Contrato laboral
Debido a la gran cantidad de consultas que recibimos sobre el contrato laboral, parece que algunas personas lo consideran diferente al contrato de trabajo, lo cual no es así.
El contrato laboral es el mismo contrato de trabajo, que en la legislación colombiana está regulado por el código sustantivo del trabajo en su artículo 22 y siguientes.
Sobre el contrato laboral o contrato de trabajo, dice el artículo 22 del código sustantivo del trabajo:
Definición. 1. Contrato de trabajo es aquél por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.
2. Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, patrono, y la remuneración, cualquiera que sea su forma, salario.
El contrato de trabajo o contrato laboral, tiene varias modalidades, como es el contrato de trabajo a término fijo, a término indefinido, contrato de obra o labor; igualmente el contrato laboral o de trabajo se puede pactar verbalmente o por escrito.
El punto es que no hay diferencia alguna entre un contrato de trabajo o un contrato laboral y por consiguiente las obligaciones y derechos son iguales; no importa como lo hayan llamado al momento de firmarlo, los dos son lo mismo y están sometidos a la misma legislación, esto es al código sustantivo del trabajo y a las normas que lo modifiquen o complementen.


hola me encuento trabajando en una agencia de buses como cajera hace 6 meses me pagan 10000 diarios 1 dia de descanso que no lo pagan exijo mi contrato pero si firmo me pagan 8000 diarios la empresa puede bajarme el sueldo si lo firmo o tiene que mantenerlo y como lo hago con los meses que llevo ahi me pueden despedir por exijir lo mismo o deben respetar y estan obligados a contratarme con el sueldo de costumbre
Cordial saludo,
hace dos años y medio hice un contrato verbal para el servicio de aseo y alimentación en mi casa dos días a la semana con una persona natural, para el cual convine un pago diario de $35.000 los cuales se cancelan en el momento de terminar la labor, la persona que me presta el servicio no tiene horarios, ya que entra y sale a la hora que ella quiera siempre y cuando cumpla la labor que se le encomienda y cuando no se necesita le avisamos para que no asista, igualmente cuando ella no puede ir no asiste, tampoco recibe instrucciones ya que esta contratada para una labor especifica. Sin embargo el día de ayer no asistió por que ella dice que tiene derecho a que le den la liquidación, sin embargo nosotros no convenimos eso ya que para mi se trataba de la prestación de un servicio sin ningún vinculo laboral. Acudo a ustedes para que me indiquen si el tipo de contrato verbal que establecimos es laboral o no y si ella tiene o no derecho a su liquidación. Aclaro que no quiero violar sus derechos, pero tampoco quiero que ella viole los míos ya que habíamos hecho un convenio verbal y yo cumplí con la obligación del pago por el servicio prestado.
Buenos dias por favor colaboreme con esta pregunta:
trabajo para una empresa del sector petrolero hace aproximadamente 10 años 5 años dure suministrado por bolsa de empleo luego pase a un contrato a termino fijo el cual ya voy para 5 años, por ley debo pasar a contrato indefinido o cuanto me tocaria esperar.
gracias.
Mi pregunta es la siguiente: en un contrato de prestación de servicios superior a tres meses como administradora, y dentro del cumplimiento del contrato proximo a terminar se encuentra en estado de embarazo, un vez cumplida la fecha de terminacion del contrato, se puede cancelar o por estar embarazada, dicho contrato se prorrogaria.
una persona que esta por contrato laboral en el cual recibe una remuneracion salarial de 900000 y el empleador dice que ahi estan inmersas la prima y las cesantias, es esto legal? ademas de eso solo recibe vacaciones anuales de una semana, y esto porque son colectivas de la empresa, agradeceria su colaboracion. muchas gracias
EN PROPIEDAD HORIZONTAL PUEDO REALIZAR UN CONTRATO POR SERVICIOS POR LIMPIEZA DEL CONJUNTO,
SOY ADMINISTRADOR Y TENGO POR SERVICIOS DE ASEO EL CONJUNTO NO SE SI ESTOY INCURRIENDO EN LA LEY SOLO IMPONGO LA HORA DE ENTRADA 7:00 Y LO QUE DEBE HACER CADA DÍA
en las convenciones colectivas se pactan acuerdos o veneficios alos trabajadores en colombia a futuro, amparados por el articulo 53 de la constitucion nacional controlados por el articulo 109 del codigo laboral que no permiten modificaciones que desmejoren en cuanto fueren mas faborables al trabajador, y protegidas por el articulo 43 del mismo codigo laboral en cuanto a que no produse efecto cualquier estipulacion o condicion que desmejore al trabajador, siempre que el trabajador no lo acuerde con el empleador.mi pregunta es puede un juez o magistrado laboral en una demanda o proceso laboral modificar un articulo de una convencion.
Que se debe hacer cuando fallece el patron de una empleada interna de servicio domestico, como se liquida, que hacer con la seguridad social, como se hace para q salga del sitio de trabajo?
Gracias por su pronta ayuda
Buen dia
Solicito su colaboracion en mi caso, el cual relato,asi:
Trabajo en un finca en la mesa cundinamarca desde el 04 de febrero de 2003 y pactamos de palabra con el patron un salario para mi de $ 100.000 yo vivo en una habitacion en la finca donde no tengo luz, y la habitacion esta casi caida porque cada vez que llueve el terreno se va cediendo,ya casi los pisos de la alchoba esta como 6 cm abajo del piso de una salita, el patron hace 4 meses no me paga y o le dije que la pieza se esta hundiendo a punto de caerse y el me respondio que me fuera de la finca, yo les pido me ayuden en cuanto que debo hacer, el me fijo que me daba $1.100.000 y me fuera yo lo cite a la oficina de trabajo de Girardot pero alli no me dijeron nada, el fue con un abogado y me dijo que yo tenia que pagarle los honoraios a ese abogado que recibiera los $1.100.000 y me fuera, siento que se me estan vulnerando todos los derechos como trabajador pero no tengo como pagar un abogadoy pido me ayuden por este medio, una senorita me dijo que les escribiera que por este medio me asesoraban, mil gracias.
hola. trabaje para una empresa durante tres años y me despidieron sin previo aviso.no me pagaron seguridad social en los tres años quiero saber si tengo derecho a una liquidacion. lo que pasa es que no firmamos ningun contrato
Hola! Quisiera saber si la clausula que indica que “El presente contrato reemplaza y deja sin efecto cualquier otro contrato verbal o escrito, que se hubiera celebrado entre las partes con anterioridad.” es procedente para los contratos a termino fijo. Y si es asi ¿ reemplaza todos los contratos anteriores sin importar el numero de total de estos? ¿ Que restricciones o periodos de tiempo retroactivos tiene esta clausula?
Gracias.
hola quiero saber, es que yo trabaja en una ferreteria, quede en embarzo. la licencia de maternidad lo estaba beneficiendo el patron pero el fallecio. que tengo que hacer para cobrar esa licencia, pues se levanto una sucecion y mi patron no tiene herederos.
gracias.
En el contrato laboral se puede restringir a un empleado de laborar en el futuro para una empresa muy similar a la actual??
gracias!!!
Señores, quisiera saber si una persona que es contratada con contrato a termino indefinido para un proyecto en especial, se le puede poner en la clausula de duración que con base en el art. 47. el contrato lo darán por terminado sin indeminización alguna cuando se termine ese proyecto, ya que el art. 47 dice que el contrato tendrá vigencia mientras subsistas las causas que le dieron origen y al terminar el proyecto podrá ser despedido sin indemnización.
Gracias por su respuesta.
Una persona que está contratad por prestación de servicios como Nutricionista en una Fundación y se le asigna el cargo de corrdinadora del departamento de Nutrición: Alimentación,consulta externa, atención a pacientes hospitalizados( en un tercer nivel) está obligada a sistir a todas las reuniones programadas por la dirección? En el contrato le han estipulado el horario de 7 /am a 4pm de lunes a viernes. Que pasa si no se cumple con ese horario? Ella debe responder por todas las actividades relacionadas como : eleboración de turnos,asignación de tareas, supervisión y las que asigne el director médico. Salario $1500.000 y descuentos de ley sin ninguna bonificación.
Agradezco a quien me pueda ilustrar al respecto.
Hola quisiera saber qué tipo de contrato debe tener una persona que viene hacer el aseo de la oficina día por medio, llegando a las 7:30 y saliendo sobre las 11 a.m., cómo es el manejo de pago de seguridad social.
Gracias
Hay dependencia, hay subordinación, hay remuneración por lo tanto hay contrato de trabajo, sujeto a las leyes Laborales, a las prestaciones sociales, y esta regido por el Código Suatantivo del Trabajo.
Tiene todos los derechos. De acuerdo obviamente a la cantidad de horas laboradas, la Ley solo permite un máximo de horas de trabajo a la semana (48); pero no regula las mínimas asi que habrá que liquidar las prestaciones sociales, proporcionalmente al tiempo trabajado, con todas las garantías que implica su contrato de trabajo verbal o escrito.
Señores, quisiera saber si una persona que actualmente está recibiendo pensión del ISS puede ser contratada en una empresa mediante contrato Laboral o debe hacerse mediante contrato de prestación de servicios profesionales.
Gracias por su respuesta.
Cordial Saludo,
Una persona ya pensionada puede ser contratada laboralmente, solo que por tener la calidad de pensionada no esta obligada a realizar los aportes en pension y salud, hecho que debe demostrar al empleador aportanto la respectiva resolucion de pension.
Asesoramos en temas laborales y seguridad social. puede contactarnos.
Tengo una pregunta , en estos momentos una cooperativa, esta obligando a los empleados a renunciar para pasarlos a una nueva cooperativa, los que no renuncian son despedidos y no los estan indemnizando aluciendo que por la nueva ley la cooperativa debe ser liquidada o cerrada ya que es por fuerza mayor asi que jodidos, que se puede hacer,