Prescripción las facturas de servicios públicos

Las facturas de servicios públicos emitidas por empresas de servicios públicos privadas u oficiales, prescriben en 5 años a partir de la fecha del vencimiento del pago de valor facturado.

Prescripción de facturas de servicios públicos en Colombia.

Las facturas que expiden las empresas de servicios públicos domiciliarios, a pesar de ser denominadas como facturas, no constituyen un título valor sino un título ejecutivo, lo que tiene efecto en el término de prescripción.

Diferencia entre título valor y título ejecutivo.Todo título valor es un título ejecutivo en tanto no todo título ejecutivo es un título valor por las diferencias entre estos.

Las facturas cambiarias que constituyen un título valor prescriben en el término de 3 años señalado en el artículo 789 del código de comercio, que fija el término de prescripción de la acción cambiaria.

Por consiguiente, la factura de servicios públicos, al no tratarse como un título valor no prescribe en 3 años sino en 5 años.

Término de prescripción de las facturas de servicios públicos.

Respecto al término de prescripción de las facturas de servicios públicos, la Superintendencia de servicios públicos en concepto 228 del 12 de abril de 2011 reiteró que:

«Teniendo en cuenta que se trata del cobro de un título ejecutivo y no un título valor, se predica respecto de la misma la prescripción de la acción ejecutiva de que trata el artículo 2536 del Código Civil modificado por el artículo 8 de la Ley 791 de 2002 esto es, de cinco años.»

Esto en razón a lo señalado por el inciso tercero del artículo 130 de la ley 142 de 1994:

«Las deudas derivadas de la prestación de los servicios públicos podrán ser cobradas ejecutivamente ante la jurisdicción ordinaria o bien ejerciendo la jurisdicción coactiva por las empresas industriales y comerciales del Estado prestadoras de servicios públicos.»

La norma no habla de una acción cambiaria sino de una acción ejecutiva, por lo que se considera que la factura de servicios públicos es un título ejecutivo más no un título valor.

El término de prescripción inicia desde la fecha de vencimiento de la factura, sin embargo, si el contribuyente ha presentado reclamaciones y ha interpuesto los recursos de reposición o apelación de acuerdo al artículo 154 de la ley 142 de 1994, el término de prescripción se cuenta desde que la factura quede en firme luego de haberse resuelto la reclamación o el recurso.

Caducidad de la factura de servicios públicos.

El artículo 154 de la ley 142 de 1994 introduce un término de caducidad en las facturas de servicios públicos, para efecto de hacer reclamaciones o interponer recursos.

Señala el inciso de la norma referida:

«El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. En ningún caso, proceden reclamaciones contra facturas que tuviesen más de cinco (5) meses de haber sido expedidas por las empresas de servicios públicos.»

Se trata de un término de caducidad que penaliza la negligencia del suscriptor que deja pasar demasiado tiempo sin presentar las reclamaciones y recursos que la ley le confiere.

Suspensión del servicio antes que la prescripción de la factura.

Naturalmente que, antes de que prescriba la factura de servicios públicos, el servicio público será suspendido o cortado, lo que es un asunto diferente.

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19 Opiniones
  1. lucero Dice:

    que puedo hacer frente a un caso en que despues de 4 años de haber cancelado los servicios con una empresa de telecomunicaiones ésta pretende cobrar el pago de la ultima factura. obviamente en la actualidad yo no cuento con la factura para sustentar el pago de la misma

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    • Mariana Dice:

      Hola Lucero,

      A la final qué hiciste? Me está pasando lo mismo. Me están cobrando el pago de la última factura después de que cancelé el servicio de televisión y ya no tengo la factura para comprobar que sí la pague. Nunca me llegó otra factura ni notificación ni nada que dijera que estaba en mora. Hace poco me llegó un mensaje que estoy en proceso jurídico y llamé a averiguar y me dijeron que era porque no pagué la última factura de hace casi 5 años.

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  2. joselin mora presidente jac policarpa Dice:

    buen dia, en el caso concreto.lime no envia los recibos de cobro del servicio de aseo y recoleccion al barrio hace mas de tres meses y no da ninguna explicacion válida.Como es obvio la comunidad se ha volcado sobre la oficina comunal y no se que orientar.por favor agradezco toda orientacion urgente

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    • William Dice:

      Con gusto cualquier inquietud la resolveré si me escriben al correo [email protected]

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      • lina gomez Dice:

        me pasa lo mismo una empresa de cobros me informa que tigo le entrego cartera castigad mi factura es del 2011 y dicen que fue una factura del ultimo mes que puedo hacer auxilio esuan factura de 141.000 y va en 1.600.000

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  3. Mary Dice:

    Una empresa de cobranza me esta haciendo el cobro de una deuda que supuestamente tengo con un operador de telefonia, sin embargo ninguna de las dos empresas me dan informacion del supuesto servicio que adquiri, solo me dicen que es del año 2008 y solo hasta septiembre del 2020 empezaron hacerme el cobro, esto es legal?, que puedo hacer?

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    • LUIS MARIA CARREÑO ALVAREZ Dice:

      Mi queja es la siguiente: En este año 2021 fui a Jumbo a solicitar la tarjeta que ellos dan para ser compras con descuentos y después de hacer el estudio me salen con la sorpresa que estoy reportado en data creidito, entonces no pude adquirir la tarjeta, y busque en el internet en data crédito y me llevo La sorpresa que estoy reportado por MOVIESTAR y nunca he tenido plan de celular ni he comprado equipos, entonces fui a MOVIESTAR aquí en Barrancabermeja y me dieron un celular y esta en cobro jurídico y según
      me dijo el que me contesto que me estaban cobrando 2 equipos que había en año 2008 y 2209 y yo no sabia nada de eso, no tengo soporte de esa 2 compras, además no tengo vinculo con MOVIESTAR y nunca lo he tenido, que puedo hacer ahí en este caso, para que saquen de data crédito?

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  4. jesus mejia Dice:

    suscriptor 335080 señores emcali por medio de la peticion q me sea aplicado la ley o decreto numero en la cual yo pido sean acojidas mis facturas pues tengo 76 facturas vencidas agradezco su pronta respuesta a mi derecho solicitado

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  5. Jose U Dice:

    Hola, a mi me sucede algo similar, una empresa de televisión y telefonía me está cobrando una supuesta factura pendiente del año 2010 y apenas hasta ahora abril de 2021 me están notificando por medio de una operadora de cobranzas de dicha deuda. Esto es legal? acaso no me deben notificar previamente? Es legal que luego de 10 años me cobren una factura por un servicio?

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  6. Ana Maria Lopez Dice:

    Hola! me llegó una factura de une, manifiestan que quedé debiendo un saldo de $10.000 y ahora la deuda está en $200.000.

    que debo hacer? si estoy obligada a pagar algo, si nunca me llegó a tiempo. me parece el colmo que esperan años para cobrar tanto dinero.

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  7. Andrés Dice:

    Parece que Tigo o Une andan desaforados cobrando cosas que no son, a mi me empezaron a cobrar algo a lo que no le preste atención en 2020 porque es de un movil cancelado en 2008, y ahora le envían correos a mi esposa. Donde se denuncian estas practicas de cobrar cuentas pasados más de 10 años?

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    • Linda Sandoval Dice:

      Buenos días quisiera saber qué puedo hacer he querido cambiar de operador claro y ahora me salen conque tengo una deuda desde el 2011 y debo pagar antes o no me dejan hacer portabilidad .nunca me notificaron esa deuda
      Que puedo hacer

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  8. MEYER Dice:

    La presente es para comunicarles una anomalía por parte de la empresa OPERADORES DE LA SIERRA S.S.S. E.S.P. Debido a que mi familia esta siendo victima de ESTORCIONES por parte de dicha compañía.

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  9. Lorena Dice:

    Si la facturación del LIME la envían ahora dentro de la factura de cada dos mes del consumo, yo podría solicitar la prescripción del cobro que se realizo hace cinco años, me explico:

    Hace cinco años, la facturación estaba por 2 millones.
    A la fecha llega por valor de 5 millones, yo puedo pasar la prescripción de 2 millones para que me quede un saldo de 3 millones?

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    • Nelson Dice:

      Lo accesorio sigue la suerte de lo principal, la prescripción le aplica a los 5 Millones

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  10. AVEPAVA6 Dice:

    Buenos días!! Espero se encuentren bien. Mi consulta es porque la empresa de acueducto y alcantarillado nunca en 8 años envío facturas por el cobro del servicio. y hoy 31 de marzo de 2022 recibí una amenaza, que si antes de 3 de la tarde del día de hoy no cancelo la deuda me suspenderán el servicio. ¿Pueden ellos suspenderme el servicio de alcantarillado por el cual durante 8 años no cobraron de ninguna forma?

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    • Luisa Dice:

      Te pueden conrat el servicio de hace ocho años? Cuanto te estan cobrando

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    • Nanis Bar Dice:

      No, no permitas que te corten el servicio. después de dos mese si es bimensual o tres meses si la facturación es mensual , la empresa de servicios públicos no pueden suspender el servicio. Si quieren recuperar la cartera deben dirigirse a la justicia ordinaria.

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  11. Cemd Dice:

    Mi factura de air-e me llegaba física y por correo, pero en el mes de junio de 2022 no llego de ninguna forma. Se llamó al 115 para solicitar copia y no la pudieron generar. Entre a la página para descargar el duplicado pero aparece un mensaje que indica que no se puede generar. Fui a las oficinas de air-e y me dijeron que no se podía generar. ¿ Que debo hacer ?

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