Incumplimiento de contrato de prestación de servicios

El contrato de prestación de servicios como cualquier otro contrato puede ser incumplido por el contratante o por el contratista, y las consecuencias de ese incumplimiento depende de lo que las partes haya acordado, pues la ley no las fija.

Qué pasa si se incumple un contrato de servicios.

El contrato de servicios es de naturaleza civil y en ocasiones comercial, por lo que no se le aplican las normas del derecho laboral, así que en caso de incumplimiento se aplican las reglas generales del derecho civil o comercial.

La primera consecuencia del incumplimiento de un contrato de servicios, es que se incurre en una causal para que la parte cumplida de por terminado el contrato, como sucede en cualquier contrato.

En razón a que el código civil no se señala expresamente qué consecuencias debe asumir la parte que incumple un contrato de servicios, deben aplicarse los principios o reglas generales que gobiernan el incumplimiento de contratos, como se trata en este artículo.

Sanciones o indemnizaciones por incumplir un contrato de servicios.

Como ya señalamos, la ley no contempla las sanciones o indemnizaciones que se deben pagar cuando se incumple un contrato de servicios, algo que sí hace el código sustantivo del trabajo.

Sin embargo, las normas civiles contemplan la reparación de daños y perjuicios causados por el incumplimiento, y si ese es el caso, la parte que las reclama debe probar en juicio el daño o perjuicio recibido, y debe cuantificarlo.

El artículo 1613 del código civil señala en su primer inciso:

«La indemnización de perjuicios comprende el daño emergente y lucro cesante, ya provenga de no haberse cumplido la obligación, o de haberse cumplido imperfectamente, o de haberse retardado el cumplimiento.»

Quien incumpla el contrato de prestación de servicios está causando un daño o perjuicio, ya sea como daño emergente o como lucro cesante, o los dos de forma simultánea y debe responder por eso.

Lucro cesante y daño emergente.Indemnizaciones por lucro cesante y daño emergente cuando se causan perjuicios o daños a terceros

El que ha sufrido perjuicio por el incumplimiento del contrato debe probar el daño que se ha causado, y el monto del perjuicio recibido, y lo que pruebe en juicio será lo que recibirá como compensación.

Incluir en el contrato las consecuencias del incumplimiento.

En razón a que la ley de forma general contempla las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones, lo ideal es que las partes incluyan en el contrato de prestación de servicios una cláusula que gobierne el incumplimiento en caso que se dé, fijando el pago de alguna indemnización, multa, sanción o como la partes quieran llamarlo.

En la práctica, sobre todo en contratos de poco valor como los de prestación de servicios personales, las partes no acuerdan nada respecto al incumplimiento, y quien incumple no asume otra consecuencia que la terminación del contrato.

Además, cuando son contratos de poco valor no se justifica un proceso judicial para reclamar algo incierto, y el asunto se queda en una terminación del contrato.

Pero en contratos de servicios de valores elevados o que incluyen intereses importantes, sí se incluyen cláusulas de incumplimiento e incluso se firman pólizas de cumplimiento, que es lo ideal.

Cláusula penal en los contratos.En los contratos se suele incluir una cláusula penal, que como se nombre lo indica, penaliza a quien incumpla el contrato.

Es importante que en el contrato de servicios se incluya una cláusula que fije las consecuencias de un eventual incumplimiento, y, sobre todo, que se fije anticipadamente una indemnización por un eventual incumplimiento, pues ello evita tener que probar y tazar el perjuicio en caso de una reclamación judicial, y, de hecho, con ello se puede evitar el proceso mismo, pues las partes de antemano acuerdan estos aspectos haciendo innecesario que un juez lo haga en su lugar.

Cuando en el contrato las partes fijan las consecuencias del incumplimiento, en caso de una reclamación judicial la parte cumplida lo único que debe probar es el incumplimiento de la contraparte.

Demanda por incumplimiento de contrato de prestación de servicios.

Cuando se incumple un contrato de prestación de servicios, la parte interesada o afectada deben demandar a la otra parte ante la jurisdicción civil.

Las pretensiones de la demanda pueden ser desde exigir el cumplimiento del contrato, como el resarcimiento de daños y perjuicios causados por el incumplimiento del contrato, e incluso, para exigir la resolución del contrato incumplido.

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  1. VALERY (junio 15 de 2022)

    ME PUEDEN AYUDAR CON UNA DUDA QUE TENGO, POR FAVOR¨
    TENGO UN CONTRATO CON UNA COMPAÑIA DE UNIFORMES QUE NO ESTA CUMPLIENDO CON LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO YA QUE NO LE DAN EL MANTENIMIENTO ADECUADO A LOS UNIFORMES ENTRE OTROS INCUMPLIMIENTOS QUE HACEN

    DE ANTEMANO LES AGRADEZCO SU RESPUESTA.

    Responder
  2. ANA (julio 18 de 2022)

    En un contrato de prestación de servicios con un abogado quien fue el que lo elaboro quedo mal mi nombre y numero de cedula,PERO TIENE MI FIRMA este demando en contrato con el nombre y cedula del contrato y el juzgado manifiesta que cumple con una obligación, clara y expresa de cobra las suma de dinero, al No tener mi nombre como es debido y el numero de mi cedula correcto no cumple con los requisitos del art 621 del C. CO EL contrato tiene mas de tres años y el abogado alega ERROR INVOLUNTARIA después de tres años, se contesto la demanda haciéndole caer en cuenta al juzgado de la anomalia pero el juzgado se dio cuenta del error y corrigió el mandamiento ejecutivo me notifico y me embargaron la casa que esta Hipotecada y ahora el acreedor Hipotecario me va a demandar y aun no han fijado fecha para la AUDIENCIA DE ÚNICA INSTANCIA POR FAVOR QUE HAGO AYUDEMEN Mi correo es [email protected] gracias

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  3. Edinson (febrero 12 de 2023)

    La fundación FUNSEP (FUNDACION SEMILLAS DE PROSPERIDAD) quien se encarga del Programa de Alimentación Escolar en Barranquilla me debe a mi, salarios del 2022 y según la jefa inmediata de nombre Andrea, argumenta que la alcaldía NO ha desembolsado el dinero. Se supone que cuando ellos licitaron, uno de los requisitos es que tenga musculo financiero y no vulnerar, perratear, pordebajear y cualquier otro sinónimo de injusticia con nosotros los contratistas. Tienen el cinismo de citar a los supervisores y manipuladoras de alimentos para la actual temporada escolar sin haberle cancelado salarios del año pasado e incumpliendo contrato de prestación de servicio de todos sus supervisores, y si uno se niega te amenazan con demorar mas el pago.
    Ya radiqué un derecho de petición para conciliar y solicitar que simplemente me cumplan el contrato, pero saben que el procedimiento es otro (demanda) y se burlan de uno. Agradezco su asesoría.

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  4. MARY (diciembre 21 de 2023)

    SOY ABOGADA, DENTRO DE UN CONTRATO DE TRASLADO DE FONDO DE PENSIONES DEJE ESTIPULADO EL VALOR DE LOS HONORARIOS Y EN UNA DE LAS CLAUSALES SE DEJO POR ESCRITO DENTRO DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS QUE LAS COSTAS Y AGENCIAS EN DERECHO SERIAN PARA LA ABOGADA. AL SALIR EL FALLO DE 2 INSTANCIA, SOLICITE A MI PODERDANTE QUE ME FIRMARA LA AUTORIZACION DE ENTREGA DE LAS COSTAS PARA PASARLA AL JUZGADO Y ELLA SE NEGO, YO SOLICITE EL PAGO DE COSTAS AL JUZGADO ALLEGANDO EL CONTRATO DONDE ESTA ESTIPULADO QUE LAS COSTAS SON PARA EL ABOGADO, PERO A LOS 8 DIAS MI PODERDANTE SOLICITO AL JUZGADO QUE SE LE ENTREGARAN LAS COSTAS. QUE PUEDO HACER EN ESTE CASO. MUCHAS GRACIAS

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    • Mario Pedraza L en respuesta a MARY (diciembre 21 de 2023)

      Tiene un contrato firmado, debe ejecutar ese contrato si presta mérito ejecutivo, y sino, una acción de cumplimiento del contrato.

      Responder

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