¿Los permisos que el empleador otorga al empleador se pueden descontar del salario o se pueden compensar con trabajo por fuera de la jornada laboral?
Clases de permisos laborales.
Un permiso laboral consiste en la autorización que el empleador da al trabajador para que se ausente de su trabajo temporalmente por distintas razones.
Los trabajadores regularmente piden permisos de unas horas, medio día, un día o varios días, y en caso de ser concedidos surge la duda de si la empresa debe remunerar ese tiempo no laborado, o puede descontarlo del sueldo, o exigirle al trabajador que lo compense con trabajo ejecutado por fuera de la jornada laboral.
En primer lugar, hay que diferenciar entre permisos obligatorios que debe otorgar el empleador y los permisos que dependen de su voluntad otorgarlos.
Permisos obligatorios.
Los permisos a que tiene derecho el trabajador, y que en razón a ello el empleador está en la obligación de otorgarlos, son los que señala el artículo 57 del código sustantivo del trabajo colombiano:
- Permiso o licencias relacionadas con el sufragio.
- Para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación.
- Licencia por grave calamidad doméstica.
- Para desempeñar comisiones sindicales.
- Licencia por luto.
- Licencia de maternidad.
- Licencia de paternidad.
- Permisos para citas médicas.
Remuneración, descuento o trabajo compensatorio en permisos obligatorios.
Las licencias de maternidad, paternidad y por luto son remuneradas por lo tanto no se pueden descontar del sueldo del trabajador, y menos exigir al trabajador que reponga ese tiempo.
En cuanto a la grave calamidad doméstica, la Corte constitucional en sentencia C-930 de 2009 afirma que, si el tiempo de licencia es razonable, no se puede descontar del salario del trabajador, pero si el permiso otorgado por concepto supera «lo razonable», se puede descontar del sueldo o compensar con tiempo laborado por fuera de la jornada laboral.
Respecto a los permisos o licencias para cargos oficiales temporales de obligatoria aceptación, como jurados de votación, o para ejercer el derecho al voto o comisiones sindicales, dice la corte en la misma sentencia que no pueden ser descontados ni compensados con trabajo.
La parte resolutiva de la sentencia referida señala:
«En el reglamento de trabajo se señalarán las condiciones para las licencias antedichas”, contenida en el numeral 6° del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo”, condicionada a que se entienda que para el caso de la licencia por grave calamidad doméstica debidamente comprobada, habrá un lapso razonable de permiso remunerado cada mes; y para las licencias obligatorias que se conceden al trabajador para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación, distintos de jurado electoral, clavero o escrutador; las licencias obligatorias para que los trabajadores del sector privado desempeñen comisiones sindicales inherentes a la organización; y las licencias obligatorias para que los trabajadores asistan al entierro de sus compañeros, el tiempo empleado no podrá descontarse del salario del trabajador ni obligarse a compensar con tiempo igual de trabajo efectivo en horas distintas de su jornada ordinaria.»
Recordemos que el numeral 6 del artículo 57 del código sustantivo del trabajo permitía al empleador descontar este tipo de licencias, pero esa parte de la ley que fue declarada inexequible por la Corte constitucional en la sentencia C-930 de 2009.
Permisos voluntarios.
Cuando se trata de permisos voluntarios que se otorgan al trabajador como puede ser el permiso para que haga una diligencia en alguna oficina, o para que se vaya para un matrimonio, cumpleaños, etc., el asunto es un tanto distinto.
En este caso, como no es una obligación que la ley impone al empleador, ni es un derecho que la ley concede al trabajador, el empleador no debe cargar con el costo de esos permisos, de manera que ese costo puede ser trasladado al trabajador, pues ha sido se decisión no trabajar.
Frente a este tema resulta oportuno recurrir a la misma sentencia antes referida en el siguiente aparte:
«No obstante, la misma ley laboral ha distinguido entre las diversas circunstancias que podrían impedir al trabajador prestar sus servicios, para establecer que cuando la no prestación se ha originado sin culpa del empleado, sino por disposición del empleador, se debe en todo caso el salario[54]. Si, en cambio, la no prestación del servicio se debe a razones imputables al trabajador, en principio no habrá obligación de pagar el salario.
Como se dijo, la anterior regla general resulta conforme a los postulados de justicia y equidad en las relaciones entre particulares, pues aunque en la relación laboral hay una parte dominante -el empleador- y una subordinada -el trabajador-, en todo caso las obligaciones recíprocas se justifican por el efectivo cumplimiento de lo convenido por ambas partes. Además, la Constitución Política en su artículo 53 incluye dentro de los principios fundamentales del trabajo aquel según el cual la remuneración debe ser “proporcional a la cantidad y calidad de trabajo”, por lo cual si no hay trabajo por causas imputables al trabajador, resulta ajustado a la Carta que no haya salario a cargo del empleador.»
En ese orden de ideas, si el trabajador solicita un permiso para asuntos personales que nada tienen que ver con las obligaciones que la ley le impone al empleador, resulta posible considerar que ese permiso no debe ser remunerado.
Y si ese permiso no debe ser remunerado, entonces se abre la posibilidad de descontar el tiempo no laborado del sueldo del trabajador, o en su defecto, que este pueda compensar ese tiempo laborando el mismo tiempo por fuera de la jornada laboral.
La compensación del tiempo no laborado dentro de la jornada laboral por tiempo laborado por fuera de la jornada laboral, la creemos posible en vista a que primigeniamente el artículo 57 consideraba esa posibilidad, que si bien fue declarada inexequible por la Corte, dicha inexequibilidad se basó en que se trataba de permisos que por obligación debían ser otorgados por el empleador, y que en ningún caso correspondían a la culpa o a la voluntad del trabajador, por lo que el fin perseguido con esa medida luce razonable en este caso.
En todo caso, para evitar complicaciones lo más adecuado es descontar del salario el permiso, en razón a que cualquier trabajo que exceda la jornada laboral se considera suplementario, y podría dar lugar a mal entendidos o reclamaciones.
¿A cuántos permisos tiene derecho un trabajador?
La ley no contempla el número de permiso a que tiene derecho un trabajador en un mes o un año. La ley contempla los casos en que se debe otorgar el permiso, más no las veces que se puede otorgar, pero será tantas veces como se configuren los supuestos que dan derecho al permiso laboral.
En cuanto a los permisos laborales que no son obligatorios, dependerá de la voluntad o discrecionalidad de cada empleador.
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junio 1st, 2019 a las 8:51 am
cordial saludo , pedí un permiso para un compromiso familiar un sábado en el que se laboran 4 horas de 8 a.m. a 12 m , no me concedieron la opción de pagar las horas y me fue descontado todo un día de labor en el pago de la quincena , mi pregunta es por que me descuentan todo el día de labor y no las 4 horas no trabajadas ? en que articulo del código de trabajo me puedo basar para hacer la reclamación ante mi empleador , gracias por su amable atención
agosto 5th, 2019 a las 11:10 am
Buenos días, yo te hago otra pregunta a ti cuando te pagan los sábados te pagan el dia completo o te pagan solo las 4 horas que laboras?
Me imagino que ya dedujiste la respuesta; sino devuelvete para primaria
diciembre 28th, 2019 a las 1:28 pm
antes el empleador a parte de hacer el descuento, puede sancionarlo con el descuento de la quinta parte de otro día de salario y descontarle el descanso obligatorio remunerado de la semana.
julio 16th, 2021 a las 4:08 pm
Si es un contrato como en Colombia de trabajar 48 horas a la semana, según el contrato de trabajo, se debería descontar solo las 4 horas que faltan para cumplir las requeridas.
agosto 10th, 2021 a las 7:57 am
Esa no es la respuesta correcta, ojala que te vaya bonito en la vida y que no tengas que pasar por dificultades.
noviembre 10th, 2021 a las 4:24 pm
en Colombia la norma es clara, si trabajas 48 horas a la semana es decir debes sumar, si se pasas es horas extras, idependiemente si trabaja los sábados hasta medio día o no. búscalo en el código sustantivo de trabajo.
junio 11th, 2019 a las 12:09 pm
Buenas tardes,
Quisiera Saber si yo solicito un permiso de 2 hras para un cita medica de mi hijo de 4 anos, la empresa me tiene que descontar ese tiempo o hay alguna ley que indique que este tiempo no tiene que ser descontado , así se presente un soporte.
agosto 29th, 2019 a las 12:15 pm
Buenas tardes
Yo tengo una pregunta, resulta que mi hijo pidió un permiso por que me iban hacer una cirugía (la cirugía fue cancelada), en el trabajo le van ha descontar el sábado como un día completo (trabaja solo 5 horas)y el dominical, la empresa puede descontar ese tiempo, así se presente un soporte.
octubre 1st, 2019 a las 1:19 pm
BUENAS TARDES, SI PIDO PERMISO UN DIA EL EMPLEADOR TIENE DERECHO A DESCONTARME EL DIA DEL PERMISO MAS EL DOMINICAL?
GRACIAS
octubre 3rd, 2019 a las 7:41 am
buenos dias mi pregunta es si yo solicito dos dias de permiso entre semana y son no remunerados, me tiene que descontar 3 dias porque me deben descontar el domingo? osea por dos dias que solicito me descuentan tres?
Gracias
marzo 26th, 2021 a las 8:58 pm
Buenos días
Quería saber si al pedir un permiso personal y si mi jefe inmediato no me lo concede al yo no asistir al trabajo es causa de reportar mi ausencia como falla así yo halla solicitado el permiso y se me negó
Muchas gracias
octubre 10th, 2019 a las 4:01 pm
Cuando el empleador tiene notificación de corte de energía todo el día y manda a los trabajadores a descansar ese día, es obligatorio que el empleado pague y/o compense el día no laborado, o se puede cruzar con 1 dia de vacaciones
gracias
octubre 15th, 2019 a las 3:10 pm
Buena tarde
es que tengo una duda en cuento al tratamiento que se le deben dar, por que si un empleado me pide permiso y se ausenta el día sábado (y solo se trabaja medio día), yo le puede descontar el día completo.
octubre 22nd, 2019 a las 10:35 am
Buenos Dias,
Tengo una pregunta: si tengo un cita médica en otra ciudad la cual no es mi residencia y me demoro medio día, ese tiempo se me descuenta. por favor me podrías decir una norma que hable sobre los permiso de cita medica.
Porque pienso que eso no debe ser descontable y en la empresa donde laboro lo descuentan.
Gracias.
enero 7th, 2020 a las 10:22 am
Buenos días
Una pregunta, yo solicite a mi empresa dos días no remunerados el día jueves y viernes, ellos me dicen que por haber solicitado un viernes automáticamente me descuentan los día sábado, domingo y el lunes festivo
Quisiera saber que tan cierto es y en que ley esta establecido
Gracias
mayo 25th, 2020 a las 11:07 am
Muy buenos dias quisiera saber si es legal que la empresa donde laboro me concedio una licencia remunerada y nos cancelo esta quincena ahora que nos reitegraron dicha licencia nos la van a cobrar como trabajamos los domingo de hay noslo van a descontar nos pasaron un documento que debemos firmar que tmbien dice que debemos trabajar domingos y festivos 8 horas entresemana nos ponen a trabajar 9 horas diarias mi pregunta es esa licencia me la pueden cobrar o me puedo rehusar hacerlo?gracias por despejar mis dudas
mayo 18th, 2021 a las 11:25 am
Buenos Días mire quiero ser una pregunta, resulta que un trabajador que laboro en otra empresa y tuvo un acciedente laboral, y luego salio por X o Y motivo, ahora labora con mi empresa, pero ella debe cumplir unos controles por dicho acciedente anterior, mi Pregunta es QUE SI ESTOY EN LA OBLIGACION DE DARLE EL PERMISO O LE DESCUENTO ESOS DIAS. Y DE PASO CUANDO ELLA LLEGO A LA CITA, SE LA cancelaron hasta NUEVA ORDEN, FUERON 3 DIAS EN ESO.. QUE HAGO AHI,? POR FAVOR COLABOREME EN ESA ASESORIA
septiembre 15th, 2021 a las 9:04 am
Buenos dias,
una consulta, yo solicite un permiso a la empresa un dia sábado donde se laboran 4 horas de 9am a 1pm, el cual las 4 horas las repuse entre semana en mi hora de almuerzo, el empleador me remunero el día, pero no el auxilio de transporte me lo descontó, eso es posible aunque yo reponga el tiempo laboral en la empresa?
Muchas gracias
mayo 26th, 2022 a las 11:42 am
SI, ES POSIBLE. eL AUXILIO DE TRANSPORTE SE OTORGA PARA QUE EL COLABORADOR SE TRANSLADE A SU TRABAJO Y NO ES PARTE DEL SALARIO, ES UN APORTE OBLIGATORIO DE ACUERDO A LA NORMA. SI NO SE TRANSLADA AL TRABAJO (SIN INCLUIR FESTIVO O DOMINICALES) YA SE POR INCAPACIDAD O LICENCIA, SE PAGA EL DIA PERO SE DESCUENTA EL AUXILIO DE TRANSPORTE, PORQUE ESTE NO HACE PARTE DEL SUELDO. ES DECIR, QUE EL AUXILIO VARIA DE ACUERDO A LAS NOVEDADES DE LICENCIA, AUSENTISMOS O INCAPACIDADES.
febrero 2nd, 2022 a las 7:39 pm
Una consulta, si yo pido un permiso de un día, la empresa me lo da y me lo firma
Yo se q no es remunerado y me lo van a descontar de nomina
Q derecho tienen ellos de descontarme dos días, el día del permiso, mas el dominical
Muchas gracias
noviembre 1st, 2022 a las 10:37 am
No le pueden descontar el domingo, toda vez que el empleador ha dado su consentimiento para que el trabajador se ausente y no se trabaje la semana completa.
Saludos
noviembre 27th, 2022 a las 10:36 pm
Hola, quisiera saber algo, yo trabajo 8 horas y de esas 8 horas nos dan 30 minutos de almuerzo, trabajo de 12 a 8 pm, ella nos va a poner a trabajar hasta las 8:30 lo cual está permitido porque trabajamos 7 horas y media descontando la media hora de almuerzo, pero trabajo en un spa y pone citas muy tardes y uno está saliendo más tarde de las 8:30 aveces hasta sale uno a las 9, es una obligación que ella nos pague esos extras ya que la salida es a las 8:30 máximo?
mayo 17th, 2023 a las 10:54 am
que pasa si renuncio con fecha el dia que tenia programado el dia de la familia, me lo puedo tomar?