiliados al fondo privado de pensiones que cumplan la edad antes indicada sin reunir el capital suficiente para pensionarse, reciben un subsidio del estado que les permite pensionarse si acreditan las 1.150 semanas cotizadas, como ya se explicó.

Y los afiliados a Colpensiones se suelen preguntar qué hay para ellos cuando cumplan la edad y no se puedan pensionar en razón a que no cotizaron las semanas requeridas.

En este caso el estado no los subsidia como sí lo hace con los afiliados a los fondos privados de pensiones, y en tal evento sólo pueden tomar una de dos decisiones:

  1. Seguir cotizando hasta completar las semanas requeridas.
  2. Solicitar la indemnización sustitutiva pensional.

Seguramente los afiliados a Colpensiones se sienten en desventaja frente a los afiliados a los fondos privados, pero es lo que hay de momento.

¿1150 semanas cuantos años son?

1150 semanas cotizadas son 22 años aproximadamente, tiempo por el cual es necesario cotizar en u fondo privado de pensiones para tener derecho a la pensión mínima, siempre que se cumpla con la edad requerida.

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34 Opiniones
  1. Alejandra Cantor Dice:

    Buen día, mi abuela tiene 74 años de edad y actualmente tiene cotizado en total 1.062,71 semanas. Ella se podría pensionar?

    Responder
    • [email protected] Dice:

      No. en colpensiones debera tener 1300 semanas en el fondo 1150 semanas donde esta afiliada ?
      Deberas revisar la historia laboral mirar que todas las semanas esten acreditadas

      Responder
  2. yaka Dice:

    Buen dia tengo 49 años y tengo 1360 semanas, estoy laborando actualmente si me quedara sin trabajo puedo seguir abonando para poder pensionarme o hay a la fecha una protección para pensionarme antes.

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    • SUPENSION PLUS Dice:

      Hola Yaka. Claro que puedes seguir cotizando, no hay limite para que puedas pensionarte. Incluso puedes superar las 1800 semanas, aunque hay asesores que te diran que esas semanas excedentes se pierden, lo cual no es cierto. Lo importante es crear una estrategia con la cual puedas programar cuál sería tu mesada pensional dependiendo de tu plan de cotizaciones.

      Responder
  3. Claudia Patricia D Dice:

    Tengo 1156 semanas cotizadas en Protección, soy independiente y tengo 49 años. ¿Puedp pagar solo salud y dejar de cotizar a pensiones?

    Responder
    • Supension Plus Dice:

      Hola Claudia. En este momento, el sistema general de Seguridad Social no lo permite por la Pila. Existen unas caracteristicas para algunas personas que si se cuplen podrían hacerla. Si gustas, contactame al Whatsapp 3117715353

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      • orlando Dice:

        Puedes dejar de pagar pensión y esperar a cumplir la edad para pensionarse. Pero, si tienes vinculos con empresas o manejas facturación o cuestiones con la Dian, debes seguir cotizando. Es bueno que te asesores con un abogado especializado en pensiones privadas.

        Responder
      • Miguel Dice:

        Para pensionarse en un fondo privado las 1150 semanas tienen que haber sido cotizadas todas en el mismo régimen? Gracias

        Responder
  4. james Dice:

    Si al cumplir los 62 años tengo 1266 semanas cotizadas me puedo pensionar o que debo hacer.

    Responder
    • Santiago Dice:

      Si está en el régimen de ahorro individual con solidaridad y no tiene el capital suficiente, puede optar por la pensión con salario mínimo al tener los requisitos que son edad (62) y semanas (1150).

      En regímen de prima media con 1266 semanas no tiene posibilidad de optar por la pensión, sino por la indemnización sustitutiva.

      Responder
  5. Juanita Dice:

    Tengo la edad para pensionarme pero no el número de semanas, tengo sistema de salud vitalicia debo completar las semanas que me faltan cotizado también a saludo o sea al fosiga o solamente a pensión por las semanas que me faltan que son 140.

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  6. Jorge pinto Dice:

    Buenas noches
    Tengo 67 años y hasta ahora tengo 1192 semanas no tengo dinero para seguir pagando las semanas cotizadas como me puedo pensionar

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  7. Fernando Dice:

    Buenas noches tengo 1450 semanas en colpensiones, 50 años de edad, si mi pensión ahorita fuera de 3 millones por ejemplo, pero si dejo de cotizar hasta los 62 años, cuanto seria mi pension a esa edad, gracias.

    Responder
  8. Maria eugenia Dice:

    Estoy cotizando fondo privado en mi historia faltan 100 semanas que se pagaron cajanal pero no he podido recuperalas es cierto que no puedo seguir cotizando para alcanzar mi pension por estar pendientes esas semanas

    Responder
  9. Olga lucia Dice:

    Tengo 49 años y 1166 semanas cotizadas en protección. Quiero pasarme a colpensiones y me dicen que no puedo.porque ya tengo completas las semanas para pensionarme en el fondo privado.proteccion.que puedo hacer para pasarme a colpensiones.y estoy cotizando más semanas.
    Gracias

    Responder
    • [email protected] Dice:

      puede hacerlo mediante demanda si le interesa le puedo asesorar y apoderar esa demanda en la medida que le convenga hacerlo mi telefono es 3138700929 – Alfredo prieto ramirez-

      Responder
  10. Santiago villegas Dice:

    En regímen de prima media necesita 1300 semanas y 62 años. Se pensiona con un ingreso base de liquidación del promedio de cotización de los últimos 10 años contados a partir de la solicitud de pensión. Cabe indicar que estos 10 años se contabilizan hacia atrás que efectivamente hayan sido cotizados, por lo que debería mirarse hacia atrás más años en caso de cotización discontinua.

    Ahora, después de las 1300 semanas por cada 50 semanas aumenta 1.5% la tasa de reemplazo. Su monto de pensión dependerá del ingreso base de liquidación.

    Responder
  11. elsa Dice:

    buenas tardes, ya tengo los 57 años cumplidos pero me faltan 13 semanas para cumplir las 1300. que debo hacer para completar o hay un mínimo

    Responder
    • [email protected] Dice:

      Si estas en colpensiones podra pagar esas semanas y pensionarte ( 1300), si estas en un fondo con 1150 tienes pension

      Animo estas cerca.

      Responder
  12. John Dice:

    Buenas tardes.

    tengo 48 años me encuentro en fondo privado Porvenir y tengo 1.161 semanas, puedo solicitar el retiro de los aportes totales al fondo? en dos ocasiones he preguntado y la respuesta es que eso no esta permitido segun ellos por ley, esto es correcto?

    Gracias por la respuesta

    Responder
    • [email protected] Dice:

      No podra retirar sus aportes los cuales son destinados solo para pension, por lo tanto debe esperar hasta la edad de pension que por ahora son 62 años.

      Responder
  13. Diego Dice:

    Buenos días, tengo 1360 semanas, 47 años, puedo solicitar pensión anticipada?

    Responder
  14. Diego Dice:

    Tengo 1360 semanas cotizadas, 47 años y estoy en fondo privado, ahorro de $97.000.000 puedo solicitar pensión anticipada?

    Responder
  15. MARY LUZ Dice:

    Buenas noches:
    Realice los trámites de traslado de Porvenir a Colpensiones . Tengo 62 años de edad y 2000 semanas cotizadas.
    Me podré pensionar con el 80%.
    Gracias.

    Responder
    • [email protected] Dice:

      puede solicitar que se le de aplicacion a la sentencia de seguro colpensiones le negara y debera demandar . le asesoro en dicha demanda.

      Responder
  16. Tengo 70 años y 1208 semamas cotizadas em Colpensiones Dice:

    Qué debo hacer para pensionarme?

    Responder
    • [email protected] Dice:

      Debera aportar 1300 semanas ahora deberiamos revisar sus aportes para descartar a posibilidad de lograr pension con 1000 semanas le sugiero que cotice esos dos años vale la pena 3138700929 alfredo prieto

      Responder
  17. Maro Dice:

    Tengo 70 años y 2008 semanas cotizadas en Colpensiones
    ¿Qué debo hacer para pensionarme?

    Responder
    • [email protected] Dice:

      Buenas tardes

      Acerquese a una oficina de colpensiones para que diligencie unos formatos que radicara es un tramite sencillo y en 4 meses tendra su pension, la cual si usted requiere le puedo revisar efectuando los calculos que le indicaran si esta bien liquidada su mesada pensional.

      mi telefono es 3138700929

      Responder
  18. Darny Dice:

    Buenos días, yo estoy afiliada en colfondos, tengo 60 años pero me falta semanas de cotización para lograr la pensión. Aun puedo seguir cotizando? hasta completar las semanas requeridas o debo reclamar el dinero. Gracias.

    Responder
  19. Maria Dice:

    buenas tardes, mi abuelo es pedro, tiene 66 años, hasta la fecha tiene 1185 semanas cotizadas en colpensiones, el 30 de junio de 2022 recibio notificacion de retiro del programa subsidio al aporte en pension -PSAP- , del fondo de solidaridad pensional por limite maximo legal de edad (65 años), que se puede hacer para que el pueda acceder a su pension.

    Responder
  20. LUDAFE Dice:

    Buenos días. tengo una empleada servicio domestico desde 2008 Que trabajaba 2 días a la semana y en agosto de 2012 la afilie para pagar aportes. Como hago para pagar aportes ese tiempo que no la afilie DEL 2008 A JULIO 2012 y para poder completar las semanas para pensión?

    Responder
  21. LUDAFE Dice:

    Buenos días. tengo una empleada servicio domestico desde 2008 Que trabajaba 2 días a la semana y en agosto de 2012 la afilie para pagar aportes. Como hago para pagar aportes ese tiempo que no la afilie de enero 2008 A Julio 2012 y para poder completar las semanas para pensión?

    Responder
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