En este artículo 28 secciones
- Qué es el impuesto a las bolsas plásticas.
- Hecho generador del impuesto a las bolsas plásticas.
- Valor del impuesto a las bolsas plásticas por año.
- Bolsas plásticas que no causan el impuesto.
- Quién paga y quién cobra el impuesto.
- Facturación del impuesto a las bolsas plásticas.
- IVA en la venta de bolsas plásticas.
- La prohibición de plásticos de un solo uso no eliminó el impuesto.
- Declaración del impuesto a las bolsas plásticas.
- Contabilización del impuesto a las bolsas plásticas.
- Preguntas frecuentes.
- ¿Cuánto es el impuesto a la bolsa en 2026?
- ¿Las bolsas plásticas tienen IVA?
- ¿Por qué me cobran por la bolsa más que el valor del impuesto?
- ¿Se cobra el impuesto si la bolsa es gratis?
- ¿Una tienda que no es responsable del IVA debe cobrar el impuesto a las bolsas?
- ¿La ley que prohibió los plásticos de un solo uso eliminó el impuesto a las bolsas?
- ¿Si devuelvo un producto me devuelven el impuesto de la bolsa?
- ¿En qué cuenta del PUC se registra el impuesto a la bolsa?
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La entrega de bolsas plásticas para cargar o llevar los productos comprados en un establecimiento de comercio está gravada con el impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas, que en 2026 es de $73 por bolsa según la circular 000005 del 16 de diciembre de 2025 de la Dian, y que regulan los artículos 512-15 y 512-16 del estatuto tributario. ¿Quién lo paga, quién debe cobrarlo y qué bolsas no lo causan?
Qué es el impuesto a las bolsas plásticas.
Es un impuesto creado por la ley 1819 de 2016 para desestimular el uso de bolsas plásticas y promover empaques reutilizables. Rige desde el 1 de julio de 2017.
Funciona así: cuando usted compra en un almacén, supermercado, droguería o tienda y recibe una bolsa plástica para llevar sus productos, debe pagar un valor fijo por cada bolsa, que el establecimiento cobra y luego entrega a la Dian.
Es un tributo distinto del impuesto al consumo de restaurantes, telefonía o vehículos, aunque comparte con él nombre y formulario, como explicamos en el artículo sobre qué es el impuesto nacional al consumo.
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Hecho generador del impuesto a las bolsas plásticas.
El hecho generador es la situación que hace nacer el impuesto. El inciso primero del artículo 512-15 del estatuto tributario lo describe así:
«A partir del 1o de julio de 2017, estará sujeto al impuesto nacional al consumo la entrega a cualquier título de bolsas plásticas cuya finalidad sea cargar o llevar productos enajenados por los establecimientos comerciales que las entreguen.»
De la norma se desprenden tres elementos que deben concurrir: que se entregue una bolsa plástica, que su finalidad sea cargar o llevar productos, y que esos productos hayan sido vendidos por el mismo establecimiento que entrega la bolsa.
Por eso el impuesto se cobra también en los domicilios, y no se cobra cuando lo que se compra son las bolsas mismas, como un paquete de bolsas para la basura, porque en ese caso la bolsa es el producto y no el empaque. Si al cliente le entregan otra bolsa para llevar el paquete, esa segunda bolsa sí causa el impuesto.
Cuándo se causa el impuesto.
El impuesto nace en el momento de la entrega, aunque la bolsa sea gratis. Lo dice el mismo artículo 512-15:
«El impuesto se causará al momento de la entrega de la bolsa. En todos los casos, en la factura de compra o documento equivalente deberá constar expresamente el número de bolsas y el valor del impuesto causado.»
La expresión «a cualquier título» del hecho generador significa que da igual si el comercio vende la bolsa o la regala: la entrega causa el impuesto en ambos casos.
Valor del impuesto a las bolsas plásticas por año.
El impuesto no se calcula con un porcentaje sino con un valor fijo por bolsa, sin importar su tamaño ni su precio. La ley fijó los valores hasta 2020 y desde entonces se actualizan cada año con el IPC certificado por el Dane al 30 de noviembre, aproximando al peso más cercano.
| Año. | Valor por bolsa. |
|---|---|
| 2026 | $73 |
| 2025 | $70 |
| 2024 | $66 |
| 2023 | $60 |
| 2022 | $53 |
| 2021 | $51 |
| 2020 | $50 |
| 2019 | $40 |
| 2018 | $30 |
| 2017 | $20 |
La Dian debe certificar y publicar el valor actualizado antes del 1 de enero de cada año. Para 2026 lo hizo con la circular 000005 de 2025, que aplicó un incremento del 5,30%.
Tarifas reducidas para bolsas con soluciones ambientales.
Las bolsas que causan menos daño ambiental pueden pagar solo una parte del valor pleno. El parágrafo 1 del artículo 512-15 dispone:
«La tarifa de las bolsas plásticas que ofrezcan soluciones ambientales será del 0%, 25%, 50% o 75% del valor pleno de la tarifa, según el nivel (de 1 a 4) de impacto al medio ambiente y la salud pública, definido por Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible con base en la reglamentación que establezca el Gobierno nacional.»
Los requisitos, como el porcentaje de biodegradabilidad o de material reciclado, están en el decreto 2198 de 2017, compilado en los artículos 1.5.6.1.1 y siguientes del decreto 1625 de 2016. Para aplicar una tarifa reducida, la bolsa debe contar con la certificación que expide la ANLA, que tiene vigencia de un año.
Supongamos que una bolsa cuenta con la certificación que le da derecho a pagar el 50% del valor pleno. En 2026, en lugar de $73, el impuesto por esa bolsa sería la mitad de ese valor.
Bolsas plásticas que no causan el impuesto.
Hay bolsas que no pagan el impuesto aunque se entreguen en un establecimiento. El artículo 512-16 del estatuto tributario las enumera:
- Las que no tienen como finalidad cargar o llevar productos comprados en el establecimiento que la entrega.
- Las que se usan como material de empaque de productos pre-empacados, como la bolsa en que viene el arroz o el pan tajado.
- Las biodegradables certificadas por el Ministerio de Ambiente, con base en la reglamentación del Gobierno.
- Las reutilizables que, conforme a la reglamentación, tienen características técnicas que permiten usarlas varias veces sin transformarlas.
Las bolsas de papel, tela o cualquier material distinto del plástico tampoco causan este impuesto, porque la ley solo grava las plásticas.
Quién paga y quién cobra el impuesto.
En este impuesto conviene distinguir entre quien lo paga de su bolsillo y quien está obligado a cobrarlo y declararlo.
Sujeto pasivo: el cliente.
El sujeto pasivo es la persona que carga económicamente con el impuesto. El artículo 512-15 lo define así:
«El sujeto pasivo del impuesto es la persona que opte por recibir bolsas plásticas cuya finalidad sea cargar o llevar los productos adquiridos en establecimientos (incluyendo domicilios).»
En consecuencia, el cliente puede evitar el impuesto si no recibe la bolsa. Si decide recibirla, debe pagarlo.
Responsables: los responsables del IVA.
El establecimiento que entrega la bolsa es quien cobra, declara y paga el impuesto a la Dian, siempre que sea responsable del IVA. Así lo dispone la norma, con el texto ajustado por la ley 2010 de 2019:
«Son responsables de este impuesto las personas naturales o jurídicas que pertenezcan al régimen de responsabilidad del Impuesto sobre las Ventas (IVA).»
Por eso la tienda de barrio de una persona natural que no es responsable del IVA no debe cobrar el impuesto a las bolsas. Y si el comercio decide regalar el impuesto al cliente, igual debe declararlo y pagarlo con su propio dinero.
Diferencia entre el impuesto y el precio de la bolsa.
Muchos lectores preguntan por qué algunos almacenes cobran por la bolsa un valor mayor que el del impuesto. La explicación es que son dos cobros distintos: el impuesto, que es obligatorio y está fijado por la ley, y el precio de la bolsa, que el comercio puede cobrar o no según su política.
Lo que no puede hacer el comercio es presentar como impuesto un valor superior al legal. Si la factura dice que el impuesto es mayor al valor del año, el consumidor puede presentar la queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio por información engañosa, o ante la Dian.
Facturación del impuesto a las bolsas plásticas.
La factura o documento equivalente debe mostrar expresamente el número de bolsas entregadas y el valor del impuesto cobrado. Es un requisito adicional que exige el artículo 512-15, transcrito en la sección de causación.
Si la factura no lo incluye, el comercio queda expuesto a las sanciones por facturación.
IVA en la venta de bolsas plásticas.
El comercio puede entregar las bolsas gratis o cobrarlas. Si las cobra, esa venta está gravada con IVA del 19%, como cualquier otro producto, y además debe cobrar el impuesto al consumo de la bolsa.
Supongamos que en 2026 un almacén responsable del IVA cobra $100 por bolsa y el cliente lleva tres bolsas:
| Concepto. | Valor. |
|---|---|
| Precio de las bolsas (3 × $100). | $300 |
| IVA (19% × $300). | $57 |
| Impuesto a las bolsas (3 × $73). | $219 |
| Total que paga el cliente por las bolsas. | $576 |
De acuerdo con nuestro criterio, el IVA se calcula sobre el precio de la bolsa y no sobre el impuesto al consumo, porque este es un valor que se recauda para el Estado y no hace parte del precio. Si la bolsa es gratis, no hay IVA, pero sí impuesto al consumo.
La prohibición de plásticos de un solo uso no eliminó el impuesto.
La ley 2232 de 2022 prohibió desde el 7 de julio de 2024 la comercialización de varios plásticos de un solo uso, entre ellos las bolsas de punto de pago, salvo las reutilizables y las de uso industrial, y las bolsas de rollo para alimentos a granel, salvo las de productos crudos de origen animal.
Muchos comerciantes concluyeron que el impuesto había desaparecido, pero la Dian respondió lo contrario en el concepto 1941 (int. 179) del 13 de marzo de 2024:
«No. La prohibición de los plásticos de un solo uso establecida por la Ley 2232 de 2022 no deroga el impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas (…), este sigue vigente para productos no prohibidos.»
En consecuencia, las bolsas plásticas que todavía pueden entregarse, como las de uso permitido por la ley 2232, siguen causando el impuesto si no están en alguno de los casos del artículo 512-16.
Declaración del impuesto a las bolsas plásticas.
El impuesto se declara cada dos meses en el formulario 310, en la sección especial para bolsas plásticas, junto con el impuesto al consumo de restaurantes, telefonía o vehículos si el comercio también es responsable de este. Los plazos, la firma y las sanciones los explicamos en el artículo sobre la declaración del impuesto al consumo.
Si en un bimestre el establecimiento no entregó bolsas gravadas ni realizó otras operaciones gravadas con consumo, no tiene que presentar la declaración.
Contabilización del impuesto a las bolsas plásticas.
Para contabilizarlo hay que separar tres momentos: la compra de las bolsas, su entrega al cliente con el cobro del impuesto y el pago a la Dian.
Compra de las bolsas.
Supongamos que un supermercado compra un lote de bolsas por $500.000 más IVA de $95.000. Las bolsas son un material de empaque del negocio, no el impuesto.
| Cuenta. | Débito. | Crédito. |
|---|---|---|
| 5195 Diversos, envases y empaques. | $500.000 | |
| 2408 IVA descontable. | $95.000 | |
| 2205 Proveedores nacionales. | $595.000 | |
| Sumas iguales. | $595.000 | $595.000 |
Si las bolsas se venden a los clientes, pueden manejarse en el inventario y llevarse al costo cuando se venden.
Cobro del impuesto al cliente.
Supongamos que en un día el supermercado entrega 1.000 bolsas gratis y cobra a los clientes el impuesto. En 2026 recauda 1.000 × $73 = $73.000.
| Cuenta. | Débito. | Crédito. |
|---|---|---|
| 110505 Caja general. | $73.000 | |
| 249510 Impuesto al consumo de bolsas por pagar. | $73.000 | |
| Sumas iguales. | $73.000 | $73.000 |
La subcuenta 249510 es una subcuenta propia dentro de la cuenta 2495, otros, porque el PUC no trae una cuenta específica para este impuesto. Conviene separarla del impuesto al consumo de restaurantes para cuadrar con la sección de bolsas del formulario 310.
Cuando el comercio asume el impuesto.
Si el comercio decide no cobrarle el impuesto al cliente, igual debe pagarlo y lo registra como gasto. Pero ese gasto no es deducible, por prohibición expresa del artículo 512-15:
«Este impuesto no podrá tratarse como costo, deducción o impuesto descontable.»
En la declaración de renta ese valor debe tratarse como gasto no deducible. La regla general para los demás impuestos al consumo, que sí son deducibles como mayor valor del gasto, la explicamos en el artículo sobre la contabilización del impuesto al consumo y su deducción en renta.
Preguntas frecuentes.
A continuación respondemos las preguntas frecuentes de nuestros lectores.
¿Cuánto es el impuesto a la bolsa en 2026?
Es de $73 por bolsa, según la circular 000005 del 16 de diciembre de 2025 de la Dian. En 2025 fue de $70.
¿Las bolsas plásticas tienen IVA?
Sí, cuando el comercio las cobra, el precio de la bolsa está gravado con IVA del 19%. Si la bolsa se entrega gratis no hay IVA, pero sí impuesto al consumo.
¿Por qué me cobran por la bolsa más que el valor del impuesto?
Porque el comercio puede cobrar un precio por la bolsa, además del impuesto. Lo que no puede es presentar como impuesto un valor mayor al legal; si lo hace, puede quejarse ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
¿Se cobra el impuesto si la bolsa es gratis?
Sí. El impuesto se causa por la entrega de la bolsa a cualquier título, de modo que la gratuidad no lo elimina.
¿Una tienda que no es responsable del IVA debe cobrar el impuesto a las bolsas?
No. Solo son responsables de este impuesto quienes son responsables del IVA.
¿La ley que prohibió los plásticos de un solo uso eliminó el impuesto a las bolsas?
No. La Dian aclaró en el concepto 1941 de 2024 que la ley 2232 de 2022 no derogó el impuesto, que sigue vigente para las bolsas cuyo uso no fue prohibido.
¿Si devuelvo un producto me devuelven el impuesto de la bolsa?
Depende. El impuesto se causa con la entrega de la bolsa. De acuerdo con nuestro criterio, si la devolución anula la venta y el cliente también devuelve la bolsa, procede el ajuste; si conserva la bolsa, el impuesto no se devuelve.
¿En qué cuenta del PUC se registra el impuesto a la bolsa?
Quien lo cobra lo registra en el pasivo, en una subcuenta propia de la cuenta 2495, como la 249510. Quien lo asume sin cobrarlo lo lleva al gasto, pero no puede deducirlo en renta.
En el caso de que tenga que hacer una devolución con factura electrónica de la bolsa plástica, ¿también se devuelve el dinero de la bolsa plástica?
Creo que no, porque la bolsa plástica se consumió; ocurrió el hecho generador, pero podría darse la hipótesis de que el cliente devuelva la bolsa.
Ojo que las tiendas D1 se están aprovechando y cobrando $140 por cada bolsa que se use, cuando la ley dice que solo se debe cobrar $54. ¿Será que no tenemos quien nos defienda? ¿Será que no los supervisan y nos siguen robando, al igual que con las devoluciones incompletas, porque nunca devuelven los centavos? Por ejemplo, 45, eso lo ajustan al peso y no lo regresan.
Una cosa es el impuesto al consumo, que lo fija el gobierno dependiendo del año en que estemos, y otra es el costo de la bolsa, que algunos comercios la cobran. O sea, el impuesto es obligatorio y el costo de la bolsa es opcional.
¿Por qué cobran hasta $200 pesos por el impuesto de la bolsa plástica si lo permitido para 2022 es $54 pesos? ¿Qué sanción debe imponerse al establecimiento de comercio o está correcto cobrar de más?
¿Se puede colocar una queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio?