Quien otorga poder a un abogado tiene la facultad de revocar ese poder en cualquier momento, de acuerdo al artículo 2191 del código civil, y los artículos 75 y 76 del código general del proceso.
El poder como simple mandato.

Si alguien ha conferido poder a una persona para que realice una labor estamos frente a un contrato de mandato que no es más que una figura jurídica a través de la cual se le encarga a alguien llamado mandatario que ejecute una labor encomendada por otra persona llamada mandante
Por lo anterior, al otorgar un poder al abogado se aplican las reglas generales de un contrato de mandato, teniendo en cuenta además lo que señala el código general del proceso frente a los apoderados.
Por consiguiente, cualquier mandato puede se revocado, incluso de forma unilateral y sin que sea necesario que sea necesario que el poderante o mandante exponga una justificación.
Cómo revocar el poder a un abogado.
¿Qué debo hacer si quiero quitarle un poder que le di a un abogado para que me asistiera judicialmente en un proceso?
Una de formas de terminación del mandato contemplada en las normas civiles es la revocación del mandato que consiste en darle poder a otra persona diferente a la que estaba ejecutando la labor primero.
Dicha revocación del mandato puede ser tacita o expresa; la revocación tacita se da cuando, por ejemplo, María celebro un contrato de mandato con Juan para que la asistiera en un proceso judicial de alimentos, pero María decide revocar el poder a Juan y darle poder a José.
Cuando se otorga un poder especial a una persona después de haberle otorgado con anterioridad un poder general a otra, subsiste el poder general respecto a los negocios no comprendidos en el mandato especial.
Respecto a la pregunta puntual sobre cómo se revoca el poder a un abogado, el inciso primero del artículo 76 del código general del proceso señala:
«El poder termina con la radicación en secretaría del escrito en virtud del cual se revoque o se designe otro apoderado, a menos que el nuevo poder se hubiese otorgado para recursos o gestiones determinadas dentro del proceso.»
Es decir que por el sólo hecho de radicar en la secretaría del juzgado el nuevo poder se entiende revocado el poder del abogado anterior.
Tal escrito puede decir expresamente que se revoca el poder a x abogado, o simplemente designar a un nuevo abogado lo que implica revocar tácitamente al anterior.
Requisitos de la revocación del poder.
Entonces cuando se ha otorgado poder a una persona el mandatario puede revocarlo a su arbitrio según lo establecido en el artículo 2191 del código civil, pero hay que tener en cuenta lo siguiente:
- Aunque la revocación puede ser expresa o tácita, pero solo surte efectos a partir de que el mandatario tuvo conocimiento de dicha revocación.
- Si se revoca un poder general por uno especial, el primero subsistirá en lo que no se otorgó en el segundo.
- El mandate que revoca puede exigir la restitución de las cosas que haya puesto en sus manos para la ejecución del mandato.
- El mandante debe dejar los instrumentos al mandatario que sirvan de prueba para justificar sus actos, el mandante está obligado si el mandatario lo exigiere a darle copia firmada de los documentos o soportes de su actuación como mandatario.
El poderante no requiere justificar la revocatoria del poder al abogado, es decir, puede hacerlo a su libre arbitrio y sin que exista justa causa, pues como dijo la corte en sentencia C-1178 de 2001, prima el derecho de la parte procesal:
«Precisamente, porque la posibilidad de revocar el poder en cualquier momento procesal denota que el legislador está dando cumplimiento a su deber constitucional de garantizar a todas las personas vinculadas en un proceso la posibilidad de estar presentes en el mismo, sin perjuicio del ejercicio del derecho de postulación, de manera tal que su interés, como titular del derecho fundamental a la defensa, prevalezca sobre la intervención del letrado, desde el inicio hasta la terminación de la litis.»
Si bien el abogado puede ser revocado en cualquier momento procesal, este tiene derecho a recibir los honorarios correspondientes hasta la fecha en que se le revocó el poder, según el contrato que hayan celebrado entre las partes.
Si las partes no se ponen de acuerdo en el monto de esos honorarios, el abogado a quien se le ha revocado al poder puede solicitar al juez la regulación de esos honorarios en términos del inciso segundo del artículo 76 del código general del proceso:
«El auto que admite la revocación no tendrá recursos. Dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación de dicha providencia, el apoderado a quien se le haya revocado el poder podrá pedir al juez que se regulen sus honorarios mediante incidente que se tramitará con independencia del proceso o de la actuación posterior. Para la determinación del monto de los honorarios el juez tendrá como base el respectivo contrato y los criterios señalados en este código para la fijación de las agencias en derecho. Vencido el término indicado, la regulación de los honorarios podrá demandarse ante el juez laboral.»
Es decir que el abogado puede o bien en el mismo proceso solicitar al juez que determine los honorarios a que tiene derecho, o iniciar un proceso laboral ordinario para reclamarlos.
Causales para revocar poder a un abogado.
Como ya lo señalamos, la ley no fija causales para poder revocar el poder a un abogado, puesto que el poderante tiene plena libertad para revocar el poder sin razón distinta que su voluntad, y puede hacerlo en cualquier momento procesal y sin previo aviso.
Es un privilegio que el legislador otorga a las partes procesales, que como dijo la corte en la sentencia antes referida, prima sobre la intervención del abogado.
Cuando se otorga un poder se firma un contrato en el que la partes fijan obligaciones, pero en dicho contrato no se puede incluir una cláusula que prohíba al poderante revocar el poder al abogado.
Se puede pactar honorarios, incumplimientos, forma en que se pagará los honorarios si se revoca el poder, e incluso el pago de indemnizaciones si se revoca el poder, etc., pero no limitar la facultad de la parte procesal para revocar un poder.
Revocatoria de poder CGP.
La revocatoria del poder en el código general del proceso está regulado por el artículo 76, que trata sobre la terminación del poder.
De acuerdo a la norma, sólo hace falta presentar el nuevo poder para que quede revocado el anterior. Esto para efectos procesales, ya que la relación contractual entre cliente y abogado es otro asunto que tendrán que resolver ellos por aparte.
agosto 15th, 2019 a las 8:12 am
Hace 6 años le di poder a una abogada y a la fecha no ha habido nada al respecto siempre son evasivas, que debo hacer.
septiembre 12th, 2019 a las 12:10 pm
ponga en conocimiento del Consejo de la Judicatura su caso.
enero 26th, 2021 a las 7:55 pm
la ley 1123 de 2007 es el código disciplinario que rige a los señores abogados léelo y encontraras una salida
febrero 11th, 2020 a las 6:32 pm
Hola, tuve un accidente de transito y firme un poder para un estudio juridico para que me represente. Ese poder quiero revocarlo ya que por lo que pude averiguar no me quieren pagar el dinero real que me corresponde por el siniestro antes mencionado. Puedo revocar ese poder para que no tengan derecho Ni acceso a mi indemnización? No quiero que lleguen a estafar me. Espero su rsta
octubre 29th, 2020 a las 5:10 pm
No dice porque quiere revocarlo, explíquese o pensaré que Pedro Elias tiene razón
mayo 23rd, 2020 a las 11:43 am
lo que no quiere Melody es pagarle los honorarios al abogado.
julio 26th, 2020 a las 11:35 am
Hola hace 5 años le otorgue un poder a un abogado parará que me representase en mi liquidación laboral pese a que la empresa no uso caso a los requerimientos que hice atraves de oficio y derecho depeticion año después solo según negociación me canceló el 50% del valor total ydealli han pasado años y el proceso no se a dado según abogado.. por iniciativa propia hable con el gerente en turno y convino con migo en cancelarse la liquidación
¿Quedebo hacer para revocar el poder? O como debo proceder
Gracias
febrero 28th, 2022 a las 5:26 pm
Enviele una carta informándole que le revoca el poder especial.
marzo 7th, 2022 a las 8:25 am
Se equivoca. De acuerdo al CGP debe presentar la revocatoria a la entidad judicial donde se lleva el proceso y posteriormente ese comunicado con el recibido se le da a conocer al apoderado. No desinforme.
junio 12th, 2020 a las 8:55 pm
Buenas noches, cómo puedo revocarle el poder a un abogado ya que no me está cumpliendo con lo dicho, siempre son evasivas y llevamos 2 años en lo mismo de una tema laboral y no sale con nada. Muchas gracias.
diciembre 1st, 2022 a las 4:24 am
buenas, usted como parte procesal debe gestionar ante el juzgado la revocatoria del poder con oficio dirigido al juez
agosto 11th, 2020 a las 5:40 pm
Le di poder a un abogado para qué cobrará una plata se la pagaron y no me entrego nada quiero quitarle el poder porque me llega otra plata y no quiero que se quedé con ella que puedo hacer
enero 26th, 2021 a las 8:07 pm
Artículo 28 deberes, ley 1123 de 2007 denunciarlo ante el consejo superior de la judicatura
8. Obrar con lealtad y honradez en sus relaciones profesionales. En desarrollo de este deber, entre otros aspectos, el abogado deberá fijar sus honorarios con criterio equitativo, justificado y proporcional frente al servicio prestado o de acuerdo a las normas que se dicten para el efecto, y suscribirá recibos cada vez que perciba dineros, cualquiera sea su concepto.
Asimismo, deberá acordar con claridad los términos del mandato en lo concerniente al objeto, los costos, la contraprestación y forma de pago
octubre 30th, 2020 a las 12:04 pm
muy buenas tardes,
quisiera solicitarles ayuda con un tema en el cual le di poder a un abogado para llevar a cabo un caso de derechos de propiedad, e hicimos un contrato verbal en el cual tengo a dos testigos de que me dijo cobrar un dinero anticipado para llevar el caso, y ahora que el demandado acepto el abogado dice querer cobrarme un porcentaje del cual en el contrato verbal habia dicho otra cosa. que se puede hacer con este tema. muchas gracias por la colaboracion.
diciembre 15th, 2020 a las 10:44 am
Bune dia . quiero asesoría jurídica respecto a ley podea un abogado para que me represantara en un proceso de restitución de bien inmueble y disolución de conttratro …la suituacion es oto socio que bno es abogado es quien cobra los honorarios y esta solicitando supuestamente con mentiras dinero aparentemente para justificar el proceso civil … hoy me doy cuenta que el socio del abogado no es titulado y aun mas no es profesional ahora mi situación es que el abogado y el señor en mención me amenazan por medio virtual de hacerme daño y levantar calumnias hoy en dos años de proceso solo el abogado a dado la cara 2 veces una vez para que le diera dinero y la segunda vez por lo mismo , se le llama y hoy no tengo tiempo es la respuesta ..en el contrato esta contemplado informe y ningún informe a dado ( cito a pedido dinero para gastos para pagos de PERITAJEZ , Y SUPUESTAMENTE EXPENSAS DEL PROCESO Y SON MENTIRA PUEDO DENUNCIARLO Y QUITARLE EL PODER …AUN MAS NO A MANEJADO JURIDICAMENTE BIEN LA SITUACION . TENIA QUE CONTESTAR LAS EXCEOPIONES DE MERTITO Y SE NEGO AVIENDOLOE INFORMADO …. GRACIAS
diciembre 16th, 2020 a las 12:21 pm
Buen dia .le he otorgado un poder a el abogado para que me representara en asuntos legales con el arriendo de un inmueble mientras tenia arrendado a una firma de quimicos y deseo revocarlo en terminos juridicos .como hacer?Y QUE ME IMPLICA ECONOMICAMENTE ESTO TENGO ALGUN DEBER ECONOMICO CON EL ABOGADO AL DERROGARLO
GRACIAS POR LA ATENCION QUE ME PRESTEN
diciembre 17th, 2020 a las 6:19 am
Hola buen día!! Quiero saber como revocar un poder que me hiso firmar una abogada ..ya que ella no me explico el alcance de ese poder y me apuró xq se tenía que ir , no lo leí ni tampoco me dio una copia y al pasar 3 meses empeze a darme cuenta la falta de ética profesional y le pedí que x favor me pasara el poder que le firmé..entonces tome conocimiento el poder general que firme ..le notifique con palabras en su oficina que por favor revoque ese poder xq yo no le había dado ese poder tan amplio y que hiso un acto de mala fe ..ella contestó que no iba a usar si yo no la autorizaba y no esta cumpliendo..quería saber que puedo hacer xq ella actuo en mala fe y no me explico
enero 27th, 2021 a las 6:31 am
Si un abogado ha sido nombrado como defensor de víctimas en un proceso por inasistencia alimentaria y las víctimas no se sienten representadas por ese abogado. Cómo pueden cambiar o revocar el mandato de quien les fue asignado. Implica algún costo para las víctimas, aunque no ha habido contrato ni fijación de honorarios?
febrero 6th, 2021 a las 2:24 pm
marzo 11th, 2021 a las 3:19 pm
hola buenas tardes mi pregunta es yo le di al bogado que me llevara un caso de un caso ARL de una enfermedad laboral de una reliquidacion pero el me dijo que yo le firmara un poder pero ya ese caso ya tiene 3 años al ver que no me a dado respuesta de dicho caso yole pedi que me diera el poder pero el me dijo que solo me iba a dar es un paz y salvo pero es la hora que todavia ni poder ni paz y salvo cuanto sedemora para dar un paz ysalvo
junio 23rd, 2021 a las 2:11 pm
Como puedo redactar una Revocatoria de poder de traspaso de vehiculo? La razon es porque debo traspasarlo a persona indeterminada porque llevan 4 meses y aun no han hecho el traspaso.
septiembre 1st, 2021 a las 9:41 am
BUENOS DIAS YO LE DI UN PODER A UNA ABOGADA PARA REALIZAR UN SUCESION Y ELLA CBRO SUS HONARARIOS Y NO IZO LA SECESION, NO CONTESTA NUMEROS Y SE CAMBIO DE OFICINA QUE SE HACE EN ESE CASO,
enero 22nd, 2022 a las 3:10 pm
quiero enviar revocación de poder a un abogado como lo puedo hacer?
marzo 7th, 2022 a las 8:25 am
Se equivoca. De acuerdo al CGP debe presentar la revocatoria a la entidad judicial donde se lleva el proceso y posteriormente ese comunicado con el recibido se le da a conocer al apoderado. No desinforme.
marzo 11th, 2022 a las 6:45 pm
Si me han revocado mis poderes, los poderes notariales que expedí se anulan al instante o hasta que el nuevo poderdante lo solicite.
julio 11th, 2022 a las 11:01 am
HOLA YO LE OTORGUE PODER A TRES ABOGADAS QUE PERTENECEN A UN MISMO ESTUDIO JURIDICO Y UNA DE ELLAS YA NO ESTA EN EL ESTUDIO , SEGUN ME INFORMAN , ES NECESARIO REVOCAR EL PODER A LA PROFESIONAL QUE YA NO TRABAJA EN EL ESTUDIO ?
MUCHAS GRACIAS
septiembre 8th, 2022 a las 12:55 pm
Hola,como hago para revocar un poder,que le di a una abogada hace ya 15 años y ya no se nada de ella?
marzo 24th, 2023 a las 12:00 am
Hola mi pregunta es la siguiente si yo tenia un poder desde el 2006 entregado por mi Madre de 93 años en este momento,
Una hermana mayor llegó de España para quedarse a vivir con mi Madre ella ve que mi madre tenía unos terrenos en Cuzco y se hace dar un poder de mi Madre para la venta de los mismos, luego los vende y cobra la plata, pero a mi me excluye de lo que derecho me corresponde y luego para asegurarse me revoca mi poder saltándose todos los requisitos que debió pedir el notario. Bueno y ahora esta transferiendo a sus cuentas el dínero de mi anciana Madre. Que es lo que me aco seja hacer
mayo 21st, 2023 a las 8:17 am
Buenos dias hace mas de 10 años a un abogado se le dio poder para recuperar una cartera de una casa y a la fecha la cartera sube y sube que ya va en 50 millones, el poder tiene una clausula que dice que los honorarios seran de acuerdo a la recuperación, el abogado no ha logrado nada, y dice que entrega el caso si se le pagan 10 millones de “honorarios”, se le puede revocar el poder al abogado y darselo a otro abogado? Tenemos que pagarle honorarios por no hacer nada?
Agradezco su amable ilustracion.
agosto 11th, 2023 a las 11:30 am
Buenos días necesito saber si obligatoriamente se debe autenticar ante notaría la revocatoria de un poder… gracias