Contrato de trabajo por días y pago al jornal

Es posible firmar un contrato de trabajo por días, es decir, para que el trabajador labore uno o dos días a la semana, e incluso se puede pactar que el pago se realice por días trabajados.

Trabajo por días.

Nos consulta un lector si es posible firmar un contrato de trabajo en el que únicamente se pague el día trabajado, independientemente del número de días que se trabajen en la semana.

En primer lugar, debemos resaltar que una cosa es el contrato de trabajo por días, y otra es la forma de remuneración que se pacte.

Es posible contratar a un trabajador para que labore todos los días a jornada completa, o todos los días por media jornada, o incluso que trabaje un día a la semana. Pero también se puede pactar que se pague por días trabajados, que corresponde al periodo de pago del salario, sea que el trabajador esté contratado por días o no.

Pago de salario al jornal.

Respecto al periodo de pago el numeral primero del artículo 134 del código sustantivo del trabajo señala:

«El salario en dinero debe pagarse por períodos iguales y vencidos, en moneda legal. El período de pago para los jornales no puede ser mayor de una semana, y para sueldos no mayor de un mes.»

Cuando se paga al trabajador por cada día trabajado estamos hablando de jornales, que como se observa, es uno periodo de pago contemplado por la norma.

Debe tenerse en cuenta que el pago al jornal o por día trabajado nada tiene que ver con el salario integral, y al tratarse de un contrato laboral, además del jornal el trabajador tiene derecho al pago de horas extras si se causan, o al recargo nocturno, e incluso al descanso dominical remunerado, aunque de forma proporcional si no se labora la semana completa, de acuerdo a como se explica en el siguiente artículo.

Descanso dominical proporcional cuando se trabaja por días.Pago proporcional diario de descanso dominical remunerado en trabajadores que laboran por días.

Prestaciones sociales en el pago al jornal.

Cuando se le paga al trabajador al jornal o por día trabajado, aun así, se le debe pagar las prestaciones sociales, teniendo en cuenta si se trabaja todos los días o sólo unos pocos por semana.

Si además de pagarse al jornal el trabajador labora por días, el pago de las prestaciones sociales se debe hacer como se explica en el siguiente artículo.

Liquidación de prestaciones sociales cuando se trabaja por días.Así se deben liquidar las prestaciones sociales cuando el trabajador labora por días, ya sea un día o dos días semanales.

Recordemos una vez más el trabajo por días es distinto al pago al jornal, aunque se pueden dar las dos cosas, es decir, que se trabaje por días y se pague al jornal.

Seguridad social el pago al jornal.

Los trabajadores pagados al jornal deben estar afiliados a seguridad social y hacer las cotizaciones respectivas.

Si además se trabaja por días, el pago a seguridad social se hace como se explica en el siguiente artículo.

Seguridad social en trabajadores contratados por días.Aportes a seguridad social de los trabajadores que laboran por días o que no laboran el mes completo.

Esto es importante porque tener un trabajador sin estar afiliado a seguridad social, así trabajo unos pocos días en la empresa, es un riesgo económico considerable y en algunos casos inasumible para la mayoría de los empleadores en caso que el trabajador sufra un accidente.

Guía Laboral 2023

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18 Opiniones
  1. Rosa Liliana Borrero Quijano Dice:

    Si por un dia de trabajo semanal hay que pagar el dia de descanso dominical, como se hace para liquidar ese dia de descanso dominical si la empleada trabaja 6 dias a la semana con distintos empleadores?

    Gracias

    Responder
    • Diego Cardenas Dice:

      https://www.gerencie.com/descanso-dominical-remunerado.html

      ¿Cómo se calcula el descanso dominical proporcional?
      Siendo que el descanso dominical se paga por trabajar la semana completa, a la luz del artículo 161 se interpreta que la semana es de 6 días laborables, por tanto partimos de ello para liquidar el descanso dominical proporcional.

      En consecuencia, si en la semana se deberían trabajar 6 días, para determinar qué proporción de remuneración por descanso dominical le corresponde a cada día, el valor del descanso dominical se divide entre 6.

      Supongamos un salario de $1.200.000 mensuales, donde el salario diario es de $40.000, de tal manera que el día domingo, si se descansa, se remunera con esa suma.

      Tenemos que 40.000/6 = 6.666.

      Por cada día de trabajo se tiene derecho a una remuneración de $6.666 por concepto de descanso dominical, de modo que tendremos la siguiente tabla:

      Número de días trabajados Pago dominical
      1 6.667
      2 13.333
      3 20.000
      4 26.667
      5 33.333
      6 40.000

      Responder
  2. wicho64 Dice:

    Como se diligencia el valor del contrato a termino fijo cuando el empleado se contrata por tres dias a la semana para oficios carios (Ejemplo se colocca en la parte de salario el valor minimo ???

    Responder
  3. santiago mora Dice:

    buenas tardes,

    queria agradecer por el contenido que hay en esta pagina me ha servido mucho para mi emprendimientos.

    Tengo una pregunta si saben sobre el tema del contrato de obra o labor

    estoy empezando una empresa de mantenimiento de cesped y jardin,
    este contrato de obra o labor me serviria pa empezar ya que no tengo los suficientes clientes para que mis empleados laboren el mes completo? y otra pregunta en caso de que solo tenga 4 clientes al mes osea 4 dias laborados en el mes como podria hacer para pagar el tema de las prestaciones sociales legales?
    o si me serviria mas el tema de contrato por dias?

    gracias a todos espero me puedan ayudar

    Responder
  4. lucia lopez Dice:

    si contrato para labores del hogar a una persona ya pensionada por colpensiones le debo pagar lo proporcional a pension,salud,arl,y comfama ó solo el dia $60.000 y ella paga su salud????? gracias por su atencion

    Responder
  5. alianza juridica2020 Dice:

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    Responder
  6. BREYLER Dice:

    Para el caso de los guías de turismo que trabajan por días, tiene algún modelo de contrato que pueda referirme para este caso? o ¿Cuál seria la mejor opción en este caso?

    Responder
  7. Margarita Dice:

    Tengo una inquietud ,, yo trabajo 3 días a la semana ganó 150 mil semanal de eso q ganó pago salud riesgos y caja de compensación ,, mi jefa me exige q tambien cotize pensión de ese mismo salario ,, yo no cotizo pensión porque el salario no me da para tanto , ya q también pago transporte de eso mismo ,,, , cómo hago para solucionar de la mejor manera ese problema con mi patrona?

    Responder
    • Baluarte Legal Abogados Dice:

      El pago a la seguridad social esta a cargo de del empleador, no del trabajador, para lo que, en su caso puntual, es obligación de su jefa de cotizarle a pensión, riesgos laborales y salud en el caso que usted no se encuentre afiliada al regimén subsidiario lo que la gente conoce coloquialmente como el sisben)

      Responder
  8. jose jair castellanos Dice:

    yo estuve trabajado con señoir manejado una colectiva pero el señor no me queire pagar que debo hacer

    Responder
    • ENTORNO LEGAL SAS BIC Dice:

      HOLA MI NOMBRE ES JOSE BARRETO ABOGADO ESPECILISTA EN DERECHO LABORAL Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD LIBRE, ESCRIBEME AL WHATSAPP 3208246747 PARA DARTE UNA ASESORIA PERSONALIZADA

      Responder
  9. Francia Posada Dice:

    Buenas tardes,

    Como siempre es muy útil la información que ustedes dan. Sin embargo en esta ocasión no encuentro un modelo de Contrato de trabajo a termino fijo para una empleada del servicio doméstico que trabaje de por días en una casa de familia.

    Incluso compré la Guía Laboral 2022 pero aun ahí no encuentro un modelo. Donde puedo por favor conseguir un modelo del contrato mencionado arriba?

    Gracias por su atención.

    Responder
  10. nbonilla Dice:

    El pasado 13 de marzo trabaje con una empresa llamada jahv McGregor, realice auditoria biometrica de las elecciones, se quedo que terminado el dia 15 pagaban y a la fecha no me an querido pagar, ya no responde celulares, Correos ni WhatsApp, que debo hacer en este caso, Gracias

    Responder
  11. Pat Dice:

    Quiero contratar una empleada doméstica x dos dias a la semana . Que le debo pagase?

    Responder
    • Lazzie Dice:

      Estoy interesada en la respuesta de la empleada doméstica que trabaja dos días a la semana? Qué se le debe pagar y que contrato es el adecuado?

      Responder
  12. Andres Perez Dice:

    Tengo una actividad cada fin de semana son 2 días(son 8 dias al mes), puedo darle de alta y baja cada fin de semana y no tener algún mal entendido con instituto de seguridad social?

    Responder
  13. cris Dice:

    Buenas tardes:

    para la empleada domestica que trabaje por dias se le puede realizar este contrato?

    Responder
  14. Manu Dice:

    Si el contrato es a termino indefinido por dias, ella labora tres dias a la semana, como regulo la clausula de periodo de prueba?

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