La diferencia esencial entre el contrato a término fijo y el indefinido es la duración, y de ahí se derivan todas las demás: la forma de terminarlo, el cálculo de la indemnización y la carga de estar pendiente de vencimientos. En derechos del trabajador no hay diferencia alguna, porque las prestaciones sociales, la seguridad social y los aportes parafiscales se causan igual en ambas modalidades. Tras la reforma laboral el contrato indefinido pasó a ser la regla general y el término fijo quedó como excepción con duración topada, de modo que la flexibilidad que antes ofrecía tiene hoy un límite claro.
- Diferencia entre contrato a término fijo e indefinido.
- Tabla comparativa entre el contrato fijo y el indefinido.
- Lo que no cambia según la modalidad.
- Desvinculación del trabajador según la modalidad.
- Indemnización en el contrato fijo y en el indefinido.
- La renuncia del trabajador en cada modalidad.
- ¿Cuál contrato conviene al empleador?
- ¿Cuál contrato conviene al trabajador?
- ¿Cuál es el mejor contrato laboral en Colombia?
- Preguntas frecuentes.
- ¿Qué es mejor, contrato fijo o indefinido?
- ¿En el contrato a término fijo se pagan menos prestaciones?
- ¿Un contrato indefinido puede tener fecha de terminación?
- ¿Es más fácil que me despidan con contrato a término fijo?
- ¿Puedo pedir que me pasen de fijo a indefinido?
- ¿Con contrato indefinido debo avisar 30 días antes de renunciar?
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Entre las consultas más frecuentes de nuestros lectores está la de saber qué modalidad conviene más, si el contrato a término fijo o el contrato a término indefinido, duda que la reforma laboral volvió a poner sobre la mesa porque el artículo 47 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 5 de la Ley 2466 de 2025, convirtió el contrato indefinido en la regla general. Entonces, ¿cuál conviene?
Diferencia entre contrato a término fijo e indefinido.
La diferencia esencial es una sola: el tiempo. El contrato a término fijo tiene una fecha de terminación conocida desde el primer día; el indefinido no la tiene.
De ahí se derivan todas las demás diferencias, que son consecuencias y no diferencias autónomas: la forma de terminarlo, el cálculo de la indemnización y la necesidad o no de estar pendiente de vencimientos.
Conviene además tener presente que, tras la reforma, ya no están en el mismo plano. Señala el artículo 47 del Código Sustantivo del Trabajo:
«Los trabajadores y las trabajadoras serán vinculados mediante contrato de trabajo a término indefinido. Sin perjuicio de lo anterior, podrán celebrarse contratos de trabajo, ya sea a término fijo, por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada o para ejecutar un trabajo ocasional, accidental o transitorio.»
El indefinido es la regla; el término fijo es la excepción, y como toda excepción debe cumplir los requisitos que la ley le impone para poder existir.
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Tabla comparativa entre el contrato fijo y el indefinido.
Este cuadro resume lo que realmente cambia de una modalidad a otra:
| Aspecto. | Término fijo. | Término indefinido. |
|---|---|---|
| Duración | Hasta 4 años, incluidas prórrogas | Sin límite |
| Forma | Siempre por escrito | Escrito o verbal |
| Terminación por vencimiento | Sí, con preaviso de 30 días | No existe |
| Preaviso de no renovación | Obligatorio en cada vencimiento | No aplica |
| Indemnización sin justa causa | Salarios que falten para el vencimiento | Según la antigüedad y el salario |
| Preaviso del trabajador para renunciar | No exigido por el artículo 46 | 30 días calendario |
| Prestaciones sociales | Iguales, en proporción al tiempo | Iguales |
| Seguridad social y parafiscales | Iguales | Iguales |
| Periodo de prueba | Hasta 2 meses, o 1/5 si el contrato es menor a un año | Hasta 2 meses |
Como se puede observar, las diferencias se concentran en la duración y en la terminación. En derechos del trabajador, prácticamente no hay ninguna.
Lo que no cambia según la modalidad.
Vale la pena insistir en esto porque es fuente de abusos. Un trabajador con contrato a término fijo tiene exactamente los mismos derechos que uno con contrato indefinido.
Se causan por igual el salario mínimo, las horas extras y los recargos, las prestaciones sociales, la seguridad social y los aportes parafiscales. Se trabaje un mes o diez años, la obligación es la misma.
El parágrafo 1 del artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo lo dejó explícito:
«En los contratos a término fijo y de obra o labor determinada, el trabajador y la trabajadora tendrán derecho al pago de vacaciones y prestaciones sociales en proporción al tiempo laborado cualquiera que este sea.»
De modo que quien ofrezca un contrato a término fijo «sin prestaciones» o «por prestación de servicios porque es solo por tres meses» está proponiendo una ilegalidad.
Desvinculación del trabajador según la modalidad.
Aquí está la diferencia que más pesa en la decisión del empleador.
En el contrato a término fijo, al llegar el vencimiento la empresa puede simplemente no renovar. Basta con avisar al trabajador con 30 días de anticipación y no hay indemnización, porque la expiración del plazo es una causa legal de terminación.
En el contrato indefinido esa puerta no existe. El vínculo solo termina por justa causa, por mutuo acuerdo, por renuncia o pagando indemnización.
Por eso, para la empresa suele ser más fácil prescindir de un trabajador vinculado a término fijo. Pero esa flexibilidad hoy tiene fecha de caducidad: pasados los 4 años, el contrato se convierte en indefinido, como explicamos en convertir un contrato de trabajo a término fijo en indefinido.
Indemnización en el contrato fijo y en el indefinido.
Las dos modalidades se indemnizan con fórmulas distintas, ambas contenidas en el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo, que la Ley 2466 de 2025 no modificó.
- En el contrato indefinido, la indemnización crece con la antigüedad: es más barato despedir al principio que después de muchos años.
- En el contrato a término fijo ocurre lo contrario, porque la indemnización equivale a los salarios que falten para el vencimiento: es más caro despedir al principio que al final.
Supongamos un salario de $2.000.000 y un contrato a término fijo de 4 años, comparado con un contrato indefinido:
| Momento del despido. | Contrato a término fijo. | Contrato indefinido. |
|---|---|---|
| A los 2 meses | 46 meses: $92.000.000 | 30 días: $2.000.000 |
| A los 3 años | 12 meses: $24.000.000 | 70 días: $4.666.667 |
| Faltando 1 mes | 1 mes: $2.000.000 | 80 días: $5.333.333 |
Los valores del contrato indefinido corresponden a la fórmula aplicable a salarios inferiores a 10 salarios mínimos: 30 días por el primer año y 20 días adicionales por cada año siguiente o proporcionalmente por fracción. Puede verificar el cálculo en indemnización por despido sin justa causa.
La conclusión práctica es que ninguna modalidad es «más barata» en abstracto: depende de cuándo se produzca el despido y de cuánto falte para el vencimiento.
La renuncia del trabajador en cada modalidad.
Este es un punto que la reforma laboral cambió y que todavía no es muy conocido.
El nuevo artículo 47 del Código Sustantivo del Trabajo impuso al trabajador con contrato indefinido la carga de preavisar su renuncia:
«El trabajador o trabajadora podrá darlo por terminado mediante preaviso de treinta (30) días calendario para que el empleador provea su reemplazo. En ningún caso se podrá pactar sanción para el empleado que omita el preaviso aquí descrito.»
De acuerdo con nuestro criterio, esa exigencia no se extiende al contrato a término fijo, porque la norma la ubicó en el artículo que regula el contrato indefinido. Nótese además que la propia ley prohíbe pactar sanciones por omitirlo, de modo que su alcance práctico es limitado. Puede ampliar en renuncia del trabajador.
¿Cuál contrato conviene al empleador?
Depende de la naturaleza del trabajo y del horizonte de la empresa.
El contrato a término fijo aporta flexibilidad cuando la necesidad es temporal, cuando el negocio es estacional o cuando hay incertidumbre sobre la carga de trabajo de los próximos meses. También permite evaluar al trabajador durante más tiempo del que dura el periodo de prueba.
El contrato indefinido, en cambio, elimina la carga administrativa de estar pendiente de vencimientos y preavisos, que es justamente donde se producen los errores más costosos. Una sola notificación entregada tarde puede costar más que años de flexibilidad.
Y hay un argumento que suele pesar poco y debería pesar más: un trabajador con estabilidad tiende a comprometerse más y a rotar menos, y el costo de la rotación (selección, entrenamiento, curva de aprendizaje) rara vez se contabiliza.
¿Cuál contrato conviene al trabajador?
Para el trabajador, el contrato a término indefinido es indudablemente mejor. Le da estabilidad, le facilita el acceso al crédito y no le quita ninguna libertad, porque puede renunciar cuando quiera.
El contrato a término fijo, en cambio, le impone la incertidumbre de renovaciones periódicas y la sensación permanente de que el empleo se acaba.
Ahora bien, la decisión rara vez es entre dos contratos idénticos. Si la oferta a término fijo trae un salario sustancialmente mejor o una experiencia valiosa, el cálculo cambia. Es una decisión personal que depende de la etapa de vida, de las obligaciones financieras y de la solidez del empleador.
¿Cuál es el mejor contrato laboral en Colombia?
Si hay que dar una respuesta corta: el contrato a término indefinido, y así lo entendió el legislador al convertirlo en la regla general.
Para el trabajador, por la estabilidad. Para el empleador, porque tras la reforma la flexibilidad del término fijo tiene un techo de 4 años y porque la administración de vencimientos genera un riesgo económico permanente.
El contrato a término fijo conserva su lugar donde de verdad tiene sentido: necesidades temporales, proyectos acotados y picos de operación.
Preguntas frecuentes.
A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.
¿Qué es mejor, contrato fijo o indefinido?
Para el trabajador, el indefinido, por la estabilidad que ofrece. Para el empleador depende de si la necesidad es permanente o temporal, aunque tras la reforma laboral la ventaja del término fijo se redujo bastante.
¿En el contrato a término fijo se pagan menos prestaciones?
No. Se pagan las mismas, en proporción al tiempo laborado. Un contrato de dos meses causa prima, cesantías, intereses y vacaciones proporcionales.
¿Un contrato indefinido puede tener fecha de terminación?
No. Sería una contradicción. Si hay plazo, el contrato es a término fijo y se le aplican todas las reglas del artículo 46 del CST, empezando por el tope de duración.
¿Es más fácil que me despidan con contrato a término fijo?
Depende. Es más fácil que no le renueven al vencimiento, porque eso no requiere justa causa ni indemnización. Pero despedirlo antes del vencimiento suele ser más costoso para el empleador que en un contrato indefinido.
¿Puedo pedir que me pasen de fijo a indefinido?
Puede proponerlo, y el empleador puede aceptarlo mediante un otrosí. Obligarlo, no; salvo que ya se hayan cumplido los supuestos en que la ley impone la conversión.
¿Con contrato indefinido debo avisar 30 días antes de renunciar?
Sí, así lo dispone el artículo 47 del CST tras la reforma laboral. Sin embargo, la misma norma prohíbe pactar sanciones para quien omita ese preaviso.
Hola, buenos días.
Tengo una empresa dedicada a la fabricación de artículos en cuero. Mi pregunta es: ¿qué tan verídica puede ser la causa si un trabajador decide irse del lugar de trabajo por su voluntad y demanda indemnización por los años trabajados, basándose en mentiras, ya que afirma que ha trabajado durante 7 años cuando en realidad son 3? Cabe mencionar que hemos cumplido con nuestros deberes hacia todos los trabajadores y que por ello se ha trabajado bajo contrato por obra.
Muchas gracias por la información.
En juicio se debe probar que el trabajador no fue despedido y que renunció; además, se deben probar los extremos temporales, para lo cual puede recurrir a testigos, como otros empleados.
Hola, actualmente tengo un contrato a término indefinido y me están ofreciendo un trabajo con un mejor salario, pero me desanima el contrato a término fijo anual. En este caso, el contrato es hasta diciembre y luego se retoma un nuevo contrato a mediados de enero. Quiero saber qué contrato me conviene más.
Es un asunto subjetivo que debe evaluar cada trabajador: si prefiere estabilidad o un salario mejor.
Tengo un contrato fijo los últimos 6 años. Se cancela en diciembre y se renueva en enero. ¿Se puede aceptar así o ya debería ser indefinido?
El contrato de trabajo a término fijo puede ser renovado cada año, como en su caso ha sucedido durante los últimos 6 años. La ley permite que el contrato se renueve por un periodo igual o inferior al anterior. En consecuencia, lo que usted ha hecho está dentro del marco legal y es perfectamente válido.