¿La excompañera permanente tiene derecho a la pensión de sobrevivientes?
Viví en unión libre durante 7 años con una persona que estaba pensionada y falleció hace un mes. Me había separado de ella hace 3 años. ¿tengo derecho a la pensión de sobrevivientes?
Respuestas: (1)
La excompañera permanente no tiene derecho a la pensión de sobrevivientes ni a la sustitución pensional, puesto que para ello se requiere convivencia al momento de la muerte del causante, y al ser una excompañera permanente significa que hubo separación y no pudo haber existido convivencia a la fecha del fallecimiento.
La unión libre o unión marital de hecho no tiene la misma connotación del matrimonio, que es precisamente un contrato (contrato de matrimonio) que mientras siga vigente, es decir, mientras no hay divorcio ni liquidación de la sociedad conyugal, sigue teniendo efectos para asuntos como la pensión de sobrevivientes.
Por consiguiente, cuando hubo unión libre y luego las parejas de compañeros permanente se separaron, a la luz del artículo 47 de la ley 100 de 1993 la excompañera permanente no tiene el derecho a la pensión de sobrevivientes.
Consulte: Pensión de sobrevivientes para la compañera permanente.
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