Una hora extra nocturna es aquella que se labora adicional a la jornada laboral ordinaria y que además se labora en horario nocturno.
Desde cuando se causan las horas extras nocturnas.
Las horas extras nocturnas se causan entre las 9 de la noche y las 6 de la mañana del día siguiente.
Para que se configure la hora extra nocturna deben suceder dos situaciones:
- Que sea extra, esto es adicional a la jornada ordinaria.
- Que ocurra entre las 9 de la noche y las 6 de la mañana.
La hora extra nocturna se remunera con un recargo del 75% según el numeral 3 de artículo 168 del código sustantivo del trabajo.
Ejemplo de horas extras nocturnas.
La jornada laboral ordinaria, que por regla general es de de 8 horas, inicia a las 2 de la tarde y el trabajador sale a las 12 de la noche, lo que indica lo siguiente:
- El trabajador ha laborado 10 horas, dos de las cuales son extras.
- Después de las 9 de la noche el trabajador ha laborado tres horas.
Dos de esas tres horas nocturnas son extras, puesto que la jornada ordinaria termina a las 10 de la noche.
Si la hora tiene un valor de $10.000, cada hora extra nocturna tendrá un valor de $17.500 (10.000x1.75)
Supongamos ahora que la jornada ordinaria de 8 horas inicia a las 3 de la tarde y el trabajador sale a las 12 de la noche.
- El empleado ha laborado 9 horas, de las cuales 1 es extra.
- Después de las 9 de la noche el trabajador ha laborado 3 horas.
De las tres horas nocturnas trabajadas por el empleado, 1 es extra y dos son ordinarias teniendo entonces:
- 6 horas ordinarias diurnas (3pm – 9pm)
- 2 horas ordinarias nocturnas (9pm – 11pm)
- 1 hora extra nocturna (11pm – 12pm)
Teniendo la hora ordinaria un valor de $10.000 se tiene lo siguiente:
- 6 horas ordinaria diurnas: 60.000 (10.000 x 6)
- 2 hora ordinaria nocturna: 27.000 (10.000 x 2 x 1.35)
- 1 hora extra nocturna: 17.500 (10.000 x 1.75)
La jornada laboral ordinaria de 8 horas es iniciada el domingo a las 2 de la tarde y se termina el domingo a las 12 de la noche:
- Se han laborado 10 horas, de la cuales 2 son extras.
- Después de las 9 de la noche se han laborado 3 horas, siendo estas nocturnas.
Con este horario se tiene que:
- Toda la hora son dominicales.
- Hay dos horas extras.
- Hay una hora nocturna.
Suponiendo el valor de la hora ordinaria en $10.000 se tiene:
- 7 horas ordinarias dominicales: 122.500 (10.000x1.75x7)
- 2 horas dominicales extras y nocturnas: 50.000 (10.000x2.5x2)
- 1 hora extra nocturna: 25.000 (10.000 x 2.5 x 1)
El trabajo dominical extra nocturno tiene un recargo del 150% debido a que se suma el recargo dominical que es del 75% según el artículo 179 del código sustantivo del trabajo, con el recargo nocturno que también es del 75%, para un total de 150%.
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