Aportes parafiscales

Los aportes parafiscales son una contribución obligatoria que algunas empresas y empleador deben realizar al Sena, ICBF y cajas de compensación familiar, por cada empleado que tenga.

Parafiscales.

Un parafiscal es una especie de carga, tributo o contribución que es distinta a los impuestos como tal.

Un pago parafiscal se impone no como un tributo, sino como una obligación que determinadas entidades deben realizar.

La contribución parafiscal se caracteriza porque tiene una destinación específica y no va a los fondos generales del estado, sino a ciertas entidades que han sido facultadas para que los administre.

¿Cuáles son los aportes parafiscales?

En Colombia hay tres pagos o aportes parafiscales que los empleadores deben realizar por sus trabajadores, que son:

  • Aportes a las cajas de compensación o subsidio familiar.
  • Aportes al Instituto colombiano de bienestar familiar.
  • Aportes al servicio nacional de aprendizaje.

Estos son los aportes parafiscales sobre la nómina, que son distintos a las contribuciones al sistema de seguridad social.

Porcentajes de los aportes parafiscales.

Los porcentajes que el empleador debe pagar por cada uno de los conceptos parafiscales son los siguientes:

Aporte. Porcentaje.
Cajas de compensación. 4%
ICBF. 3%
SENA. 2%

¿Quiénes están obligados a pagar aportes parafiscales?

Todo empleador que tenga por lo menos un empleado vinculado con un contrato de trabajo en cualquiera de sus formas, debe realizar los aportes parafiscales que correspondan.

Contrato de trabajo.Contrato de trabajo, los elementos que le dan origen, sus tipos, clases, formas o modalidades.

Hay algunas excepciones que a continuación se señalan, considerando que la obligación es parcial tanto en conceptos como en trabajadores.

Empleadores que no están obligados pagar aportes parafiscales.

Hay algunos empleadores que no deben pagar algunos aportes parafiscales por algunos trabajadores, y están contenidos en el artículo 114-1 del estatuto tributario que podemos resumir de la siguiente forma:

Concepto Obligado Por qué trabajadores
Cajas de compensación. Si Por todos.
ICBF SI (Parcialmente) Por aquellos que tengan un sueldo igual o superior a 10 salarios mínimos.
SENA Si (Parcialmente) Por aquellos que tengan un sueldo igual o superior a 10 salarios mínimos.

Se precisa que no se paga aportes al SENA e ICBF por los trabajadores que tengan un sueldo inferior a 10 salarios mínimos.

Como se puede observar, la exoneración es apenas parcial, y puede consultarla con más detalle en el siguiente artículo.

Exoneración de aportes parafiscales y seguridad social.Personas naturales y empresas que están exoneradas del pago de aportes a seguridad social y parafiscales.

Además, de acuerdo al numeral 4 del artículo 7 de la ley 21 de 1982, no hay que pagar aportes parafiscales y al SENA por los trabajadores transitorios o accidentales, en razón a que la norma de forma expresa señala que la obligación sólo aplica respecto a los trabajadores permanentes.

Salario base para pagar los aportes parafiscales (IBC).

El salario base sobre el cual se calculan los aportes parafiscales es la totalidad de los valores recibidos como remuneración por el trabajador, como sueldo básico, comisiones, horas extras y recargos nocturnos. Se exceptúa el auxilio de transporte y aquellos pagos que por expreso acuerdo entre las partes se consideran como no constitutivos de salario.

Pagos laborales que no constituyen salario.Pagos que recibe el trabajador que no constituyen salario, ya sea por disposición legal o por acuerdo entre las partes.

No se deben realizar aportes sobre las prestaciones sociales de ley o prestaciones extralegales que se hayan pactado como no constitutivas de salario.

En el caso del salario integral, la base para el cálculo de los aportes parafiscales es el 70% de la totalidad del salario integral, para lo cual el total del salario se multiplica por 0,7.

Por ejemplo, si el salario integral es de $10.000.000 mensuales, la base sobre la cual se han de calcular los aportes parafiscales será de $7.000.000 (10.000.000x0,7).

Salario integral.El salario integral incluye además del salario ordinario, prestaciones, recargos por trabajo extra, nocturno, dominical y festivo.

En general, todo pago que constituya salario debe formar parte de la base para pagar los aportes parafiscales, y en eso la UGPP es muy estricta.

¿Qué son los aportes parafiscales?

Los aportes parafiscales con los pagos que se deben realizar a las entidades ya señaladas que tienen como finalidad financiar actividades sociales que presta el estado por intermedio de estas entidades, que a continuación detallamos.

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar tiene como objetivo propender por el bienestar de los niños de bajos recursos y de la familia en general. Es una entidad encargada de proteger los derechos de los menores de edad que no cuentan con los recursos necesarios para procurarse los cuidados mínimos necesarios, como el suministro de alimentos, vestido, vivienda o educación.

Los recursos que financian a esta entidad provienen del aporte que hace toda empresa o empleador obligado a pagar aportes parafiscales, y este aporte es equivalente al 3% del salario de cada trabajador.

Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA)

El SENA tiene como función capacitar a los colombianos para que adquieran el conocimiento y destrezas necesarias para que logren una adecuada inserción y desempeño en el campo laboral.

El SENA se financia con los aportes que debe realizar toda empresa obligada a ello por cada empleado que tenga, en un porcentaje equivalente al 2% de la nómina.

Para el cálculo del aporte al SENA se excluye el auxilio de transporte, al igual que para los demás aportes parafiscales.

Es importante aclarar que la obligación de realizar el aporte mensual al SENA del 2% de la nómina, es diferente a la obligación de contratar aprendices por lo que en algunos casos tendrá que hacer las dos cosas.

Contrato de aprendizaje.Derechos y obligaciones del estudiante en prácticas en el contrato de aprendizaje y su relación con la empresa patrocinadora.

Cajas de compensación familiar

Las cajas de compensación familiar se encargan de administrar los recursos aportados por las empresas, y que tienen como objetivo otorgar un subsidio a los trabajadores que tiene beneficiarios con derecho a él.

El subsidio familiar consiste en un apoyo económico que la caja de compensación a la que está afiliado el trabajador, otorga al trabajador por cada beneficiario que este tiene, y que consiste en la entrega de elementos como útiles escolares, medicamentos, ropa o calzado.

La empresa es la que elige la caja de compensación a la que ha de afiliar a sus empleados.

La empresa o empleador que esté obligado a pagar parafiscales debe aportar el 4% sobre el salario base por concepto de aportes a las cajas de compensación familiar.

Parafiscales 2023.

Para el año 2023 no hay cambios en los aportes parafiscales, siguiendo las mismas tarifas o porcentajes de aporte, y en cuanto al salario exento de aportes, aplica sobre salarios inferiores a $11.600.000.

Aportes parafiscales en el 2022.

Para el año 2022 los aportes parafiscales son los expuestos aquí, es decir, se aplican los mismos porcentajes, considerando que no se deben pagar aportes al SENA y al ICBF por los trabajadores que tengan un salario inferior a 10 salarios mínimos mensuales.

Es así porque la exoneración de aportes es parcial, debiendo pagar todos los aportes sobre trabajadores que tengan sueldos iguales o superiores a 10 salarios mínimos mensuales, que para el 2022 equivalen $10.000.000.

Cómo se realizan los pagos o aportes parafiscales.

Los aportes parafiscales se deben hacer mensualmente por medio de la planilla única o PILA, y es responsabilidad del empleador pagarlos oportunamente dentro de los plazos que fija la ley según el dígito de verificación.

La presentación es virtual pero el pago se puede hacer en bancos.

Guía Laboral 2023

Conozca sus derechos y obligaciones laborales como trabajador o como empleador, y evítese problemas. Ver más.

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27 Opiniones
  1. Naya Dice:

    Como se si la empresa para la que trabajo ya canceló los aportes parafiscales???

    Responder
  2. Carlos Dice:

    Hola, Buen dìa.

    Tengo entendido que los pagos ahora se hacen mes vencido, yo genere la vinculación (afiliaciones EPS, AFP, ARL, CCFy demàs)y de inmediato generè la planilla con novedad de ingreso para 4 funcionarios, me han dicho que no debì generar ni pagar la planilla, que me tocarà pagar de nuevo cuando el periodo se vence, es esto cierto?

    Responder
  3. Dylan Dice:

    Buen día soy funcionario de una entidad publica la cual es muy grande, quisiera saber por q en la ciudad donde yo vivo soy nivel B en la caja y otros compañeros de otras ciudades son nivel A.
    El basico de mi sueldo no supera los dos salarios basicos m/s deberia ser nivel A al igual d los otros compañeros de trabajo de otras ciudades, la pregunta es se puede demandar y pedir bajarnos de nivel. Gracias por sus asesorias

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    • De Nada Dice:

      La clasificación en la caja de compensación depende de su salario.
      Si trabaja independiente siempre será B.

      Responder
  4. ANA MARIA Dice:

    Buenos días, hay una empresa que la crearon en el año 2018 en condición de pequeña empresa joven, deacuerdo al Art.2 de la ley 1780 de 2016, la empresa después de un año va empezar a pagar la seguridad social a tres empleados, mi pregunta es si ellos están exonerados del pago de los parafiscales o tiene que pagar todos los parafiscales y el 12.5 a la salud.

    Responder
    • Paola Dice:

      Si a mi esposo lo afiliaron en salud, tambien lo afiliarian en una caja de compensacion ?

      Responder
  5. Andrea Dice:

    buenas noches

    llevo 6 meses laborando en una empresa la cual no me ha vinculado a la caja de compensacion, desde el segundo mes les vengo solicitando dicho pago, pues me estoy viendo afectada, dado que venia en un periodo seguido de mas de tres años cotizando, y ahora no puedo reclamar los subsidios de mis 2 hijos.
    que debo hacer?

    Responder
  6. YULI HERNANDEZ TORRES Dice:

    Buenas tardes

    Una misma empresa puede realizar aportes a un mismo trabajador en dos cajas de compensacion diferentes.

    Es el caso de un funcionario quien fue trasladado del municipio de Zipaquira (Cundinamarca) al municipio de Combita (Boyaca) en marzo 2019, en el primero se estaban realizando los aportes a COLSUBSIDIO y a la fecha no se ha realizado la modificacion para ingresar al funcionario a COMFABOY, a la fecha 09/10/2019 se siguen realizando los aportes a COLSUBSIDIO, puedo afiliarlo a las dos, o debe escoger una de las dos…..

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    • César Dice:

      En este caso los aportes deberán realizarse a la caja de compensación ubicada en el departamento en el que se causan los aportes, es decir si el trabajador está trabajando en Boyacá, deberá hacer estar afiliado y realizar aportes en Comfaboy.

      Responder
      • Paola Dice:

        Si a mi esposo lo afiliaron en salud, tambien lo afiliarian en una caja de compensacion ?

        Responder
  7. LILIANA DALLOS Dice:

    cuando una persona lleva mas de 5 meses trabajandompara la misma empresa, pero no se le han realizado los aportes a caja de compensacion, el empleador esta en la obligacion de hacer efectivos estos pagos para quedar al dia o no?

    Responder
  8. Diego Gomez Dice:

    Hola,
    Tengo un empleado que tiene contrato a termino definido a Enero 15 de 2020. Mis preguntas son:
    1. La novedad de retiro se hace en estos primeros dias de diciembre?
    2. Como hace uno como empresa para pagarle solo 15 dias de enero 1 a enero 15? o hay que pagarle el mes completo? Gracias

    Responder
  9. stefy herrera Dice:

    Buenas tardes
    Tengo entendido que una empresa que tenga empleados que devenguen menos de 10 smmlv es exonerado de pagos..la pensión esta entre ellas??

    Gracias

    Responder
    • ISABEL DE PLAZA Dice:

      Se exonera de los aportes a las entidades Gubernamentales como el ICBF y el SENA
      Pero la Salud y la Pensión son aportes directos que afectan al trabajador los cuales siempre deben ser pagados en su totalidad.

      Responder
  10. Diana Dice:

    Una fotografía que tiene algunas empleadas tienen derecho a estar afiliadas a la caja de compensación?

    Responder
  11. ELISABETH QUIROGA Dice:

    buenos días días Yo, soy dueña de un jardin infantil y quiero saber si estoy obligada a pagar aportes parafiscales, de ser así cuales.

    Responder
  12. mari Dice:

    cuando un trabajador dependiente gana mas 25 smlv se paga sobre el tope maximo los 25 smlv para salud , pension , fondo de solidaridad, arl,sena , icbf — la caja sobre que ibc es ? salario real o sobre 25 smlv ?
    agradezco su pronta respuesta

    Responder
  13. HUMBERTO ZAMBRANO Dice:

    Soy aportante de parafiscales y lo he venido haciendo a través de ASOPAGOS. A lo largo de los dos últimos semestres he tenido dificultades para realizar los pagos por fallas del sistema. Deja de reconocer el nombre de usuario y/o la clave de acceso, casi todos los meses. Se hace necesario comunicarse telefónicamente con los “asesores” quienes solucionan el problema. Advierto que, para que contesten el teléfono, hace falta mercar no menos de una hora insistentemente. He realizado la solicitud de solución por correo electrónico sin conseguir respuesta. Inicie este mes el intento de pagar desde el día 8 y hoy, aun no lo he logrado.
    A donde me puedo quejar por el mal servivio de asopagos?
    QUE OTRAS ORGANIZACIONES PRESTAN ESTE SERVICIO EN COLOMBIA

    Responder
  14. Ricardo Dice:

    Porque se debe pagar aportes a caja de compensación familiar, si no tengo beneficiarios ni utilizo ningún servicio de estás?

    Responder
  15. leonardo Dice:

    Buenas tardes, quisiera saber si una persona que fue perteneció a un regimen especial y salió con asignación de retiro por ser miembro de las Fuerzas Militares e ingresa como contratista a una empresa esta obligado a pagar salud ya que cuenta con EPS de la institución de la cual se retiró, les agradezco su asesoría.

    Responder
    • juan carlos Dice:

      buenos días, leonardo como ud pertenece al regimen de excepcion y ya tiene asignacion de retiro por ser mienbro de las FF MM de colombia , en su desprendible de nomina tiene el descuento de servicios medicos que debe ser el 4%, no se si esa asi, el hecho es que ud como contratista debe pagar salud en la planilla PILA con su operdaor al que ud elija. pero ese pago lo debe hacer a ADRES de tal manera que el dia que ud como contratista se incapaacite por enfermedad comun o laboral, le debe solicitar a ADRES mediante un documneto por escrito el pago de los dinero correspondientes a las incapacidades a las que tenga lugar

      Responder
  16. GUILLERMO LEON Dice:

    Una mipymes qu no tiene empleados, solo un representante legal adhonorem, esta obligada a pagar parafiscales?, Si no tiene trabajadores ,entonces como?. La norma dice que mìnimo 1 trabajador con contrato de trabajo, està obligada a pagarlos. Entonces? Gracias

    Responder
  17. yiyidos Dice:

    hola buenas tardes, una empresa que tenga un solo empleado y hago todos su pagos de impuesto esta exonerada de parafiscales como se si lo esta o no el empleado gana solo un salario minimo legal vigente como hago eso en la planilla

    Responder
  18. MARCELA Dice:

    Si una persona tiene trabajadores y hace aportes a una caja de compensación familiar pero nunca se afilia, esta persona puede pedir devolución de estos aportes? o en que casos se puede pedir la devolución de aportes?. Gracias.

    Responder
  19. juan c hernandez Dice:

    hola debo corregir en el sentido que la afiliación a caja de compensación familiar aplica solo para trabajadores permanentes y no asi para los ocasionales accidentales y transitorios. ver numeral 4 articulo 7 ley 21 de 1982

    Responder
  20. Fabián OSpina Dice:

    Buenos días,

    Tengo una duda, ya que me indican que los fondos de empleados no deben realizar el pago de parafiscales, es esto cierto y tiene algún soporte jurídico o tributario?, mil gracias.

    Responder
  21. HUGO FERNANDO NARVAEZ Dice:

    Buen Tarde, una persona natural tiene empresa, pero no tiene trabajadores a cargo, el rep legal es quien realiza las labores, hace aportes mensuales de seguridad social en salud, pension y riesgos, esta obligada a pagar PARAFISCALES? Gracias

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