Licencias no remuneradas

Las licencias no remuneradas que otorga el empleador a sus trabajadores tienen efectos en el contrato de trabajo, las prestaciones sociales y la seguridad social.

Qué es una licencia no remunerada.

Una licencia remunerada implica que el trabajador, mientras esté en licencia, no recibe salario.

Se trata de permisos que no son obligatorios por ley, sino que las partes lo acuerdan libremente, y por esa razón no son remuneradas, puesto que el trabajador no presta sus servicios durante el tiempo que dure la licencia.

En resumen, una licencia no remunerada es el permiso que el empleador otorga a un empleado para que se ausente del trabajo, por un determinado tiempo, y durante el cual no se le paga salario.

Efectos laborales de las licencias no remuneradas.

Cuando se otorga una licencia no remunerada, el hecho de no pagar un salario al trabajador tiene algunos efectos que se deben considerar.

Suspensión del contrato de trabajo en licencias no remunerada.

Las licencias no remuneradas interrumpen o suspenden el contrato de trabajo, sin llegar a terminarlo.

Cuando se otorga una licencia no remunerada, el contrato de trabajo se suspende en la medida en que cesa la obligación del trabajador de prestar su servicio, y cesa la obligación del empleador de pagar un salario.

La suspensión del contrato de trabajo en ocasión a las licencias no remuneradas está contenida en el numeral 4 del artículo 51 del código sustantivo del trabajo.

Alcance de la suspensión del contrato por licencias no remuneradas.

Se tiene claro que el otorgamiento de una licencia no remunerada suspende el contrato de trabajo, pero esa suspensión no rompe todo el vínculo jurídico del contrato de trabajo, de manera que la partes aún quedan sujetas al cumplimiento de las otras obligaciones derivadas del contrato de trabajo, diferentes a la obligación de prestar el servicio por parte del trabajador, y al pago del salario por parte del empleador.

Para ilustrar este asunto, traemos a colación el caso del trabajador que había acordado una cláusula de exclusividad, solicitó una licencia no remunerada, y durante esa licencia trabajó para la competencia de su empleador, violando la cláusula de exclusividad.

Al respecto señaló la sala laboral de la Corte suprema de justicia en sentencia 39078 del 23 de noviembre de 2010 con ponencia del magistrado Camilo Tarquino:

«En ese orden, si las obligaciones de empleados y patronos, van más allá de la prestación del servicio y el correlativo pago de la retribución, y si son éstas las únicas que quedan en suspenso transitoriamente, mientras transcurre el término de la licencia no remunerada, las demás permanecen inalterables, siempre y cuando no dependan estrictamente de la prestación de la labor, como por ejemplo, las relativas a la seguridad social, a cargo del empleador, y las de fidelidad y lealtad, con responsabilidad para ambas partes. Y es que, como resulta apenas lógico asumirlo, y lo ratifica la cita jurisprudencial copiada por el impugnante, a diferencia de la terminación del contrato, la suspensión implica sólo un estado de latencia que no genera la extinción de los deberes de fidelidad y lealtad que caracterizan la relación de trabajo. No es dable imaginar que por el hecho de la suspensión del contrato, pueda el trabajador incurrir en una de las faltas que ameritan el despido, o que sea el empleador al que se le permita irrespetar o atentar contra la moral o la dignidad de su dependiente laboral.»

Es claro que la licencia no remunerada suspende temporalmente el contrato, pero no en todas sus partes, de modo que las partes continúan obligadas respecto los aspectos del contrato que siguen vigentes.

Los temas que a continuación se abordan se hacen de forma sucinta, y pueden consultarse con más detalle en el siguiente artículo:

Suspensión del contrato de trabajo.Los casos en que se puede suspender un contrato de trabajo y los efectos o consecuencias de la suspensión.

El tratamiento que se da a las licencias no remuneradas es el mismo que se da a la suspensión del contrato de trabajo, cualquiera sea la causa por la que se suspenda.

Prestaciones sociales en la licencia no remunerada.

La licencia no remunerada suspende el contrato de trabajo, de manera que los efectos serán los de un contrato suspendido, y por supuesto que ello afecta las prestaciones sociales del trabajador.

El artículo 53 del código sustantivo del trabajo, que trata sobre los efectos de la suspensión del contrato de trabajo, que es lo que sucede cuando se otorga una licencia no remunerada, dice al respecto:

«…Estos períodos de suspensión pueden descontarse por el empleador al liquidar vacaciones, cesantías y jubilaciones.»

Aquí encontramos que el tiempo de suspensión del contrato de trabajo se descuenta para tres conceptos:

  1. Vacaciones
  2. Cesantías.
  3. Jubilaciones

Con base a lo anterior desarrollamos cada una de las prestaciones sociales.

Prima de servicios en licencias no remuneradas.

La norma nada dice de la prima de servicios, lo que ha permitido concluir a los diferentes doctrinantes, que como la ley no lo permite expresamente, no se puede descontar el tiempo de suspensión del contrato para efecto de liquidar la prima de servicios.

Prima de servicios.Los trabajadores tienen derecho a recibir una prima de servicios equivalente a un salario mensual por cada año de trabajo.

Y ese ha sido el criterio del ministerio del trabajo.

De manera que la prima de servicios se debe pagar incluso cuando el trabajador ha estado en licencia no remunerada, y respecto a la base para su liquidación nada dice la norma, pero asumimos que será el último salario devengado por el trabajador.

Auxilio de cesantías en las licencias no remuneradas.

La ley claramente permite descontar el tiempo de las licencias no remuneras para efecto de liquidar las cesantías, de manera que sólo se considera el tiempo efectivamente laborado por el trabajador.

Auxilio de cesantías.Auxilio de cesantías, qué es y cuáles son los trabajadores que tienen derecho a ese pago o derecho en Colombia.

Así, suponiendo que en el 2021 el trabajador tomó una licencia no remunerada de 120 días, para la liquidar las cesantías del 2021 sólo se consideran 240 días:

Salario X 240 ÷ 60 = Cesantías.

Vacaciones en licencias no remuneradas.

La licencia no remunerada sí afecta las vacaciones debido a que la norma es clara en que se debe descontar el tiempo de suspensión del contrato para su determinación, de modo que, si en un año el trabajador estuvo de licencia no remunerada por 90 días, esos noventa días se descuentan, quedando en 270, o queda faltándole 90 días para causar el derecho a las vacaciones.

Vacaciones laborales.Vacaciones a que tiene derecho el trabajador. Cuando se cusan, cuándo y cómo se pagan, y cuándo se otorgan.

El descuento de los días no laborados en ocasión a la licencia no remunerada, se reconocen con la fórmula de las vacaciones:

Salario x Días trabajados ÷ 720.

En este caso los días trabajados están disminuidos en los días de licencia no remunerada.

Seguridad social en las licencias no remuneradas.

La seguridad social en las licencias no remuneradas tiene un tratamiento diferente dependiendo del concepto de seguridad social: salud, pensión o riesgos laborales.

Aportes a seguridad social.Los aportes a seguridad social están conformados por salud, pensión y riesgos laborales. Conozca bases, porcentajes y obligados a pagarlos.

Aportes a salud en licencia no remuneradas.

Respecto a los aportes a salud en una licencia no remunerada señala el artículo 3.2.5.2 del decreto 780 de 2016 establece lo siguiente:

«Cotizaciones durante el período de huelga o suspensión temporal del contrato de trabajo. En los períodos de huelga o suspensión temporal del contrato de trabajo por alguna de las causales contempladas en el artículo 51 del Código Sustantivo del Trabajo, no habrá lugar al pago de los aportes por parte del afiliado, pero sí de los correspondientes al empleador los cuales se efectuarán con base en el último salario base reportado»

De acuerdo a lo anterior, el aporte a salud se hace sobre el último salario devengado, y se aporta únicamente el 8.5% que corresponde al empleador.

Aportes a riesgos laborales en licencias no remuneradas.

En cuanto a los aportes a riesgos laborales, si el trabajador no está laborando por estar en licencia de remunerada, no hay riesgo que asegurar siendo incensario el pago de las cotizaciones a la ARL.

Empero, si la licencia no remunerada es de apenas unos pocos días, no se justifica pasar la novedad a mitad de mes, por lo que tal vez sea mejor hacer la cotización completa.

Aportes a pensión en licencias no remuneradas.

Respecto a los aportes a pensión en las licencias no remuneradas, el artículo 53 del código sustantivo del trabajo señala que el tiempo de suspensión se puede descontar de las jubilaciones, pero ello no significa que no se deban hacer aportes a pensión.

La redacción del artículo 53 del código sustantivo del trabajo se hizo cuando la ley 100 no estaba vigente, y partir de ella, las diferentes cortes e instituciones del estado relacionadas con la gestión de la seguridad social como la UGPP y Colpensiones, han sido enfáticas en afirmar que no se pueden suspender las cotizaciones a pensión durante los periodos de suspensión del contrato de trabajo.

De modo que, durante las licencias no remuneradas se deben seguir haciendo los aportes a pensión normalmente sobre el último salario devengado, y tanto el trabajador como el empleador deben hacer las cotizaciones que por ley les corresponden (4% y 12% respectivamente), y como el trabajador no está recibiendo un salario del cual le puedan descontar su aporte, le corresponde al empleador financiarle ese aporte con cargo a los pagos salariales o prestacionales futuros del trabajador.

Descanso dominical remunerado en licencias no remuneradas.

La regla general es que el descanso dominical remunerado se otorga cuando el trabajador ha laborado la semana completa, pero si durante la semana respectiva se otorga un permiso o licencia no remunerada, ¿se pierde el derecho al descanso dominical remunerado?

Descanso dominical remunerado.El trabajador tiene derecho al descanso dominical que debe ser remunerado con el sueldo ordinario del trabajador.

El numeral primero del artículo 173 señala que:

«El empleador debe remunerar el descanso dominical con el salario ordinario de un día, a los trabajadores que habiéndose obligado a prestar sus servicios en todos los días laborales de la semana, no falten al trabajo, o que, si faltan, lo hayan hecho por justa causa o por culpa o por disposición del empleador.»

Dos elementos a valorar: culpa y disposición del empleador.

Si el trabajador no labora la semana completa por una de esas dos circunstancias, conserva el derecho al descanso dominical, y ese es precisamente el caso del otorgamiento de la licencia no remunerada, que necesariamente requiere la aquiescencia del empleador para que se pueda tomar.

En consecuencia, el trabajador no ve afectado el derecho a su descanso dominical remunerado si en la semana previa no laboró algún día por estar en licencia no remunerada.

Esto es válido cuando en la semana previa el trabajador dejó de laborar unos pocos días, pues si la licencia no remunerada es más extensa, téngase presente que el contrato de trabajo simplemente se suspende y no se causan más salarios, incluyendo por supuesto al descanso dominical remunerado.

¿Me pueden negar una licencia no remunerada?

El empleador está obligado a otorgar las licencias que disponga la ley mas no las licencias no remuneradas que solicite el empleado, por lo que el empleador es autónomo para otorgarla o no, según el acuerdo a que llegue con el trabajador.

En la decisión de otorgar o no una licencia no remunerada, juega un papel importante la buena relación que exista entre empleador y trabajador.

Guía Laboral 2023

Conozca sus derechos y obligaciones laborales como trabajador o como empleador, y evítese problemas. Ver más.

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63 Opiniones
  1. ALONSO RIOBO RUBIO Dice:

    Se dice en el el editorial:

    “Se tiene claro que el otorgamiento de una licencia remunerada suspende el contrato de trabajo…”

    No, la que suspende el contrato de trabajo es la licencia no remunerada. Téngase en cuenta que durante la suspensión del contrato de trabajo se suspende para el trabajador la obligación de trabajar y para el empleador la de pagar el salario.

    Saludos,

    Responder
  2. Pedro Dice:

    Sr. Ministro de trabajo, y que pasa con esos malditos contratos de trabajo por hora laborada, donde las Multinacionales sacaron a sus trabajadores a confinamiento para no pagarles y su nomina les llegò cero pesos? Donde denunciamos esos atropellos laborales?

    Responder
    • ALEJANDRA Dice:

      Pedro la norma es clara, al firmar un contrato por obra o labor se atiene a sus características con todo respeto.

      Saludos!

      Responder
  3. LUCELLY GARCIA CALDERON Dice:

    BUENOS DIAS, POR FAVOR ME PODRIAN INDICAR SI PARA SOLICITAR LICENCIA NO REMUNERADA, EN UN CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO, TIENE QUE HABER UN TIEMPO MINIMO DE VINCULACION CON LA EMPRESA?

    Responder
    • TIRSO JESUS VISBAL ESCALANTE Dice:

      No amigo, no es necesario ningun tiempo en la relacion laboral.

      Responder
  4. MARDILO Dice:

    Dentro de la licencia no remunerada tengo derecho al pago de licencia por maternidad?

    Responder
  5. Jaime Dice:

    Buen dia, me pueden ayudar con esta inquietud por facvor. la empresa me obligo a solicitar dias no remunerados como apoyo a la situacion que tiene el país, no le veo problema a eso. Yo solo trabajo de lunes a viernes, yo entiendo segun lo que acabe de leer que el dia dominical y supongo festivos como el primero de mayo, no entran en el conteo de dias no remunerado, pero tengo una duda: El dia sabado se debe contar como no remunerado?

    Responder
  6. Jaime Dice:

    Buen dia, me pueden ayudar con esta inquietud por favor. la empresa me obligo a solicitar dias no remunerados como apoyo a la situacion que tiene el país, no le veo problema a eso. Yo solo trabajo de lunes a viernes, yo entiendo segun lo que acabe de leer que el dia dominical y supongo festivos como el primero de mayo, no entran en el conteo de dias no remunerado, pero tengo una duda: El dia sabado se debe contar como no remunerado?

    Responder
  7. Marcela Vargas Dice:

    Buenas Tardes:

    En el articulo dice que en la licencia no remunerada solo se deben pagar los aportes por parte del empleador a EPS, es decir, el 8.5%, esto aplica para todos los salarios o también se debe tener en cuenta si supera o no los 10 SMMLV.
    Como se debería hacer el pago para un salario inferior a 10 SMMLV.

    Responder
  8. David Dice:

    ¿Puede el empleador retener o negar el pago de las prestaciones por concepto de indemnización en su favor cuando se trata de una terminación anticipada del contrato de trabajo por la renuncia voluntaria de la trabajadora?

    Responder
    • Omaira Dice:

      Cuando hay una renuncia voluntaria del trabajador no hay indemnización, la indemnización se da por despidos injustificados o terminación de los contratos laborales antes de su vencimiento.

      Responder
  9. katterin Dice:

    hola
    me hicieron firmar una licencia no remunerada y me obligan a ir a trabajar se puede?

    Responder
    • jota Dice:

      Que abusivos

      Responder
      • Daniel Gomez Dice:

        No se puede, la licencia suspende el contrato.

        Responder
  10. carlos Dice:

    Buenas tardes, respecto al pago de caja de compensación, este se debe o no pagar cuando un trabajador esta en licencia no remunerada? o en supension laboral del contrato???

    Responder
    • Jhonathan Dice:

      Parafiscales no se pagan, pues según la ley 21 del 82, los parafiscales se calculan sobre el pago de salarios efectuados, por lo que en una licencia no remunerada no hay salario base para realizar la contribución parafiscal.

      Responder
  11. Marcela Dice:

    Buenas noches quisiera saber si cuando la empresa lo envía a un empleado a licencia no rumerada deben pagarnos la prima legal del 1 de enero a 30 de junio 2020?

    Responder
    • CALDERON97 Dice:

      Buenas tardes, la empresa si así lo desea no esta obligado a tomar en cuenta los días de la licencia no remunerada para el pago de la prima, un ejemplo a este caso: la prima se pagan normalmente sobre 180 días en los meses de junio y diciembre, pero si tuviste 30 días de licencia no remunerada, la empresa esta en la obligación de pagar la prima sobre los 150 días de servicio

      espero haberte colaborado.

      Responder
      • DIANA Dice:

        Según el texto:

        “Prima de servicios en licencias no remuneradas.
        La norma nada dice de la prima de servicios, lo que ha permitido concluir a los diferentes doctrinantes, que como la ley no lo permite expresamente, no se puede descontar el tiempo de suspensión del contrato para efecto de liquidar la prima de servicios.

        Y ese ha sido el criterio del ministerio del trabajo.

        De manera que la prima de servicios se debe pagar incluso cuando el trabajador ha estado en licencia no remunerada, y respecto a la base para su liquidación nada dice la norma, pero asumimos que será el último salario devengado por el trabajador.”

        Responder
      • ricardo torres Dice:

        buenas tardes, la pregunta es ,si esta permitido que el empleador envíe al empleado a licencia no remunerada de forma obligatoria sin que el empleado las haya solicitado ni las requiera, ni esté de acuerdo, sino es solo por autonomía del emperador,(de forma unilateral) ¡es legal esta ?

        Responder
  12. JOHANNA Dice:

    Buenas tardes, quiero saber que pasa cuando la empresa reporta al empleado como licencia no remunerada, ¿que porcentaje de salud paga el empleado por este periodo y que porcentaje paga el empleador? este reporte lo hace la empresa teniendo en cuenta que estamos pasando por una emergencia sanitaria, por tanto no se paga riesgos profesionales ya que no se esta ejerciendo labor.

    Agradezco

    Responder
    • Omaira Dice:

      Solo se paga el porcentaje que le corresponde al empleador 8.5%, por cuanto no hubo ingresos para el empleado.

      Responder
    • Paola aleman Dice:

      Si en la ausencia del trabajador – la observación es que no se debe pagar auxilio de transporte ni ARL entonces se reconoce por cada día de su salario salud y pensión normal

      Responder
  13. maria Dice:

    Buenas tardes por lo del covid la empresa nos saco a licencia no remunerada no he firmado ningun documento pero he estado trabajando para la misma por teletrabajo por horas debo firmarla de todos modos

    Responder
  14. maria Dice:

    Buenas tardes por lo del covid la empresa nos saco a licencia no remunerada no he firmado ningun documento pero he estado trabajando para la misma por teletrabajo por horas debo firmarla de todos modos

    Responder

    Responder
  15. MARLEN Dice:

    Buenas tardes por lo del covid la empresa nos saco a licencia no remunerada no he firmado ningun documento pero he estado trabajando para la misma por teletrabajo por horas debo firmarla de todos modos

    Responder

    Responder
  16. carlos Dice:

    Buenas tardes,

    Una duda, en caso de suspensión temporal del contrato o licencia no remunerada, frente al pago de caja de compensación que pasa con el mismo, el empleador debe pagar el 4% o sucede lo mismo que con la ARL?

    Responder
    • Omaira Dice:

      La ARL no se paga porque no hubo desarrollo de la labor, y la Caja de Compensación Familiar no se paga porque el empleado no genero ingresos en este tiempo de licencia no remunerada.

      Responder
  17. Sergio Dice:

    Hola una consulta en caso de que el trabajador no se reintegre en la fecha acordada al puesto de trabajo que opciones tiene la empresa para proceder? Debe intimarlo o puede cortar la relación laboral alegando abandono de trabajo?

    Responder
  18. inconforme.com Dice:

    Buenas tardes, una consulta, la empresa de manera obligada en el mes de abril, nos puso a todos en licencia no remunerada, y nos adelanto la prima de junio y diciembre, como pago de las quincenas de 15 y de 30 de abril, pero adicional a esto, los que estamos en casa, no recibimos subsidio de transporte, pero si tuviemos que poner internet en la casa para cumplir con el trabajo y los servicios aumentan por esta todo el dia en casa, tambien perdimos el subsidio familiar en este mes, y no se por que razon, y esta es mi pregunta, que tiene que ver el subidido familiar, con la licencia no remunerada, o es justo, que la empresa haya perjudicado a todos sus empleados con tomar la decision de la licencia no remunerada y por consiguiente, tambien quiere decir, que las cesantias tambien se vera reflejado ese daño con solo una cotizacion de 11 meses??, me pueden por favor confirmar. gracias

    Responder
  19. Alex Dice:

    Buenas tardes
    una pregunta por el tema de la cuarentena la empresa nos mando 3 semanas para la casa y nos dijo que lo tomaramos como el tiempo de vacaciones de diciembre, mi dudas es para la prima de junio nos descuentan esos dias?
    si alguien me puede reponder muchas gracias

    Responder
    • Omaira Dice:

      El Art 53 del código sustantivo del trabajo no hace claridad al respecto de las primas, solo hace referencia a las Cesantias, Vacaciones y Jubilaciones.

      «… Estos períodos de suspensión pueden descontarse por el empleador al liquidar vacaciones, cesantías y jubilaciones.»

      Por lo anterior se entendería que la prima se debe pagar completa.

      Responder
  20. Milena Dice:

    Si he solicitado una licencia no remunerada por 2 meses para realizar unas actividades personales pero al cabo de 1 mes logre terminar todo lo concerniente puedo solicitar una suspensión de la licencia no remunerada? que documento quedaría como soporte?

    Responder
    • si claro puede solicitar la interrucciòn de la misma Dice:

      Conque salario debo liquidar, a una persona que viene de una licencia no remunerada y luego renuncia al puesto.

      Responder
  21. gjc Dice:

    en licencia no remunerada o en suspencion de contrato y en ese tiempo se cumple el tiempo del contrato a termino fijo el empleador puede despedir al trabajador?

    Responder
  22. Stefanny Alvarez Dice:

    Mientras una persona esta en Licencia no remunerada se puede pre-avisar para cancelación de contrato a termino fijo?

    Responder
  23. CAMILA ESPITIA Dice:

    BUENAS TARDES, MI PREGUNTA ES: SI UN EMPLEADO SE ENCUENTRA EN LICENCIA NO REMUNERADA Y ESTA ES INTERRUMPIDA POR UNA INCAPACIDAD MEDICA, LOS DIAS DE LA LICENCIA SE INTERRUNPEN?

    Responder
  24. NILSON ROJANO Dice:

    YO LABORO HACE MAS DE 10 AÑOS EN UN RESTAURANTE A CAUSA DELA PANDEMIA NOS HICIERON FIRMAR LA LICENCIA NO REMUNERDADA. SOLICITO UNA ORIENTACION POR QUE EL RESTAURANTE

    ABRIO SUS PUERTAS PARA DAR SERVICIO , CONVOCO A NUEVOS EMPLEADOS Y HASTA EL MOMENTO NO ME HAN LLAMADO LABORAR .LE PEDI EXPLICACION A LA EMPRESA POR QUE NO ME HAN LLAMADO SOLO ME CONTESTO QUE HASTA CUANDO EL GOBIERNO DICTE EL LEVANTAMIENTO. ACTUALMENTE ESTAN LABORANDO

    Responder
  25. Cecilia Dice:

    Por Favor asesoren sobre la situación de licencias no remuneradas por cuestiones de la PANDEMIA .

    Responder
  26. Alberto Dice:

    😮

    Responder
  27. Oscar Dice:

    Buenas noches, cada año compro la guía laboral que ustedes ofrecen pero el día de hoy la adquirí y no me ha llegado al correo, quizá como es es .edu.co sea la causa, siempre lo había pedido desde un gmail, será esa la razón? la verdad no tengo más como comunicarme. Gracias

    Responder
  28. Carolina Ramirez Dice:

    Buenas tardes, si un colaborador se le otorga una licencia no remunerada por pocos días, esta tiene derecho al pago del domingo?

    Responder
  29. Monica G Dice:

    buen dia, voy a solicitar una licencia no remunerada se puedo pedir por 90 dias? o debe ser inicial 60

    Responder
  30. Fanor Viafara Dice:

    Buenos dias Durante el periodo de inicio del parao laboral en Colombia día 28 de abril no trabajo la empresa saco un comunicado por whatsapp que decía que todas las personas administrativas que daban en vacaciones no remuneradas a partir de 16 de mayo del 2021 yo tengo contrato a termino indefinido llevo 26 años en esta empresa y ya un mes en vacaciones NO remuneradas y sin respuesta. Pregunta Es permitido esto donde no hay notificación personal de parte de la empresa

    Responder
  31. paola Dice:

    buenas tarde si un funcionario publico pide una licencia no remunerada para ensayar en otro tranbajo publico como 4 meses y reuncia en la liquidacion que se le paga y que no

    Responder
  32. Maria fernanadez Dice:

    solicite una licencia no remunerada por 10 días, , tengo un salario basico y adicional a esto tengo unos beneficios por educación, vivienda, transporte, mi pregunta es estos beneficios tambien entran en la deducción de mi salario por la licencia no remunerada, o solo son los días y el transporte y salud?

    Responder
  33. XIMENA Dice:

    Si yo solicito una licencia no remunerada de lunes a viernes, me descuentan el salario de cuántos días? del sábado y del domingo siguiente también?

    Responder
    • Maryluz Dice:

      Si sra.. tambien te los descontarán.

      Responder
  34. LUISA DOMINGUEZ Dice:

    Buen día,

    Debido a que no hay ley que establezca que no pueden ser descontados los días de licencia para la prima de servicios… la empresa es libre de escoger si los descuenta o no?

    Responder
  35. ruby ganzalez Dice:

    u
    buenos dias se puede pedir licencia no remunerada despues de una larga incapacidad por no estar todavia recupereda gracias.

    Responder
  36. SonVilmo Dice:

    Buenas tardes:
    Tengo contrato a termino indefinido, quisiera saber cuanto es el tiempo máximo a que tengo derecho para pedir una licencia no remunerada por enfermedad de mi padre. Inicialmente pedí 30 días, pero voy a necesitar mas tiempo. A cuanto tengo derecho sin afectar mi contrato de trabajo.

    Responder
  37. Anasthasia Dice:

    Laboro para una empresa donde pedi una licencia remunerada por calamidad domestica (acompañamiento en hospitalizacion a mi madre) y la determinaron por CINCO DIAS, de ahi en adelante yo debia pedir licencia pero ya no remunerada. Conociendo el caso del porque de la licencia y la gravedad de la situacion, es normal que yo haya tenido que pedir licencia no remunerada? Existe algun tiempo que este establecido para estas licencias? La empresa no cuenta con reglamento interno por lo tanto no esta definido esto en ninguna parte.

    Responder
  38. Carlos Jaimes Dice:

    Si un empleado se gana el sueldo mínimo y se le da un permiso no remunerado por 3 días la base de cotización para el cobro del 4% de su salud y su pensión se hace del valor total del mínimo o del valor con el descuento de los días que dejo de ir a trabajar. Gracias por su colaboracion

    Responder
  39. Lucia Dice:

    Me encanta su pagina, explican la norma tan caramente, es muy útil para todas las personas no solo para los abogados.

    Responder
  40. ROCIO Dice:

    Consideró que se debe corregir y me aclaran si no es así, en la parte que hablan de licencia no remunerada descanso dominical… citan: “Dos elementos a valorar: culpa y disposición del trabajador”. Según entiendo sería disposición del empleador en cambio de disposición del trabajador. Gracias

    Responder
  41. CARO MARU Dice:

    UN TRABAJADOR OFICIAL DE UNA ALCALDIA PUEDE SOLICITAR LICENCIA NO REMUNERADA,Y CUANTO TIEMPO MAXIMO Y EN QUE AFECTA LOS PARAFISCALES.

    Responder
  42. Jorge Gomez Dice:

    Buenas noches Doctor, quisiera que me ayudara con la siguiente inquietud: Durante mi vida laboral saque 90 dias de licencia no remunerada como empleado de carrera administrativa de una entidad municipal, durante este tiempo el empleador pago lo que le correspondia por aportes a pension.

    – Mi pregunta es: las semanas correspondientes a estos 90 dias de licencia no remunerada las debo descontar del tiempo para pension?.
    – En mi historia laboral de Colpensiones me aparecen el total de las semanas sin descontar los 90 dias de licencia no remunerada, como estoy proximo a cumplir las 1300 semanas y ya tengo mas de 62 años, podria solicitar mi pension con base a la cantidad de semanas que aparecen en mi historia laboral?, o debo continuar cotizando por 90 dias mas?, pues actualmente cotizo como trabajador independiente y no quisiera pagar mas semanas porque se que se pierden.

    Agradezco su respuesta Jorge Gomez
    [email protected]

    Responder
  43. NAYBE RUIZ Dice:

    Buenas tardes, quisiera saber que documento o soporte se debe tener para que la UGPP no me multe por pasar SLN.

    Responder
  44. Juliana Ocampo Dice:

    Buen dia

    Tengo duda con respecto a la liquidación de la planilla de seguridad social.

    Yo labore 25 días y 5 fue una licencia no remunerada. Al generar la nomina me pagan los 25 días pero me descuentan seguridad social sobre el salario mínimo. La planilla de seguridad social está por 25 dias solamente. Estaría bien liquidada???…………. Muchas gracias.

    Responder
  45. Aaa Dice:

    Hola. Solicité un permiso no remunerado correspondiente a medio día laboral, pero en la empresa donde trabajo me dicen que este tiempo lo van a cruzar con unas horas extras realizadas un día domingo, esto lo pueden hacer o es mala práctica por parte de la empresa

    Responder
  46. Fernando Dice:

    Hola.

    Si el mes laboral tiene 30 días y me otorgan licencia no remunerada, por ejemplo, para el día 31 de julio. ¿Cuáles son los efectos prácticos prestacionales de este caso y en los demás en los que se otorgue licencia no remunerada en los meses que tienen 31 días? se supone que trabajé los 30 días del mes de julio, cómo me pueden descontar?

    Responder
  47. Ramirez Dice:

    Cordial saludo. La empresa donde laboro me otorgo una licencia no remunerada del 1 al 14 de abril de 2023, pero el dia 9 de abril sufrí una calamidad por luto que notifique a la empresa el dia 10 de abril, yo entendi que tenia derecho a 5 dias habiles de licencia de luto y que pasados estos tenia derecho a continuar con los 5 dias de mi licencia no remunerada. por favor me pueden ayudar si estoy equivocada y debí presentarme el sabado 15 de abril a trabajar.?

    Responder
  48. Karen Dice:

    Buenos días, tengo una duda sobre mi contrato que es de tipo INDEFINIDO, cuando no hay mucho trabajo me mandan a Licencia NO remunerada es legal?

    Responder
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