Contrato de trabajo con trabajadores del servicio domestico
Concepto servicio domestico.
Servicio domestico es el desarrollo de actividades propias del hogar como son aseo, limpieza, preparación de alimentos, lavado y planchado de ropa, atención de niños y cualquier otra actividad relacionada con el hogar del empleador.
Solo las personas naturales pueden prestar este tipo de servicios y se entiende que solo se puede prestar a personas naturales, puesto que el servicio esta directamente relacionado con el hogar, la casa de habitación, y solo las personas naturales pueden tener hogar y casa de habitación.
Concepto de contrato de trabajo.
Contrato de trabajo es aquél contrato mediante el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.
Un contrato de trabajo con trabajadores del servicio domestico tiene las mismas características y conllevan las mismas obligaciones y derechos que cualquier otro contrato de trabajo. Puede ser verbal o escrito, a término fijo o a término indefinido. Es importante recordad que cuando no en el contrato expresamente no se manifiesta que se trata de un contrato a termino fijo, se entenderá indefinido.
Jornada de trabajo.
El código sustantivo del trabajo no regula expresamente la jornada de trabajo de los trabajadores del servicio domestico, pero la Corte Constitucional en Sentencia C-372 de junio 21 de 1998, afirmo que la jornada no puede exceder de 10 horas diarias. Igual que tiene derecho a descansos dominicales y festivos, lo que permite concluir que en términos generales, para los trabajadores del servicio domestico les aplica la norma general sobre Jornada de trabajo.
Salario
El Salario de un trabajador del servicio domestico no puede ser inferior al mínimo legal vigente. Puede ser pagado en dinero, una parte en dinero y otra en especie. En el caso en que se pague en especie, esta no puede ser superior al 50% (30% si se devenga un mínimo) del total del salario.
Igual que en los demás trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos, los trabajadores del servicio domestico tienen derecho al pago del auxilio de transporte, siempre y cuando no vivan en la casa de habitación del patrono que es su lugar de trabajo.
Prestaciones sociales
El trabajador del servicio tiene derecho vacaciones, dotación, maternidad, cesantías e intereses sobre cesantías, lo mismo que seguridad social (salud y pensión).
El trabajador del servicio domestico no tiene derecho a la prima de servicios, puesto que la prima de servicios tiene como filosofía el participar al trabajador de las utilidades de la empresa, y teniendo en cuenta que el hogar, la familia, no es una unidad empresarial no se puede hablar de utilidades.
Aportes parafiscales
Sobre los aportes parafiscales la ley señala que toda empresa o unidad productiva que tenga trabajadores contratados, debe hacer un aporte equivalente al 9% de su nomina por concepto de los llamados aportes parafiscales, los cuales se distribuirán de la siguiente forma: 4% para el subsidio familiar (Cajas de Compensación Familiar), 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y 2% para el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA). Pero como se menciono con anterioridad, la familia no es una empresa o unidad productiva por lo que el empleador no se esta en la obligación de realizar aportes parafiscales por los trabajadores del servicio domestico que tenga a su cargo, sin embargo, por disposición del decreto 0721 de abril 15 de 2013 los trabajadores del servicio doméstico deben ser afiliados a una caja de compensación familiar. Más información aquí.


Si la empleada va 2 veces a la semana, cumple las 8 horas, como sería el pago de EPS, ARP y total de prestaciones si sólo va 8 veces en el mes?
Si una empleada domestica labora en tres casas diferentes pero solo 2 dias a la semana en cada casa, segun la ley colombiana cuando se pensione o se incapacite le pagan tres salarios minimos y lo mejor cuando consignen las cesantias cada año los patronos va a recibir tres salarios minimos.
Segun la ley en Colombia cada uno de los patronos debe afiliarla por un salario minimo. Si es asi es el mejor trabajo del mundo, o la ley colombiana esta equivocada.
Mi pregunta es como la debe afiliar cada uno de los patronos y sobre que base la debe liquidar cada año para pagar las vacaciones, cesantias e intereses. gracias.
al aplicar un salario minimo real a la empleada domestica, deberia cumplr con los diferentes requisitos de contrato de trabajo, ya sea q trabaje dos dias a la semana, su salario no sera el mismo, ya que generalmente las personas que contratan asi son mediante un contrato de temporada, el cual te da una estabilidad laboral, pero esto no t asegura un salario minimo, sino que mas bien te desemvuelves x horas, lo q haria q ganes practicamente unos (como ejemplo) 50 dolares a la semana, t remuneran x horas, mas no x salario minimo cumpliendo con horas de trabajo o jornadas largas
Voy a contratar una empleada por 5 horas al dia, 5 dias a la semana, como debo pagarle? Cuanto debo pagarle? Tengo que pagarle preataciones?
estoy desempleada y quiero trabajar he laborado como empleada domestica hacen 4 años soy respetuosa de pueblo honesta responsable tengo 26 años mi numero es 3216713167
Hola quiero saber si a mi emplada domestica quetrabaja 5 dias de lasemana de 9 a 14 se tomo vacaciones por quince dias y agrego los dos dias de feriado si le coresponde
Buen día, mi pregunta es que mi empleada domestica me pidio que el salario se lo diera de forma integral, es decir que le liquide siempre sus prestaciones, le pago el salario minimo, esto esta correcto?? que debo hacer para que me firme algo??? Adicionalmente ella esta afiliada al Sisben por eso no le pago Salud, ni pensión…No se que hacer gracias,
Hola, la verdad es que asi ella te firme algo de que le vas a pagar de forma integral puede demandarte por que esos pagos son irrenunciables, aunque tenga salud afiliela y digale que cuando termine algun dia vuelva afiliarse al sisbel, se lo digo por experiencia propia, teniamos una empleada y se le pagaba el minimo y se le aumento el porcentaje de prestaciones eso se subio a 750.000, se firmo un supuesto conbtrato donde estaba especificandose esto pero cuando se despidio demando a la oficina de trabajo por todas las prestaciones y hubo que calcular todo sobre 750 y se nos fue un platal. Entonces no le recomiendo esta practica. Saludos
Hola Viviana, muchas gracias por responder, te agradeceria informarme más acerca de tu experiencia, entiendo yo que te toco volverle a pagar cesantias, int. de cesantias, vacaciones neuevamente o te toco solo salud, igualmente se que es un problema, pero no se que hacer. Porque ella esta cuidando a mi bebe de 7 meses y estoy contenta con ella, le estamos pagando $800.000 + 3000 pesos diarios de alimentación. Mi correo es svillarruel@gmail.com.
Gracias.
mi empleada lleva diez años, laborando en casa, lleva incapacitada en forma continua más de ocho meses, cuando terminó la incapacidad que empezo 3 Enwero. hasta Julio 17,llamó y dijo vendría al día siguiente a trabajar, llamó y dijo la habian incapacitado hasta el 27 de Julio, cuando terminó ese tiempo llamo y dijo, no continuaría trabajando más, pero fue verbalmente, no envío nada por escrito, está esperando le den pensión, por invalidez, debo seguir pagándole, la salud y la pensión, hasta que a ella le salga su pensión, por el Seguro Social?, muchas gracias, por la atención prestada
Vivo en una finca de una cuadra, no es productiva, solo es de vivienda y tengo un empleado y su esposa que me hacen todo el la casa, los jardines y los prados, ademas me cuidan los 2 caballos.
Los tengo afiliados ala EPS y ARP como empleados domésticos.
Estoy en lo correcto o estoy equivocada en el tipo de trabajo.
Si tenemos una señora que labora un dia a la semana hace 10 años y debemos informarle que no continua mas, pero queremos reconocer un dinero por sus servicios cuanto seria? NO tiene contrato, ni se le pagan prestaciones sociales, cual es el procedimiento a seguir. Le pagamos $31500 el dia.
cuando uno trabaja con personas de la embajada americana y al principio que uno esta trabajando con ellos lo acen firmar una nomina donde ellos reflejan cuanto le paga a diario y los tiempos de comida y despues de cinco meces ya no le dan a firmar la nomina hay problema
cuando se tiene una empleada por empresa, es decir que uno llama a una bolsa de empleo y le envian una empleada, para laborar interna,¿se le paga prima?
como se maneja en este caso. especifiquenme: salario, descansos, prima,
Hola
Mi pregunta es, si una persona trabaja en mi casa 3 dias a la semana y yo voy a salir de viaje por un mes, debo pagarle esos dias asi ella no labore?
Gracias!
hola estoy interesada en el tarabajo como servio domestica para ya y ivenvivo en barranquilla barrio los andes cc 312 653 95 87