Terminar contrato de arrendamiento sin pagar multa

Cuando se incumple el contrato de arrendamiento o no se termina ni renueva de acuerdo a la ley o a lo estipulado en el contrato, se debe pagar una penalidad, multa o indemnización. De manera que, para no tener que pagarla, el contrato de arrendamiento se debe terminar de acuerdo a la ley y a lo que se haya pactado en el contrato. No se puede incumplir y no pagar la multa.

Terminación del contrato por mutuo acuerdo como forma de evitar el pago de multas.

Cuando el contrato de arrendamiento se termina de acuerdo a la ley y al mismo contrato, no hay lugar al pago de multas. Pero si ese no es el caso, el pago de la multa se evita llegando a un acuerdo con la otra parte, de modo que el contrato se termine por mutuo acuerdo, que es una forma legal de terminarlo.

El pago de la multa se debe hacer cuando se dan las siguientes condiciones:

  • La terminación es unilateral
  • Hay incumplimiento del contrato

Si la terminación es por mutuo acuerdo sin entrar en incumplimiento, no hay lugar al pago de multas.

Por ejemplo, faltan 6 meses para terminar el contrato de arrendamiento y el arrendatario determina que no tiene cómo pagar el canon de arrendamiento de los meses siguientes. Comunica su situación al arrendador y llegan a un acuerdo para terminar el contrato sin que el arrendatario quede debiendo ningún canon de los meses causados.

Empatía, buena relación y negociación para evitar la multa.

Cuando ha habido incumplimiento del contrato, como cuando el arrendatario ha dejado de pagar el arriendo, la multa o penalización se debe pagar porque el incumplimiento ya se materializó; es un hecho consumado, y lo único que evita el pago es que el arrendador decida no cobrar. Para ello se debe recurrir a la empatía y a la negociación.

En esencia, es llegar a un acuerdo para terminar el contrato de la mejor forma, y ello requiere la existencia de una buena relación entre arrendatario y arrendador, para lo cual se requiere honestidad y responsabilidad por parte del arrendatario que ha incumplido.

A ese entendimiento es posible llegar si el arrendatario ha demostrado cumplimiento y una actitud honesta y conciliadora, y el arrendador es consciente de que el incumplimiento se debió a la situación económica o familiar del inquilino. Eso facilita llegar a un buen acuerdo.

Pragmatismo en la relación contractual.

Puede ser que en algunos casos para el arrendador sea más práctico perder un mes de arriendo y renunciar al pago de la multa que iniciar un tortuoso proceso de cobro jurídico y restitución de inmueble.

Y, por extraño que parezca, el arrendador puede llegar a la misma conclusión cuando el arrendatario no es buena gente, sino lo contrario: es conflictivo, de mala fe. En algunos casos, es mejor perder dinero e incluso pagarle para que se vaya a fin de recuperar el inmueble con prontitud para arrendarlo a un mejor cliente.

Ese pragmatismo es más necesario cuando el arrendatario no ofrece las garantías suficientes que compensen un proceso judicial, como cuando no hay bienes ni salarios qué embargar, ni al arrendatario ni a sus codeudores. En ese escenario, un proceso judicial probablemente solo hará que el arrendador pierda más dinero, y son situaciones que se deben evaluar incluso antes de firmar el contrato de arrendamiento, cuando se está evaluando el perfil del inquilino que se quiere.

Cuando el arrendador se entera de que tiene un inquilino en esas condiciones, al primer incumplimiento debe terminarle el contrato, y como incentivo para que entregue el inmueble puede manifestarle la decisión de no cobrarle la multa o incluso el arriendo del último mes. Son muchos los arrendatarios que son conscientes de ello y utilizan esa circunstancia a su favor, lo que resalta la importancia de elegir correctamente a quién se arrienda.

Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2025, noviembre 4). Terminar contrato de arrendamiento sin pagar multa [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/terminar-contrato-de-arrendamiento-sin-pagar-multa.html

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