Atestar o atestación

Las expresiones "atestiguar" o "atestación" son muy comunes en temas relacionados con leyes y contratos, pero pocas veces nos preguntamos qué significado tienen.

Significado de atestar.

La expresión "atestar" tiene varios significados según la Real Academia Española, entre los que se encuentra el rellenar una cosa con otra, pero esa definición no es la que nos interesa, por cuanto las inquietudes recibidas están dentro de un contexto normativo.

Atestar se puede referir también como el hecho de firmar, de estampar la firma en un documento [rellenar o llenar un espacio con la firma].

Pero la definición que más se ajusta al contexto normativo tiene que ver con la testificación. En efecto, dice la Real Academia Española respecto del verbo "atestiguar":

  • Der. testificar (afirmar de oficio).
  • Der. testificar (deponer como testigo).

De la expresión "atestiguar de testigo", de testificación, se deriva la expresión "atestación", la cual es definida de la siguiente forma por la Real Academia Española:

«Deposición de testigo o de persona que testifica o afirma algo.»

Por ejemplo, en el caso del ejercicio de la contaduría pública, se habla de que el contador tiene facultad para dar fe pública, para dar testimonio sobre la veracidad de un determinado hecho, realidad o documento.

Así, pues, las expresiones "atestar" y "atestación", en el contexto normativo, significan testificar, dar testimonio sobre algo.

Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2009, agosto 27). Atestar o atestación [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/que-significa-atestar-o-atestacion.html

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