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¿Cada cuánto se declara renta?

La declaración de renta se presenta una vez al año, por el año gravable que va del 1 de enero al 31 de diciembre. Las personas jurídicas deben presentarla todos los años mientras existan, aunque no tengan operaciones; las personas naturales, en cambio, solo en los años en que superan los topes del artículo 592 del Estatuto Tributario. ¿Qué pasa con quien declaró una vez y cada cuánto se presentan las demás declaraciones?

El período de la declaración de renta.

El impuesto de renta se liquida por períodos anuales. El período fiscal corresponde al año calendario, y la declaración se presenta al año siguiente, en los plazos que fija el calendario tributario.

Hay casos en los que el período es menor de un año, como cuando una sociedad se constituye o se liquida en el curso del año o cuando se liquida una sucesión ilíquida. En esos casos se presenta una declaración por fracción de año, según el artículo 595 del Estatuto Tributario. Pero sigue siendo una sola declaración por período.

Las personas jurídicas declaran todos los años.

Una sociedad debe presentar la declaración de renta cada año desde su constitución hasta su liquidación, aunque no haya tenido ingresos ni operaciones. Los topes de ingresos y patrimonio solo aplican a las personas naturales.

La obligación termina cuando la sociedad se liquida y se cancela su RUT. Por eso, una empresa que no se usa sigue generando obligaciones, como explicamos en el artículo sobre las empresas inactivas.

Las personas naturales declaran solo si superan los topes.

La persona natural debe revisar cada año si está obligada a declarar. Lo está si en el año gravable supera alguno de los topes de patrimonio bruto, ingresos brutos, compras y consumos, consumos con tarjeta de crédito o consignaciones y depósitos, o si es responsable del IVA al cierre del año.

Si en un año supera algún tope, declara; si al año siguiente no supera ninguno, no está obligada. La obligación se revisa año por año y no depende de lo que haya ocurrido antes.

¿Si declaré renta una vez debo seguir declarando?

No. Haber declarado un año no obliga a declarar los siguientes. La obligación nace de la ley y de la situación económica de cada año, no del hecho de haber declarado antes.

Tampoco la obliga, de acuerdo con nuestro criterio, que su RUT conserve la responsabilidad 05, de renta, porque las responsabilidades del RUT reflejan obligaciones legales y no las crean. Aun así, conviene conservar los soportes que demuestren que no superó los topes, por si la Dian pregunta.

Quien no está obligado puede, si lo desea, presentar una declaración de renta voluntaria, por ejemplo para solicitar la devolución de las retenciones que le practicaron.

Cada cuánto se presentan las demás declaraciones.

La renta es anual, pero otras declaraciones tienen períodos más cortos. La siguiente tabla resume las principales:

Declaración Periodicidad Norma
Renta Anual Artículos 591 y 595 del E.T.
IVA Bimestral o cuatrimestral, según ingresos Artículo 600 del E.T.
Retención en la fuente Mensual Artículo 606 del E.T.
Régimen simple Anual, con anticipos bimestrales Artículo 910 del E.T.
Impuesto al patrimonio Anual Artículo 292-3 del E.T.
Información exógena Anual Artículo 631 del E.T.

En el IVA, declaran bimestralmente los grandes contribuyentes y quienes tuvieron ingresos brutos iguales o superiores a 92.000 UVT en el año anterior, y cuatrimestralmente los demás. El impuesto de industria y comercio lo regula cada municipio, de modo que su periodicidad depende del estatuto tributario local.

Preguntas frecuentes.

A continuación respondemos las preguntas frecuentes de nuestros lectores.

¿Cada cuánto se declara renta en Colombia?

Una vez al año, por el año gravable del 1 de enero al 31 de diciembre, en los plazos del calendario tributario del año siguiente.

¿Si declaro renta una vez debo seguir declarando?

No. Cada año se revisa si se superan los topes. Si no se superan, no hay obligación de declarar.

¿Una empresa debe declarar renta todos los años?

Sí. Las personas jurídicas declaran cada año mientras existan, aunque no tengan ingresos ni operaciones.

¿Cuándo declaran renta las empresas?

En los plazos que fija cada año el calendario tributario, que se asignan según el último dígito del NIT y, en el caso de los grandes contribuyentes, en cuotas.

¿Cada cuánto se declara el IVA?

Bimestral o cuatrimestralmente, según los ingresos del año anterior, conforme al artículo 600 del Estatuto Tributario.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2026, septiembre 23). ¿Cada cuánto se declara renta? [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/cada-cuanto-se-declara-renta.html

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