Levantamiento de patrimonio de familia

Cuando se constituye un patrimonio de familia sobre un bien inmueble, quien lo constituyó puede cancelarlo o levantarlo siguiendo el procedimiento que indica la ley.

Cancelación del patrimonio de familia.

El patrimonio de familia se constituye para proteger el patrimonio familiar respecto a terceros, que pueden estar interesados embargar la casa, por ejemplo, y cuando desaparece esa necesidad o surge alguna otra circunstancia, puede ser necesario cancelar o levantar ese patrimonio de familia.

Patrimonio de familia.El patrimonio de familia es una figura jurídica que convierte al inmueble en inembargable, es decir, no puede ser secuestrado ni embargado.

Por regla general los actos se deshacen de la misma forma en que se hacen, y en el caso del patrimonio de familia se hace mediante escritura pública, pero no siempre se puede hacer mediante escritura pública, sino que puede requerirse de una sentencia judicial como más adelante se explica.

El levantamiento del patrimonio de familia puede hacerse por quien lo constituyó, y el procedimiento se debe hacer de dos formas, una ante notario y otra ante un juez de familia.

Levantamiento del patrimonio de familia ante notario.

El levantamiento del patrimonio de familia ante notario se hace cuando no existen hijos menores de edad.

En tal caso, el levantamiento se hace mediante escritura pública, que es un proceso relativamente sencillo.

Cuando hay hijos y estos ya han cumplido su mayoría de edad es necesario aportar a la solicitud registros civiles para demostrar que estos ya llegaron a la mayoría de edad.

Levantamiento del patrimonio de familiar ante el juez de familia.

Cuando se quiere levantar el patrimonio de familia y aún hay hijos menores de edad este procedimiento se hace ante juez un de familia, pues es este quien debe autorizar dicho levantamiento.

Este procedimiento se hace a través de demanda y con intervención del abogado y de un curador que debe intervenir es salvaguarda de los derechos de los menores de edad.

Igualmente, poro disposición de la ley 1098 de 2006 en el numeral 11 de su artículo 82, se requiere la intervención de un defensor de familia para que represente los intereses de los menores de edad.

Una vez se tenga la sentencia judicial respectiva, se procede a levantar el patrimonio de familia.

Documentos para cancelar el patrimonio de familia.

En cualquiera de los casos a la solicitud de levantamiento del patrimonio de familia se deben adjuntar los siguientes documentos:

  • Copia del registro civil de los menores.
  • Copia de la escritura pública mediante la cual se constituyó el patrimonio de familia.
  • Certificado de Libertad y Tradición del inmueble.
  • Avalúo catastral del inmueble.

El levantamiento o cancelación del patrimonio de familia debe inscribirse en la oficina de registros públicos.

¿Cuánto cuesta levantar patrimonio familiar?

Los costos notariales para el levantamiento del patrimonio de familia, es el que se aplica a los actos sin cuantía.

En consecuencia, para el 2022 el precio del levantamiento del patrimonio de familia es de $66.200.

Adicionalmente la escritura pública en la que se levanta el patrimonio de familia debe ser inscrita en la oficina de registros públicos, donde hay que pagar la suma de $20.600 que corresponde a los actos sin cuantía.

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32 Opiniones
  1. Andres Manrique Dice:

    Buen dia:

    tengo un hijo de 5 años, el inmuebles tiene patrimonio de familia y aun tiene hipoteca con el banco, es verdad que si levantamos el patrimonio de familia, solo tenemos seis meses para vender el apartamento sino habría que hacer una nueva escritura para levantar el patrimonio de familia si no se vendió dentro de los seis meses siguientes a la firma de la escritura de levantamiento de patrimonio de familia?

    gracias

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  2. leidy Dice:

    las VIS tienen una prohibición de venta, lea la resolucuión mire si ya cumplio el tiempo y de ser asi saquelo del patrimonio de familia y pongalo en venta.

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  3. ELIESCOB Dice:

    Una vivienda con patrimonio de familia puede ser embargada cuando los hijos son mayores de edad, por obligaciones de uno de los padres,diferente al crédito para adquirir la vivienda?

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    • HAZ Dice:

      POR REGLA GENERAL EL PATRIMONIO DE FAMILIA ES INEMBARGABLE, SALVO PARA LAS OBLIGACIONES ANTERIORES A LA CONSTITUCIÓN DEL MISMO O CUANDO SE CONSTITUYO HIPOTECA PARA LA COMPRAVENTA DEL INMUEBLE.

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    • Gestora de Paz Dice:

      Un acreedor puede cancelar el patrimonio demostrando que los hijos ya son mayores de edad, y así quedará libre de esta protección por lo que podrá ser perseguido el inmueble, consulte con su Abogado de confianza como puede proteger el inmueble, pues el patrimonio no es la única forma.

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      • Manuel Dice:

        Para resolver esta inquietud, será importante indicar que la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante concepto SNR2018EE047855 de septiembre 5 de 2018, indicó:

        “No basta que haya ocurrido la disolución de la sociedad conyugal, porque el régimen especial del patrimonio de familia se constituye con relación, en atención y protección de esta última y no de la sociedad conyugal. La ausencia de hijos menores tampoco es causal determinante porque la vocación de familia puede extenderse a otro parientes que en situación de indefensión o soledad han encontrado y configurado en esa relación voluntaria su familia”

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  4. MARIA HILDA BONILLA Dice:

    TENGO UN PATRIMONIO DE FAMILIA POR MEDIO DEL SUBSIDIO DE VIVIENDA DEL GOBIERNO LOS TRES HIJOS QUE ADJUNTE A DICHO PROCESO DOS DE ELLOS YA SON MAYORES DE EDAD, EL OTRO ES MENOR DE EDAD.. QUE DEBO HACER PARA CANCELAR PATRIMONIO DE FAMILIA Y QUE DE MIS HIJOS SOLO QUEDE EL MENOR Y YO COMO TITULAR..

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    • Gestora de Paz Dice:

      Si desea cancelar el patrimonio de familia respecto a sus hijos mayores basta con dirigirse a una notaría y llevar fotocopias de cedulas de los mismos.

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  5. Eritch Dice:

    Mia padre tienen una casa en Ecuador (vivimos rosso en Italia desse muchos años) que quisieran vender pero no pueden. Es posible elevar el patrimonio familiar solo con la renuncia de parte de todos los hijos (somos todos mayores de edad)? Posible que sean necesarios casi 4000 dolares para el tramite con el abogado? Ademàs de ridìculo es negativo para el mercado de ventas inmobiliares, no les parece?

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  6. jhojaba Dice:

    Cordial Saludo,
    Con mi pareja actual adquirimos un apartamento y en su momento incluimos un niño que teníamos, vinculamos el predio como patrimonio familiar, hoy en día ya tenemos otro niño como se realiza el procedimiento de inclusión en la escritura del otro menor y ante que oficina se hace el mismo?
    Gracias.

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  7. PATRICIA Dice:

    MI PADRE QUIERE DEJARNOS UNA CASA COMO HERENCIA, PERO AL QUERER HACER LA ESCRITURA APARECE UN PATRIMONIO DE FAMILIA DEL DUEÑO ANTERIOR, QUE FUE LEVANTADO POR ESCRITURA PUBLICA DE VENTA Y CON ORDEN DEL JUEZ DE MENORES,A PESAR DE ESTAR COMO UNA CLAUSULA DE LA ESCRITURA EN EL REGISTRO AUN CONTINUA, YA PASARON 40 AÑOS Y NO CONOCEMOS ESAS PERSONAS, QUE PODEMOS HACER PARA CANCELARLA, SOLICITE EN REGISTRO Y ME DICEN QUE DEBO PAGAR UNA MULTA CARISIMA, SI ESO FUE ANTES ME TOCA PAGAR O QUE PUEDO HACER

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  8. oscar rosero Dice:

    si los hijos ya cumplieron la mayoría puede seguir nuestra casa con patrimonio familiar ?

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  9. BettyDelSocorro Dice:

    Adquirí un apartamento con subsidios como madre cabeza de hogar con el menor de mis hijos el cual ya es mayor de edad y comenzó a trabajar pero yo ya llevo más de dos años sin trabajar con 58 años y sin pensión. El inmueble quedo con patrimonio de familia Y no afectación ya que estoy divorciada. Sigo estando protegida o hay que hacer alguna variación. Mil gracias por su respuesta

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  10. MARIA PEREZ Dice:

    Como puedo disolver una escritura de vivienda la cual se adquirio con subsidio de vivienda a nombre mio y de una menor, al momento de realizar la escritura ya la menor quedo registrada con cedula de ciudadania porque ya habia cumplido la mayoria de edad, y la escritura quedo con clausula de patrimonio familiar

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  11. Irene Dice:

    Hola quiero vender mi casa pero esta con patrimonio familiar, tengo dos hijos uno de 20 años y el otro de 16 años, que debo hacer para realizar el tramite?

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  12. Magda Dice:

    Tengo un apto y el subsidio me lo otorgaron con una sobrina necesito levantar el patrimonio familiar. Mi sobrina tiene 12 años que debo hacer para poder vender? Gracias

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  13. Alexandra Dice:

    Estoy separa de cuerpos hace 3 años con mi ex tenemos 2 hijos y un bien inmueble patrimonio de familia. Queremos sacarlo de patrimonio para poner comprarle su parte y dejarlo a nombre mío. Es eso posible?

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  14. jorge Dice:

    “Levantamiento del patrimonio de familia ante notario.
    El levantamiento del patrimonio de familia ante notario se hace cuando no existen hijos menores de edad.

    En tal caso, el levantamiento se hace mediante escritura pública, que es un proceso relativamente sencillo”

    ¿Qué costo aproximadamente tiene este tramite ?

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  15. Natalia Dice:

    Buenas tardes, una pregunta mi mama se separó de mi padrato hace 15 años. Y la casa tiene una afectación de vivienda y ella me quiere vender el aire o la terraza que se tiene que hacer en ese caso o ella no no puede hacerlo

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  16. CARMEN ALICIA Dice:

    ADQUIRI UNA CASA CON SUBSIDIO FAMILIAR Y PATRIMONIO DE FAMILIA CON MIS PADRES ADULTOS MAYORES, LA CUESTION ES QUE FALLECIO MI MADRE.

    REQUIERO VENDER PARA CAMBIAR LA UBICACION , DISOLVI EL PRATIMONIO FAMILIAR, MI PADRE ME CEDÍO SU PARTE , QUE SIGUE DADO A LO DE MADRE?
    O ALLI TERMINA Y PUEDO SER USO DE LA CASA PARA VENDER? O ENTRA EN SUCESIÓN.

    MIL GRACIAS

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  17. jamy Dice:

    tengo una menor de edad la cual el padre ha dejado de cancelar alimentos por mas de 6 años, inicio proceso ejecutivo para el cobro de los alimentos y quiero embargar el único bien que se encuentra a nombre del padre de la menor.

    puedo solicitar se levante la afectación a vivienda familiar y se proceda con el embargo de alimentos??

    ya que se encuentran en conflicto dos derechos fundamentales

    protección del patrimonio y protección al menor de edad por alimentos

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  18. DURLEY Dice:

    Buenas tardes voy a comprar un apto con patrimonio familiar el banco me dice que debo llevarles el certificado con el levantamiento del patrimonio, pero la inmobiliaria que me lo esta vendiendo dice que no es necesario que ese acto se hace cuando se firme la escritura entonces no se si firmar la escritura

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  19. miguel pacheco Dice:

    tengo un inmueble adquirido por prescripción adquisitiva pero en sentencia no se levantó el patrimonio de familia, como lo levanto si la persona q lo constituyó ya no es propietario y además se desconoce su paradero

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  20. esanfi Dice:

    Buenos dias, me pueden informar si en el caso de existir el patrimonio familiar y dentro de los hijos hay uno con una condicion especial pero ya es mayor de edad; ante esto se puede hacer levantamiento del patrimonio familiar sin inconveniente?

    Responder
  21. DANY Dice:

    MIS PADRES CONSTITUYERON UN PATRIMONIO DE FAMILIAR, MI MADRE FALLECIO QUE DEBE HACER MI PADRE PARA VENDER LA CASA.

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  22. Mcrespo2 Dice:

    Donde podria encontrar el formato para radicar ante un juez el levantamiento de patrimonio de Familia 1?

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  23. Dnl Dice:

    Hola tengo un apto con patrimonio familiar por vivienda vis , tengo entendido q de igual manera no me pueden embargar sin embargo un tercero pudo embargarme mi propiedad en mi certificado de tradición me aparece embargado, por q sucedió esto?

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    • Maria Dice:

      Lo que se inscribe no es un embargo sino la demanda como tal y no tiene los mismos efectos que el embargo.

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  24. Elver Gattieza Dice:

    Tengo la casa y no la puedo vender sipote e vaina pa jodia loco.

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  25. DADIANA Dice:

    cuanto tiempo tardan estos tramites?

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  26. Jenifer Dice:

    Si quiero vender mi 50% a un familiar cual seria el siguiente paso a seguir?

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