Retención en la fuente

Retención en la fuente aplicable en el año 2010

Concpeto general de retención en la fuente

La retención en la fuente no es un impuesto, sino un mecanismo de cobro anticipado de un impuesto en el momento en que sucede el hecho generador.

Contrario el concepto popular, la retención en la fuente no es ningún impuesto, sino que es el simple cobro anticipado de un impuesto, que bien puede ser el impuesto de renta, a las ventas o de industria y comercio.

La retención en la fuente por ser un pago anticipado de un impuesto, ésta se puede descontar en la respectiva declaración, ya sea de Iva, de Renta o de Ica.

La retención en la fuente comprende elementos como el sujeto pasivo, que es la persona a la que se le debe retener, el agente de retención que es la persona obligada a practicar la retención, el concepto de retención que es el hecho económico que se realiza y está sometido a retención, la tarifa que es el porcentaje que se aplica a la base de retención, y la base de retención es el valor o monto sujeto a retención.

La retención en la fuente es diferente para cada impuesto.

Existe la retención en la fuente por renta, la retención en la fuente por Iva o mas conocida como reteiva y la retención en la fuente por Ica, también conocida como reteica

A veces se suele aplicar de forma generalizada el concepto de retención en la fuente al impuesto de renta, lo cual es equivocado, puesto que, como ya se explicó, existe retención en la fuente para cada impuesto, y en el caso del impuesto de renta, el concepto adecuado es retención en la fuente por renta o reterenta.

Principales conceptos y tarifas de retención para el 2010

Concepto sujeto a retención Sujeto pasivo Porcentajes y bases
Arrendamiento
bienes inmuebles
Propietario, contribuyentes 3.5% sobre 27 Uvt ó más [$663.000]
Arrendamiento
bienes muebles, vehículos, maquinaria
Beneficiario 4% sobre 100% del pago o abono en cuenta
Contratos de construcción y urbanización Contratista 1% sobre 27 Uvt ó más [$663.000]
Comisiones sin vínculo laboral Beneficiario (*) 10% u 11% sobre 100% del pago o abono en cuenta
Compras Beneficiario 3.5% sobre 27 Uvt  ó más [$663.000]
Compra inmuebles y vehículos Beneficiario Retener 1% sobre 27 [$663.000] Uvt a falta de retención del Notario o Tránsito
Venta activos fijos personas naturales Vendedor 1% sobre el total
Compra combustible Beneficiario 0.1% sobre el total
Honorarios, administración delegada Beneficiario (*) 10% u 11% sobre el pago o abono en cuenta.
Honorarios por consultoría de obras públicas remunerados con base en el método
del factor multiplicador
Contratante 2% pago o abono en cuenta
Demás contratos de consultoría, incluidos los de interventoría Contratante 6% del valor del pago o abono en cuenta para declarantes 10% u 11% del valor del pago o abono en cuenta para no declarantes.
Intereses Beneficiario 7% de todos los intereses
Servicios en general Beneficiario 6% para no declarantes.
4% para declarantes.
Sobre 4 Uvt o más [$98.000].
Servicios temporales Beneficiario 1% sobre 4 Uvt ó más [$98.000]
Servicios de aseo y vigilancia Beneficiario 2% sobre 4 Uvt ó más [$98.000]
Servicios de hoteles y restaurantes Beneficiario 3.5% sobre 4 Uvt ó más [$98.000], si paga directamente el agente retenedor
Transporte terrestre de carga Transportador 1% sobre 4 Uvt ó más [$98.000]
Transporte aéreo, marítimo carga Transportador 1% sobre 4 Uvt ó más [$98.000]
Transporte terrestre nacional de pasajeros Transportador 3.5% sobre 27 Uvt ó más [$663.000]
Compra de bienes y productos agropecuarios sin proceso industrial Beneficiario 1.5% valores superiores a 98 UVT [$2.406.000]
Compra de café pergamino o cereza Beneficiario 0.5% valores superiores a 160 UVT [$3.929.000]
Loterías, rifas, apuestas y similares Beneficiario 20% cuando el pago sea  superior a
48 UVT [$1.179.000]
Otros ingresos tributarios Beneficiario 3.5% sobre 27 Uvt ó más [$663.000]
Emolumentos eclesiásticos Beneficiario 3.5% sobre el pago a no declarantes.
4% a declarantes, o cuando los pagos del año gravable a no declarantes superen 1.400 UVT Sobre 27 Uvt o más [$663.000].
Indemnizaciones derivadas de la relación laboral Beneficiario 20% para trabajadores que devenguen más de 10 salarios mínimos
Otras indemnizaciones Beneficiario 20% residentes
34% extranjeros sin residencia
Servicios integrales de salud que comprendan hospitalización, radiología, medicamentos,
exámenes y análisis de laboratorios clínicos
IPS 2% Sobre 4 Uvt o más [$98.000]
(*) 11% para pagos o abonos en cuenta a Personas Jurídicas y asimiladas

- 11% para pagos o abonos
en cuenta a la personas naturales por contratos cuyo valor superen la
suma de 3.300 UVT.

- 11% para pagos o abonos
en cuenta a Personas Naturales, sobre el exceso de 3.300 UVT en el
año 2010.

- 10% para pagos o abonos
en cuenta a las demás Personas Naturales

El Uvt para el 2010 está en $24.555 , para el 2009 era de $23.763. Para conocer los valores en pesos, multiplique los Uvt respectivos por 24.555. Ejemplo: La retención en la fuente por compras se practica a partir de 27 Uvt, que en pesos es igual a 27×24.555, es decir, a partir de 663.000, realizando la respectiva aproximación.

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Publicado el día 28 de Agosto de 2008 a las 1:37.PM.
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Comentarios

132 Opiniones to “Retención en la fuente”
  1. James Urrego dice:

    Me gustaria saber cual es la tarifa de rte fte para el salario de un adminsitrador de conjunto residencial, de iagual forma para el rte Ica.

  2. INGRIS JOHANA dice:

    Mi pregunta es: En un contrato de prestacion de servicios donde el salario son: $700.000 ¿cuanto seria la retencion en la fuente que se efectua? la retencion es por servicios generales?

    Gracias agradezco una pronta respuesta al igual que otra acerca del tema de contrato de prestacion de servicios.

    Ingris T.

    • Nelson dice:

      Eso depende del servicio, generalmente en estos contratos por prestaciòn de servicios se retiene por honorarios 10%, la diferencia la hace el tipo de servicio que prestas, si es un servicio tecnico y que no requiere de conocimientos especializados se retiene por servicios, si por el contrario es un servicio que solo ciertas personas con algun grado de conocimiento lo pueden hacer la retefuente sera por honorarios.

  3. Ricardo Lopez dice:

    tengo una salario basico de 700.000 y en comosiones por ventas gano alrededor de 1.900.000 en promedio.. que descuento de retencion y prestaciones sociales me deben hacer?? no tengo derecho a subsidio de transporte??

  4. lorena bermudez dice:

    ¿como opera la retencion en la fuente para no contribuyentes del impuesto?

  5. William Andres dice:

    Hola Lorena!

    La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado del Impuesto de Renta, por tanto este no se consituye como tal un impuesto pero si un medio bajo el cual la DIAN asegura que los contribuyentes pague su impuesto de manera anticipada.

    Y como te comento, para los no contribuyentes, su impuesto sería la suma de todas las retenciones practicadas en el período.

    Saludos.

    William

  6. DAYANA dice:

    BUENAS TARDES, NECESITO SABER SI POR LA COMPRA DE ACTIVOS FIJOS NO GRAVADOS TAMBIEN SE PRACTICA RETEFUENTE?

    2. A LOS PRODUCTOS PARA LA VENTA NO GRAVADOS SE LES PRACTICA RETEFUENTE, SI LA EMPRESA QUE COMPRA ES REGIMEN COMUN Y LA EMPRESA QUE VENDE ES DEL MISMO REGIMEN?

    • Nelson dice:

      El hecho de que un producto sea gravado o no, no afecta a la retencion en la fuente, esto es solo para efectos de IVA, partiendo de esta premisa:

      1. SI, a los activos fijos no gravados tambien se les practica retencion en la fuente

      2. SI, igualmente el hecho de que no sean bienes gravados no afecta la retenciòn.

  7. Yudy Mercedes Rodriguez dice:

    Gracias mi pregunta es la siguiente:
    Compre dos vehiculos a una empresa que es grande contribuyente y segun la factura son retenedores de iva. Les consigne el valor que me dijeron por los dos vehiculos; valor que escribieron en el contrato de compraventa. Pero a los dias me consignaron a mi cuenta un dinero que por retencion (nunca entendi a que se referian), Con los dias recibi las facturas de dichos carros y en cada una de ellas decia en la parte inferior “favor retener el 3.5 de esta factura por valor de tanto$$$” cabe anotar que esta factura la recibi dias despues de haberles consignado. Facturas que guarde sin leer hasta el dia de hoy que me llaman para decirmen que les envie copia de la retencion que yo debi pagar. Yo soy regimen comun, no soy comerciante, pues mis ingresos son de mis conocimientos de ganado (tengo una finca) y de compra y venta de carros a particulares o en remates.Jamas me habia pasado algo asi. Mi pregunta es no eran ellos los responsables de retener y pagar esa retefuente?. O me toca asumir esa sancion a mi? o yo pago el dinero que ellos me consignaron y son ellos quien deben asumir la sanciòn? eso fue en enero de 2008, que debo asumir yo y que ellos
    Agradezco me asesoren de manera urgente.
    Depronto no me hice entender, a que telefono fijo puedo llamar para que me contesten mis dudas.

  8. angela dice:

    HOLA!!! BUEN DIA, ME DIRIJO A USTEDES SOLICITARLES SU AYUDA CON RESPECTO A UNA DUDA QUE TENGO, A LOS TRANSPORTES AEREOS SE LES HACE RETENCION DEL 4% DE IVA

  9. ALEXANDER GARCIA dice:

    necesito saber para sacar el porcentaje a liquidar de retencion sobre salarios de enero de 2009 a junio de 2009 aplicando el procedimiento 2, desde y hasta que meses de los pagos de salarios liuidados debo tener para dicha retencion.

  10. brayan dice:

    wena pagina me ayudo a recuperar contabilidad que la llevaba en 1.2 mas perdido que ni pa donde me ayudo a hacer el taller de recuperacion wena pagina la recomendare!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! grax!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

  11. GLORIA ZAMUDIO R dice:

    gracias por su valiosa colaboraciòn, la consulta de esta pagina ha sido muy util en varios consultas que se han presentado.
    en la oficina tenemos diferentes opiniones al respecto. Quisiera saber la rte fte es acumulable o no.
    es decir si un proveedor me expide varias facturas durante un mismo mes en diferentes fechas y ninguna alcanza la base por ejemplo de compras(3.5%) se hace retenciòn.

  12. Daniel Granada Estudiante dice:

    Hola Gracias Por Lo escrito Arriba Pero No Dice Lo Que Yo Necesito Por Favor Que Alguien Me Hago el Favor De Decirme La Retefuente en Donde Se Registra?

    Debe o Haber?

    La Pregunta es un poco tonta pero quiero que comprendan que soy un estudiante de 13 años que esta en segundo de secundaria o septimo como lo quieras llamar ok….

    a la persona q me lo diga se lo agreadecere infinitamente ok gracias

    • IVAN dice:

      Hola Daniel

      Si la retefuente es por una compra o un pago que hiciste la debes registrar Credito (haber), y si es por una venta o un pago que te hacen la debes registrar Debito, espero te sirva la respuesta

  13. ISA dice:

    ESO DEPENDE DE SI LO QUE VA A REGISTRAR ES UNA COMPRA O UNA VENTA

  14. Humberto dice:

    Somos una Corporación Cultural sin animo de lucro, pronto tendremos manejo de dinero en un contrato, por lo tanto tendremos a demas personas que nos prestaran servicios de fromacion artistica (profesores de arte en colegios) y queremos saber sobre:
    a)- ¿Que porcentaje nos deben de retener a nosotros como entidad cultural, y sobre que monto empieza a aplicar?
    b)- ¿Cuál es el porcentaje y sobre que monto comienza a aplicar a las personas que nos prestan el servicio?
    c)- ¿Que hacemos con los dineros fruto de la retencion?
    d)- ¿Para todo contrato que realicemos con toda entidad ya sea gubernamental o privada debe de haber retencion?
    e)- ¿A los que ejecutan proyectos y que hacen parte de nuestra Corporación, a allos tambien la Corporacion como entidad les hace retencion y sobre que monto?
    Muchas gracias por su ayuda!
    Hasta pronto!

  15. yamile dice:

    tengo una pregunta por hacer: yo tengo una papeleria y le suministro a una empresa todo lo que tiene que ver con FOTOCOPIAS y la cuenta de cobro que
    pase fue por 496.200 y ellos me le hicienron retencion por 6% quiero saber si ellos me debian retener o no.

    • karolina dice:

      pues nena lo que tienes que haser es estudiar deja de ser bruta

      • IVAN dice:

        Karolina, y tu lo que debes HACER es estudiar para Mejorar la Ortografia

      • NEYDA dice:

        QUE BUENO FACIL ES MOSTRAR EL NARCICISMO INTELECTUAL, ES POSIBLE KAROLINA QUE TU TE LA SEPAS TODA, Y HABRA QUE VER……ACORDE A TU RESPUESTA SE VE QUE ERES MAS BRUTA QUE QUIEN FORMULO LA PREGUNATA, SABES SIEMPRE CUENADO ESTUDIE, SUPE QUE QUIEN DUDABA, APRENDIA MÁS PUES TENIA LA OPCION DE INVESTIGAR Y NO QUEDARSE CON LAS POCAS HERRAMIENTAS QUE LE DABA EL PROFESOR… QUE PENA CON USTED.

        CON RESPECTO A YAMILE, PUES SI TE PUEDEN PRACTICAR LA RETENCIÓN POR SERVICIOS, SIEMPRE Y CUANDO SUPERE EL TOPE DE $95000 QUE ES LO ESTABLECIDO PARA SERVICIOS EN GENERAL, O SEA SI SUPERA LAS 4uvt. ESPERO CON ELLO TE HAYA DESPEJADO LA DUDA.

    • IVAN dice:

      Hola, efectivamante te deben retener, siempre y cuando la empresa que lo hizo sea Agente retenedor

  16. NEYDA dice:

    Necisto me ayuden con la siguiente inquietud y por favor las personas que no tengan un aporte importante, favor omitir comentarios.

    Celebre un contrato por una cuantia considerable con un ente Estatal, por concepto de mantenimiento del parque automotor a todo costo, en el cual se le suministran los repuestos, mi negocio es Almacen y Taller, sin embargo el valor por mano de obra (mantenimiento) es menor, que el que se causa con la venta de Repuestos. Ej se facturan 1.200.000 por Repuestos y 325.000 por servicios, sinembargo, las retenciones, no me las practican, en forma separada pese a que la factura va especificada, sino sobre el valor total, el 6%, ademas, no se me aplica la tarifa especial por ser responsable del impuesto de renta que es el 4% por servicios. El ente argumenta que la retención la debe practicar sobre servicios, por que el contrato se CELEBRO POR MANTENIMIENTO A TODO COSTO. Quiero saber, si ellos lo pueden hacer así. cualquiera que sea la respuesta necesito saber cual es la normatividad que la respalda. Gracias

    • LUIS FERNANDO dice:

      Neyda, efectivamente la retencion se debe hacer sobre servicios, ya que involucraste dentro de una misma factura ambos conceptos y la norma para efectuar la retencion en la fuete dice que si se relacionan varios conceptos dentro de una misma factura, se debe aplicar la mayor tarifa involucrada en lo facturado, es decir, para una proxima oportunidad, elabora una factura por los repuestos para que te apliquen el 3.5% y otra por separado para la mano de obra para que te apliquen el 6%.

  17. GABRIEL PARADA dice:

    HOLA.

    EN ESTE MOMENTO TENGO UN CONTRATO POR PRESTACION DE SERVICIOS, GANO APROXIMADAMENTE 600.000 PESOS AL MES. DE ESE DINERO ME HACEN RETENCION EN LA FUENTE DEL 6%. MI PREGUNTA ES SI UN SALARIO DE ESTE MONTO ES SUCEPTIBLE DE ESE DESCUENTO.

    MUCHAS GRACIAS.

    • LUIS FERNANDO dice:

      Los contratos de prestacion de servicios son muy diferentes a los contratos laborales, en estos ultimos se puede hablar de salario, pero en el de servicios, efectivamente es como su nombre lo dice un “servicio” y la base para aplicar retencion en la fuente es de ($95.000). a la tarifa del 6%.

  18. marcela dice:

    yo tengo un contrato por prestacion de servicios de 300.000 mas comisiones y todo suma 600.000 cuanto me deben descontar de retención???

  19. Andres Rodriguez dice:

    Hola epsero alguien me pueda guiar,soy un estudiante de contaduria y no tengo experiencia y estoy tratando de hacer un trabajo que me dejo mi jefe pero estoy confundido el trabajo e ssacar retencion en la fuente de unas ordenes de trabajo las cuales les calculo el 3.5% segun la tabla a quien aplique es correcto o debo tambien sacarle el reteiva???

  20. ANDREA dice:

    HOLA, TODAS ESTAS RESPUESTAS SON ERRADAS PUES KAROLINA
    TIENE RAZON EL QUE QUIERE APRENDER INVESTIGA CON EL PROFESOR YA QUE MUCHAS VECES EN ESTAS PAGINAS LAS RESPUESTAS SON ERRADAS…

  21. MUCHAS GRACIAS POR ESTA PAGINA DONDE FORMULAN PREGUNTAS Y SUS RESPUESTAS NOS AYUDAN MUCHO A ACLARAR DUDAS Y APRENDE UNO MAS…. ME HAN SERVIDO MUCHO PARA EL ESTUDIO DE CONTABILIDAD Y EN EL TRABAJO.

  22. Saulo Betancur dice:

    Hola alguien me puede decir que retencion se hace a una dacion o donacion de un vehiculo?

  23. ANGY dice:

    necesito saber cuales son las obligaciones tributarias de una fundacion dedicada a la formacion para el trabajo y el desarrollo humano

  24. ROSA MARIA dice:

    gracias por su valiosa colaboraciòn, la consulta de esta pagina ha sido muy util en varios consultas que se han presentado.
    en la oficina tenemos diferentes opiniones al respecto. Quisiera saber la rte fte es acumulable o no.
    es decir si un proveedor me expide varias facturas durante un mismo mes en diferentes fechas y ninguna alcanza la base por ejemplo de compras(3.5%) se hace retenciòn.

    en alguna oportunidad encontré un documento que decía que esto quedaba a libre albedrío pero no estoy segura, alguien por favor me puede ayudar.

    gracias.

  25. JUBER dice:

    Buenas tardes, tengo una pequeña duda,

    Hay un señor (persona natural) que nos colabora con el transporte de pasajeros (empleados de la empresa) al aeropuerto y del aeropuerto a la empresa, en el mes pasado presento una cuenta de cobro por 600.000 (seiscientos mil pesos). Segun la tabla de retencion para el año 2009 el servicio de transporte nacional de pasajeros es del 3.5% apartir de 642.000, por lo cual aparentemento no hay retencion, pero otra persona me dijo que le hiciera retencion del 6% como un servicio normal, ya que para hacerle la retencion del 3.5% tenia que aparecer como transportador en el rut.

    les agradezco con la respuesta ojala una persona lo suficientemente idonea.
    GRACIAS

  26. cesar dice:

    Buenas: mi pregunta es la siguiente, tengo 24 dias trabajando con una identidad prestadora de los servicios de salud ( SAD )Servicio de antencion domisiliaria, el dia que pasé una cuenta de cobro me cobraron retencion en la fuente, quisiera saber por qme me cobran rentencion en la fuente, si aun no tengo un contrato firmado y si tan solo llevo laborando menos de un mes. espero q alguien me pueda ayudar

  27. Julian Gomez dice:

    Buenos dias: en dias pasados a nuestros empleados les cambiamos la modalidad de contrato, antes se encontraban por termino indefinido, actualmente se encuentran por prestacion de servicios, los salrios no superan el millon de peses, me gustaria me informaran si a ellos se les debe aplicar la retencion en la fuente y el reteica, hasta dodne han llegado mis investigacion llego a la conclusion de que no pero me gustaria que me asesoraran en este tema gracias

  28. Juan F. dice:

    Yo presto servicios a una compañia americana como ing. sistemas, yo estoy ubicado en colombia y la empresa en USA.
    Presto mis servicios atravez de internet, esta empresa mensualmente envia el pago como transferencia electronica, usualemnte el equivalente a 4′000.000 COP.
    ¿Deberia pagar retefuente aunque esta empresa esta en usa y el contrato con ellos no tiene validez en colombia?
    ¿Yo deberia tener permiso para exportar servicios y pagar impuesto por esto?

    Gracias.

    • Buenos días, Juan F.

      No hay que hacer ninguna retención. La única retención es la que aplica la empresa que le paga el giro correspondiente el 4×1000.

      No se requiere ninguna autorización para prestar servicios en el exterior desde Colombia, y estos servicios, al igual que las exportaciones se consideran exentos de Iva, por tanto usted tampoco tiene que facturar Iva.

      Lo único que usted debe hacer, es declarar esos ingresos en caso de que esté obligado a declarar renta.

      Saludos!

  29. Julian Gomez dice:

    usted me podriainformar en que pagina o en que lugar podria solicitar informacion de reteica ya que somo de bogota, y otra cosulta en nuestra empresa desarrollamos softeware, el cual vendemos y en este moemtno en nuestro plan de ventas queremos obsequiar la licencia de dicho software, si hacemso esto se podria tener algun beneficio en cuanto a los impuesto.

  30. Buenos días para todos. Solicito la orientación y apoyo para dilucidar el siguiente temario: Trabajo con una entidad del distrito la cual tiene dentro de sus actividades realizar el proceso de CANJE, el cual lo realiza a través de convenir pautas radiales, publicitarias y mercancias. Por ejemplo: se formaliza un contrato por CANJE por el valor de $10′000.000, dirigidos a 50% de pautas radiales, 30% de entrega de camisetas con logo y 20 % maletines estudiantiles. mi pregunta es: ¿Cuales son los impuestos que le debo realizar a este proceso de CANJE, ya sea el contribuyente grandes y/o pequeño? Teniendo en cuenta que a este evento lo afecta también los impuestos distritales como son: ICA según la actividad se la persona natural y/o jurídica; el porcentaje de 0,5% de la estampilla de pro Cultura de Bogotá – Acuerdo 187 de diciembre 20 de 2005; la estampilla Pro Dotación del 0,5% – Acuerdo 188 de diciembre 20 de 2005 y la estampilla universidad distrital Francisco José de Caldas 50 años el 1% – Acuerdo 53 de enro de 2002. Mil gracias por su amable y oportuna colaboración sobre la aclaración de este tema.

  31. Daniel Cardozo dice:

    Muy bien sobre el concepto de Retención en la fuente, aclaranndo que no se trata de un impuesto, sino una forma anticipada de impuesto. Es muy importante este tipo de publicaciones. Gracias señores Gerencie.com.

  32. andrea dice:

    desearia saber que es retencion en la fuente

  33. EVA ALVAREZ dice:

    soy persona natural regimen simplificado me descuentan en mis contrataciones me hacen todas las retenciones iva refuente y reteica es legal si no lo s que debo hacer

  34. Edna dice:

    Buen dia pro favor tengo una factura de ADECCO COLOMBIA S.A empresa de servicios temporales por valor de $ 643.700 por favor me confirman si le genero retencion del 4% por ser regimen comun..espero de su respuesta

    Muchas Gracias

    • Buenos días, Edna.

      Si la empresa es prestadora de servicios temporales de empleo, la tarifa a aplicar sería del 1% según lo contempla el decreto 1300 del 27 de abril de 2005. De otra parte, respecto a la retención por renta, nada tiene que ver el hecho de sea sea régimen común o simplificado.

      Si algo no he comprendido, ¿podría por favor darme más detalles?

      Saludos!

  35. nelly dice:

    que % de retencion se practica a un proveedor del exterio al cual le compre una licencia de software

  36. Johanna Osorio dice:

    En una compra de un Lote por valor de $100.000.000, entre vendedor Persona Natural y Comprador 50% Persona Juridica y 50% persona natural, ¿A quien corresponde la Obligacion de la Retención en La fuente?, Gracias por su respuesta

  37. leidy dice:

    1.tengo dos preguntas……… si yo como persona natural presto serviocio de mantenimiento como contratista y le facturo a un gran contribuyente cual seria el porcentaje de la retencion en el momento de facturara?

    2.cual seria el porcentaje de la retencion en la fuente si a la empresa que le facturo no son grandes contribuyentes y estoy prestando el mismo servicio de mantenimiento a maquinaria??

    gracias a las personas que me puedan colaborar

  38. david dice:

    ¿Por que aún la gente que ha estudiado en la universidad le llama a los gringos Americanos? Eso no lo entiendo, por favor expliquenmelo si alguien sabe.

    • juancpryor dice:

      La gente que ha estudiado en universidad le llama a los gringos son “americanos” porque su educación les ha permitido saber que el país de los gringos se llama “Estados Unidos de América”. Así como a los nacionales de “Estados Unidos Mexicanos”, les llamamos mexicanos, a los “Estados Unidos de Colombia” (1863-1886), se les llamaba colombianos, a los “Estados Unidos de Venezuela” (1864-1953), se les llamaba venezolanos…etc., etc., etc.

      ¿Queda lo suficientemente claro?

  39. ALVARO MELO dice:

    TENGO UNA INQUIETUD… A MI ME PAGAN MI SUELDO QUINCENALMENTE, ¿CADA VEZ QUE ME PAGAN ME DEBEN HACER RETENCION EN LA FUENTE O ESTA SE HACE CADA MES?

  40. Eliana Avila dice:

    Hola quiciera saber cual es el valor de la retencion en la fuente ejm: compro en un almacen unos repuestos por valor de $700.000 + iva de 16% en un regimen comun y yo soy regimen gran contribuyente

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