El tiempo de viaje o desplazamiento del trabajador que requiere para movilizarse desde su casa hasta el lugar de trabajo o viceversa, no hace parta de la jornada laboral y por lo tanto no se remunera, pero sí cuando el empleador le exige al trabajador que se desplace a un lugar distinto al acordado en el contrato de trabajo.
Cómputo del tiempo de viaje como jornada laboral o de trabajo extra.
Cuando se firma el contrato de trabajo las partes acuerdan la jornada laboral diaria, y la hora en que esa inicia. En consecuencia, si el trabajador se comprometió a iniciar su jornada laboral a las 8 de la mañana, es su responsabilidad estar en la empresa a esa hora, independientemente del lugar donde resida, y de la hora a la que tenga que salir de su casa para poder llegar oportunamente.
Es decir, que el tiempo que el trabajador gaste desde su casa hasta llegar al trabajo, no hace parte de la jornada laboral, y por consiguiente no se remunera ni causa horas extras.
Si por alguna circunstancia el trabajador llega tarde a la empresa, porque se presentó un atasco de tráfico que duró 3 horas, son 3 horas que pierde el trabajador y no el empleador, y aunque no es una práctica muy amable, algunos empleadores exigen al trabajador laborar la jornada completa, en cualquier caso.
Cuando el trabajador debe viajar a un lugar distinto al acordado.
Cuando el trabajador ha sido contratado para trabajar en un sitio determinado, pero luego el empleador lo envía a trabajar a otra ciudad que el implica más tiempo de viaje, en nuestro criterio ese tiempo extra de viaje que debe sufrir el trabajador sí debería ser remunerado por no corresponder a lo inicialmente pactado.
Por ejemplo, si el trabajador se contrató para que laborara en la ciudad de Bogotá y cuando firmó el contrato de trabajo vivía en Bogotá, pero luego el empleador lo envía a trabajar a Girardot uno o dos días a la semana, viéndose obligado el trabajador a desplazarse todos los días por 3 horas más, es justo incluir esas 3 horas dentro de la jornada laboral, o compensar de algún modo el esfuerzo extra en que debe incurrir el trabajador.
De acuerdo al ministerio del trabajo en concepto 08SE2024120300000009524 del 18 de marzo de 2024, considera que ese tiempo sí debe ser remunerado:
«En efecto, el tiempo de desplazamiento desde la sede habitual de residencia del trabajador hasta la sede habitual de trabajo, no es considerada como parte de la jornada laboral y por tanto no remunerada, sin embargo, cuando el empleador ordena el desplazamiento a otro sitio que no es el habitual de trabajo, es obligación del empleador el remunerar el tiempo de desplazamiento en proporción al tiempo destinado por el trabajador para cumplir la orden impartida por el empleador hasta el inicio de su jornada laboral, con el salario ordinario devengado por el trabajador sin considerarlo trabajo suplementario y de horas extras debido a que no forma parte de la jornada laboral en estricto sentido, sino que es tiempo de descanso del trabajador que sacrifica para cumplir las órdenes impartidas por el empleador, siendo la razón por la cual, la jurisprudencia ha considerado debe ser remunerada con el salario ordinario que devenga el trabajador en proporción al número de horas destinadas para el efecto.»
Considera el ministerio del trabajo que ese tiempo se trata como si se tratara de disponibilidad, y por tanto debe remunerarse con el salario ordinario.
No se causan horas extras durante el tiempo de desplazamiento del trabajador.
En ese evento no se causan horas extras, es decir, el tiempo de viaje no se toma como si fueran horas extras porque el trabajador no está laborando, sino que está desplazándose al lugar de trabajo dispuesto por el empleador, tiempo de viaje que se considera como disponibilidad, y debe ser remunerado por cuanto el trabajador está impedido para realizar actividades distintas a las ordenadas por el empleador, como descansar, o cualquier otra cosa que el trabador decida hacer en su tiempo libre, de manera que, si el trabajador no puede hacer uso libre de su tiempo por orden del empleador, ese tiempo debe ser remunerado.
En resumen, el tiempo de viaje o desplazamiento, cuando el empleador decide enviar al trabajador a laborar a un lugar distinto del acordado en el contrato de trabajo, no causa horas extras perero se remunera con el salario ordinario propio de la disponibilidad laboral.
Los viáticos cubren los gatos de viaje más no el tiempo de viaje.
Cuando el trabajador debe desplazarse a un lugar distinto al habitual de trabajo, el empleador tiene la obligación de pagar los gastos en que incurre el trabajador, como transporte, alojamiento y alimentación, y esos viáticos no cubren la remuneración del tiempo de desplazamiento que el trabajado debe realizar por fuera de la jornada laboral, puesto que son obligaciones distintas.
En esos casos, se deben separar los viáticos de la remuneración que eventualmente se deba pagar al trabajador por el tiempo de desplazamiento, que es salario en toda regla, mientras que los viáticos no necesariamente son salario.
Guía Laboral 2024
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2024, marzo 16). ¿El tiempo de viaje se incluye en la jornada de trabajo? [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/el-tiempo-que-un-trabajador-gasta-viajando-se-debe-remunerar.html
mi caso es que me contrataron para laborar en una empresa cuya sede principal es malambo, pero exporadicamente realizamos viajea a otras ciudades para cumplir trabajaos a clientes, ejemplo:
nuestro horario de trabajo es de 7:30 a 12:00 y de 12:30 a 4:30 lunes a viernes y sabados de 07:30 a 12:oo
aveces nos hacen llegar a la oficina a las 05:00am para viajar a cartagena o otra ciudad y terminamos los trabajos a las 7 0 6 de la tarde pero llegamos a la empresa tipo 8:00pm o 10:30pm esas horas serian extras ya que no nos dan viaticos por que nos llevan en la camioneta de la empresa pero nos brindan el almuerzo ese tiempo desde las 05:00 hasta las 9:00pm ya conociendo nuestro horario habitual seria extras? la empresa esta bajo la modalidad de cooperativ
agradezco esta aclaracion lo antes posible ya que tenemos varias jornadas asi pero no nos estan reconociendo las extras
Esta inquietud ha recibido respuesta en este enlace.
hola si una empresa me contra por tres meses a termino fijo y en el contrato esta la opción de que cuando se requiera debo viajar a otras ciudades ellos pagando transporte, comida y hospedaje, y en caso tal que me toque trabajar o quedarme en mis dias libres para serguir luego con la jornada normal la empresa debe reconocerme algo mas que solo los dias de descanso normal? o no esta obligada a pagamer extras por tener que estar fuera de la cuidad ? y las horas de viajes cuentan como horas laborales?
Si sus días libres no los debe trabajar no se deben pagar. El hecho que deba pasar sus días libres fuera de la ciudad donde regularmente vive no significa que haya laborado esos días.
En cuanto al tiempo de viaje, al ser un viaje esporádico y sólo para presentarse a su nuevo lugar de trabajo, consideramos que no hace parte de la jornada laboral.
Saludos
Buenas tardes
Si el trabajdor fue contratado en la ciudad de bogota y se tiene un proyecto en Siberia,,que es fuera de bogota,,ese tiempo de desplazamenito se le debe reconocer como tiempo extra
buenas tardes tengo una pregunta si tengo un empleado mi empresa tiene contratos en diferentes lugares y requiero que el empleado dure un mes en otro lugar haciendo un trabajo pero yo pago todo alimentacion todos los dias 3 vesces al dia hospedaje viaticos de trasporte de el lugar de recidencia hasta el lugar de trabajo y viseversa devo pagar horas extras
Cuando se trabaja lejos de casa y tiene uno como trabajador forastero 4 días de descanzo .. cómo deberían ser estos días.. son días Avilés o también pueden ellos utilizar domingos y festivos para mandarlo a uno a descanzo…?
Cordial saludo,
Tengo una inquietud, generalmente trabajo en oficina y en el horario establecido, pero hay ocasiones en que solicitan labores de campo y se requiere desplazarse al lugar, por lo que mi duda es ¿Ese tiempo de desplazamiento se considera como tiempo extra? teniendo en cuenta que en ocasiones se hace el desplazamiento y de manera inmediata se inician las actividades, ya sea desplazamiento nocturno y/o viceversa.
Quedo atento a cualquier comentario.